Viajes y tramites

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Las visas para religiosos del culto católico que impliquen la radicación temporaria del extranjero en el país pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero. El trámite es personal, y el solicitante deberá presentar la siguiente documentación (en original y copia) ante el Consulado correspondiente:

 

titulo_pasos

  1. En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar.
  2. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada.
  3. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa.
  4. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos.
  5. Cancela el Arancel correspondiente al trámite.

titulo_requisitos

  1. Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible
  2. Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco
  3. Formulario de solicitud de visa completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante
  4. Constancia de residencia habitual en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria)
  5. En caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años
  6. En caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul
  7. Nota de invitación que contenga los siguientes datos: a) Comunidad, congregación o diócesis donde desarrollará tareas; b) Tipo de actividad a desarrollar (pastoral, comunitaria, docencia, etcétera); c) Dirección física y contactos de la entidad religiosa; d) Nombre de superior/provincial o autoridad responsable; e) Tiempo de permanencia en la República. La nota deberá estar firmada por un representante de la entidad, y deberá ser presentada ante la Dirección General del Registro Nacional de Cultos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que certificará la firma y notificará al Consulado correspondiente para la prosecución del trámite. La Iglesia Católica está exenta del requisito de RENURE.
  8. Pago de la tasa migratoria, excepto que se trate de miembros del clero secular.
  9. Pago del arancel consular.
  10. Entrevista consular.

titulo_tiempo

  • 30 Días hábiles.

 

titulo_costo

  • Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación)

titulo_lugar

  • Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia.

titulo_legal

Ley Migratoria 25.871  de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI)

 titulo_tips
  • Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles.
  • La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.
  • Es necesario solicitar cita previa.
  • EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINA.

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