El visado de Schengen es una autorización expedida por un Estado miembro con fines de escala aeroportuaria, tránsito o intención de estancia de corta duración en el territorio de uno o más Estados miembros, permitiendo que su portador se presente en la frontera exterior, no garantizando, su entrada, que será decidida por las autoridades fronterizas a su llegada.
Se concederá un visado de corta duración para trabajo estacional por un período igual o inferior a 90 días a un nacional de un tercer Estado que cumpla las condiciones siguientes requisitos.
Los países fuera de esta lista no requieren este visado.
- Recaudar todos los requisitos necesarios.
- Solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia.
- deberá recoger los datos biométricos. Esta recogida deberá efectuarse en la primera solicitud de visado y el solicitante comparezca personalmente. La recogida consiste en el levantamiento de las 10 huellas dactilares (siempre que no exista una incapacidad temporal o permanente) y tomar una fotografía en las máquinas existentes en el Puesto Consular a tal efecto.
- La solicitud deberá efectuarse presencialmente por el solicitante. Los documentos que deben presentarse deberán ser originales, acompañados de una copia.
- El formulario se lo otorgaran en la oficina consular.
- Asista a su cita, y espere la emisión de su visa.
- La admisibilidad de los documentos exigidos NO implica la concesión del visado. Una denegación no da lugar a una devolución de los emolumentos pagados.
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- Formulario debidamente complementado y firmado ( en caso de ser menor de 18 años debe ser firmado por el tutor legal).
- Una Fotografía tipo pasaporte.
- Pasaporte vigente y valido por 3 meses posteriores al terminar su estadía en el país
- Comprobante de residencia legal en caso de que no sea natural de donde esta solicitando el visado
- Boletos de ida vuelta
- Contrato de trabajo o promesa de contrato de trabajo válidos para el ejercicio de trabajo estacional, celebrado con una empresa de trabajo temporal o empleador establecido en el territorio nacional que identifique el lugar, el horario y el tipo de trabajo, así como la duración, la remuneración a y la duración de las vacaciones pagadas a las que tenga derecho
- En el caso de que se trate de una enfermedad, de forma idéntica a la de los ciudadanos nacionales, o de seguro de enfermedad, cuando existan períodos en que no se beneficie de cobertura de este tipo, ni de prestaciones correspondientes al ejercicio profesional o como resultado del trabajo a realizar, así como el seguro de accidentes de trabajo ofrecido por el empleador.
- Disponga de alojamiento digno, mediante contrato de arrendamiento o equivalente, pudiendo el alojamiento también ser puesto a disposición por el empleador de conformidad con la legislación vigente
- Si se trata de una profesión regulada, deberá cumplir las condiciones establecidas en la legislación nacional para el ejercicio correspondiente
- La actividad debe ser insertado en la lista de sectores de trabajo donde hay trabajo estacional que se define por el miembro gubernamental responsable.
- 3 semanas.
- 60 Euros.
- Embajada o consulado de Portugal mas cercana a su lugar de domicilio.
- Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje.
- Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todas las instituciones.
- Manejar muy bien el ingles, ya que todos los campos e información en la pagina de la solicitud están solo disponibles en ese idioma.
- Traducir todos los documentos necesarios al Portugues.
- Tener en cuenta que algunos requisitos y tiempos de emisión de las visas pueden variar dependiendo del lugar donde se resida.
- Es posible que pueda obtener su visa más rápido u otros servicios según el país en el que se encuentre. Consulte con su centro de solicitud de visa.
- Es posible que deba proporcionar más documentos según sus circunstancias.
La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada.