Viajes y tramites

titulo_descripcion

En el otorgamiento de una Visa Sujeta a Contrato de Trabajo para extranjeros que han sido contratados por alguna empresa con residencia en Chile, tiene una duración máxima de dos años, la que podrá ser prorrogada por períodos iguales.

Existe también la Visa Residente Sujeto a Contrato Dependiente, se otorga a los familiares del titular, duración similar, no permite trabajar. El costo del trámite es sobre la base de la reciprocidad.

A su vez, existe otra modalidad que es la Visa temporaria por Motivos Laborales,  y es el permiso de residencia que habilita a su titular a residir en el país y a realizar cualquier actividad lícita, sin limitaciones especiales.

La principal diferencia con la visa ya existente llamada “Sujeta a Contrato” es que con esta visa por Motivos Laborales (ML) el trabajador tiene la opción de tener múltiples empleadores sin quedar sujeto exclusivamente a un solo empleador. No se le genera un costo adicional al trabajador si decide cambiar de empleador.Puede realizar otro tipo de actividades como la prestación de servicios, algo que era restringido en la visa Sujeta a Contrato.

titulo_pasos

  1. Infórmese sobre los requisitos de su visa.
  2. Recopile antecedentes necesarios.
  3. Envié su solicitud:Si vive en Santiago, envíe la solicitud por correo a Clasificador N° 8 Correo Central, Santiago. Si postula en otras ciudades de Chile, presente su solicitud personalmente en las oficinas de la gobernación correspondiente a su domicilio. El tiempo promedio entre paso 3 y paso 4 es de 30 días hábiles. NOTA: Si usted postula desde el extranjero, el procedimiento es diferente. Debe acudir a un consulado chileno y seguir las instrucciones que se indican (Aqui)
  4. Ingreso al sistema computacional: Sera informado por correo postal cuando su solicitud sea acogida a trámite. También puede averiguarlo haciendo click AQUÍ.El tiempo promedio entre paso 4 y paso 5 es de 30 días hábiles en Santiago, 60 días hábiles en otras ciudades.
  5. Notificación del estado de su tramite: Luego del análisis de su solicitud, será notificado por correo postal y por mensaje de texto en su celular (SMS) si ésta fue aprobada, rechazada y/o si requiere presentar antecedentes adicionales (en cuyo caso, deberá volver a la Etapa 2).También puede averiguar el estado de su trámite haciendo click AQUÍ
  6. pague el arancel: Para el caso de aprobación de su visa, recibirá por correo postal su orden de pago.También la puede descargar haciendo click AQUÍ. Pague los derechos de su visa en un banco cercano o en ServiEstado.
  7. Acérquese a estampar su visa:Si solicitó su visa en Santiago,reserve su hora de estampado haciendo click AQUÍ.  En caso que no pueda reservar su hora, diríjase directamente a las oficinas. Si solicitó su visa en regiones, diríjase a su gobernación. Recuerde presentarse con pasaporte original vigente, orden de giro pagada, y documentos requeridos en caso de que así lo diga en su carta de notificación.
  8. Registre su visa estampada en la policía de investigaciones (PDI): Es imperativo que registre su visa en PDI. Tiene un máximo de 30 días para hacerlo luego del estampado. Revise donde se encuentra la oficina más cercana haciendo click AQUÍ
  9. Solicite su cédula de identidad de residente extranjero: Luego de registrar su visa, acérquese al Registro Civil y solicite su cédula de identidad, terminando su proceso migratorio hasta el vencimiento de su visa actual. Recuerde que puede iniciar el proceso de renovación de su visa con 90 días de anticipación.

titulo_requisitos

  1. Carta del empleador dirigida al Cónsul que justifica la contratación.
  2. Contrato de Trabajo firmado por ambas partes ante Notario o carta de la empresa en la que se desempeñará (Firmada ante notario) indicando la individualización de las partes y labor a desarrollar
  3. Título Profesional (si es necesario).
  4. Certificados de Antecedentes Penales.Certificado Médico
  5. Pasaporte original y fotocopia legible (hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste, además de la página con el timbre del último ingreso a Chile). En caso de ingresar con otro documento de identificación, exhibir original y fotocopia (Cédula de Identidad, DNI, etc.)
  6. Original de la Tarjeta de Turismo vigente y fotocopia legible. (el documento será retenido mientras dure el permiso de trabajo.
  7. 4 fotos tamaño pasaporte.

Una vez otorgado el permiso de trabajo, deberá pagar los derechos correspondientes a través de una orden de giro emitida por el Departamento de Extranjería y Migración, la que se cancela en cualquier Banco Comercial. El valor del permiso es equivalente al 150% del valor de la visa sujeta a contrato según nacionalidad, el que puede consultar aquí

Requisitos exigidos a la empresa contratante:

  1. Constitución de Sociedad en Chile.
  2. Domicilio legal en Chile.
  3. Que la actividad del contratado sea indispensable para el desarrollo del país.
  4. Pago de IVA correspondiente a los 3 últimos meses.
  5. Pago previsión de trabajadores correspondiente a los 3 últimos meses.

Sobre el Contrato de Trabajo: (Visa sujeta a Contrato de Trabajo)

Debe estar redactado conforme a las normas legales chilenas y contener las siguientes cláusulas:

  1. Obligación del empleador de responder al pago del impuesto a la renta correspondiente en relación a la remuneración pagada.
  2. Obligación del empleador del pago de cotizaciones al Sistema Previsional y de Salud del trabajador en Chile o en el extranjero.
  3. Responsabilidad de pagar pasajes de retorno al término del contrato laboral, para el contratado y su grupo familiar.

Sobre el Contrato de Trabajo: (Visa Temporaria por Motivos Laborales)

Se presenta un original firmado ante notario, por el trabajador y el empleador (indicando el RUT de la empresa o Cédula de Identidad si es persona natural). Debe tener las siguientes cláusulas especiales:

  1. Remuneración. Debe ser acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas
    laborales vigentes.
  2. Cláusula de Vigencia. Esta cláusula debe ser redactada como sigue:
    “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el
    trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo
    para extranjeros con visa en trámite”
  3. Cláusula de Régimen Previsional. (*) Debe ser redactada como sigue:
    “Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el
    empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes”
  4. Cláusula de Impuesto a la Renta. Debe ser redactada como sigue:
    “El empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con
    la remuneración pagada”. (Sólo para sueldos superiores a 13,5 UTM)

(*) Si usted es un técnico especializado o profesional, va a trabajar en Chile y se encuentra afiliado a un régimen
previsional o de seguridad social en su país, solicite formulario SC5.

Nota Importante: en el caso de tratarse de «Visa Temporaria por motivos Laborales», ya no será necesario que el empleador plasme una cláusula de viaje en el contrato laboral, es decir, que ya no estará obligado a, una vez terminada la relación laboral con el trabajador, a pagar los tiquetes de regreso a su país natal. A menos que, el empleador y el trabajador acuerden someterse a la visa Sujeta a Contrato.

En caso de prórroga del permiso de trabajo en calidad de turista

En el caso que el extranjero requiera prolongar su actividad laboral en nuestro país, podrá solicitar una prórroga de este permiso, antes del vencimiento del mismo. Para ello deberá presentar los siguientes requisitos:

  1. Pasaporte en original y fotocopia legible (hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste, además de la página con el timbre del último ingreso a Chile). En caso de ingresar con otro documento de identificación, exhibir original y fotocopia (Cédula de Identidad, DNI, etc).
  2. Documento firmado ante Notario, en el que se indique la vigencia y continuidad de su labor, según lo estipulado en el punto A3.
  3. Tarjeta ORIGINAL del Permiso de Trabajo vigente.

Una vez otorgado el permiso de trabajo, deberá pagar los derechos correspondientes a través de una orden de giro emitida por el Departamento de Extranjería y Migración, la que se cancela en cualquier Banco Comercial. El valor del permiso es equivalente al 150% del valor de la visa sujeta a contrato según nacionalidad, el que puede consultar aquí.

En caso de Dependientes por primera vez

Para casos donde la residencia del titular está en trámite o hubiese sido otorgada con anterioridad. Este permiso de residencia habilita a su poseedor sólo a residir en el país, POR NINGÚN MOTIVO LO AUTORIZA A REALIZAR ACTIVIDADES REMUNERADAS.

  1. 1 Solicitud de Visa Residencia vía correo, llenada íntegramente y firmada.
  2. 1 fotocopia del pasaporte (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de éste y
    hoja con timbre de ingreso, además, cuando corresponda, fotocopia del Visto de Turismo).
  3. 1 fotocopia de la ÚLTIMA Tarjeta de Turismo. Si se la extravió, puede solicitar un duplicado en las oficinas de
    Policía Internacional (Eleuterio Ramírez Nº 852, Santiago).
  4. 1 fotografía reciente, tamaño carné (3×2 cm.), en colores, con nombre completo y número de pasaporte.
  5. Si UD. está irregular debe concurrir a las oficinas de Extranjería, San Antonio 580, 3 piso, para regularizar su
    situación

         Documentación específica obligatoria: Los nacionales de Colombia deben presentar además un Certificado de Antecedentes Judiciales vigente y totalmente tramitado y los nacionales de Perú deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente solicitado en su consulado y los nacionales de Rep. Dominicana deberán presentar el certificado de NO Antecedentes Penales vigente, obtenido en el consulado de Rep. Dominicana en Chile.” (obligatorio solo para personas mayores de 18 años).

        Documentación específica para Dependientes:

  • CÓNYUGE: Certificado original de matrimonio o copia autorizada ante notario.
  • HIJOS: Certificado original de nacimiento, en el que se indique el nombre de los padres o copia autorizada
    ante notario
  • PADRES DEL TITULAR: Certificado original de nacimiento del titular, que indique el nombre de los padres, o
    copia autorizada ante notario.
  • Declaración jurada de expensas en que el titular de la visa asume el costo de la mantención de sus
    dependientes en el país, firmada ante notario (original).
  • La documentación para acreditar vínculos entre un titular y sus dependientes, deberá estar debidamente
    apostillado o debidamente legalizada por el Consulado de Chile en el país de origen y por el Ministerio de
    Relaciones Exteriores de Chile.
  • Cuando la Visa del titular es Visación Sujeta a Contrato TITULAR, debe presentar además:
    • Certificado de vigencia del contrato, emitido por el empleador del titular y legalizado ante notario.

Visa para artistas que vienen a trabajar por menos de 90 días

En el caso de los turistas que vienen a desarrollar actividades con fines artísticos, éstos deben ser representados por personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública exige para el desarrollo de este tipo de actividades.

  1. Pasaporte original y fotocopia legible (hoja de identificación, número, fecha de
    otorgamiento y vencimiento de éste, además de la página con el timbre del último
    ingreso a Chile). En caso de ingresar con otro documento de identificación, exhibir
    original y fotocopia (Cédula de Identidad, DNI, etc.)
  2. Original de la Tarjeta de Turismo vigente y fotocopia legible. (el documento será retenido
    mientras dure el permiso de trabajo).
  3. Carta solicitando autorización de trabajo, donde se estipule: Nombre y RUT del empleador,
    actividad a realizar, lugar, fechas y horarios de las presentaciones
  4. Contrato de Trabajo firmado por ambas partes ante Notario y fotocopia.
  5. Lista de extranjeros (en original y copia), con nombre completo, nacionalidad y N° de pasaporte o
    Documento de ingreso al país.

Una vez otorgado el permiso de trabajo, deberá pagar los derechos correspondientes a través de una orden de giro emitida por el Departamento de Extranjería y Migración, la que se cancela en cualquier Banco Comercial. El valor del
permiso es equivalente al 150% del valor de la visa sujeta a contrato según nacionalidad, el que puede consultar aquí 

El solicitante podrá trabajar sólo una vez obtenido este permiso, lo cual debe ser considerado en el contrato de trabajo o carta que se presente.

titulo_tiempo

  • Tiempo de tramite de 60 a 90 días hábiles.

titulo_costo

Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago de derechos que corresponda a su residencia o a multa, los que solo se cancelan en bancos. Para mas información haga clic (AQUI).

titulo_lugar

  • Consulado de Chile de su país de residencia
  • Si estás en Chile, la solicitud se realiza por el interesado, en la Sección Atención de Público, ubicada en San
    Antonio N° 580, Piso 3, Santiago, o en las oficinas de Extranjería de cada Gobernación provincial.

titulo_legal

  • Decreto Ley N° 1.094 de 1975 Establece normas sobre extranjeros en Chile. Publicado en el D.O. Nº 29.208 de 19 de Julio de 1975.
  • Resolución exenta N° 64819 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública  de fecha 10 de junio de 2014
  • Decreto N° 597 de fecha 7 de marzo de 2015. Nuevo reglamento de extranjería

titulo_tips

  1. Es importante tener claro el tipo de visa para trabajar en Chile que se va a solicitar, ya que si bien los paso y requisitos para obtenerla son los mismos, de acuerdo a las necesidades y ventajas que ofrece una u otra la solicitud debe ser explicita.
  2. El cumplimiento de los antecedentes aquí señalados no compromete el otorgamiento de la Visa solicitada
  3. Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales.
  4. La presentación de su solicitud no requiere de un tramitador o un tercero, en el caso de solicitudes tramitada por un tercero, se exigirá para todo tipo de trámite, la presentación de un poder firmado ante notario.
  5. Es probable que tenga que acudir a otras instituciones públicas, como el consulado de su país o el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Cada institución trabaja con sus propios plazos y es importante que lo considere.
  6. Contando con una visa sujeta a contrato y si la relación laboral termina por cualquier motivo, caduca esta residencia. Para regularizar esta situación es necesario contar con un nuevo empleador, y solicitar en extranjería el cambio de empleador en su visa sujeta a contrato.
  7. Si se presenta documentación emitida fuera de Chile, éstos deberán estar debidamente apostillados o
    debidamente legalizados por el Consulado de Chile en el país de origen además de traducidos y legalizados
    por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Si el documento se encuentra escrito en inglés, francés,
    italiano o portugués, no es necesaria la traducción.
  8. Toda persona que solicita visa Temporaria como titular, puede solicitar un permiso para trabajar con visa en
    trámite. Al solicitar este permiso, se le enviará a su domicilio, junto con la Copia de la Solicitud en Trámite, una
    Orden de Giro con los derechos a pagar (50% del valor de la visa sujeta a contrato según su
    nacionalidad). Los derechos se cancelan en cualquier Banco Comercial. Con la Orden de Giro Pagada debe
    concurrir a las oficinas del Departamento de Extranjería a retirar una TARJETA DE PERMISO DE TRABAJO.
    Este permiso tendrá vigencia hasta que se resuelva la solicitud de residencia o se termine la duración de la
    señalada tarjeta.
  9. Una vez obtenga la visa sujeta a Contrato de Trabajo podrá solicitar Permanencia definitiva después de 2 años de trabajo (continuidad laboral)
  10. Si la visa solicitada es por Motivos Laborales, podrá solicitar Permanencia definitiva después de 1 año de trabajo (continuidad laboral)

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