Viajes y tramites

titulo_descripcion

La visa de turista es un documento que expide la autoridad migratoria mexicana que le permite al extranjero ingresar a México para desarrollar actividades de recreo o salud, para actividades artísticas, culturales o deportivas, siempre y cuando no se reciba dinero como contraprestación. La duración máxima de esta visa es de 180 días improrrogables. En el supuesto que la autoridad le conceda al extranjero una temporalidad menor a seis meses, generalmente es posible ampliar la vigencia de la visa (ampliación de estancia) Ver Renovación.

Los extranjeros que entren al país por un puerto al desembarcar de un crucero, no serán considerados como turistas, sino como Visitantes Locales. La duración máxima de esta visa es de 3 días improrrogables.

titulo_pasos

  1. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación.
  2. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente. (AQUÍ) pagina web
  3. Rellene todos los campos de la pantalla del ordenador, Cuando allá terminado presione con un clic en la ventanilla de agregar visa.
  4. Complete informaciones sobre pasaporte.
  5. Seleccionar país
  6. Haga clic en el botón «Enviar»
  7. Imprima el formulario.
  8. Firmar el formulario.
  9. visite el consulado con el protocolo firmado, los documentos originales y el comprobante del pago de honorarios, en la fecha y hora de su entrevista de visa.
  10. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita.

titulo_requisitos

  1. Llenar en letra de imprenta (obligatoriamente) la Planilla de solicitud de visa.
  2. Si es invitado de alguna persona jurídica o natural, es necesario una invitación notariada donde se especifique; nombre, cédula de identidad y dirección de la persona/compañía que invita y especificar que se hará responsable del viaje, manutención, gastos ocasionados y la salida de su invitado del país. Importante: esta invitación debe ser enviada via fax a esta misión diplomatica dirigida a la Sección Consular.
  3. Títulos de propiedad inmobiliaria, comerciales, empresariales, mercantiles o industriales.
  4. Dos (2) fotografías iguales, recientes, de frente, tamaño pasaporte carné, a color, fondo claro, y sin lentes.
  5. Copia de la Forma Migratoria (FM) o documento que demuestre que el solicitante reside por un periodo no menor a seis (06) meses en territorio Mexicano (solo para ciudadanos extranjeros sin pasaporte mexicano).
  6. Carta bancaria, en donde indique saldo a la fecha, firmada y sellada por la institución y dirigida a la Embajada.
  7. Movimiento bancario de los tres (3) últimos meses.
  8. Copia del Pasaporte con un mínimo de seis (6) meses de vigencia (primera página y página con la visa si existiera).
  9. Copia de las Tres (3) ultimas nóminas.
  10. Copia de la reservación del hotel.
  11. Constancia de Depósito La planilla de depósito será suministrada en la Sección Consular de la Embajada.

titulo_tiempo.

  • plazo máximo para resolver el tramite de solicitud de visa es de 10 días hábiles.

titulo_costo

  • costo de la visa es de 36,00 dolares, en atención a lo previsto en el art, 22 de la ley federal de derechos, este valor se debe cancelar el día de la entrevista.

titulo_lugar

  • Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia.

titulo_legal

  • Ley de migraciones publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2011. Mas información (AQUÍ)
 titulo_tips
  • Se otorgará la visa de turista a quien desee ingresar al país con fines de recreo, salud o actividades, que NO INVOLUCREN remuneración o lucro, tales como: culturales; artísticas, científicas, deportivas, de contacto con empresas radicadas en el país o con personas del sector público o privado, o periodística para eventos especiales.
  • El solicitante menor de edad deberá traer una autorización para viajar, firmada por ambos padres.
  • El Visado de Turista se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá permanecer en el país por un período de hasta noventa (90) días, prorrogable por igual lapso a juicio del Ministerio del Interior y Justicia. Vencido este último lapso, el turista deberá abandonar el país so pena de ser deportado, a menos que con anticipación manifieste su voluntad de acogerse al Artículo 9, Parágrafo Único del Reglamento de la Ley de Extranjeros, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por los Ministerios del Interior y Justicia y del Trabajo.
  • No requerirá visa mexicana el extranjero que presente alguno de los siguientes documentos: Documento que acredite residencia permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen, así como en los países miembros de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y Perú).