Visa Familiar – Cónyuge o Compañero Permanente – Colombia
Se entiende por “cónyuges” aquellas personas que mantengan un vínculo matrimonial o análogo inscrito en un organismo público ya sea en Colombia o en el exterior. Quienes hayan contraído matrimonio válido o forma una unión marital de hecho con un nacional colombiano, o que reúna los requisitos para ser considerado como compañero permanente, de conformidad con la legislación vigente, podrán solicitar, ante el gobierno Colombiano, una visa temporal para residir en Colombia. Este tipo de visa de cónyuge TP10, habilita a su titular a residir en Colombia por un periodo de tres (3) años, el cónyuge extranjero que cumpla 3 años con su visa, puede solicitar su residencia, la cual tiene una vigencia de 5 años. Ingresar al portar web de cancillería para solicitar su visa Determine su clase de visa leyendo los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. luego haga clic en solicitar visa. Una vez hayas completado los pasos anteriores, debes programar tu cita el siguiente día hábil después de haber hecho el pago. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita Presentar completamente diligenciado el Formato SC-FO-15 “Solicitud de visa” el cual debe estar firmado por el extranjero solicitante y no por interpuesta persona. Presentar pasaporte o documento de viaje vigente, en buen estado, con mínimo 2 páginas en blanco. Dos (2) fotografías a color, de frente fondo blanco 3X3 cms. Cuando la solicitud se realice en un Consulado de Colombia debe presentar tres (3) fotografías con las mismas características. Copia de la página principal del pasaporte vigente donde aparecen registrados los datos personales del titular, así como de la página que contenga la última visa colombiana si la tuviere y la del último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso. Registro civil de matrimonio colombiano, o fotocopia autentica de la providencia judicial o del acta de conciliación o de la escritura pública mediante la cual se declare la existencia de la unión marital de hecho, según sea el caso. Cualquiera de estos documentos deberá ser expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la solicitud de la visa. Fotocopia autenticada de la cédula de ciudadanía del cónyuge o compañero(a) permanente colombiano(a). Carta del nacional colombiano solicitando la expedición de la visa para su cónyuge o compañero(a) permanente extranjero cumpliendo con la formalidad de la presentación personal respecto de la diligencia de reconocimiento de firma y huella ante notario público o cónsul colombiano. Presentar completamente diligenciado Formato SC-FO-07 “Compromiso de informar al Departamento Administrativo de Seguridad, DAS” Cuando la solicitud de visa en calidad de compañero(a) permanente de nacional colombiano(a) se presente ante una Oficina consular de la República, se aceptará el documento válido que compruebe la unión marital de hecho de acuerdo con las leyes del país receptor.deberá presentar la respectiva providencia judicial, acta de conciliación o escritura pública mediante la cual se declare la existencia de la unión marital de hecho, según las normas colombianas . de 5 a 10 días hábiles. Una vez se disponga de la documentación completa. el costo de la visa se desconoce, dirigirse a la cancillería de su país de origen. Las solicitudes de visa podrán ser requeridas o inadmitidas según el criterio y la facultad discrecional del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia en su país de residencia Ley de Migraciones N 0834 de 2013 Mas información clic (AQUÍ) Recuerde que esta categoría de visa se obtiene con un vinculo marital debidamente registrado entre un nacional colombiano y un extranjero, si llegara el caso de una separación conyugal el extranjero deberá tramitar otro tipo de visa para permanecer legalmente en el país. Para este tramite su pasaporte deberá contar con una vigencia mayor a 180 días y dos páginas en blanco. La permanencia del extranjero titular de esta visa será del total de su vigencia. Nota:Cuando la solicitud de visa en calidad de compañero(a) permanente de nacional colombiano se presente ante una oficina Consular de la República, se aceptara el documento valido que compruebe la Unión Marital de Hecho de acuerdo con las leyes del país receptor Cualquier documento que se encuentre en un idioma diferente al castellano deberá ser traducido oficialmente al español y la firma del traductor deberá estar debidamente legalizada o apostillada. Ley de migraciones Ministerio de relaciones exteriores Cancillería colombiana Solicitud de visa en linea Formato SC-FO-07