La visa es una norma que rige entre paises para legalizar el ingreso y la estancia de personas de una nacion donde no tenga la nacionalidad o el libre tránsito.
Cualquier persona de cualquier país del mundo podrá recibir un permiso automático de permanencia en Ecuador por 90 días equivalente a una visa de turismo (12-X). Se exceptúan los ciudadanos de 12 países, quienes precisan de una visa consular para poder viajar al Ecuador. Los países que requieren visa de turismo para ingresar al Ecuador son: Afganistán, Bangladesh, Cuba, Eritrea, Etiopía, Haití, Kenia, Nepal, Nigeria, Pakistán, Senegal y Somalia. Los ciudadanos colombianos que deseen visitar el país deberán presentar un certificado de no poseer antecedentes penales.
- El ciudadano deberá leer el instructivo.
- Escoge uno de los botones: En este caso (USUARIO NUEVO).rellenar las casillas para poder seguir con el proceso de cita cutio web (AQUÍ)
- Una vez que se haya registrado como nuevo usuario, deberá volver a ingresar, presionando el botón “usuario registrado” con el usuario y contraseña seleccionada. Visitar el sitio web del consulado virtual de Ecuador dando clic (AQUI)
- Se desplegará una pantalla en donde aparecerán todos los formularios de viaje realizadas por el solicitante.
- Si se desea realizar un nuevo Formulario de Viaje deberá presionar el botón “Nuevo Formulario de Viaje”, en donde deberá ingresar los datos que se le solicitan. Caso contrario deberá colocarse en el formulario de viaje guardado a fin de completar los datos y/o subir anexos requeridos.
- Una vez que complete el formulario, deberá presionar el botón guardar para continuar con el proceso en otro momento, si así lo desea. En caso el usuario desee concluir el proceso presionará el botón continuar.
- Imprimir el formulario, firmarlo y escanearlo.con la pagina de datos de su pasaporte.
- Deberá subir al sistema los siguientes anexos, en el orden establecido: Anexo 1: Página principal del pasaporte que contiene los datos del usuario, escaneado, Anexo 2: Formulario debidamente lleno, firmado y escaneado.
- Presionar el botón “Enviar Formulario”
- Formulario de solicitud de visa con dos fotografías original tamaño pasaporte a colores, fondo blanco la misma que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
- Original y copia de pasaporte válido y vigente, copia del sello del último ingreso o visa.
- Copia del pasaje de salida.
- Condición migratoria regular en el país que soliciten
- Seguro de salud público o privado
- Petición escrita, firmada por el interesado, dirigida al funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que preste servicios en el lugar de domicilio del extranjero o en su falta, el del lugar más cercano, en donde debe indicar los motivos y la actividad que va a realizar en el país y por cuanto tiempo.
- El extranjero deberá demostrar que posee solvencia económica para permanecer en el país.
- Para las visas de amparo de los familiares más cercanos, se debe adjuntar, partida de matrimonio y/o de nacimiento debidamente legalizada o apostillada.
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- 30 A 90 días habiles
- $50 USD solicitud y $400 USD concesión de visa.
- Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia.
- Ley Migratoria Para la aplicación de cualquiera de las categorías de visa de residencia temporal, además de los requisitos generales, en base a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH). Para mas informacion clic (Aqui)
- A partir del 05 de febrero del 2018 será obligatorio presentar el certificado de Seguro de salud.
- Toda la documentación en idioma distinto al castellano deberá ser debidamente traducida al castellano y a su vez, deberá contar con el respectivo reconocimiento de firmas del traductor ante notario público.
- Todo documento oficial proveniente del extranjero deberá ser debidamente legalizado o apostillado.
- Los requisitos que no consten en esta sección, serán verificados internamente por el personal de Cancillería.
- Los extranjeros que entran al país con una Visa de Visitante Temporal (12 X) no podrán ejercer labores remuneradas en el país. Para conseguir cualquier otro tipo de visa deberán retornar a su país de origen y aplicar a otra visa que no sea de turista y partir desde ahí.
- Los ciudadanos de la Unión Europea, los Estados Unidos, Canadá y la Comunidad Andina pueden aplicar a una Visa de (turismo, Deporte, Salud, Estudios, Ciencia, Actos de Comercio 12 IX) de turista sin necesidad de abandonar el país. Esto les concederá otros 90 días de estancia. Para más detalles consulte abajo.