Las/los empleados/os domésticas/os o personal que acompañan o acompañarán al empleador en los Estados Unidos son elegibles para la visa B1; aquellas que acompañan o acompañarán al empleador que es diplomático o funcionario extranjero son elegibles para las visas A-3 o G-3, dependiendo de la visa del empleador.
Si acompañan a una persona con visa de no inmigrante, deberán demostrar que han trabajado para ella durante, al menos, un año fuera de Estados Unidos y que no tienen intención de quedarse a trabajar por siempre en ese país.
Quienes sean empleados de un ciudadano estadounidense pueden obtener la visa B-1 si el patrón tiene traslados internacionales frecuentemente y residirá en Estados Unidos un periodo máximo de cuatro años.
“Si el ciudadano americano va a residir permanentemente en Estados Unidos, no será posible solicitar una visa tipo B1, aun cuando el empleado en cuestión haya sido previamente contratado en el extranjero”, señalan en la página web de la embajada.
El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés) dice que la relación patrón-empleado deberá haber existido por lo menos seis meses antes de la admisión al país norteamericano.
“El patrón será el único proveedor de empleo, y proporcionará al trabajador habitación, alimentación y boletos viaje redondo, gratuitamente como se indica en los términos del contrato de trabajo”.
El personal doméstico deberá presentar el Formulario I-9, excepto si sus servicios son irregulares o intermitentes. Tampoco lo llenará si trabaja para una compañía o agencia de servicios.
Los solicitantes de visa de empleados domésticos, a excepción de los solicitantes de visa A3 y G5, deben seguir los siguientes pasos:
Determine su clase de visa leyendo Visas de No Inmigrante Más Comunes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de solicitud. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación.
Asegúrese de revisar el Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program). Si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita solicitar una visa si viaja por negocios o placer y solo va a estar en los Estados Unidos por 90 días o menos.
El siguiente paso es completar el Formulario DS-160.(El Link estará en descargas y herramientas) Asegúrese de leer cuidadosamente la guía sobre cómo llenar el Formulario DS-160(El Link estará en descargas y herramientas. Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez que el formulario sea enviado, no se puede hacer ningún cambio. Si necesita ayuda, consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su Formulario DS-160. Usted necesitará su número de confirmación del DS-160 para programar su cita.
¡Atención! Si su solicitud de visa fue denegada previamente, es necesario completar un nuevo Formulario DS-160.
Ingrese a la página www.ustraveldocs.com (El Link estará en descargas y herramientas) para crear su perfil con sus datos biográficos y demás información relevante al tipo de visa que solicita. A medida que vaya avanzando en el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa que solicita, ingresar sus datos personales, agregar dependientes y seleccionar la oficina donde prefiere recoger su pasaporte. Una vez complete su perfil, el sistema generará una página de confirmación donde se le indicará el monto que debe pagar. Si usted solicita junto con sus familiares, el sistema le dará la opción de agrupar todas las solicitudes para obtener el monto total a pagar. Por favor imprima esta página de confirmación y preséntela en el Banco Popular cuando vaya a realizar el pago.
Paso 4
Ahora que usted ya completó su formulario DS-160 y ha creado su perfil en línea, debe proceder a pagar la cuota de solicitud de visa. El listado de la cuota de solicitud de visa, incluye el costo de cada categoría de visa así como el equivalente en moneda local. Los pagos solo pueden realizarse en moneda local (pesos dominicanos). Usted puede realizar el pago de la cuota en cualquier sucursal del Banco Popular. Para más información sobre sus opciones de pago, presione aquí. Para encontrar una sucursal del Banco Popular, presione aquí.
Luego que realice el pago en el banco, regrese a la página www.ustraveldocs.com e ingrese a sus datos para entrar a su perfil nuevamente. Encuentre la opción de programar la cita y responda las preguntas correspondientes a sus visas anteriores, si las ha tenido. Es importante completar las preguntas con precisión y honestidad, estas preguntas determinarán si usted necesitará citas en la Embajada y en el Centro de Atención de Visa (VAC),o solo una cita en el VAC, o si califica para solicitar la visa a través de los servicios de mensajería sin necesitar una cita.
La gran mayoría de los solicitantes tiene que programar dos citas: una para el Centro de Atención de Visa (VAC) y la otra para la Embajada.
Cuando se encuentre en el la página principal del sistema, haga click en el menú en “Programar una Cita” (en el lado izquierdo de la página). Así se inicia el proceso para programar una cita.
Usted necesitará tres datos para programar su cita:
El día de su cita en el Centro de Atención de Visa (VAC), usted necesitará:
La Embajada de los Estados no recibirá solicitudes incompletas.
¡Atención! Los solicitantes cuya edad sea menor a 8 años al momento de su cita en la Embajada, no tienen que asistir personalmente a la cita en el VAC ni a la entrevista consular en la Embajada. Los padres o los tutores legales pueden presentar los documentos mencionados previamente.
Si su visa está aprobada, la misma le será entregada a través del servicio de mensajería tal como usted coordinó cuando programó sus citas.
Si usted solicita una visa de empleado(a) doméstico(a), debe presentar los siguientes documentos:
Adicional a estos documentos, debe presentar el día de su entrevista la carta de confirmación donde indica que ha programado su cita a través de este servicio. Puede además presentar documentos adicionales que confirmen la información que ha proporcionado al oficial consular.
Como empleado doméstico solicitando una visa A-3 o G-5, usted debe presentar un contrato de trabajo firmado por usted y su empleador, que incluya:
El contrato es esencial para el proceso en cuanto a que le proporciona a usted el marco en el que usted puede buscar cierta protección del empleo o de derechos humanos. Su empleador debe pagar los gastos iniciales de viaje a los Estados Unidos y después al siguiente lugar de trabajo asignado a su empleador o a su país de residencia habitual al término del contrato.
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Si la visa es aprobada, el pasaporte visado le será enviado dentro de los 5 a 7 días hábiles siguientes. En algunas ocasiones especiales, el proceso de demora puede tomar hasta varias semanas o meses.
cómo llenar el Formulario DS-160
Deberá demostrarse la existencia de la relación empleado-empleador PREVIA al momento de la solicitud de la visa. Esto puede demostrarse de las siguientes formas:
El empleador será el único proveedor de empleo, quien le proporcionará al empleado alojamiento y comida gratis, así como un pasaje aéreo de ida y vuelta, en virtud de los términos del contrato de trabajo.
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