Viajes y tramites

Visa Familiar – Reagrupación Familiar – Alemania

Si usted tiene previsto permanecer en Alemania por un periodo mayor a noventa días o iniciar una actividad remunerada, debe solicitar la visa nacional. La visa nacional se otorga sólo para la finalidad indicada y generalmente tiene una vigencia de 90 días (para reunificación familiar) o de 180 días (para otros casos). La visa permite el ingreso a Alemania a través de los países Schengen. Al llegar a Alemania, usted debe presentarse inmediatamente ante la autoridad de extranjería para solicitar el título de permanencia definitivo y/o de mayor duración. Es necesario: Ser esposa o esposo de un ciudadano alemán o de un ciudadano extranjero residenciado legalmente en Alemania o tener hijos alemanes menores de 18 años. En cualquiera de los casos debe tener una dirección de residencia en Alemania. El visado es gratuito, a menos de que el/la esposo/a que se encuentra residenciado en Alemania no es miembro de la UE. Recaudar todos los requisitos necesarios. Solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. La solicitud deberá efectuarse presencialmente por el solicitante. Los documentos que deben presentarse deberán ser originales, acompañados de una copia. Puede hacer la solicitud online a través de la pagina dela embajada de su país en la sección de visas . El formulario de visas puede obtenerlo ACÁ Asista a su cita, y espere la emisión de su visa. La admisibilidad de los documentos exigidos NO implica la concesión del visado. Una denegación no da lugar a una devolución de los emolumentos pagados. Formulario de solicitud de permiso de residencia completamente llenado y firmado. Formulario Tres fotos biométricas de tamaño 3,5 cm x 4,5 cm con fondo claro. Características de las fotos biométricas Pasaporte con vigencia no menor a seis meses y por lo menos tres páginas en blanco. Copia del pasaporte (sólo la página con los datos personales). Seguro médico con una vigencia no menor a 90 días (180 días donde aplica) a partir del ingreso al espacio Schengen y con una cobertura no menor a 30.000,00 euros (la póliza debe indicar claramente la cobertura y el tiempo de vigencia del seguro). Este recaudo lo podrá presentar una vez que la visa sea aprobada. Copia de la pág. de los datos del pasaporte alemán de la/el esposa/o de la 1era pág. del pasaporte extranjero y la visa vigente alemana. Si tienen hijos menores de 16 años, ciudadanos de la UE, anexar copia del respectivo pasaporte. Acta de matrimonio apostillada y traducida al alemán por traductor público. Si tienen hijos menores de 16 años, ciudadanos de la UE, anexar Acta de nacimiento apostillada y traducida. Registro de la alcaldía alemana correspondiente (“Anmeldung”) de la persona que vive en Alemania. En caso de que el/la esposo/a alemán/a no esté registrado en Alemania, una carta de invitación a toda la familia que se mudará a Alemania del familiar o amigo donde vayan a residir hasta conseguir vivienda. Constancia del Instituto Goethe que certifique los conocimientos del idioma alemán Nivel A1. Hay casos, donde no es indispensable demostrar conocimientos del idioma alemán. Favor verificar hoja informativa si éste es su caso. Título de educación superior, apostillado y traducido al alemán por un traductor público en caso de haber cursado una carrera. Hijos mayores de 18 años, no pueden ser incluidos en la reagrupación familiar. HIJOS ACOMPAÑANTES MENORES DE 18 AÑOS REQUIEREN: Partida de nacimiento apostillada y traducida al alemán En caso de ser hijo de una relación anterior y alguna de las dos partes no se muda a Alemania con el menor, requieren:Opción 1: Comprobación de la Patria Potestad única del representante con el/la cual vivirá el hijo en Alemania. Opción 2: Constancia notariada de acuerdo entre el padre y la madre, en la que le otorguen al representante que se muda a Alemania la „custodia“ sin límite de espacio o tiempo. Este documento deberá ser homologado por un Tribunal competente (como lo establece el Capítulo VII, Art. 518), luego deberá ser apostillado y traducido al idioma alemán por un traductor público venezolano. Opción 3: En caso de no lograr acuerdo entre las partes, autorización del tribunal competente en la cual se otorga la “custodia” a favor del representante que se mude a Alemania y en la cual el tribunal manifiesta su acuerdo sin límite de espacio o tiempo para que el hijo viva con el representante que se muda a Alemania. Este documento deberá ser apostillado y traducido al alemán por un traductor público Carta de invitación de la madrastra o del padrastro. En caso de ser hijo/s de otra relación ó si no es ciudadano de la UE, el financiamiento deberá estar asegurado mediante una constancia de compromiso financiero (en alemán “Verpflichtungserklärung”). Si el hijo/a tiene más de 16 años de edad, deberá presentar además constancia del Instituto Goethe que certifique los conocimientos del idioma alemán nivel A1. de 8 a 10 semanas. 75 Euros. Embajada o consulado de Alemania mas cercana a su lugar de domicilio. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todas las instituciones. Manejar muy bien el Alemán, ya que todos los campos e información en la pagina de la solicitud están solo disponibles en ese idioma. Traducir todos los documentos necesarios al Alemán. Tener en cuenta que algunos requisitos y tiempos de emisión de las visas pueden variar dependiendo del lugar donde se resida. Es posible que pueda obtener su visa más rápido u otros servicios según el país en el que se encuentre. Consulte con su centro de solicitud de visa. Es posible que deba proporcionar más documentos según sus circunstancias. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Ministerio de Relaciones Exteriores Formulario de visa.

Visa Familiar – Reunificación Familiar – Italia

Italia es uno de los países europeos con mayor cantidad de inmigrantes con aproximadamente el 34% de su población total. La mayoría de estos inmigrantes trabajan para enviar remesas a sus familias en el extranjero. Muchos de estos inmigrantes, después de pasar algunos años trabajando de manera estable y obtener la residencia italiana, deciden que es tiempo de traer a su familia a este país. Para solicitar esta visa en caso de solicitudes de visa de ingreso presentadas por familiares (cónyuge, hijos o padres) de ciudadanos italianos o de otros Países de la Unión Europea, se sugiere dirigirse al/a la Embajada/Consulado italiana/o competente. El permiso de residencia por reunificación familiar debe ser solicitado por el extranjero con residencia permanente en la Ventanilla Única para los inmigrantes de la localidad italiana en la que se encuentra Luego de realizar el pago correspondiente. Después de presentar la solicitud, se podrá continuar con el proceso de manera presencial o a través de internet. Después de la acreditación de todos los requisitos legales básicos, el/los familiares debe acudir a la embajada de Italia de su país para acreditar la información que figura en el formulario de solicitud para reunificación. La Ventanilla Única para los Inmigrantes entregara al residente permanente un comprobante de solicitud recibida. En un plazo de aproximadamente 90 días, este organismo se encargara de informar al consulado italiano sobre la aprobación de los documentos. En caso de que La Ventanilla Única para los Inmigrantes no se pronuncie sobre la solicitud de permiso de reunificación familiar dentro del plazo establecido. El/los familiares deberán dirigirse a la embajada de Italia de su país. De ser otorgada la vida, los familiares reunificados tendrán que presentarse obligatoriamente a la Ventanilla Única para los Inmigrantes dentro de los 8 primeros días a su llegada a Italia. Una vez que ingresan a Italia con la visa de reunificación familiar deben acudir en un plazo máximo de ocho días a la Ventanilla Única para la Inmigración y pedir la validación del permiso de estancia. Copia de la autorización de la visa de reunifacion familiar. Formulario de solicitud de visa de ingreso Pasaporte en original y reproducción con la visa de entrada y con los timbres correspondientes cuando ingreso a territorio italiano. 4 fotografías tamaño pasaporte. 1 estampilla (el coste aproximado es de 15 euros). Fotocopia del carnet de identidad Documentación que pruebe el estatus del familiar o cónyuge del ciudadano que desea reagrupar en Italia (copia de libro nacimiento o matrimonio) En caso de hijos menores, consentimiento a la emisión de la visa firmado por el otro padre Tener un ingreso proveniente de fuentes legítimas y no inferior al importe del subsidio social del año de referencia (para el 2014 el subsidio social es de € 5.818,93). En ausencia de un ingreso suficiente, el solicitante puede solicitar la acumulación de ingresos, sumando el de los miembros de la familia que conviven con él, pero le recordamos que en este cálculo se incluyen también los familiares que están ya a cargo del solicitante y viven en Italia (por ejemplo los hijos menores). Disponer de un alojamiento adecuado, el mismo deberá cumplir con los requisitos higiénicos-sanitario para atender al miembro de la familia una vez que llegue a Italia. Excepcionalmente, cuando se reagrupan a los padres mayores de 65 años, se le pedirá como requisito una aseguración sanitaria que garantiza la copertura de todos los riesgos sanitarios por enfermedad en el territorio italiano. En alternativa, es posible inscribirse voluntariamente al Servicio Sanitario Nacional (SSN), obviamente pagando el contributo anual. El importe de dicho contributo cambia cada dos años por las autoridades. Para iniciar el procedimiento para obtener la solicitud de residencia para la reagrupación familiar deberá inscribirse por vía electrónica, llenando el modulo S, en la pagina web del Ministerio del Interior Fotocopia de toda la documentación arriba mencionada. Para adquirir la renovacion de la visa de reunificación familiar debe tener en cuenta los siguientes requisitos: 1.-Pasaporte vigente en original y copia. 2.-Permiso de estancia que esta por vencer. 3.-1 estampilla (15 euros aproximadamente). 4.-4 fotografías recientes tamaño pasaporte recientes. 30 a 90 Días hábiles. El pago de la tasa consular debe hacerse sólo en el centro de aplicaciones (60 Euros). Embajada/Consulado italiana/o competente. Tenga en cuenta que todos los documentos deben ser traducidos al idioma inglés o italiano. Con respecto al tema “solvencia financiera” para proporcionar cheques de viaje o un determinado importe en la cuenta bancaria. Asegúrese de tener un presupuesto de 30 euros por día. Legalizar y apostillar todos los documentos requeridos Llegar un poco antes a su cita en la embajada. Llevar mas de una copia de los documentos requeridos. La no presentación de uno de los documentos indicados es causal de rechazo de la solicitud de visa. La embajada se reserva el derecho de solicitar documentación adicional según sea el caso. Tenga en cuenta que los trámites deben hacerse, personalmente, en el Consulado Italiano. Después de que la solicitud será examinada por las autoridades Ministeriales competentes, el solicitante deberá presentar toda la documentación en original y en fotocopia ante la Oficina Única de Inmigración (“Sportello Unico”) y en el caso de una respuesta positiva: recibirá el “nulla osta” (autorización de entrada) por reunificación familiar. Una vez que ha obtenido el “nulla osta”, los padres podrán solicitar la visa de entrada para Italia al consulado italiano en el país de proveniencia. Una vez que ingresan a Italia con la visa de reunificación familiar deben acudir en un plazo máximo de ocho días a la Ventanilla Única para la Inmigración y pedir la validación del permiso de estancia, Para este trámite deben de exhibir lo siguiente:Copia de la autorización de la visa de reunifacion familiar. Los ciudadanos extranjeros que pueden pedir esta visa de tipo “D” son los siguientes: Familiares de ciudadanos o residentes extranjeros que ya dicen con residencia en Italia por los motivos que fuera que residan allá. Conyugues o convivientes de ciudadanos italianos o comunitarios y parientes hasta el 4to. Grado de consanguinidad. Extranjeros que han residido por lo menos 1 año en Italia y que se hayan casado con un ciudadano o residente italiano Padre de un niño o niña italiana

Visa Familiar – Conyuge de Franceses – Francia

Si Usted contrajo matrimonio con un(a) Francés(a) y desea adquirir la nacionalidad francesa por declaración : Ud. debe constituir un expediente compuesto por un formulario de solicitud y los documentos enumerados en el item II – Constitución del expediente.En la misma ocasión, también puede solicitar el afrancesamiento de su apellido y/o el de su(s) nombre(s) : Ud. encontrará todas las informaciones útiles en la última página del prospecto de información. Estar seguro del tipo de visa de estudiante que se requiere. Complete la solicitud en línea. en el portal web de la cancillería de Francia en su país de origen,  Una vez haya comprobado que necesita una visa, podrá completar la solicitud en línea desde el portal. Tendrá que crear una cuenta para solicitar su solicitud. Crear el perfil o expediente en la plataforma online. Presente la documentación en el centro de visas, Una vez completada la solicitud en línea, solo tendrá que presentar la documentación en el centro de visas del que dependa. Haga seguimiento de su solicitud de visa.Una vez presentada la documentación, consulte el estado del trámite, sepa cómo y cuándo recoger el pasaporte y prepare su viaje a Francia. Aguardar por una respuesta. consulta la necesidad de seguro completo de viaje. Usted va a preparar y legalizar todos los documentos necesarios y enviarlos a la cancillería. y Nuestro traductor traducera todos los documentos en francés. Vamos a preparar su archivo de inmigración y solicitar al Consulado de Francia su permiso. Se llega a Francia y dentro de dos meses debe presentarse para hacer una declaración de llegada a OFII (L’française de l’oficina de inmigración y de l’intégration). Usted obtendrá una tarjeta de identidad. Documentación general larga estadía  1 formulario (completado y firmado por el solicitante), Dos fotografías Pasaporte vigente de por lo menos 1año + la copia de la primera pagina DNI o comprobante de residencia ORIGINAL de una copia integral del acta de matrimonio francés cuya fecha de emisión no supere los 3 meses (emitida por la municipalidad donde fue celebrado el casamiento en Francia) o la transcripción del acta de matrimonio otorgada por el Consulado de Francia competente o el Service Central d’Etat Civil en Francia- COPIA de un Comprobante de la nacionalidad francesa del cónyuge francés : La prueba de la nacionalidad francesa está dada por un certificado de nacionalidad francesa o «la carte nationale d’identité (CNI)» o un ejemplar registrado de la declaración de nacionalidad o la partida original de nacimiento con una mención del registro de una declaración de nacionalidad o un certificado indicando la suscripción o el registro de una declaración de nacionalidad o la ampliación de un decreto de naturalización o de reintegración o un ejemplar del Boletín Oficial donde fue publicado ese decreto y, con ciertas reservas, la inscripción en el registro de franceses residentes fuera de Francia ; ORIGINAL + COPIA : carta de invitación del cónyuge francés acompañada de un comprobante de alojamiento en Francia a su nombre o carta de invitación de un particular acompañada de una copia de su documento y copia de una factura/servicio a su nombre ; COPIA reserva del pasaje de avión (ida) requisitos casarse en Francia con un ciudadano francés Formulario de corta estadía debidamente diligenciado y firmado (Importante completar el punto 31 del mismo) Dos fotos recientes (una pegada al formulario en la casilla correspondiente para tal fin y la otra suelta). Pasaporte original con una validez de por lo menos 6 meses y con dos páginas libres seguidas como mínimo Fotocopia de la página principal del pasaporte  Cédula de ciudadanía (original y copia) Copia del documento de identificación francés del futuro cónyuge CNI (documento Nacional de Identidad)) Fotocopia del pasaporte del ciudadano francés que muestre eventualmente su última estadía en Colombia Documentos que certifiquen que el matrimonio se va a llevar a cabo Certificado de hospitalidad en Francia Justificativos financieros del ciudadano francés y carta de responsabilidad de gastos (carta de apoyo) y/o justificativos personales.  El pago de los derechos consulares no es reembolsable El sobre de envío Para el tiempo del tramite para tu visa deberás Espera aproximadamente 2 meses para recibir la visa La cuota para la visa es equivalente a 99€ Embajada o consulado de Francia mas cercana a su lugar de domicilio. Asegúrese que las fotos cumplan con las normas. Si su foto no cumple con las normas, su solicitud no podrá ser recibida por el servicio de visas. Consulte las normas. Tenga en cuenta que en el día de su entrevista con el servicio de visas, deberá cancelar la tarifa de la visa Para reservar tu cita en el consulado francés,hazlo con un poco de más tiempo Para completar el formulario de solicitud deberás llevar una copia extra es necesaria para la mayoría, pero no todos, los países. Ambos formularios incluyen secciones de información personal, dirección, viaje, pasaporte, seguro y regreso. Llénalo completamente y de forma legible, e imprímelo en blanco y negro o usa una máquina de escribir. Pasaporte, La fecha debe ser válida por al menos 90 días después de tu fecha de partida de Francia. Además tu pasaporte deberá tener 2 páginas en blanco, haber sido emitido dentro de los últimos 10 años, estar en buenas condiciones y concordar con tu perfil, Saca dos copias de todas las páginas de identificación en tu pasaporte. Las cuotas de la visa en dólares o libras pueden cambiar de acuerdo al tipo de cambio. El Servicio de visas no podrá tramitar un visado en calidad de cónyuge de francés mientras el matrimonio no sea debidamente inscrito en el Consulado de Francia. Los servicios consulares se reservan el derecho de solicitar todo documento complementario que juzgaran útil. La presentación de toda la documentación no garantiza el otorgamiento de la visa, permite solamente una toma de decisión positiva o negativa en función de los criterios definidos por las autoridades centrales Todo expediente entregado incompleto dará lugar a la negación de la Visa. La visa no es garantía de ingreso a los países del Acuerdo Schengen. Los Policías de Fronteras Europeas pueden exigir toda la documentación que presentó el solicitante para la expedición del visado. El cónyuge debe por lo tanto llevar consigo los originales de dicha

Visado de Reagrupación Familiar(general) – España

El visado de reagrupación familiar en régimen general habilita a su titular (familiar de un ciudadano extranjero residente legal en España) a residir en España por un periodo superior a 90 días. Pueden solicitar un visado de residencia para reagrupación familiar en régimen general los siguientes familiares de un ciudadano extranjero que ha residido legalmente en España durante un año y con autorización para residir por al menos otro año: El cónyuge del residente, siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho, y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley. Los hijos del residente y del cónyuge, incluidos los adoptados, siempre que sean menores de 18 años o personas con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud. Cuando se trate de hijos de uno solo de los cónyuges se requerirá, además, que éste ejerza la patria potestad o que se le haya otorgado la custodia y estén efectivamente a su cargo. En el supuesto de hijos adoptivos deberá acreditarse que la resolución por la que se acordó la adopción reúna los elementos necesarios para producir efecto en España. Los hijos mayores de 18 años que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades, debido a su estado de salud, cuando el residente extranjero sea su representante legal y el acto jurídico del que surgen las facultades representativas no sea contrario a los principios del ordenamiento español. Los ascendientes en primero grado del reagrupante y de su cónyuge cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razonas que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España. Lo primero que debe hacer es solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Luego de su llegada a España tiene un lapso de un mes para ir a una Oficina de Extranjería o a la Comisaria de Policía de la provincia donde se encuentre. Un formulario de información del solicitante, (original), se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Un formulario de solicitud de visado Nacional. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descarga en nuestra Web, en Información de Visados. Una fotografía reciente pegada, no escaneada, no grapada, en la primera hoja del formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y una copia de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Autorización de residencia por reagrupación, expedida por la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia española que corresponda, (original y copia). El intervalo de tiempo entre la recepción de la resolución y el inicio del trámite nunca puede ser mayor a 2 meses. Documentos originales apostillados que demuestren la relación de parentesco entre el reagrupante y el reagrupado, (original y copia). Tarjeta de Identidad de Extranjero compulsada del reagrupante con quien se reagrupa el familiar extranjero, (copia  compulsada y copia). Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y copia). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. Cuando el reagrupado sea menor de 18 años, autorización notarial y fotocopia del documento de identidad del otro progenitor permitiendo que el hijo/a viaje y resida permanentemente en España, (original y copia). 15 Días. 220,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.