Viajes y tramites

Visa de Estudiante – Perú

La mayoría de estudiantes extranjeros al llegar a Perú buscan nuevas experiencias, cambios en su vida, insólitos retos que asumir y una ciudad para explorar. Para muchos jóvenes estudiantes, arribar a un lugar puede ser una prueba gratificante y rica en descubrimientos. La Visa para extranjeros residentes en Perú o aquellos que deseen residir permanentemente allí, tener una formación académica como: escuela secundaria, preparatoria o universitaria. Estas visas son documentos esenciales para cualquier tipo de programa académico que tenga una duración mayor a 6 meses, y por ende se solicitan requisitos especiales a los aplicantes. Primero, usted debe ingresar al Portal Institucional de Migraciones Clic (AQUÍ) Cuando ingrese al Portal Institucional, seleccionará la opción “Sistema de Citas en Línea. Al iniciar el “Sistema de Citas en Línea” se mostrará en el Borde Superior Derecho los “Navegadores Recomendados”. Usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas le genere en la Ventanilla. Luego, de seleccionar su cita, podrá marcar comprobando dando clic los requisitos solicitados, según su calidad migratoria. Después de confirmar los requisitos, el solicitante deberá ingresar los datos del recibo que canceló por el Trámite. Usted podrá ingresar sus datos y de su representante si en caso lo tuviera. Al finalizar dicho proceso, selecionara la opción “Siguiente” y luego “Imprimir”. 1 y 2. Seleccione el día y la hora en la cual se acercará a la Sede Central de Migraciones, para poder presentar sus documentos. Seleccione el botón validar.  El sistema le mostrará el mensaje de confirmación. Luego de generar la Cita, el solicitante seleccionará la opción imprimir, para poder llevar dicha cita (donde indica fecha y hora de la cita) impresa a Migraciones. Para la Recepción de la Cita en la Ventanilla, usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas en Línea le genere. Formulario F-007 (AQUI). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 107.50 nuevos soles). Carta personal solicitando la visa de transeúnte estudiante. Copia legible del pasaporte o documento de viaje con una vigencia mínima de seis(06) meses. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Dos fotos tamaño pasaporte Constancia de matrícula expedida por el centro de estudios con reconocimiento oficial del Ministerio de Educación o la Asamblea Nacional de Rectores, según el caso mencionando el tipo de estudio, tiempo de duración, horas y días de asistencia. En caso de prácticas profesionales deberá presentar carta de acreditación emitida por la Universidad o centro educativo extranjero de estudios superiores con indicación del tiempo y lugar donde realizarán sus prácticas, debidamente legalizada por Consulado Peruano y visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada. Demostrar tener solvencia económica proveniente del extranjero para solventar estudios y gastos de estadía.  En el caso de extranjeros hijos de peruanos y extranjeros residentes en el país la garantía puede provenir de fuente nacional. En caso de menores de edad no acompañados por lo menos de uno de sus padres, deberán presentar documento notarial o consular que acredite tutoría o nombramiento de apoderado, adjuntando copia fedateada del documento de filiación debidamente legalizado o apostillado. . 30 a 90 Días hábiles La visa de estudiante de intercambio tiene un costo de $525.00 pesos mexicanos que deberán ser abonados en la cuenta indicada para tal fin, trayendo el recibo en original y copia. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe Ley de MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. Mas información clic (AQUÍ)   Una foto tamaño pasaporte (3×4) a color, fondo blanco. Una foto a color en formato JPG (Digital), fondo blanco, peso máximo 70 kb, anchura máxima (MP) 400 y altura máxima (MP) 600, en un disco compacto. Es importante, que todos los documentos sean traducidos al español (por ser la lengua oficial del país), si los documentos presentados estuvieran en un idioma extranjero, por un traductor oficial aceptado por el Ministerio del Exterior. Recuerda, antes de aplicar, siempre debes revisar las últimas directrices en la Superintendencia Nacional de Migraciones. Se recomienda que usted instale por lo menos de un Navegador Recomendado, para la gestión de la Cita de manera correcta”. Para la Recepción de la Cita en la Ventanilla, usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas en Línea le genere. Formulario F-007 Pasos para el tramite mejor  ilustración

Visa de Turismo – Perú

Si tienes deseos de viajar a Perú, se convierte en una buena opción para quienes desean un encuentro con tesoros milenarios. Además, podrás disfrutar de una belleza sin igual de sus tierras. ¡Te contamos cuáles son los requisitos para poder visitarlo! Perú es un país de acceso básicamente libre. La mayoría de los países de América y Europa Occidental no requieren visa de turismo para ingresar al Perú, y el tiempo máximo de estadía que otorgan las autoridades es de 183 días (no se puede prorrogar). Para una permanencia por un plazo mayor con otros objetivos (negocios, estudio, trabajo, etc.) es necesario solicitar previamente la visa correspondiente a los consulados peruanos. Para ingresar al Perú es un requisito indispensable presentar el pasaporte vigente. Los ciudadanos de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Ecuador, Colombia, Bolivia, Venezuela y Chile pueden ingresar con su documento de identificación nacional. Para consultar si necesitas visa, haz clic aquí: Primero, usted debe ingresar al Portal Institucional de Migraciones Clic (AQUÍ) Cuando ingrese al Portal Institucional, seleccionará la opción “Sistema de Citas en Línea. Al iniciar el “Sistema de Citas en Línea” se mostrará en el Borde Superior Derecho los “Navegadores Recomendados”. Usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas le genere en la Ventanilla. Luego, de seleccionar su cita, podrá marcar comprobando dando clic los requisitos solicitados, según su calidad migratoria. Después de confirmar los requisitos, el solicitante deberá ingresar los datos del recibo que canceló por el Trámite. Usted podrá ingresar sus datos y de su representante si en caso lo tuviera. Al finalizar dicho proceso, selecionara la opción “Siguiente” y luego “Imprimir”. 1 y 2. Seleccione el día y la hora en la cual se acercará a la Sede Central de Migraciones, para poder presentar sus documentos. Seleccione el botón validar.  El sistema le mostrará el mensaje de confirmación. Luego de generar la Cita, el solicitante seleccionará la opción imprimir, para poder llevar dicha cita (donde indica fecha y hora de la cita) impresa a Migraciones. Para la Recepción de la Cita en la Ventanilla, usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas en Línea le genere. Deberás dirigirte al Consulado de Perú en tu país de origen y presentar los siguientes requisitos: Deberás presentar original y copia de tu pasaporte, con una vigencia mínima de 6 meses, partiendo de la fecha en la que estimas llegarás al país. El pasaporte deberá tener una página entera en blanco. Dos fotos a color para pasaporte. (Fondo blanco). Formulario de solicitud de Visa, el cual es gratuito. Pasaje aéreo de ida y vuelta. Reserva de hotel o paquete turístico que evidencie su calidad de turista. Prueba de solvencia económica. Es decir, debes demostrar que tienes los medios económicos para pagarte tu estadía en el país, sin problemas. A tu llegada a Perú, se te hará entrega de una Tarjeta de Turista o Tarjeta Internacional de Embarque y Desembarque, que deberás llenar con tus datos. Cada tarjeta tendrá su duplicado, ya que la oficina de inmigración se quedará con una copia de la misma. Deberás conservar la tuya, pues te la pedirán cuando estés de salida. Su pérdida supone pagar un multa de S/12,30 Soles (4 dólares aproximadamente). . 30 a 90 Días hábiles Costo del derecho al trámite. S/ 24.00 Soles Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe Ley de MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. Mas información clic (AQUÍ)   Al ingresar al Perú como Turista, recibirás una Tarjeta Internacional de Embarque y Desembarque  con la que tendrás un permiso de estadía de 90 días. La misma, podrá ser renovada tres veces por un lapso máximo de 30 días cada vez. Renovarla por primera vez no tendrá ningún costo. Pero las siguientes extensiones, tendrán un costo aproximado de 30 US$. Para hacer la solicitud de una Prórroga de la Visa de Turista, deberás dirigirte a la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN). Ésta te permitirá quedarte en el país por un máximo de 90 días más. Como Turista, podrás disfrutar de una estancia máxima de 183 días por año. Los requisitos de Visado están sujetos a continuos cambios, por lo que sugerimos que consulten en la Embajada o Consulado del Perú en su país de residencia, si han ocurrido alteraciones. Existen países que permiten llevar a cabo el trámite de la Visa de Turista en el aeropuerto antes de viajar, pero para evitar contratiempos, lo más recomendable sería hacerlo con tiempo suficiente, antes del viaje. Consulados de Perú en el mundo Pasos para el tramite mejor  ilustración Formulario DGC-005 solicitud de Visa

Visa de Trabajo – Perú

Los trabajadores extranjeros tienen todo el derecho de poder emplearse en el territorio Peruano, siempre y cuando cumplan con los requisitos que marca la ley peruana para poder acceder a las diversas calidades migratorias, aquellas que les permitan trabajar formalmente, además de pagar sus impuestos en nuestro país. Primero, usted debe ingresar al Portal Institucional de Migraciones Clic (AQUÍ) Cuando ingrese al Portal Institucional, seleccionará la opción “Sistema de Citas en Línea. Al iniciar el “Sistema de Citas en Línea” se mostrará en el Borde Superior Derecho los “Navegadores Recomendados”. Usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas le genere en la Ventanilla. Luego, de seleccionar su cita, podrá marcar comprobando dando clic los requisitos solicitados, según su calidad migratoria. Después de confirmar los requisitos, el solicitante deberá ingresar los datos del recibo que canceló por el Trámite. Usted podrá ingresar sus datos y de su representante si en caso lo tuviera. Al finalizar dicho proceso, selecionara la opción “Siguiente” y luego “Imprimir”. 1 y 2. Seleccione el día y la hora en la cual se acercará a la Sede Central de Migraciones, para poder presentar sus documentos. Seleccione el botón validar.  El sistema le mostrará el mensaje de confirmación. Luego de generar la Cita, el solicitante seleccionará la opción imprimir, para poder llevar dicha cita (donde indica fecha y hora de la cita) impresa a Migraciones. Para la Recepción de la Cita en la Ventanilla, usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas en Línea le genere. Formulario F-007 (AQUI). Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con excepción de los casos comprendidos en los Arts. 3º y 6º del Decreto Legislativo Nº 689, su reglamento D.S.Nº 023-2001-TR y modificatorias. La ficha RUC de la empresa contratante debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO.     Entrega de copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de MIGRACIONES, de la vigencia de poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registral, en caso sea persona distinta al Gerente General. . 30 a 90 Días hábiles La visa tiene un costo de $525.00 que deberán ser abonados a la cuenta indicada para tal fin, trayendo el recibo en original y copia. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe DIGEMIN y lo establecido en el D.Leg. 1043. Ley de migraciones. Mas información clic (AQUÍ) En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u organismos internacionales el pago de tasas, derecho de tramitación u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable En caso de contrato firmado en el país, el usuario debe encontrarse con la calidad migratoria habilitante o tener el permiso especial para firmar contratos. Si el contrato fue firmado en el extranjero deber ser legalizado por Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. La presentación del contrato debe ser con antigüedad no mayor de 30 días hábiles, de haber sido aprobado por la autoridad de trabajo. En los casos que el contrato contemple períodos de prueba, procederá el otorgamiento de visa temporal hasta el cumplimiento de dicho período; luego el usuario podrá solicitar el Cambio de Clase de Visa a Residente). Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillado. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por traductor colegiado. Pasos para el tramite mejor  ilustración Portal Institucional de Migraciones

Visa de Trabajo – Argentina

Cada día son más las personas que buscan oportunidades en el extranjero que les permitan adquirir nuevas habilidades y vivir una experiencia única. En este sentido, Argentina es uno de los de los destinos preferidos por los jóvenes, ya que ofrece un sinfín de posibilidades laborales y académicas. La República Argentina no establece restricciones ni cupos en el empleo de extranjeros, en tanto y en cuanto cumplan con las regulaciones establecidas en materia inmigratoria, es decir, cuenten con un permiso de residencia válido. Para obtener mayor información sobre erradicación para extranjeros (no provenientes del Mercosur) puede visitar Residir en Argentina. En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa de trabajo. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos. Cancela el Arancel correspondiente al trámite. PERMISO DE INGRESO (PIM) emitido por la Dirección Nacional de Migraciones y disponible en el Consulado (uno por cada solicitante). PASAPORTE: Presentar Original y Copia de 1º pagina. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. UN (1) FORMULARIO de SOLICITUD DE VISA FSV.  Completo, preferentemente en forma electrónica y firmado por el solicitante. DOS (2) FOTOS ACTUALES: De frente, a color, con fondo blanco, de 1 ½ x 1 ½ pulgadas. COMPROBANTE del ESTATUS MIGRATORIO Presentar Original y Copia CONTRATO DE TRABAJO O TRANSFERENCIA DENTRO DE UNA EMPRESA.  Contrato laboral suscrito por el empleador, en el cual conste el número de inscripción ante Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la entidad contratante, con firma de su representante certificada por «Escribano Público» argentino y legalizada por «Colegio de Escribanos» correspondiente. El solicitante del visado deberá firmar dicho contrato ante el cónsul. Para la certificación consular de la firma del solicitante debe abonar un arancel de US $ 60. En el caso de las transferencias dentro de una misma empresa: Copia simple del contrato de trabajo y constancia de trabajo emitida por la empresa en el exterior (la carta debe ser con membrete de la compañía y constar el puesto, antigüedad, remuneración mensual, y persona a contactar). Esta carta debe ser autenticada por “Notary Public” y “County Clerk”. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES  (MAYORES de 16 AÑOS) emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años, debe ser traducido al español por un traductor o agencia  e ir acompañadas de una «certifícate of accuracy», ademas, debe ser autenticados con  la  Apostilla de La Haya o por el correspondiente consulado argentino en el extranjero. Los registros policiales deben presentarse en papel con membrete oficial y debidamente firmados por el oficial de policía a cargo. A menos que se indique lo contrario, los registros policiales expiran después de 60 días de su emisión. No se aceptarán registros de la policía que hayan expirado en la fecha de presentación de solicitud de visa. En caso de que aparezca un arresto o condena en su certificado de antecedentes policiales, será necesaria la aprobación por parte de la autoridad migratoria argentina para emitir el visado. DECLARACIÓN JURADA: de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul. ENTREVISTA. Todos los solicitantes de visados deben presentarse en persona para una entrevista con un oficial consular. El funcionario consular podrá solicitarle la presentación de información adicional. Requisitos para los dependientes de un solicitante de visa de trabajo. Si el empleado se está mudando a la Argentina con su / cónyuge y / o hijos, cada dependiente debe presentar los siguientes documentos, completos, firmados,  autenticados y traducido acorde con las normativas legales. Pasaporte Formulario FSV Dos (2) fotos. Comprobante de estatus migratorio. Certificado de nacimiento o acta de matrimonio (según corresponda) Venia de viaje (si aplica) Antecedentes penales (mayores de 16 años). Declaración jurada (mayores de 16 años). Permiso de ingreso consular. . El proceso de la visa normal demora 7-10 días hábiles. En algunos casos, el procedimiento requiere 30-45 días. Se  informará al interesado en estos casos. Existe un procedimiento expreso de emisión de visas, el cual, toma hasta 3 días hábiles y requiere el pago de U$S 40 en un Money Order individual. La calificación para este servicio depende de la disponibilidad. El procedimiento expreso NO se aplica en el caso de las visas que requieren 30-45 días de procesamiento. Todos los solicitantes deben tener en cuenta que los tiempos mencionados son promedios normales  y están sujetos a fluctuaciones estacionales. Arancel: US $ 250 por cada solicitante. Certificación consular de la firma del solicitante (contrato de Trabajo) US $ 60. En caso de requerir procedimiento expreso $US 40. Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria 25.871  de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI)       Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. Fotografía De frente, a color, con fondo blanco, de 1 ½ x 1 ½ pulgadas. Los registros policiales deben presentarse en papel con membrete oficial y debidamente firmados por el oficial de policía a cargo. A menos que se indique lo contrario, los registros policiales expiran después de 60 días de su emisión. No se aceptarán registros de la policía que hayan expirado en la fecha de presentación de solicitud de visa. En caso de que aparezca un arresto o condena en su certificado de antecedentes policiales, será necesaria la aprobación por parte de la autoridad migratoria argentina para emitir el visado. Es necesario solicitar cita previa. FORMULARIO de SOLICITUD DE VISA FSV. (APLICACIÓN)  

Visa de Turismo – Argentina

La visa es una norma que rige entre países para legalizar el ingreso y la estancia de personas en una nación donde no tenga la nacionalidad o el libre tránsito. … La visa de turista, por otra parte, se concede a quienes desean visitar una país para conocerlo. Importante:  LOS PAÍSES EN ESTA LISTA NO REQUIEREN VISA CUANDO VIAJAN A LA ARGENTINA COMO TURISTAS A) HASTA NOVENTA (90) DIAS: Andorra, Armenia, Australia, Austria, Barbados, Belarus, Belgium, Bolivia, Brazil, Bulgaria, Canada, Colombia, Costa Rica, Croatia, Czech Republic, Chile, Cyprus, Denmark, Ecuador, El Salvador, Estonia, Estado Ciudad del Vaticano, Finland, France, Georgia, Germany, Greece, Guatemala, Guyana, Haiti, Honduras, Hong Kong (With Passport R.A.E.H.K.), Hungary, Ireland, Iceland, Israel, Italy, Japan, Korea Republic, Latvia, Liechtenstein, Lithuania, Luxembourg, Macedonia, Malta, Mexico, Monaco, Montenegro, Nicaragua, Norway, New Zealand, Netherlands, Panama, Paraguay, Peru, Poland, Portugal, Romania, Russian Federation, Saint Kitts and Nevis, San Marino, Santa Lucia, Saint Vincent and The Grenadines, Serbia, Singapore, Slovak Republic, Slovenia, South Africa, Spain, Sweden, Suriname; Switzerland, Thailand, Trinidad and Tobago, Turkey, Ukraine, United Arab Emirates, United Kingdom Of Great Britain and Northern Ireland, United States of America, Uruguay. B) HASTA SESENTA (60) DIAS: Venezuela. C) HASTA TREINTA (30) DIAS: Grenada; Hong Kong (With British Passport B.N.O.); Jamaica; Republic of Kazakhstan and Malaysia. Para iniciar el trámite de visa, contacte con la Representación Consular correspondiente a fin de concertar una cita y coordinar la presentación de la documentación. La información aquí disponible no es aplicable a ciudadanos de la República Popular China, a quienes se aplican requisitos diferenciales en virtud de un acuerdo internacional vigente en la materia. Contacta a la representación consular de tu jurisdicción y solicita una entrevista con el funcionario consular. Concurre a la entrevista con el funcionario consular, llevando la documentación correspondiente. Retira la visa de turista para poder ingresar a la Argentina. Si te interesa obtener una visa como turista extranjero de un país con el cual la República Argentina no tiene acuerdo de exención de visado, te explicamos cómo hacerlo. Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible. Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco. Formulario de solicitud de visa  completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante. Constancia de solvencia económica (por ejemplo, últimos recibos de haberes, último resumen de tarjeta de crédito o último resumen de cuenta bancaria). Reserva de pasaje de ida y vuelta (se recomienda no adquirir los pasajes hasta tanto la visa no haya sido otorgada). Reserva hotelera e itinerario turístico. En caso de no contar con reserva hotelera, y si mediara invitación de persona física, una carta de invitación. Pago del arancel consular: $150.- (dólares estadounidenses o euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación). Entrevista consular El sólo cumplimiento de los requisitos mencionados no garantiza el otorgamiento de la visa, siendo esta prerrogativa exclusiva del Estado Argentino. Visado de Turista: 1 o 2 días Las solicitudes enviadas por correo electrónico pueden incurrir en un tiempo de procesamiento adicional. Consulta el costo del trámite en la representación consular de tu jurisdicción. ARANCEL. El costo de la visa de turista es de U$S 150 y sólo se podrá abonar mediante Money Order a nombre de  «Consulado General de Argentina en Nueva York». No se acepta dinero en efectivo o cheques. Para nacionales de la India y Marruecos la visa de turista es gratuita. Para aquellos que requieren un certificado de viaje el arancel de la visa de turista será de U$S 250. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de Migración 25.871 de fecha 20 de enero de 2004  (Mas info AQUI) El sólo cumplimiento de los requisitos mencionados no garantiza el otorgamiento de la visa, siendo esta prerrogativa exclusiva del Estado Argentino. La información aquí disponible no es aplicable a ciudadanos de la República Popular China, a quienes se aplican requisitos diferenciales en virtud de un acuerdo internacional vigente en la materia. PASAPORTE o DOCUMENTO DE VIAJE: Presentar ORIGINAL y COPIA de 1º pagina. El pasaporte o documento de viaje debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. UN (1) FORMULARIO de SOLICITUD DE VISA FSV.  Completo, preferentemente en forma electrónica y firmado por el solicitante. DOS (2) FOTOS ACTUALES: De frente, a color, con fondo blanco, de 1 ½ x 1 ½ pulgadas.  COMPROBANTE del ESTATUS MIGRATORIO en los EE.UU.: Presentar ORIGINAL y COPIA  de su estatus migratorio en los EE.UU. (Ej.: Tarjeta de Registro de Extranjero, visa válida, formulario I-20 válido, etc.). Se recomienda no comprar los pasajes hasta tanto la visa no haya sido otorgada. La compra no es obligatoria pero no presentar la reserva, dará lugar a la denegación de la solicitud de visa. Si usted ingresa a la Argentina mediante automóvil, barco o autobús deberá presentar constancias de alquiler o pasajes correspondientes.                                                                                                   RESERVA DEL HOTEL En las reservas debe estar el nombre de cada uno de los solicitantes. Si va a visitar y alojarse con familiares o amigos, en la Argentina, debe presentar  una carta de invitación original, junto con una copia del documento de identidad (DNI) del invitante. La carta y el documento de identidad (DNI) del invitante deben estar certificados por Notario Público Argentino («Escribano») y, luego, por el «Colegio de Escribanos».  CONSTANCIA de SOLVENCIA ECONÓMICA. Presentar estados de cuenta bancarios de los últimos tres (3) meses. ENTREVISTA. Todos los solicitantes de visa deben presentarse en persona para una entrevista con un oficial consular.  El funcionario consular podrá solicitarle la presentación de información adicional. El plazo máximo de permanencia que te pueden otorgar las oficinas consulares es de 90 días. Se puede prorrogar por única vez por igual

Visa de Estudiante – Argentina

Argentina se ha convertido en uno de los destinos favoritos para los estudiantes de diferentes nacionalidades y especialmente para los mexicanos que quieren continuar su formación profesional a través de cursos de grado, posgrados y estancias de investigación. Si estás pensando viajar a este país para realizar tus estudios, debes saber antes algunos datos sobre el país, el ingreso de extranjeros y el alojamiento. Estudiar en Argentina puede ser una muy buena opción para los extranjeros, ya que tiene la posibilidad de asistir a una escuela pública gratuita o también, puede pagar una privada que, en dólares, resulta muy económica.   Ingresa en el sitio visaestudiantil.gob.ar y selecciona tu país de nacionalidad. Inicia el trámite: Si reside en la República Argentina, asistir personalmente a una sede de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM). Página web: www.migraciones.gov.ar E-mail: info@migraciones.gov.ar Si estás fuera de la República Argentina asiste personalmente al Consulado o Embajada Argentina más cercano a tu lugar de residencia. Consulta en el Consulado o la Embajada Argentina sobre la existencia de cupos, becas y programas otorgados por la Universidad de tu interés. Los cupos son lugares preasignados que podrían serte de utilidad. En el sitio visaestudiantil.gob.ar infórmate acerca de que puedes estudiar y dónde. Es importante señalar que los requisitos migratorios varían según: el país de procedencia de los aspirantes, la duración de los estudios y los cursos que deseen estudiar. Estudiantes internacionales, provenientes de países del Mercosur y estados asociados(Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela) pueden realizar estudios universitarios en este país ingresando como turistas y tramitando su residencia como estudiantes ante la Dirección Nacional de Migraciones, dentro de los 30 días de su inscripción, acompañado de:  Constancia de Inscripción a la Institución Educativa (Puede tramitarla desde su país de origen o una vez arribado a la Argentina).  Pasaporte válido y vigente, cédula de identidad o certificado de nacionalidad expedido por la respectiva representación consular autorizada del país de origen en la República Argentina; Certificado de carencia de antecedentes penales donde haya residido los últimos tres (3) años, legalizado o apostillado; Certificado de carencia de antecedentes penales en la República Argentina expedido por la Policía Federal Argentina;  Abonar la tasa respectiva. Asimismo, tener en cuenta la Documentación educativa: Para alumnos cuyos títulos provengan de Estados miembros de la Convención de La Haya deberán seguir los siguientes pasos: Legalizar el título ante las autoridades educacionales del país de origen. Legalizar el título ante el Consulado Argentino del país donde fue emitida la documentación. 4 Fotos 4 x 4 cm. Frente. Fondo blanco.  Para alumnos cuyos títulos provengan de un Estado no adherido a la Convención de La Haya deberán seguir los siguientes pasos: Legalizar el título ante las autoridades educacionales del país de origen. Legalizar el título en el Consulado Argentino del país donde fue emitido. Legalizar el título ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Una vez realizado el trámite correspondiente, se deberá realizar la CONVALIDACIÓN del título secundario, esto es el reconocimiento de los estudios extranjeros como equivalentes a títulos nacionales. Si el título secundario fue emitido por un país que tiene convenio con la Argentina, deberá realizar el trámite de convalidación ante el Ministerio de Educación. La República Argentina tiene Convenios firmados con los siguientes países: Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, España, Francia, Italia, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Importante: Durante el proceso de convalidación el postulante puede inscribirse, ingresar a la Universidad y rendir exámenes. Si al finalizar la carrera no ha finalizado el trámite de convalidación se le emitirá un título donde se indica que no lo habilita para el ejercicio profesional en la República Argentina. La visa requiere un mínimo de 30 días para su aprobación. Al momento de presentar una solicitud de visa de estudiante deben pagarse los aranceles correspondientes por concepto del procesamiento del expediente. Los aranceles que se cobran por concepto de solicitud de visa incluyen una contribución al fondo para la Educación Internacional de 115 dólares. Esto contribuye a las iniciativas del gobierno de Australia para apoyar la educación internacional a través del Departamento de Relaciones de Educación, Empleo y Trabajo. La tarifa para la visa de estudiante se calcula en 535 dólares australianos. El monto incluye el permiso de trabajo. Deben adicionarse $405 por cada acompañante mayor de 18 años y $135 por los menores de 18 años. A esta inversión deben agregarse los costos por concepto de envío de documentos por correo expreso certificado, en aquellos casos en que no haya una embajada o consulado australiano en el país de origen del interesado. Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley de Migraciones  25.871 de fecha 20 de enero de 2004  (Mas info AQUI) Identificar la universidad en la que desea estudiar Revisar los requisitos de ingreso a dicha universidad y tramitar los documentos solicitados según corresponda en su caso Es necesario pedir cita previa a través de la web de la Dirección General de Migraciones. En esta página también puedes obtener más información sobre los permisos de residencia. Los costos pagados durante la solicitud de visa no son reembolsables. No se aplica ninguna tarifa a los estudiantes de secundaria de un curso de intercambio ni a los estudiantes beneficiarios de un patrocinio de estudios por parte de la Commonwealth. Nota: Títulos universitarios de venezolanos serán reconocidos legalmente en Argentina La Resolución 232-E/201                      expone que quedan exceptuados del requisito de legalización de la documentación educativa que deben realizar todos los estudiantes extranjeros que decidan cursar en instituciones de Argentina. Pagina Wed para mas ayuda sobre el tramite dependiendo de el país de origen  Dirección Nacional de Migraciones   

Visa de Trabajo – Chile

En el otorgamiento de una Visa Sujeta a Contrato de Trabajo para extranjeros que han sido contratados por alguna empresa con residencia en Chile, tiene una duración máxima de dos años, la que podrá ser prorrogada por períodos iguales. Existe también la Visa Residente Sujeto a Contrato Dependiente, se otorga a los familiares del titular, duración similar, no permite trabajar. El costo del trámite es sobre la base de la reciprocidad. A su vez, existe otra modalidad que es la Visa temporaria por Motivos Laborales,  y es el permiso de residencia que habilita a su titular a residir en el país y a realizar cualquier actividad lícita, sin limitaciones especiales. La principal diferencia con la visa ya existente llamada “Sujeta a Contrato” es que con esta visa por Motivos Laborales (ML) el trabajador tiene la opción de tener múltiples empleadores sin quedar sujeto exclusivamente a un solo empleador. No se le genera un costo adicional al trabajador si decide cambiar de empleador.Puede realizar otro tipo de actividades como la prestación de servicios, algo que era restringido en la visa Sujeta a Contrato. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Envié su solicitud:Si vive en Santiago, envíe la solicitud por correo a Clasificador N° 8 Correo Central, Santiago. Si postula en otras ciudades de Chile, presente su solicitud personalmente en las oficinas de la gobernación correspondiente a su domicilio. El tiempo promedio entre paso 3 y paso 4 es de 30 días hábiles. NOTA: Si usted postula desde el extranjero, el procedimiento es diferente. Debe acudir a un consulado chileno y seguir las instrucciones que se indican (Aqui) Ingreso al sistema computacional: Sera informado por correo postal cuando su solicitud sea acogida a trámite. También puede averiguarlo haciendo click AQUÍ.El tiempo promedio entre paso 4 y paso 5 es de 30 días hábiles en Santiago, 60 días hábiles en otras ciudades. Notificación del estado de su tramite: Luego del análisis de su solicitud, será notificado por correo postal y por mensaje de texto en su celular (SMS) si ésta fue aprobada, rechazada y/o si requiere presentar antecedentes adicionales (en cuyo caso, deberá volver a la Etapa 2).También puede averiguar el estado de su trámite haciendo click AQUÍ pague el arancel: Para el caso de aprobación de su visa, recibirá por correo postal su orden de pago.También la puede descargar haciendo click AQUÍ. Pague los derechos de su visa en un banco cercano o en ServiEstado. Acérquese a estampar su visa:Si solicitó su visa en Santiago,reserve su hora de estampado haciendo click AQUÍ.  En caso que no pueda reservar su hora, diríjase directamente a las oficinas. Si solicitó su visa en regiones, diríjase a su gobernación. Recuerde presentarse con pasaporte original vigente, orden de giro pagada, y documentos requeridos en caso de que así lo diga en su carta de notificación. Registre su visa estampada en la policía de investigaciones (PDI): Es imperativo que registre su visa en PDI. Tiene un máximo de 30 días para hacerlo luego del estampado. Revise donde se encuentra la oficina más cercana haciendo click AQUÍ Solicite su cédula de identidad de residente extranjero: Luego de registrar su visa, acérquese al Registro Civil y solicite su cédula de identidad, terminando su proceso migratorio hasta el vencimiento de su visa actual. Recuerde que puede iniciar el proceso de renovación de su visa con 90 días de anticipación. Carta del empleador dirigida al Cónsul que justifica la contratación. Contrato de Trabajo firmado por ambas partes ante Notario o carta de la empresa en la que se desempeñará (Firmada ante notario) indicando la individualización de las partes y labor a desarrollar Título Profesional (si es necesario). Certificados de Antecedentes Penales.Certificado Médico Pasaporte original y fotocopia legible (hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste, además de la página con el timbre del último ingreso a Chile). En caso de ingresar con otro documento de identificación, exhibir original y fotocopia (Cédula de Identidad, DNI, etc.) Original de la Tarjeta de Turismo vigente y fotocopia legible. (el documento será retenido mientras dure el permiso de trabajo. 4 fotos tamaño pasaporte. Una vez otorgado el permiso de trabajo, deberá pagar los derechos correspondientes a través de una orden de giro emitida por el Departamento de Extranjería y Migración, la que se cancela en cualquier Banco Comercial. El valor del permiso es equivalente al 150% del valor de la visa sujeta a contrato según nacionalidad, el que puede consultar aquí Requisitos exigidos a la empresa contratante: Constitución de Sociedad en Chile. Domicilio legal en Chile. Que la actividad del contratado sea indispensable para el desarrollo del país. Pago de IVA correspondiente a los 3 últimos meses. Pago previsión de trabajadores correspondiente a los 3 últimos meses. Sobre el Contrato de Trabajo: (Visa sujeta a Contrato de Trabajo) Debe estar redactado conforme a las normas legales chilenas y contener las siguientes cláusulas: Obligación del empleador de responder al pago del impuesto a la renta correspondiente en relación a la remuneración pagada. Obligación del empleador del pago de cotizaciones al Sistema Previsional y de Salud del trabajador en Chile o en el extranjero. Responsabilidad de pagar pasajes de retorno al término del contrato laboral, para el contratado y su grupo familiar. Sobre el Contrato de Trabajo: (Visa Temporaria por Motivos Laborales) Se presenta un original firmado ante notario, por el trabajador y el empleador (indicando el RUT de la empresa o Cédula de Identidad si es persona natural). Debe tener las siguientes cláusulas especiales: Remuneración. Debe ser acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas laborales vigentes. Cláusula de Vigencia. Esta cláusula debe ser redactada como sigue: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite” Cláusula de Régimen Previsional. (*) Debe ser redactada como sigue: “Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el

Visa de Estudiante – Chile

La visa de estudiante es el permiso de residencia que habilita a su titular a estudiar en establecimientos de enseñanza reconocidos por el Estado. Permite que el titular cambie de institución educacional sin la obligación de solicitar un nuevo permiso de residencia. Este tipo de visa no autoriza a su titular a realizar actividades remuneradas. Este tipo de visa no autoriza a su titular a realizar actividades remuneradas. Si necesita realizarlas, solicite el formulario de requisitos E-4, que indica la documentación necesaria para solicitar un Permiso de Trabajo para Estudiantes. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Envié su solicitud:Si vive en Santiago, envíe la solicitud por correo a Clasificador N° 8 Correo Central, Santiago. Si postula en otras ciudades de Chile, presente su solicitud personalmente en las oficinas de la gobernación correspondiente a su domicilio. El tiempo promedio entre paso 3 y paso 4 es de 30 días hábiles. NOTA: Si usted postula desde el extranjero, el procedimiento es diferente. Debe acudir a un consulado chileno y seguir las instrucciones que se indican (Aqui) Ingreso al sistema computacional: Sera informado por correo postal cuando su solicitud sea acogida a trámite. También puede averiguarlo haciendo click AQUÍ.El tiempo promedio entre paso 4 y paso 5 es de 30 días hábiles en Santiago, 60 días hábiles en otras ciudades. Notificación del estado de su tramite: Luego del análisis de su solicitud, será notificado por correo postal y por mensaje de texto en su celular (SMS) si ésta fue aprobada, rechazada y/o si requiere presentar antecedentes adicionales (en cuyo caso, deberá volver a la Etapa 2).También puede averiguar el estado de su trámite haciendo click AQUÍ pague el arancel: Para el caso de aprobación de su visa, recibirá por correo postal su orden de pago.También la puede descargar haciendo click AQUÍ. Pague los derechos de su visa en un banco cercano o en ServiEstado. Acérquese a estampar su visa:Si solicitó su visa en Santiago,reserve su hora de estampado haciendo click AQUÍ.  En caso que no pueda reservar su hora, diríjase directamente a las oficinas. Si solicitó su visa en regiones, diríjase a su gobernación. Recuerde presentarse con pasaporte original vigente, orden de giro pagada, y documentos requeridos en caso de que así lo diga en su carta de notificación. Registre su visa estampada en la policía de investigaciones (PDI): Es imperativo que registre su visa en PDI. Tiene un máximo de 30 días para hacerlo luego del estampado. Revise donde se encuentra la oficina más cercana haciendo click AQUÍ Solicite su cédula de identidad de residente extranjero: Luego de registrar su visa, acérquese al Registro Civil y solicite su cédula de identidad, terminando su proceso migratorio hasta el vencimiento de su visa actual. Recuerde que puede iniciar el proceso de renovación de su visa con 90 días de anticipación. Documentación general:(Debe ser enviada por titulares y dependientes) 2 fotocopias del pasaporte vigente (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de éste). También debe exhibir el pasaporte original 2 fotocopias de la última Tarjeta de Turismo. También debe presentar el original. Si la extravió, puede solicitar un duplicado en las oficinas de Policía Internacional. 2 fotografías recientes, tamaño carné (3×2 cm.), en colores, con nombre completo y número de pasaporte. Documentación Específica Obligatoria: Los nacionales de Colombia deben presentar además un Certificado de Antecedentes Judiciales vigente y totalmente tramitado y los nacionales de Perú deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente solicitado en su consulado. (obligatorio solo para personas mayores de 18 años). EN EL CASO DE MENORES DE EDAD NO ACOMPAÑADOS POR SUS PADRES deberán presentar documentación que acredite la tutoría o custodia del menor y el certificado de nacimiento, debidamente legalizados. En el caso de que el tutor sea extranjero, deberá acreditar su situación de residencia. Documentación especifica para titular NO BECARIO:  Certificado original de matricula original, indicando nombre del titular, duración de la carrera y el nivel que cursa, o Certificado original de alumno regular, indicando nombre del titular, duración de la carrera y nivel que cursa. Acreditar fuente de ingresos que financian al estudiante a través de alguno de los siguientes documentos: Depósitos (fotocopia), Giros periódicos (fotocopia), Declaración jurada de expensas de su mantenedor en Chile, quien deberá acreditar ingresos, Otros. Para mayor información ver formulario TE10. Documentación especifica para titular BECARIO: Certificado original de matricula, indicando nombre del titular, duración de la carrera y el nivel que cursa, o Certificado original de alumno regular, indicando nombre del titular, duración de la carrera y nivel que cursa.  Certificado original de beca, indicando período de duración, financiamiento y centro de estudios Alumno de programa de intercambio: Certificado original del establecimiento educacional, que señale que el peticionario está participando en un programa de intercambio estudiantil. Acreditar fuente de ingresos. Para mayor información ver formulario TE10 Alumno en progreso de revalidación de titulo: Certificado original del establecimiento educacional, que señale que el peticionario se encuentra en proceso de revalidación de título profesional. Acreditar fuente de ingresos. Para mayor información ver formulario TE10 Documentación especifica para dependientes: (Estas personas están inhabilitadas para trabajar) CONYUGE: Certificado original de matrimonio o copia autorizada ante notario. HIJOS: Certificado original de nacimiento, en el que se indique el nombre de los padres o copia autorizada ante notario. PADRES DEL TITULAR: Certificado original de nacimiento del titular, que indique el nombre de los padres, o copia autorizada ante notario.  Declaración jurada de expensas en que el titular de la visa asume el costo de la manutención de sus dependientes en el país, firmada ante notario (original). Acreditar fuente de ingresos de su mantenedor en Chile. Para mayor información ver formulario TE10 Importante: La documentación para acreditar vínculos entre un titular y sus dependientes, deberá estar legalizada por el Consulado de Chile en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. En el caso en que la documentación entregue información en cualquier idioma distinto del castellano, deberá estar legalizada por el Consulado de Chile en el país de origen y traducida y

Visa de Turismo – Chile

Permite que los extranjeros que desean visitar Chile, obtengan una visa de turismo con fines de recreación o similares. Se considerarán turistas a los extranjeros que ingresen al país con fines recreativos, deportivos, salud, estudios, negocios, familiares, religiosos u otros similares, sin propósito de inmigración, residencia permanente o desarrollo de actividades remuneradas. Por regla general, no se requiere de visa o autorización previa para ingresar a Chile como turista. Sin embargo, para los residentes de algunos países se solicita una autorización, denominada “Visto de Turismo”, también conocida como “Visa de turista” (Ver listado de países que requieren de visa de turista) el que debe ser solicitado en  cualquier consulado de Chile. Los ciudadanos residentes de los siguientes países, pueden ingresar a Chile en calidad de turistas presentando su Documento Nacional de Identidad vigente:  Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Sin embargo, si estas personas desean postular después a una visa de residencia temporal desde Chile, se les exigirá su pasaporte. Quedan eximidos los nacionales de los países con los cuales Chile mantiene un régimen de exención de visas de turismo. Reúna la documentación requerida. Diríjase al consulado de Chile correspondiente a su país de origen o residencia. Explique los motivos de su visita: Solicitar visa de turismo para extranjeros. Entregue los documentos requeridos para la solicitud de visa de turismo Pasaporte o documento de identidad vigente hasta el término de su estadía. Acreditar solvencia económica que le permita viajar y financiar estadía. Carta de invitación de una persona natural o una empresa en Chile. (si procede) Reservas de hotel cuando no tenga una persona de contacto en Chile. Al momento de retirar la visa en el consulado correspondiente es necesario presentar la siguiente documentación: El pasaporte o documento de identidad vigente hasta el término de su estadía. Certificado de antecedentes. Certificado de salud (libre de enfermedades info-contagiosas). Cuatro fotografías tamaño pasaporte. Acreditar solvencia económica que le permita viajar y financiar estadía. Carta de invitación de una persona natural o una empresa en Chile. Reservas de hotel cuando no tenga una persona de contacto en Chile. En caso de menores de edad, el solicitante deberá presentar: Si el menor viaja acompañado de ambos padres, deberá presentar la siguiente documentación: Pasaporte o Documento Nacional de Identidad  vigente según sea el país de origen. Certificado de nacimiento o libreta de familia, en original,  adjuntando tres fotocopias simples. Si el menor viaja acompañado sólo por uno de sus padres, deberá presentar la siguiente documentación: Pasaporte o  Documento Nacional de Identidad vigente, según sea el país de origen. Certificado de nacimiento o libreta de familia, en original, adjuntando tres fotocopias simples. Autorización Notarial del padre que no viaje, entregando su consentimiento para la salida del menor, o la autorización del Tribunal de Familia que corresponda, en original y tres fotocopias simples en cualquiera de los dos casos. Certificado de defunción, en caso de estar fallecido uno de los padres, en original adjuntando tres fotocopias simples. Si el menor no viaja acompañado de sus padres, deberá presentar la siguiente documentación: Pasaporte o Documento Nacional de Identidad vigente, según sea el país de origen. Certificado de nacimiento o libreta de familia, en original, adjuntando tres fotocopias simples. Autorización Notarial de ambos padres, entregando su consentimiento para la salida del menor, en original más tres fotocopias simples. Certificado de defunción en caso de estar fallecidos ambos padres, en original adjuntando tres fotocopias simples. Autorización del Tribunal de Familia que corresponda, entregando el consentimiento para el viaje del menor, en original y tres fotocopias simples Tratándose de menores de edad residentes en Chile, se actuará conforme a lo dispuesto en la ley N° 16.618 en su artículo 49: No es necesario legalizar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores las autorizaciones notariales de viaje para menores que salgan del país sin sus padres o tutor legal, excepto si el menor se va a radicar en el extranjero. En caso de requerir extensión de su estadía como turista en Chile El interesado podrá: Solicitar una ampliación de turismo: si la autoridad limitó su permanencia a un plazo menor a 90 días. Trámite exento de pago. Para lo cual deberá presentar los siguientes requisitos: Pasaporte en original y fotocopia legible (hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste, además de la página con el timbre del último ingreso a Chile). En caso de ingresar con otro documento de identificación, exhibir original y fotocopia (Cédula de Identidad, DNI, etc). Original y Fotocopia de la Tarjeta de Turismo legible y vigente. Nota: La solicitud se realiza por el interesado, dentro de los últimos 30 días de vigencia de su actual permiso, en la Sección Atención de Público, ubicada en San Antonio N° 580, Piso 3, Santiago, o en las oficinas de Extranjería de cada Gobernación provincial. Solicitar una prórroga de turismo: Para permanecer por un período adicional a los 90 días. Dicho trámite se realiza  dentro de los últimos 30 días de vigencia del plazo de turismo. El valor a pagar es de US$  100 (equivalente en pesos chilenos) y normalmente se entrega por 90 días adicionales. Deberá presentar los siguientes requisitos: Pasaporte en original y fotocopia legible (hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste, además de la página con el timbre del último ingreso a Chile). En caso de ingresar con otro documento de identificación, exhibir original y fotocopia (Cédula de Identidad, DNI, etc). Original y Fotocopia de la Tarjeta de Turismo legible y vigente. Nota: La solicitud se realiza por el interesado, dentro de los últimos 30 días de vigencia de su actual permiso, en la Sección Atención de Público, ubicada en San Antonio N° 580, Piso 3, Santiago, o en las oficinas de Extranjería de cada Gobernación provincial. Sin definir El costo del trámite varía de acuerdo al país de origen del solicitante por lo que recomendamos consultar el cuadro de visas y aranceles publicado anualmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile en su página web (ver cuadro) Consulado de Chile de su país de origen o residente Departamento de Inmigración del

Visa de Turismo – Panamá

Es la autorización que se otorga a un extranjero para ingresar al territorio nacional, como no residente, por un término determinado. Las autoridades migratorias del Servicio Nacional de Migración expedirán visas de turismo válidas por un término no mayor de noventa (90) días, si los extranjeros cumplen con los requisitos exigidos por este reglamento y sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad. Todos los nacionales de países que no hayan suscrito acuerdo de supresión de visa con la República de Panamá, deberán tramitar ante el Servicio Nacional de Migración o las oficinas del Servicio Exterior, visas de turismo, según lo señale el listado que apruebe la autoridad competente. Aquellos nacionales de países que se les exima de este requisito se les expedirá una tarjeta de turismo, la cual será válida para permanecer en el país por un término no mayor de noventa (90) días, sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad. La tarjeta de turismo causará derechos según señala el Código Fiscal. El Servicio Nacional de Migración podrá cancelar la tarjeta de turismo o visa de turismo, cuando no se cumplan con los principios de seguridad nacional, salubridad u orden público, y procederá a tomar las medidas que estime pertinentes para retornar, deportar o expulsar a los extranjeros en esta situación, cumpliendo con el debido proceso. De acuerdo con el decreto ejecutivo 248 del 21 de julio del 2009, quienes cuentan con una visa aprobada de Estados Unidos, Australia, Canadá, Reino Unido y la Comunidad Europea, y hayan utilizado el visado al menos una vez para ingresar al territorio del Estado otorgante, podrían ingresar al territorio panameño. ingresar a la página web del Servicio Nacional de Migración (SNM) www.migracion.gob.pa; a la sección de Migración en Línea (Solicitudes). Una vez acceda a «Solicitudes», buscar el link que dice Cita para Visa Estampada en Consulado, para después acceder a la opción de la bandera de su país de procedencia ( Cuba, Venezuela, China). Siga las instrucciones que detalla el comprobante de cita (formulario). Las formas de pago tal como se establece en el comprobante de cita, se podrán realizar de dos (2) formas: Depositar en cuenta corriente del Banco Nacional de Panamá, la suma de 60 dólares americanos; desglosados en 50 dólares por servicios migratorios y 10 dólares por los servicios consulares. En caso de que el interesado tenga un familiar en Panamá podrá efectuar el pago en el departamento de Tesorería, ubicado en la sede del SNM, en Panamá. Para el pago de los servicios consulares, el dinero debe depositarse en la cuenta del Banco Nacional (detallada en comprobante de cita). En caso de que el solicitante no se encuentre en su país de origen Para solicitar su visa estampada de entrada a Panamá, deben acercarse a una sede diplomática panameña y ser residentes permanentes o temporales del país donde se encuentran, además de presentar sus documentos para el trámite de visa de turista. En estos casos los pagos de servicios migratorios y servicios consulares deben hacerse en la sede diplomática. El Departamento de Inmigración emite a favor del solicitante la Visa de Residencia Temporal por un período de dos (02) años. (Los pasos 3 y 4 se repetirán cada vez que sea necesario realizar la renovación del Permiso Temporal) Completar el formulario de solicitud de visa. Presentar original y copia completa del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de tres (3) meses de vigencia. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje o tiquete electrónico. Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio. Tres fotografías tipo carnet (fondo blanco) Pagar por los servicios migratorios la suma de cincuenta balboas (B/.50.00), al momento de la presentación ante el Servicio Nacional de Migración (US$50,00) Prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas (B/.500.00) equivalente a (US$500,00) y se demostrará con alguna de las siguientes opciones: Cheque certificado o giro bancario a nombre del solicitante. Cheques viajeros a nombre del solicitante. Certificación bancaria, con estado de cuenta de los últimos tres meses que refleje saldos disponibles. Tarjeta de crédito con el estado de cuenta de los últimos tres meses que refleje saldos disponibles. Declaración de rentas o su similar, del último año fiscal. Cualquier otro que pruebe sus ingresos y que sea aceptable para el Servicio Nacional de Migración. Por la actividad que realiza puede presentar: De ser empleado de entidad pública o privada: certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajador independiente. De ser pensionado o jubilado: documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago. De ser independiente: declaración de renta del último año fiscal. De ser estudiante: una certificación del centro educativo que indique los estudios que esta cursando y el período de vacaciones, de no estar en tiempo de vacaciones debe estipular el tiempo que le fue concedido para viajar. De ser persona dependiente económicamente: declaración jurada de un familiar que se hace responsable de su desplazamiento y sustento durante su viaje; certificación de vínculo de parentesco y la prueba de solvencia económica. Copia del último permiso que le fue aprobado por la autoridad migratoria panameña (si procede)  Reservación de hotel confirmada, (si procede) Declaración Jurada de quien invita (si procede) en cuyo caso podrá ser realizada por: Residentes temporales o permanentes o panameños desde Panamá, adjuntando lo siguiente según el caso: Copia autenticada de cédula de identidad personal del nacional Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación personal del extranjero Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la residencia del responsable Representante legal de entidades públicas o privadas. En caso de ser una entidad pública, deberá presentar una carta de invitación. De ser una entidad privada, deberá