Visa de Trabajo – Ecuador
Trámite orientado a regular la situación migratoria y la estancia de los ciudadanos extranjeros que ingresen a territorio ecuatoriano y posean la calidad de Trabajador autónomo o con relación de dependencia. Esta visa se otorga a profesionales de alto nivel técnico, a través de las siguientes modalidades: Dependencia Laboral. Para lo cual es necesario una Autorización Laboral emitida por el Ministerio de Trabajo. Prestación de Servicios Profesionales. Para lo cual es necesario el Contrato con reconocimiento de firmas, además del título académico de tercer nivel el cual debe estar apostillado. Gerente, Presidente o Apoderado. Para lo cual se requiere de Designaciones inscritas en el Registro Mercantil, y que la compañía posea un capital social mínimo de USD$ 12.500 por cada dignidad. Carta de Auspicio. Aplica para extranjeros enviados por empresas extranjeras que tienen una relación con una empresa local. Verificar los requisitos del trámite a realizar en la página web de la Cancillería. (AQUI) Tomar un turno para ingresar su solicitud de visa, en el área de información. Ingreso de solicitud de visa en la ventanilla de atención al usuario; y, generación del comprobante de pago por los mencionados funcionarios. Pago de timbres fiscales de la solicitud de visa en la ventanilla de BanEcuador. Una vez realizado el pago de los timbres fiscales, el ciudadano extranjero se regresa a entregar el recibo del pago realizado a los funcionarios de atención al usuario. En el caso que la solicitud de visa esté incompleta, se notifica mediante correo electrónico al usuario por parte del Departamento jurídico con las observaciones correspondientes. El usuario toma un turno para el funcionario de trámite antiguo en el área de información para ingresar a la solicitud de visa los documentos requeridos mediante notificación realizada, por el Departamento Jurídico. Se procede a notificar al usuario que el trámite fue aprobado mediante correo electrónico enviado por el área de Administración jurídica. En dicho correo electrónico se fija el día para que se acerque a realizar el segundo pago he ingresar el pasaporte. El usuario se acerca con el correo electrónico impreso a tomar un turno en el área de información para realizar el segundo pago, Acercarse a la ventanilla de segundo pago para que le generen el comprobante de pago; Realizar el segundo pago de especies fiscales (Visa) en la ventanilla de BanEcuador. Una vez realizado el segundo pago el ciudadano extranjero se regresa a ventanilla de segundos pagos a entregar el recibo del valor cancelado, en donde le indican la hora que debe regresar a retirar su pasaporte y visa. Retiro del pasaporte con su visa en el área de atención al usuario. Formulario de solicitud Certificado de movimiento migratorio (requisito aplicable solo dentro del país) Condición migratoria regular (requisito aplicable solo dentro del país) Original y copia de pasaporte válido y vigente Certificado de antecedentes penales del país de origen o de los lugares donde haya residido los últimos 5 años – apostillado o legalizado No ser considerado una amenaza para el Estado ecuatoriano Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. Acción de personal o contrato de trabajo emitidos por entidad pública correspondiente o privada Certificado de registro del contrato expedido por el ministerio rector del trabajo en caso de ser una institución privada Certificado de no mantener obligaciones penales pendientes con el SRI, IESS y la Superintendecia de Compañías. . 30 A 90 días habiles Formulario de Solicitud regular USD $50 / Tercera edad USD $25 + Valor regular de la Visa: USD $400 Visa para tercera edad: USD $200 Visa para personas con discapacidad: Sin Costo Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. La Constitución de la República del Ecuador, Acuerdos Y Tratados Internacionales de los cuales el Ecuador es parte. de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, Ley Orgánica de Gestión a la Identidad y Datos Civiles, Ley Orgánica de la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en Hogar, Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, Ley Orgánica de Educación Superior, Código Civil Ecuatoriano, Código de Comercio, Código Tributario, Ley Notarial, Ley de Modernización del Estado, Ley de Compañías, ERJAFE. Acuerdo Ministerial Nro. 000031, de 2 de abril del 2014, determina como beneficiarios de esta categoría de visa a los nacionales de: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Colombia y Perú. Resoluciones emitidas por el Consejo Consultivo de Política Migratoria. A partir del 05 de febrero del 2018 será obligatorio presentar el certificado de Seguro de salud Toda la documentación en idioma distinto al castellano deberá ser debidamente traducida al castellano y a su vez, deberá contar con el respectivo reconocimiento de firmas del traductor ante notario público Todo documento oficial proveniente del extranjero deberá ser debidamente legalizado o apostillado Los requisitos que no consten en esta sección, serán verificados internamente por el personal de Cancillería. Embajadas y consulados de Ecuador en el mundo Consulado Virtual
Visa de Trabajo – Argentina
Cada día son más las personas que buscan oportunidades en el extranjero que les permitan adquirir nuevas habilidades y vivir una experiencia única. En este sentido, Argentina es uno de los de los destinos preferidos por los jóvenes, ya que ofrece un sinfín de posibilidades laborales y académicas. La República Argentina no establece restricciones ni cupos en el empleo de extranjeros, en tanto y en cuanto cumplan con las regulaciones establecidas en materia inmigratoria, es decir, cuenten con un permiso de residencia válido. Para obtener mayor información sobre erradicación para extranjeros (no provenientes del Mercosur) puede visitar Residir en Argentina. En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa de trabajo. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos. Cancela el Arancel correspondiente al trámite. PERMISO DE INGRESO (PIM) emitido por la Dirección Nacional de Migraciones y disponible en el Consulado (uno por cada solicitante). PASAPORTE: Presentar Original y Copia de 1º pagina. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. UN (1) FORMULARIO de SOLICITUD DE VISA FSV. Completo, preferentemente en forma electrónica y firmado por el solicitante. DOS (2) FOTOS ACTUALES: De frente, a color, con fondo blanco, de 1 ½ x 1 ½ pulgadas. COMPROBANTE del ESTATUS MIGRATORIO Presentar Original y Copia CONTRATO DE TRABAJO O TRANSFERENCIA DENTRO DE UNA EMPRESA. Contrato laboral suscrito por el empleador, en el cual conste el número de inscripción ante Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la entidad contratante, con firma de su representante certificada por «Escribano Público» argentino y legalizada por «Colegio de Escribanos» correspondiente. El solicitante del visado deberá firmar dicho contrato ante el cónsul. Para la certificación consular de la firma del solicitante debe abonar un arancel de US $ 60. En el caso de las transferencias dentro de una misma empresa: Copia simple del contrato de trabajo y constancia de trabajo emitida por la empresa en el exterior (la carta debe ser con membrete de la compañía y constar el puesto, antigüedad, remuneración mensual, y persona a contactar). Esta carta debe ser autenticada por “Notary Public” y “County Clerk”. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES (MAYORES de 16 AÑOS) emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años, debe ser traducido al español por un traductor o agencia e ir acompañadas de una «certifícate of accuracy», ademas, debe ser autenticados con la Apostilla de La Haya o por el correspondiente consulado argentino en el extranjero. Los registros policiales deben presentarse en papel con membrete oficial y debidamente firmados por el oficial de policía a cargo. A menos que se indique lo contrario, los registros policiales expiran después de 60 días de su emisión. No se aceptarán registros de la policía que hayan expirado en la fecha de presentación de solicitud de visa. En caso de que aparezca un arresto o condena en su certificado de antecedentes policiales, será necesaria la aprobación por parte de la autoridad migratoria argentina para emitir el visado. DECLARACIÓN JURADA: de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul. ENTREVISTA. Todos los solicitantes de visados deben presentarse en persona para una entrevista con un oficial consular. El funcionario consular podrá solicitarle la presentación de información adicional. Requisitos para los dependientes de un solicitante de visa de trabajo. Si el empleado se está mudando a la Argentina con su / cónyuge y / o hijos, cada dependiente debe presentar los siguientes documentos, completos, firmados, autenticados y traducido acorde con las normativas legales. Pasaporte Formulario FSV Dos (2) fotos. Comprobante de estatus migratorio. Certificado de nacimiento o acta de matrimonio (según corresponda) Venia de viaje (si aplica) Antecedentes penales (mayores de 16 años). Declaración jurada (mayores de 16 años). Permiso de ingreso consular. . El proceso de la visa normal demora 7-10 días hábiles. En algunos casos, el procedimiento requiere 30-45 días. Se informará al interesado en estos casos. Existe un procedimiento expreso de emisión de visas, el cual, toma hasta 3 días hábiles y requiere el pago de U$S 40 en un Money Order individual. La calificación para este servicio depende de la disponibilidad. El procedimiento expreso NO se aplica en el caso de las visas que requieren 30-45 días de procesamiento. Todos los solicitantes deben tener en cuenta que los tiempos mencionados son promedios normales y están sujetos a fluctuaciones estacionales. Arancel: US $ 250 por cada solicitante. Certificación consular de la firma del solicitante (contrato de Trabajo) US $ 60. En caso de requerir procedimiento expreso $US 40. Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria 25.871 de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI) Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. Fotografía De frente, a color, con fondo blanco, de 1 ½ x 1 ½ pulgadas. Los registros policiales deben presentarse en papel con membrete oficial y debidamente firmados por el oficial de policía a cargo. A menos que se indique lo contrario, los registros policiales expiran después de 60 días de su emisión. No se aceptarán registros de la policía que hayan expirado en la fecha de presentación de solicitud de visa. En caso de que aparezca un arresto o condena en su certificado de antecedentes policiales, será necesaria la aprobación por parte de la autoridad migratoria argentina para emitir el visado. Es necesario solicitar cita previa. FORMULARIO de SOLICITUD DE VISA FSV. (APLICACIÓN)