Visa de Trabajo – Residencia (Docentes Cualificados) – Portugal
El visado de Schengen es una autorización expedida por un Estado miembro con fines de escala aeroportuaria, tránsito o intención de estancia de corta duración en el territorio de uno o más Estados miembros, permitiendo que su portador se presente en la frontera exterior, no garantizando, su entrada, que será decidida por las autoridades fronterizas a su llegada. Para la actividad docente, altamente cualificado o cultural: a) El contrato de trabajo o contrato de trabajo de la promesa o contrato de prestación de servicios; o b) carta de invitación emitida por una institución de enseñanza o de formación profesional; o c) Término de responsabilidad de empresa certificada en los términos definidos por orden de los miembros del Gobierno responsables de las áreas de la administración interna y de la economía; o d) Carta invitación emitida por empresa o entidad que realice en territorio nacional una actividad cultural reconocida como miembro del Gobierno responsable del área de la cultura como de interés para el país, o como tal definida en la ley; o e) carta de invitación emitida por centro de investigación. Recaudar todos los requisitos necesarios. Solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. deberá recoger los datos biométricos. Esta recogida deberá efectuarse en la primera solicitud de visado y el solicitante comparezca personalmente. La recogida consiste en el levantamiento de las 10 huellas dactilares (siempre que no exista una incapacidad temporal o permanente) y tomar una fotografía en las máquinas existentes en el Puesto Consular a tal efecto. La solicitud deberá efectuarse presencialmente por el solicitante. Los documentos que deben presentarse deberán ser originales, acompañados de una copia. El formulario se lo otorgaran en la oficina consular o Puede obtenerlo ACÁ. Asista a su cita, y espere la emisión de su visa. La admisibilidad de los documentos exigidos NO implica la concesión del visado. Una denegación no da lugar a una devolución de los emolumentos pagados. Formulario debidamente complementado y firmado ( en caso de ser menor de 18 años debe ser firmado por el tutor legal). Contrato de trabajo Dos fotografías iguales, tipo pasaporte, actualizadas y en buenas condiciones de identificación del solicitante. Pasaporte vigente y valido por 3 meses posteriores al terminar su estadía en el país Comprobante de residencia legal en caso de que no sea natural de donde esta solicitando el visado Título de transporte que asegure su regreso [sólo exigido en la instrucción de visados de estancia temporal]. Seguro de viaje válido, que permita cubrir los gastos necesarios por razones médicas, incluida la asistencia médica urgente y la eventual repatriación Solicitud de antecedentes penales de consulta por parte de extranjeros y portugueses Servicio de Fronteras (SEF) solo para mayores de 16 años. Certificado de registro criminal del país de origen o donde el solicitante resida desde hace más de un año Comprobante de las condiciones de alojamiento Prueba de medios de subsistencia Para menores o incapaces, autorización de quien ejerza el poder paternal o tutela. En viajes de negocios se solicitará una invitación que aclare el motivo del desplazamiento, con las fechas de llegada y salida, así como la indicación precisa de la entidad anfitriona y del nombre del responsable que hace la invitación En caso de participación de eventos políticos, económicos, científicos, culturales, deportivos o religiosos deberá demostrar la participación en el evento mediante presentación de inscripción o billete de entrada. 3 semanas. 90 Euros. Embajada o consulado de Portugal mas cercana a su lugar de domicilio. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todas las instituciones. Manejar muy bien el ingles, ya que todos los campos e información en la pagina de la solicitud están solo disponibles en ese idioma. Traducir todos los documentos necesarios al Portugues. Tener en cuenta que algunos requisitos y tiempos de emisión de las visas pueden variar dependiendo del lugar donde se resida. Es posible que pueda obtener su visa más rápido u otros servicios según el país en el que se encuentre. Consulte con su centro de solicitud de visa. Es posible que deba proporcionar más documentos según sus circunstancias. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. https://www.portaldascomunidades.mne.pt/pt/ Formulario de visa.
Visa de Trabajo – Residente – Perú
Permite a los extranjeros en condición de residentes optar por un trabajo y conseguir su carnet de extranjería. Sólo puede trabajar, en situación de dependencia bajo un contrato de trabajo debidamente aprobado por el Ministerio de Trabajo salvo las excepciones contempladas en la Ley respectiva. No pueden girar recibos por honorarios profesionales. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal, click AQUÍ. Llenar el formulario de Solicitud de visa de trabajador temporal. Llenar el formulario del representante legal en caso de ser necesario. Llenar el formulario para el carnet de extranjería. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nacion por conceptos de derecho de tramites para la verificacion correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar requisitos y llevarlos a la superintendencia nacional de migraciones. Documentación general:(Debe ser enviada por titulares y dependientes) Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles) Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de MIGRACIONES del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con excepción de los casos comprendidos en los Arts. 3º y 6º del Decreto Legislativo Nº 689, su reglamento D.S.Nº 023-2001-TR y modificatorias. La ficha RUC de la empresa contratante debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO. Entrega de copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de MIGRACIONES, de la vigencia del poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registra, en caso sea persona distinta al Gerente General. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable. En caso de contrato firmado en el país, el usuario debe encontrarse con la calidad migratoria habilitante o tener el permiso especial para firmar contratos. Si el contrato fue firmado en el extranjero deber ser legalizado por Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. La presentación del contrato debe ser con antigüedad no mayor de 30 días, de haber sido aprobado por la autoridad de trabajo. En los casos que el contrato contemple períodos de prueba, procederá el otorgamiento de visa temporal hasta el cumplimiento de dicho período; luego el usuario podrá solicitar el Cambio de Clase de Visa a Residente. Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado. Solicitud Visa Trabajo (Residente) Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones