Viajes y tramites

La visa es una norma que rige entre países para legalizar el ingreso y la estancia de personas en una nación donde no tenga la nacionalidad o el libre tránsito. También conocida como visado, la visa es un documento que es adjuntado al pasaporte por las autoridades para señalar que este ha sido examinado y ha sido considerado válido para ingresar o salir del país.

Primer paso: descargar y complementar correctamente un formulario de solicitud disponible en la página web del gobierno de exteriores de España.

 

 

Segundo paso: es reservar después una cita en una embajada o un consulado español.

Tercer paso: presentar toda la documentación requerida en persona si no existe la posibilidad de hacerlo de manera online para presentar la documentación requerida.

Cuarto paso: indicar el porqué de tu viaje.

– Visita familiar o de amistad.

– Negocios.

– Visita médica.

– Actividades deportivas.

– Actividades culturales o artísticas.

– Estudiantes.

Antes de viajar a España, debes seguir los siguientes requisitos de documentación y pasaporte. La lista de requisitos es bastante similar, aunque dependerá de la nacionalidad del ciudadano que solicite la entrada y del motivo de su viaje a España. Generalmente, los requisitos de ingreso al país español son los siguientes:
  • Formulario de solicitud de visado (visa Schengen o el permiso ETIAS) 
  • Una fotografía (3,5 cm x 4 cm) actual y sobre fondo blanco.
  • Pasaporte ordinario con un mínimo de validez de tres meses después de la salida del Espacio Schengen.
  • Seguro médico de viaje válido en España.
  • Pago de las tasas del visado Schengen o ETIAS.
  • Pasaje aéreo de ida y vuelta o reservación del pasaje.
  • Datos de financiamiento, como tarjetas de crédito y cuentas bancarias; si el solicitante es dependiente económicamente, la documentación será la de los padres, cónyuge o hijos.
  • Acreditación de los aranceles administrativos correspondientes, calculados en euros.
  • Presentar la respectiva solvencia económica que se demuestra con estados de cuenta bancarios personales de los últimos 6 meses.

Los tramites del visado se tiene que hacer en el Consulado de España disponible en su país

  • Autorización inicial de residencia temporal a abonar por el trabajador extranjero: 10,30 euros
  • Formulario a abonar por el empleador en España para autorización de trabajo por cuenta ajena con autorización de residencia: 192,02 euros
  • Pago por el extranjero para solicitud de autorización de trabajo por cuenta ajena con autorización de residencia: 384,07 euros

          http://www.exteriores.gob.es/
  • Es importante saber que todos los documentos que te exigen deben aportarse en original y copia
  • Datos del alojamiento: Reservas del hotel o del tour por el tiempo total de viaje. En caso de invitación por familiar o amigo en España: acta notarial de invitación (ante la Policía u Oficina de Extranjero españolas) y fotocopia del DNI (Documento Nacional de Identificación) o de la tarjeta de residencia vigentes de quien invita.