Viajes y tramites

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Si usted quiere trabajar temporalmente la república de El Salvador , como un no inmigrante, bajo la ley de inmigración de los usted necesita una visa específica en base al tipo de trabajo que usted va a realizar. La mayor parte de categorías de trabajadores temporales requieren que su futuro empleador o agente presente una petición, la cual debe ser aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración pata poder solicitar la visa de trabajo.

titulo_pasos

  1. Lea toda la información relativa a los requisitos para visas y permisos al propósito de su visita.
  2. Rellene el Formulario de solicitud y otros documentos necesarios.
  3. Se recomienda enfáticamente que los solicitantes lean la política de privacidad adjunta, y rellenen y firmen el Formulario de Consentimiento CRSV 
  4. Pague los costos relativos a las solicitudes de visa y a la biometría, si es del caso.
  5. Preséntese en el Centro de Recepción de Solicitudes de Visas más cercano. No se olvide de traer su pasaporte, dos fotos, sus formularios rellenados y todos los documentos de respaldo solicitados, Se cobrarán los costos de servicio aplicables.
  6. Al presentar su solicitud al Centro de Recepción de Solicitudes de Visas, pague la tarifa del servicio, entregue sus formularios rellenados y obtenga un recibo. Dicho recibo contiene un número personal de seguimiento que es importante para comprobar el estado de su solicitud en línea.

titulo_requisitos

  1. Fotocopia de la representación legal y del registro respectivo del empleador.
  2. Fotocopia completa de Documento Personal de Identificación —DPI— o pasaporte del extranjero a contratar.
  3. Fotocopia autenticada de situación migratoria. Esta puede ser el pasaporte, visa de residencia temporal o permanente, o constancia de inicio de trámite ante Dirección General de Migración.
  4. fotocopia de la constancia de pago.
  5. Solicitud de residencia temporal o definitiva con visa múltiple para trabajar en el país, suscrito por el empleador, representante legal o apoderado.
  6. Contrato original para confrontar y copia certificada del mismo con firmas de patrono y trabajador previamente legalizadas.
  7. Dos fotografías.

titulo_tiempo.

  •  20 a 30 días hábiles desde el momento de la solicitud de la misma.

titulo_costo

  • Costo es $30.00, mientras que para una Visa consular múltiple es de $60.00.

titulo_lugar

  • Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia.

titulo_legal

  • Ley de Migraciones decreto Legislativo Nº 2772, del 19 de diciembre de 1958, publicado el 23 de diciembre de 1958 Mas información (AQUÍ)
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  • El trabajador para hacer esta gestión deberá presentar su contrato laboral, en el caso de que venga a realizar un trámite de servicio profesional la persona puede dirigirse de una vez a Migración y Extranjería, por lo que no necesitará irse a registrar al Ministerio de Trabajo
  • Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador.
  • Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la DGME.
  • Revise la lista de requisitos. Tenga presente las fechas de vencimiento de cada uno de los documentos. Este detalle es importante para que no tenga ningún inconveniente a la hora de presentarlo.
  • Cuando el expediente esté completo, Migración cuenta con 15 días para resolverlo. La respuesta la puede obtener por fax si así lo indicó o personalmente en la oficinas de migraciones.
  • Recuerde llevar mas de una copia de los documentos.
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