Trámite orientado a regular la situación migratoria y la estancia de los estudiantes extranjeros que ingresan al país para cursar estudios de educación básica, secundaria, pregrado o postgrado, en calidad de alumno regular en establecimientos educativos públicos o privados, reconocidos oficialmente en el Ecuador, así como para realizar prácticas preprofesionales o profesionales. El permiso de estadía para estudiantes podrá ser renovado conforme a la duración del programa académico respectivo.
- Verificar los requisitos del trámite a realizar en la página web de la Cancillería. (AQUI)
- Tomar un turno para ingresar su solicitud de visa, en el área de información.
- Ingreso de solicitud de visa en la ventanilla de atención al usuario; y, generación del comprobante de pago por los mencionados funcionarios.
- Pago de timbres fiscales de la solicitud de visa en la ventanilla de BanEcuador.
- Una vez realizado el pago de los timbres fiscales, el ciudadano extranjero se regresa a entregar el recibo del pago realizado a los funcionarios de atención al usuario.
- En el caso que la solicitud de visa esté incompleta, se notifica mediante correo electrónico al usuario por parte del Departamento jurídico con las observaciones correspondientes.
- El usuario toma un turno para el funcionario de trámite antiguo en el área de información para ingresar a la solicitud de visa los documentos requeridos mediante notificación realizada, por el Departamento Jurídico.
- Se procede a notificar al usuario que el trámite fue aprobado mediante correo electrónico enviado por el área de Administración jurídica. En dicho correo electrónico se fija el día para que se acerque a realizar el segundo pago he ingresar el pasaporte.
- El usuario se acerca con el correo electrónico impreso a tomar un turno en el área de información para realizar el segundo pago.
- Acercarse a la ventanilla de segundo pago para que le generen el comprobante de pago;Realizar el segundo pago de especies fiscales (Visa) en la ventanilla de BanEcuador.
- Una vez realizado el segundo pago el ciudadano extranjero se regresa a ventanilla de segundos pagos a entregar el recibo del valor cancelado, en donde le indican la hora que debe regresar a retirar su pasaporte y visa.
- Retiro del pasaporte con su visa en el área de atención al usuario.
- Formulario de solicitud. Muestra (AQUÍ)
- Certificado de movimiento migratorio (requisito aplicable solo dentro del país)
- Condición migratoria regular (requisito aplicable solo dentro del país)
- Original y copia de pasaporte válido y vigente
- Foto tamaño pasaporte en formato JPEG. (Fondo blanco, sin objetos ostentosos en el rostro, cabello o cuello)
- Certificado de antecedentes penales del país de origen o de los lugares donde haya residido los últimos 5 años apostillado o legalizado
- No ser considerado una amenaza para el Estado ecuatoriano
- Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente.
- Matrícula o certificado de admisión de una IES, o plantel educativo ecuatoriano legalmente reconocido por la entidad nacional correspondiente, certificando la calidad de alumno regular
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- 30 A 90 días hábiles
- Formulario de Solicitud regular USD $50 / Tercera edad USD $25 +
- Valor regular de la Visa: USD $100
- Visa para tercera edad: USD $50
- Visa para personas con discapacidad: Sin Costo
- Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia.
- Constitución de la República del Ecuador, Acuerdos Y Tratados Internacionales de los cuales el Ecuador es parte. Ley Orgánica de Movilidad Humana, Ley Orgánica de Gestión a la Identidad y Datos Civiles, Ley Orgánica de la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en Hogar, Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, Ley Orgánica de Educación Superior, Código Civil Ecuatoriano, Código de Comercio, Código Tributario, Ley Notarial, Ley de Modernización del Estado, Ley de Compañías, ERJAFE.
- Acuerdo Ministerial Nro. 000031, de 2 de abril del 2014, determina como beneficiarios de esta categoría de visa a los nacionales de: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Colombia y Perú.
- Resoluciones emitidas por el Consejo Consultivo de Política Migratoria.
- Los documentos que sean emitidos en el exterior, deberán ser debidamente apostillados o legalizados, y traducidos al castellano. Se recomienda hacer las traducciones y reconocimiento de firmas ante Notario en el Ecuador o a su vez, deberá contar con el respectivo reconocimiento de firmas del traductor ante notario público
- Requisito opcionales si posee alguna discapacidad: carné de persona con discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador, para efectos de beneficios de Ley (Para este efecto, entiéndase como personas con discapacidad aquella que posee un grado de discapacidad igual o superior al 40%)
- Requisito opcionales: Certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales (Aplica cuando el estudiante es mayor de 18 años). (Antecedentes del país de origen o de donde residió los últimos 5 años, y antecedentes penales ecuatorianos)
- A partir del 05 de febrero del 2018 será obligatorio presentar el certificado de Seguro de salud
- Todo documento oficial proveniente del extranjero deberá ser debidamente legalizado o apostillado
- Los requisitos que no consten en esta sección, serán verificados internamente por el personal de Cancillería.
- Petición del Representante Legal para menores de edad