Visa de Trabajo – Trabajador Religioso (Ministro) – Reino Unido
Tier 2 (Minister of Religion) visa Puede solicitar una visa de Nivel 2 (Ministro de Religión) si: Le han ofrecido un trabajo dentro de una comunidad de fe (por ejemplo, como ministro de religión, misionero o miembro de una orden religiosa) en el Reino Unido. Eres de fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) y Suiza Cumple con los otros requisitos de elegibilidad Su patrocinador es el organismo rector que respalda su solicitud. Te asignarán un certificado de patrocinio para demostrar que te están patrocinando. Puede venir al Reino Unido con una visa de Nivel 2 (Ministro de Religión) por un máximo de 3 años y 1 mes, o el tiempo otorgado en su certificado de patrocinio más 1 mes, lo que sea más corto. Usted Puede: Trabajar para su patrocinador en el trabajo descrito en su certificado de patrocinio Hacer un segundo trabajo – en ciertas circunstancias Hacer trabajos voluntarios Estudie siempre y cuando no interfiera con el trabajo para el que está patrocinado Viajar al extranjero y regresar al Reino Unido Traer miembros de la familia (‘dependientes’) con usted No puedes: Obtener fondos públicos Poseer más del 10% de las acciones de su patrocinador (a menos que gane más de £ 159,600 al año) Un certificado de patrocinio contiene sus datos personales e información sobre el trabajo que le ofrecieron. Es un registro electrónico, no un documento en papel. Su patrocinador le dará un certificado de número de referencia de patrocinio para agregar a su solicitud. Solo puede usar el número de referencia de su certificado de patrocinio una vez. Debe usarlo 3 meses después de recibirlo. Debe tener £ 945 en su cuenta bancaria por 90 días antes de la fecha de su solicitud. No necesitará este dinero si tiene: Patrocinador completamente aprobado (‘A-rated’) que puede darle al menos £ 945 para cubrir sus costos durante un mes si lo necesita (su patrocinador debe confirmar esto en el certificado de patrocinio) Visa de nivel 2 y está solicitando desde el Reino Unido Es posible que necesite demostrar su conocimiento del idioma inglés cuando realice la solicitud. Puedes demostrar tu conocimiento de inglés ya sea: Aprobar una prueba validada de inglés con al menos nivel A1 del CEFR al hablar y escuchar Tener una calificación académica que se impartió en inglés y que está reconocida por UK NARIC como equivalente a una licenciatura, maestría o doctorado del Reino Unido Recaudar todos los requisitos necesarios. Tendrá que tomar sus huellas dactilares y una fotografía en un centro de solicitud de visa (para obtener un permiso de residencia biométrico) como parte de su solicitud. Aplicar para la visa Seleccionar nuestro tipo de visa, el país desde donde se solicita y revisamos que podemos asistir al centro de aplicación disponible Rellenar todos los campos en ingles Pague la Tarifa Solicite una cita en la oficina consular o embajada donde aplico para su solicitud. Pagar el recargo de salud Imprima su solicitud Entregue los documentos en el centro de aplicación y espere la respuesta sobre la expedición de su visa Tendrá que recoger su permiso de residencia biométrico dentro de los 10 días posteriores a la fecha en que dijo que llegaría al Reino Unido (incluso si llega a una fecha posterior). Certificado de patrocinio número de referencia Prueba de su conocimiento de inglés Declaración o carta del banco o sociedad de crédito que demuestre que tiene suficientes ahorros personales Pasaporte actual o un documento de viaje para demostrar que puede viajar; necesita una página en su pasaporte que esté en blanco en ambos lados para su visa Pasaportes caducados o documentos de viaje si los necesita para mostrar su historial de viaje Los resultados de su prueba de tuberculosis si pertenece a un país incluido en la lista 3 semanas. 610 Euros. Embajada o consulado del Reino Unido mas cercana a su lugar de domicilio. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todas las instituciones. Manejar muy bien el ingles, ya que todos los campos e información en la pagina de la solicitud están solo disponibles en ese idioma. Traducir todos los documentos necesarios al ingles. Tener en cuenta que algunos requisitos y tiempos de emisión de las visas pueden variar dependiendo del lugar donde se resida. Es posible que pueda obtener su visa más rápido u otros servicios según el país en el que se encuentre. Consulte con su centro de solicitud de visa. Es posible que deba proporcionar más documentos según sus circunstancias. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. https://www.gov.uk/ Embajada o consulado del Reino Unido Aplicación de visa.
Visa de Trabajo – Religioso – Italia
Italia es uno de los países de Europa donde más personas practican el cristianismo. En torno al 92% de la población es cristiana e incluso aunque solo el 25% afirma ser practicante, es una de las tasas más altas de Europa. De hecho, todas las ciudades italianas están salpicadas de magníficas iglesias y catedrales, y cada pueblo dispone de su propio lugar de culto. Para obtener este tipo de visado, los religiosos que participan en manifestaciones de culto o que ejerzan funciones religiosas, pastorales o eclesiásticas. Los requisitos para obtener el visado debe seguir los siguientes pasos Es importante leer cuidadosamente los requisitos de visado. Esto reducirá el riesgo de que la solicitud está incompleta y tardar más el proceso. Elija su tipo de visa. Preparar su solicitud. Agendar una cita. Visitar el centro de solicitud de visa. Leer regulación de la seguridad del Centro de solicitud de visa, Debes llevar Todos los documentos mencionados anteriormente. (Pasaporte original válido. Formulario de solicitud debidamente llenado y firmado.Una fotografías en color y todos los otros documentos de apoyo como se menciona en los requisitos. Presentación de la solicitud de visa:Se te entregará acuse de recibo para tu presentación y pago. El pago de la tasa consular debe hacerse sólo en el centro de aplicaciones (60 Euros). La embajada no hará ningún reembolso de los honorarios consulares pagados. Dar seguimiento de su solicitud de visa: La mayoría de las solicitudes son procesadas en 30 días laborables. La Embajada puede solicitar una entrevista o requerir documentación adicional, lo cual extendería el tiempo de tramitación de tu visado. El procesamiento de visado depende de varios factores y por esto es recomendable no hacer arreglos definitivos de viaje hasta haber recibido su visado. Puede hacer un seguimiento de tu solicitud de visado mediante el uso de las siguientes opciones: SMS, Seguimiento online, Teléfono para llamar a Centro o por Email Recibir tu pasaporte. En caso de necesitar información sobre las reglas y regulaciones de visado o tiene alguna consulta adicional, póngase en contacto con el VCA . Los documentos para las visas de motivos religiosos son los siguientes: Garantías documentales sobre el carácter religioso de la manifestación en la cual se participará; Carta de la Congregación italiana que se haga cargo de todos los gastos (comida, alojamiento, gastos médicos etc.) con el sello de la «Segreteria di Stato Vaticana» (tiene que detallar la fecha en que el interesado va a empezar su actividad religiosa y la duración de la misma); Nota Verbal de la Nunciatura Apostólica en México; (facultativo) Carta de la Congregación local; Reservación de avión (ida y vuelta) Pasaporte vigente (válido por lo menos hasta tres meses después de la fecha de educación de la visa); Dos fotos a colores (tamaño pasaporte) Formulario para solicitud de visa (debidamente llenado) puede ser entregado el mismo día en la Embajada De los documentos detallados hay que entregar 1 original. El visado puede ser concedido o rechazado dentro del plazo de 90 días, contados desde el momento de la presentación de la solicitud El costo de la visa de más de 90 días de duración es 2057 pesos (el costo cambia cada trimestre debido al tipo de cambio con el Euro). Embajada o consulado de su país de residencia Lo que debe hacer si es latino Tenga en cuenta que todos los documentos deben ser traducidos al idioma inglés o italiano Con respecto al tema “solvencia financiera” para proporcionar cheques de viaje o un determinado importe en la cuenta bancaria. Asegúrese de tener un presupuesto de 30 euros por día. Llegar un poco antes a su cita en la embajada Llevar mas de una copia de los documentos En el caso de una invitación por parte de una asociación de culto, operante en Italia y no relacionada con las confesiones que hayan entablado acuerdos con el Estado italiano u organismos legalmente reconocidos, la visa será otorgada sólo una vez que el Ministerio del Interior verifique la naturaleza del culto de la institución y de la conformidad de la naturaleza del culto al cuerpo y la conformidad de sus leyes de acuerdo a los principios italiano. Formulario de solicitud Gobierno Italiano Ministerio de asuntos exteriores y cooperación internacional
Visa de Trabajo – Larga estadía para comunidades religiosas y laicos asociados – Francia
Esta visa aplica para: Personas religiosas y laicas que sean invitadas por institutos religiosos y diócesis Pastores, asistentes de parroquia y estudiantes de teología Cónyuge e hijos de pastores Toda persona laica relacionada con el funcionamiento de institutos religiosos, congregaciones y parroquias Toda persona que vaya a hacer una formación espiritual o un retiro en el marco de la Iglesia Católica (bajo la tutela de la Conferencia de Obispos de Francia y de la Conferencia de religiosos y religiosas de Francia) o de la Iglesia Protestante (bajo la tutela de Federación Protestante de Francia). Los invitados de otras iglesias protestantes que no son miembro de religiones debe solicitar una visa de visitante. Consulte las instrucciones de la visa visitante. Estar seguro del tipo de visa de estudiante que se requiere. Complete la solicitud en línea. en el portal web de la cancillería de Francia en su país de origen, Una vez haya comprobado que necesita una visa, podrá completar la solicitud en línea desde el portal. Tendrá que crear una cuenta para solicitar su solicitud. Crear el perfil o expediente en la plataforma online. Presente la documentación en el centro de visas, Una vez completada la solicitud en línea, solo tendrá que presentar la documentación en el centro de visas del que dependa. Haga seguimiento de su solicitud de visa.Una vez presentada la documentación, consulte el estado del trámite, sepa cómo y cuándo recoger el pasaporte y prepare su viaje a Francia. Aguardar por una respuesta. consulta la necesidad de seguro completo de viaje. Usted va a preparar y legalizar todos los documentos necesarios y enviarlos a la cancillería. y Nuestro traductor traducera todos los documentos en francés. Vamos a preparar su archivo de inmigración y solicitar al Consulado de Francia su permiso. Se llega a Francia y dentro de dos meses debe presentarse para hacer una declaración de llegada a OFII (L’française de l’oficina de inmigración y de l’intégration). Usted obtendrá una tarjeta de identidad. Formulario de larga estadía debidamente diligenciado y firmado Dos fotos recientes (una pegada al formulario en la casilla correspondiente para tal fin y la otra suelta). Pasaporte original con una validez residual de 3 meses después de la fecha prevista de finalización de su visa y con dos páginas libres seguidas como mínimo Fotocopia de la página principal del pasaporte Cédula de ciudadanía (original y copia) o cédula de extranjería (original y copia) o visa colombiana de residente (original y copia) Para los menores de edad se debe presentar el registro civil de nacimiento y la autorización de salida del país de los padres autenticada (formato del DAS) Formulario de invitación en original y copia. Si desea evitar retrasos en su solicitud, se sugiere utilizar un envío urgente con número de guía desde Francia. Carta de la comunidad religiosa a la que pertenece Original de la demande d’attestation OFII El pago de la tarifa de procesamiento no reembolsable, Los derechos consulares deberán ser pagados en efectivo con el monto exacto al servicio de visas en el momento de su cita con la embajada. Para el tiempo del tramite para tu visa deberás Espera aproximadamente 2 meses para recibir la visa La cuota para la visa es equivalente a 99€ Embajada o consulado de Francia mas cercana a su lugar de domicilio. Asegúrese que las fotos cumplan con las normas. Si su foto no cumple con las normas, su solicitud no podrá ser recibida por el servicio de visas. Consulte las normas. Tenga en cuenta que en el día de su entrevista con el servicio de visas, deberá cancelar la tarifa de la visa Para reservar tu cita en el consulado francés,hazlo con un poco de más tiempo Para completar el formulario de solicitud deberás llevar una copia extra es necesaria para la mayoría, pero no todos, los países. Ambos formularios incluyen secciones de información personal, dirección, viaje, pasaporte, seguro y regreso. Llénalo completamente y de forma legible, e imprímelo en blanco y negro o usa una máquina de escribir. Pasaporte, La fecha debe ser válida por al menos 90 días después de tu fecha de partida de Francia. Además tu pasaporte deberá tener 2 páginas en blanco, haber sido emitido dentro de los últimos 10 años, estar en buenas condiciones y concordar con tu perfil, Saca dos copias de todas las páginas de identificación en tu pasaporte. Las cuotas de la visa en dólares o libras pueden cambiar de acuerdo al tipo de cambio. Los servicios consulares se reservan el derecho de solicitar todo documento complementario que juzgaran útil. La presentación de toda la documentación no garantiza el otorgamiento de la visa, permite solamente una toma de decisión positiva o negativa en función de los criterios definidos por las autoridades centrales Para presentar su expediente, es obligatorio tomar una cita en la página Internet en el portal web de cancillería de Francia en su país de residencia Ministerio de Asuntos Exteriores de Francia Directorio de Embajadas de Francia en el Extranjero
Visa de Trabajo – Trabajador Religioso – Puerto Rico
El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. La visa R es para personas que buscan ingresar a los Estados Unidos para trabajar como religiosos de forma temporal, como lo define el Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA) §101(a)(15)(R). Los trabajadores religiosos son personas autorizadas por una entidad reconocida para llevar a cabo un culto religioso y asumir otras tareas normalmente realizadas por miembros autorizados del clero de esa religion, y trabajadores que participan de una vocación u ocupación religiosa. Su futuro empleador debe presentar un Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante, con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS). Para información más detallada sobre presentar un Formulario I-129, así como requisitos, consulte la página web de USCIS R-1 Trabajador Religioso Temporal No Inmigrante. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (190$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos. Usted debe ser miembro de una denominación religiosa reconocida en los Estados Unidos como una organización de buena fe sin fines de lucro Su denominación religiosa y sus afiliados, si es pertinente, deben estar exentos de pagar impuestos o calificar para la exención de impuestos. Usted debe haber: sido miembro de su denomination por los dos años inmediatamente previos a su solicitud de estatus de trabajador religioso planeado trabajar como ministro de su denominación en una ocupación o vocación religiosa para una organización religiosa de buena fe y sin fines de lucro (o afiliado exento de impuestos de dicha organización) estado residiendo y físicamente presente fuera de los Estados Unidos por el año inmediato previo, si usted ha estado previamente en esta categoría por cinco años. Una Solicitud Electrónica para Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la Página web DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el periodo de tiempo previsto de estadía en los Estados Unidos (a no ser que los acuerdos de países específicos prevean excepciones). Una (1) fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$190 correspondiente a la cuota de procesamiento de la solicitud de visa de no inmigrante, pagado en moneda local. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicha cuota. Si se emite una visa, puede haber una tarifa adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad. El sitio web del Departamento de Estado puede ayudarlo a determinar si usted debe pagar una tarifa de reciprocidad por la emisión de la visa y cuál es el valor de la tarifa. El número de recibo impreso en su petición I-129 aprobada. Tome en cuenta que el Formulario I-797 ya no se necesita para la entrevista. Una carta de un oficial autorizado de la unidad específica de la organización que le está dando empleo que certifique si su membresía religiosa fue mantenida fuera de los Estados Unidos, en su totalidad o en parte; que las organizaciones religiosas en el extranjero y en los Estados Unidos pertenecen a la misma denominación religiosa y que, inmediatamente antes de su solicitud de una visa R, usted ha sido miembro de la denominación religiosa por el período de dos años requerido. Si usted es ministro, que usted está autorizado para conducir un culto religioso para esa denominación. Sus funciones deben ser descritas en detalle; o Si usted es un profesional religioso, que usted tiene almenos un título de licenciatura o equivalente, y que ese título es necesario para ingresar en la profesión religiosa; o si usted va a trabajar en una vocación u ocupación no profesional, que está calificado si el tipo de trabajo a realizar se relaciona a una función religiosa tradicional. El acuerdo para la remuneración, incluida la cantidad y la fuente del salario, otros tipos de compensación, como alimentos y vivienda, y otros beneficios de valor monetario que pueden fijarse, y una indicación de si estas remuneraciones serán a cambio de servicios prestados. Nombre y ubicación de la unidad organizacional específica de la denominación o afiliación religiosa a la cual usted va a prestarle sus servicios. Si usted va a trabajar para una organización que es afiliada a una denominación religiosa, una descripción de la naturaleza de la relación entre las dos organizaciones. Evidencia de los activos de su organización religiosa y sus métodos de operación. Los papeles de constitución de su organización bajo la ley estatal que sean necesarios. 40 días. 190$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al
Visa para Trabajador Religioso – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. Lo primero que necesitamos es que nuestro empleador haga la solicitud en la oficina de extranjería de la provincia done se va a trabajar. Luego de que aprueben la solicitud a nuestro empleador disponemos de un mes para llevar los documentos requeridos a la cita en el consulado o embajada mas cercana a nuestra residencia. Luego de un mes, de ser concedido el visado, habrá que retirarlo en la misma oficina consular a la que asistió. A partir del momento en que usted retiro la visa de la oficina consular dispone de un mes para ingresar a España. Una vez ya en el país dispone de 30 días para presentarse en una Comisaría de Policía u Oficina de Extranjería para obtener la preceptiva tarjeta de identidad de extranjero, que le garantizara su estadía legal en España. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descargan en nuestra Web, en Información de Visados. Dos fotografías recientes pegadas, no escaneadas, no grapadas, en la primera hoja de cada formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y dos copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado expedido por el Ministerio de Justicia de España que acredite que la Entidad Religiosa está inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, (original y 2 copias). Dos copias de los Estatutos de la orden. Certificado expedido por la congregación religiosa en España, con la conformidad del Ministerio de Justicia de España, en el que se manifieste el compromiso de alojamiento, manutención y cobertura de gastos generales, así como del seguro médico hospitalario, eventuales gastos de repatriación del solicitante, así como cumplir los requisitos exigibles de acuerdo con la normativa sobre Seguridad Social, (original y 2 copias). Certificado expedido por la congregación religiosa en España, con la conformidad del Ministerio de Justicia de España, en el que se manifieste que el interesado tiene, efectiva y actualmente, la condición de ministro de culto, miembro de la jerarquía o religioso profeso por cumplir los requisitos establecidos en sus estatutos y autorice el traslado del solicitante a la congregación en España, (original y 2 copias). Certificado expedido por la congregación religiosa en su país de residencia, en el que el superior de la misma autorice el traslado del solicitante a la congregación en España, (original y 2 copias). Resolución de autorización de residencia no lucrativa del interesado, (original y 2 copias) o en su defecto Impreso de solicitud de autorización de residencia no lucrativa del interesado en el modelo EX-01, (original y 2 copias). Se puede descargar en: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790), (original y 2 copias). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y copia). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…)no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. (original y 2 copias). 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.