Documentación para viajar con la areolínea Conviasa
La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente Refiere en sus artículos 391, 392 y 393 los aspectos que rigen el viaje de menores dentro y fuera del país. Artículo 391. Viajes dentro del país. Los niños, niñas y adolescentes pueden viajar dentro del país acompañados por sus padres, representantes o responsables. En caso de viajar solos o con terceras personas requieren autorización de un representante legal, expedida por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por una jefatura civil o mediante documento autenticado. Artículo 392. Viajes fuera del país. Los niños, niñas y adolescentes pueden viajar fuera del país acompañados por ambos padres o por uno sólo de ellos, pero con autorización del otro expedida en documento autenticado, o cuando tienen un solo representante legal y viajen en compañía de éste. En caso de viajar solos o con terceras personas, requieren autorización de quienes ejerzan su representación, expedida en documento autenticado o por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Artículo 393. Intervención Judicial. En caso que la persona o personas a quienes corresponda otorgar el consentimiento para viajar se negare a darlo o hubiere desacuerdo para su otorgamiento, el padre o madre que autorice el viaje, o el hijo o hija si es adolescente, puede acudir ante el juez o jueza y exponerle la situación, a fin de que éste decida lo que convenga a su interés superior. Conviasa cuenta con tarifas especiales para niños e infantes en todos sus vuelos nacionales e internacionales. Aplica a: Infantes: Hasta 3 años no cumplidos. Niños: Hasta 13 años no cumplidos. Recaudos para trámite de permisos a menores: Cédula de identidad (original y copia), de los padres o representante legal del menor. Partida de nacimiento o cédula de identidad (original y copia) del menor. En el caso de viajar al exterior el permiso se tramita conjuntamente con el pasaporte: Dos fotos del niño (a) y/o adolescente, tipo carnet. Una fotocopia de un recibo (luz, teléfono, etc.) para constatar la dirección de habitación del menor. Fotocopia de los pasajes, en caso de tenerlo, sino deberá especificar el modo de transporte a utilizar para el traslado. En el Aeropuerto le será solicitada la siguiente documentación: Si el menor viaja con los padres: Original y copia de la partida de nacimiento del menor. Si el menor viaja solo: Permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres. Original y copia de la partida de nacimiento. Si el menor viaja con terceros: Permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres. Original y copia de la partida de nacimiento. Copia de la cédula de identidad de los padres. Adultos mayores Para la compra de boletos CONVIASA para adultos mayores (personas a partir de los 60 años cumplidos), deberán presentar copia de la cédula de identidad legible, para poder disfrutar de la tarifa especial. •60 años cumplidos, tanto para hombres como para mujeres. •Cuentan con una tarifa en vuelos en Venezuela del 50%. •Se solicita un informe medico que notifique el estado de salud del pasajero, a partir de los 85 años. Embarazadas Puede viajar, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos: si está dentro de un periodo de 28 y 36 semanas de gestación o seis meses, deberá presentar, para cada vuelo, un certificado médico que especifique la fecha estimada del alumbramiento y la confirmación de que la pasajera puede viajar sin riesgo alguno por vía aérea, del punto de origen al punto de destino. La pasajera deberá llenar un formulario de declaración de embarazada, entregado por el agente de tráfico al momento del chequeo. El certificado médico debe tener menos de diez días de emitido. Durante el viaje no puede ser ubicada en asientos de emergencia. Mujeres de 36 semanas o más, no podrán viajar. Personas con discapacidad Para la compra de boletos para pasajeros con discapacidad, deberá presentar original y copia de la cédula de identidad legible y del carnet expedido por el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDI) para poder disfrutar de la tarifa especial. •Conviasa, considera personas con discapacidad a todas aquellas que porten carnet de CONAPDIS vigente. •Cuentan con una tarifa en vuelos en Venezuela del 50%.
Aerolínea Conviasa
CONVIASA forma parte de los entes adscritos al Ministerio del Poder Popular para el Transporte. La Aerolínea Bandera de Venezuela se encuentra comprometida con el pueblo venezolano, contribuyendo al crecimiento económico de Venezuela, incrementando fuentes de empleo y promoviendo el desarrollo del turismo receptivo. Su misión es fortalecer la capacidad de la industria aeronáutica venezolana en función de la integración de la naciones, contribuyendo al desarrollo social y sustentable de la patria con mira a un sistema multicentrico pluripolar a través de un personal altamente capacitado y comprometido. Principalmente vuela en destinos de Venezuela y 8 países más de Latinoamerica. Destinos en Venezuela: En latinoamérica: Se permite: Dinero, cheques, joyas y perfumes. Ipods, ipads, reproductores MP4 y MP3. Calculadoras, computadoras personales y tablets. Documentos personales. Vajillas, cerámicas y botellas con licor. Gafas o lentes. Cintas de películas y cassette de videos. Celulares, cargadores. Discos compactos, discos Blu-ray. En ningún caso la aerolínea se responsabiliza por pérdida o deterioro de bultos de equipaje que se lleven como efectos de mano, al menos que esos casos ocurran por causas evidentemente imputables a la Empresa. Información sobre el equipaje facturado: Es aquel por cuya custodia responde exclusivamente el transportista, y por el cual, emite un ticket de equipaje facturado. El mismo tiene dos porciones, la del pasajero para reclamarlo en su destino final y la que se coloca en el equipaje para ser transportado. El usuario no debe incluir en su equipaje facturado, artículos frágiles o perecederos, tales como, dinero, joyas, piedras o metales preciosos, platería, documentos negociables, títulos u otros valores; dinero en efectivo, pasaportes, cámaras fotográficas o de video, filmadoras, computadoras, calculadoras, lentes, o botellas con licor, equipos médicos, teléfonos móviles, o cualquier otro objeto de valor o frágil, respecto de los cuales el transportista aéreo no se responsabiliza si se transporta en esas condiciones. Los objetos valiosos deben transportarse bajo manifestación de valor declarado. Si dicho valor es aceptado por el transportista aéreo y se ha pagado una suma complementaria, éste responde hasta el límite de ese valor. No obstante, en estos casos, el transportista aéreo puede exigir al pasajero condiciones o medidas de seguridad adicionales para dicho transporte. Políticas del equipaje: EMBRAER E190 Destino: Equipaje Facturado Equipaje de Mano Rutas de Venezuela 23 Kg (1 Pieza) 5 Kg Los cargos por exceso de equipaje se calculan en base al 1% del costo de la tarifa base económica one way (OW) más alta en la ruta, más IVA. GRAND CESSNA CARAVAN Destino: Equipaje Facturado Equipaje de Mano Los Roques 10 Kg (1 Pieza) No permitido Maracay 18 Kg (1 Pieza) No permitido San Tome 18 Kg (1 Pieza) No permitido San Fernando 18 Kg (1 Pieza) No permitido Puerto Ordaz 18 Kg (1 Pieza) No permitido Cumana 18 Kg (1 Pieza) No permitido Barcelona 18 Kg (1 Pieza) No permitido Maturin 18 Kg (1 Pieza) No permitido Tucupita 18 Kg (1 Pieza) No permitido EMBRAER E190 Destino: Equipaje Facturado Equipaje de Mano Viru Viru 1 pieza de 23Kg 1 pieza de 5kg La Habana 1 piezas de 23Kg 1 pieza de 5kg Resto de Destinos de Latinoamérica 1 pieza de 23Kg 1 pieza de 5kg Cobro del Exceso de Equipaje: Ruta: Monto Saliendo de Venezuela Dos (02) USD por Kg Ingresando a Venezuela Seis (6) USD por Kg Saliendo de la Habana Son cuatro (04) USD por Kg CONVIASA no permite transportar artículos perecederos en su equipaje facturado. De hacerlo, es bajo su propia responsabilidad y está sujeto a aceptación por parte de las autoridades. La aerolínea se responsabiliza por aquellos productos que son para la comodidad y uso del pasajero durante su viaje. CONVIASA no se hace responsable por los siguientes artículos frágiles, antiguedades, obras de arte, libros, fotografías, documentos, títulos, valores, televisores, computadoras u otros artículos electrónicos y sus accesorios, teléfonos celulares y sus accesorios, equipo fotográfico de video u óptico y sus accesorios, pieles, dinero, joyas, metales preciosos, medicinas o artículos médicos, equipaje perecedero, objetos que el pasajero debería transportar consigo en la cabina del avión, artículos para uso comercial, artículos únicos e irremplazables y artículos valiosos similares. Los objetos de valor deben estar siempre al cuidado del pasajero, por lo cual solicitamos transportarlos en su equipaje de mano. Los ticket de equipaje son el comprobante que las aerolíneas entregan a sus clientes para identificación de cada una de sus piezas facturadas. Estos son muy importantes y no deben perderlos ni botarlos, aún y cuando hayan llegado a su destino final, pues son imprescindibles en caso de tener algún reclamo posterior por su equipaje. Equipaje de mano: CONVIASA les permite a sus pasajeros una sola pieza de equipaje de mano, cuyas dimensiones le permitan colocarlo en los compartimientos de equipaje de cabina o sombrereras y sus dimensiones máximas no excedan de: 37 Cms. De profundidad + 25 Cms. De alto + 61 Cms. De ancho. = 1.23 Mtr. lineales. Los artículos que, a criterio de CONVIASA, sean considerados con peso y tamaño excesivo, no podrán ser aceptados en la cabina de pasajeros. Los objetos muy frágiles, no adecuados para ser transportados en el compartimiento de carga, tales como, equipos médicos y análogos pueden ser aceptados para su transporte en la cabina de pasajeros, sólo si se ha avisado previamente a la aerolínea y si se ha obtenido el consentimiento de la misma. El transporte de tales objetos en la cabina de pasajeros, generará cargos adicionales. Si sus dimensiones imposibilitan su transporte en cabina, éstos deberán ser transportados, adecuadamente embalados, como carga aérea. El equipaje de mano permitido para ser colocado en el compartimiento ubicado en la parte superior del asiento (SOMBRERERA) o que pueda ser colocado debajo de éste sin ocasionar molestias a los pasajeros ni obstruir el paso, pueden ser: Maletín de mano ejecutivo. Maletín de mano tipo piloto. Maletín de mano para dama (NECESER). Bolsos de mano en general. Muletas o cualquier otro tipo de auxiliar o prótesis necesarios, siempre que el pasajero dependa de su uso para movilizarse.