Viajes y tramites

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En Perú se ofrece la solicitud de refugio como la alternativa a extranjeros legal y dar protección a quienes se encuentren en las condiciones de peligro definidas en las leyes y acuerdos internacionales.

¿Sabes qué significa la condición de refugiado y quiénes son las personas que pueden solicitarla? En esta página te explicamos todo lo que necesitas conocer sobre el refugio en Perú a nivel de consideraciones legales, trámites y procesos para que, en caso de aplicar, puedas formalizar tu solicitud.

 

titulo_pasos

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  • No es posible solicitar la condición de refugiado ante autoridades peruanas estando fuera de Perú.
  • La solicitud debe formularse en la frontera o dentro del territorio peruano.
  • La solicitud debe formularse sin demora ente las autoridades señaladas.
  • La solicitud debe ser presentada por escrito y consignar los datos de la persona y su grupo familiar, las razones por la cuales solicita la condición de refugiado, así como los datos de contacto en el país.
  • Toda la información que se brinde será confidencial y no será compartida con las autoridades de su país.
  • Las autoridades que reciban la solicitud deberán remitirlas en el plazo establecido por al Ley ante la Comisión Especial para los Refugiados.
  • Las personas que soliciten en frontera la condición de refugiado serán autorizadas a ingresar al territorio no pudiendo ser rechazadas, devueltas o expulsadas por los funcionarios de frontera.

 

titulo_requisitos

1.- Original y copia de la Solicitud Escrita. La misma deberá estar dirigida a la Comisión Especial para los Refugiados. Deberá estar debidamente firmada por el solicitante y además, deberá contener la siguiente información:

a) Nombre y Apellido del solicitante. (En el caso de que aplique, deberá tener también, los nombres y apellidos, así como el tipo de parentesco de cada integrante del grupo familiar, únicamente si se encuentran en territorio peruano).

b) Razones por las cuales solicitas la Condición de Refugiado.

c) Datos de contacto: correo electrónico, número de teléfono, dirección de habitación.

d) Indicar si deseas una Autorización de Trabajo. Si alguien de tu grupo familiar desea trabajar, deberás especificar a cuál miembro de la familia será emitida dicha autorización.

2.- Original y copia de un Documento de Identidad. Pudiendo ser la cédula de identidad o el pasaporte. En el caso de que no cuentes con ninguno de ellos, deberás explicar de manera detallada la razón por la cual no los tienes. Si la razón es por pérdida o robo en territorio peruano, deberás adjuntar la debida denuncia policial.

3.- Copia del sello de ingreso a Perú. Tanto para el caso del solicitante, como para cada miembro del grupo familiar. En ella se deberá mostrar claramente, la fecha de tu ingreso al país.

4.- Copia de la Tarjeta Andina de Migraciones. Del solicitante y de cada miembro de la familia.

5.- Honestidad en la Entrevista.

titulo_tiempo.

  • .La vigencia del documento provisional es de 60 días, pudiendo ser renovado hasta la resolución definitiva del trámite de solicitud. Deberá fijar un domicilio y mantenerlo actualizado. La Ley del Refugiado No. 27.891 (2002) 
  • Respuesta a la carta que enviaste te llegara en un periodo de 15 dias

titulo_costo

  • Trámite es gratuito.
  • Coloca en Asunto: Renuncia o Cancelación de solicitud de refugio. Envíalo al correo electrónico que se te muestra (mesadepartes@rree.dob.pe o refugiados@rree.gob.pe) Recuerda la respuesta con la aceptación de la carta que enviaste te llegará en un periodo de 15 días hábiles.

titulo_lugar

  • Presentar una solicitud de refugio: Para obtener la Autorización de Trabajo Virtual como paso inicial deberá haber registrado una solicitud de refugio. Si aún no lo ha hecho, puede ingresar al portal del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el enlace http://portal.rree.gob.pe/refugiados dónde encontrará una guía.

titulo_legal

  • http://portal.rree.gob.pe/refugiados/SitePages/Home.aspx
 titulo_tips
    • Para que el documento provisorio mantenga su validez Usted deberá prorrogarlo siempre antes de su vencimiento. Podrá prorrogarlo en la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Especial para los Refugiados u otras dependencias autorizadas.
    • La vigencia del documento provisional es de 60 días, pudiendo ser renovado hasta la resolución definitiva del trámite de solicitud.
    • Deberá fijar un domicilio y mantenerlo actualizado.

titulo_herramientas

  • Central: +51 (01) 204-3127
  • Solicitantes de refugio: solicitantesrefugio@rree.gob.pe
  • Refugiados reconocidos: refugiados@rree.gob.p
  • http://portal.rree.gob.pe/refugiados/SitePages/Home.aspx