Visa de Turismo – Guatemala
Una Visa, es un permiso que se otorga a un individuo para legalizar su entrada o estancia en un territorio o país del cual no se tenga la nacionalidad o el permiso de libre tránsito. Dichos permisos se rigen por los acuerdos establecidos entre países. Dependiendo de tu nacionalidad puede necesites VISA para ingresar al país. Siempre necesitarás pasaporte a menos que seas ciudadano centroamericano. Las nacionalidades de los siguientes países no requieren de un visado al entrar como turistas: Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Bahráin, Barbados, Bélgica, Belice, Brasil, Brunéi, Bulgaria, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, El Salvador, El Vaticano, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Gibraltar, Grecia, Honduras, Hungría, Irlanda, Islandia, Islas Marshall, Islas Salomón, Islas Vírgenes Británicas, Israel, Italia, Japón, Kuwait, Liechtenstein, Luxemburgo, Macedonia, Madagascar, Malasia, Malta, México, Mónaco, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Qatar, Reino Unido, Rumania; Rumanía, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Trinidad y Tobago, Turquía, Tuvalu, Uruguay, Vanuatu, Venezuela. Ciudadanos de Andorra, Argentina, Austria, Bélgica, Chile, Dinamarca, Finlandia, Alemania, Israel, Italia, Japón, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Países Bajos, Noruega, Suecia, Suiza y Uruguay pueden extender su visita a 3 meses mediante un acuerdo escrito. Determine su clase de visa leyendo los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. El número de código de barras que aparece en la hoja de confirmación del Formulario DS-160 es necesario para poder programar una cita. Una vez hayas completado los pasos anteriores, debes programar tu cita a partir de la 1:00 p.m. el siguiente día hábil después de haber hecho el pago. Entrar en la pagina web del consulado para registrarse y reservar su cita Complete todos los campos y cree una contraseña. Presione en Programar una Cita en el menú A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita Formulario de Inscripción Foto tamaño pasaporte Pasaporte válido con una página entera en blanco Billete de regreso Evidencia de solvencia económica durante su estancia Sobre sellado con la propia dirección al hacerlo por correo postal . 20 días hábiles desde el momento de la solicitud de la misma. visa simple y visa de turismo US $ 25.00 por una entrada Visa múltiple US $ 50.00 por múltiples entradas Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de Migraciones Nº148 Mas información (AQUÍ) Debe tenerse presente que en algunos casos la tramitación de la visa puede tener una demora mayor a los quince días Recuerde que la visa de turista tiene una vigencia de 90 días. Una visa no puede ser tramitada con una mayor validez a la fecha de expiración del pasaporte. Una extensión, por tres meses más, es posible después de entrar a Nicaragua en las oficinas de inmigración. Toda la información contenida en esta página ha sido investigada cuidadosamente. Sin embargo, los requisitos para visados están sujetos a continuos cambios, y la información es provista sin ningún tipo de garantía El número de código de barras que aparece en la hoja de confirmación del Formulario es necesario para poder programar una cita. El formulario debe ser presentado por Internet. (No aceptarán solicitudes escritas a mano). Una vez hayas completado los pasos anteriores, debes programar tu cita a partir de la 1:00 p.m. el siguiente día hábil. Embajada de Guatemala Consulados de Guatemala en el mundo Registro en linea Clasificación para fines de exención y obligatoriedad de visa.
Visa de Estudiante – Nicaragua
Nicaragua recibe a ciudadanos extranjeros que vienen a estudiar al país. Antes de solicitar la visa, todo solicitante de visa de estudiante debe ser aceptado y aprobado por su institución académica o programa. Una vez aceptado, las instituciones educativas proporcionarán a cada solicitante la documentación de aprobación necesaria para que sea entregada cuando solicite su visa de estudiante. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, Debe iniciar sección registrandose para reservar su cita en linea (AQUÍ) Complete todos los campos y cree una contraseña. y para concluir el proceso dar clic en la casilla «registrarse». El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Pronto estará listo para programar su cita! Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Formulario de solicitud. Pasaporte vigente. 2 fotografía de frente a color, en fondo blanco. Constancia de pre matrícula del centro de estudios, en la cual se indiquen los datos generales del titular, nivel de estudio, carrera a cursar y período de estudios. Declaración notariada de fuentes de ingresos, de donde provienen sus ingresos para financiar sus estudios en el país. En caso de los dependientes económicos, deberán de presentar Declaración Notariada de Manutención, otorgada por un familiar previamente identificado, quien asumirá los gastos económicos del estudiante en Nicaragua, declarando el origen de sus ingresos. Título Profesional o de Bachiller, o certificados de notas, apostillados o autenticados. Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria. (Artículo 63 numeral 7 del Reglamento a la ley 761, Ley General de Migración y extranjería). . El plazo resolver el tramite de solicitud de visa es de 30 días hábiles. La tarifa para la visa de estudiante se calcula en 535 dólares. El monto incluye el permiso de trabajo. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de migracione No. 761, Aprobada el 31 de Marzo del 2011. Mas información (AQUÍ) Todo menor de edad (menor de 18 años) deben formularios especiales para obtener su visa. Sin excepciones. Los menores de Edad tienen un proceso muy delicado en el consulado. Los padres o tutores legales deben llenar y presentar los siguientes formularios, por favor lea la EXPLICACIÓN primero ( EXPLICACIóN DEL PROCESO LEGALIZACIÓN PARA MENORES DE EDAD). Tener en cuenta que en algunos de los casos la visa puede tener demoras mayores a los 15 días. Recuerda llevar todos los documentos legalizados y apostillados por tu país de origen, llevar mas de una copia de los documentos requeridos. Una visa no puede ser tramitida con una mayor validez a la fecha de expedición del pasaporte. Todos estos documentos, deberán ser presentados de acuerdo a los requisitos que especifica la Dirección Nacional de Migración (DNM), esto es, traducidos al español. Migraciones y extranjería Solicitud en linea Ley de migraciones
Visa de Trabajo – Nicaragua
Si usted quiere trabajar temporalmente en Nicaragua como un no inmigrante, bajo la ley de inmigración de ese país, usted necesita una visa específica en base al tipo de trabajo que usted va a realizar. La mayor parte de categorías de trabajadores temporales requieren que su futuro empleador o agente presente una petición, la cual debe ser aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración antes que usted pueda solicitar la visa de trabajo. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, Debe iniciar sección registrandose para reservar su cita en linea (AQUÍ) Complete todos los campos y cree una contraseña. y para concluir el proceso dar clic en la casilla «registrarse». El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Pronto estará listo para programar su cita! Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Formulario de solicitud Fotocopia pasaporte con vigencia mínima de 6 meses Certificado de antecedentes penales o policiales del país origen o residencia, en su defecto, Certificado de Interpol Nicaragua 2 fotografías 3×4 Existen dos tipos de trámites para poder realizar la solicitud de permiso laboral en el extranjero: Trabajadores Independientes Carta solicitando la residencia en la sub categoría de trabajador independiente, dirigida a la Dirección General de Migración y Extranjería, especificando el negocio a establecer y el servicio a brindar. Declaración de comerciante inscrita en el Registro Mercantil, especificando la actividad o servicio que se realizará (copia autenticada). Fotocopia de Matrícula Comercial de la Alcaldía. Fotocopia de inscripción en la Dirección General de Ingreso, RUC. Declaración notariada de fuentes de ingresos. Certificado de Proveedor del Estado, (esto es aplicable a los Consultores independientes). Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria. (Artículo 63 numeral 7 del Reglamento a la ley 761, Ley General de Migración y extranjería). Trabajador en Relación de dependencia. Carta solicitando la residencia con la condición uno (A TRABAJAR), en el caso de los ciudadanos contratados en el exterior, deberán presentar dicha carta al momento de su ingreso por cualquier puesto fronterizo. Contrato Individual de Trabajo, certificado por el Ministerio del Trabajo cuando se establezca una relación de dependencia, cuya ejecución estará sujeta a la obtención de la Residencia. Escritura pública de constitución y Estatutos de la empresa. Fotocopia de la escritura de representación legal de la Empresa. Identificación del representante legal de la Empresa. Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. Artistas Contrato de individual del Trabajo certificado por el Ministerio del Trabajo. Aval del Instituto de Cultura. Responsabilidad Notariada del empleador en garantizar el retorno a su país de origen y notificar a la Dirección General de Migración y Extranjería, una vez culminado el compromiso laboral, quien a su vez informará al Ministerio del Trabajo. Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. . El plazo resolver el tramite de solicitud de visa es de 30 días hábiles. Residencia temporal por primera vez con derecho a laborar se debe cancelar en la caja de Migración C$ 3,400, o residencia permanente C$ 50. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de migracione No. 761, Aprobada el 31 de Marzo del 2011. Mas información (AQUÍ) El trabajador para hacer esta gestión deberá presentar su contrato laboral, en el caso de que venga a realizar un trámite de servicio profesional la persona puede dirigirse de una vez a Migración y Extranjería, por lo que no necesitará irse a registrar al Ministerio de Trabajo (MITRAB). Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador. Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la DGME. La empresa donde trabajará o institución que le contrate debe proporcionar un documento que describa: Las funciones a desarrollar por el trabajador; Duración del contrato; sueldo o salario que se recibirá y Por qué se necesita emplear ese individuo en particular? (justificación del empleo) y no a un costarricense. Revise la lista de requisitos. Tenga presente las fechas de vencimiento de cada uno de los documentos. Este detalle es importante para que no tenga ningún inconveniente a la hora de presentarlo. Cuando el expediente esté completo, Migración cuenta con 15 días para resolverlo. La respuesta la puede obtener por fax si así lo indicó o personalmente en la oficinas de migraciones. Migraciones y extranjería Solicitud en linea Ley de migraciones
Visa de Turismo – Nicaragua
Las visas de visitante (no inmigrante) son visas para efectuar viajes cortos como turismo, negocios, entrenamiento, estudios, tripulación de barcos y aviones, intercambios culturales, tránsito u otros viajes especiales que requieren peticiones. Visas de visitantes no son para aquellos que quieren vivir permanentemente. Si quieres entrar a Nicaragua como turista, debes tener en cuenta que, dependiendo de tu nacionalidad, se exigen unos requisitos migratorios u otros. Asimismo, es importante conocer las vacunas que son obligatorias y recomendadas para ingresar al país. No obstante, hay otros Estados a los que se les exige una visa consultada, es decir, que tiene que ser aprobada por la Dirección General de Migración y Extranjería. Entre estos países se hallan Cuba y Haití. Nicaragua tiene un acuerdo de libre movilidad con El Salvador, Guatemala y Honduras, por lo que los ciudadanos de estos territorios tan sólo necesitarán su Documento Nacional de Identidad (DNI) para viajar a este país. Por otro lado, ésta es la lista de países que no necesitan visa, pero sí pasaporte, para estancias de hasta 90 días. Este documento debe tener una vigencia mínima de seis meses en el momento de la realización del viaje: A: Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia y Austria B: Bahamas, Bahrein, Barbados, Bélgice, Bélice, Brasil, Brunei-Darussal y Bulgaria C: Canadá, Chile, Chipre, Ciudad del Vaticano, Corea del Sur, Costa Rica y Croacia D: Dinarmarca E: Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos y Estonia F: Finlandia y Francia G: Grecia H: Holanda, Hong Kong y Hungría I: Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Islas Marshall e Islas Salomón J: Japón K: Kuwait L: Letonia, Liechtenstein, Lituania y Luxemburgo M: Macedonia, Madagascar, Malasia, Malta, México y Mónaco N: Noruega y Nueva Zelanda P: Panamá, Paraguay, Polonia y Portugal Q: Qatar R: Reino Unido, República Checa y Rumania S: San Kitts y Nevis, San Marino, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Singapur, Sudáfrica, Suecia y Suiza T: Taiwán, Trinidad y Tobago, Turquía y Tuvalu U: Uruguay V: Vanuatu Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, Debe iniciar sección registrandose para reservar su cita en linea (AQUÍ) Complete todos los campos y cree una contraseña. y para concluir el proceso dar clic en la casilla «registrarse». El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Pronto estará listo para programar su cita! Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. pasaporte con una vigencia mínima de seis meses en el día de partida. rellenar un formulario de solicitud. Carta de solicitud de residencia, dirigida a la Dirección General de Migración y Extranjería. Original en buen estado y fotocopia del pasaporte (vigencia no menor a los seis meses). Los nacionales de los países del CA- 4, en casos excepcionales podrán presentar original y fotocopia de Cédula de Identidad vigente. Dos Fotografías tamaño pasaporte (4½ de alto por 3 ½ de ancho), fondo blanco, sin lentes, sin sombrero, gorra, orejas y frente descubierta. Certificado de Nacimiento o de Naturalización, emitido por autoridad competente de su país de origen, debidamente apostillado o autenticado según sea el caso. Certificado de Antecedentes Penales, emitido por la autoridad competente del país de origen o de residencia de los últimos tres años, apostillada o debidamente autenticada por el Consulado de Nicaragua, el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen, y por la cancillería en Nicaragua. Los menores de 18 años de edad, están exentos de éste requisito. Certificado de salud, emitido por autoridad competente de su país de origen o residencia anterior, apostillado o autenticado, o de las autoridades de salud nicaragüenses. . El plazo resolver el tramite de solicitud de visa es de 30 días hábiles. El costo es aproximadamente 30 euros. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de migracione No. 761, Aprobada el 31 de Marzo del 2011. Mas información (AQUÍ) Los menores de edad que deseen entrar a Nicaragua necesitarán su propio pasaporte. Además, si viajan solos o con sólo uno de los progenitores, generalmente necesitarán una autorización oficial firmada por los dos padres. Si provienes de un país de Sudamérica, es obligatorio que te vacunes contra la fiebre amarilla. Los menores de cinco años de todo el mundo deben vacunarse contra los siguientes trastornos:Polio, DPT, MMR, Rubeola, Sarampión, Parotiditis. Las personas de países con los que Nicaragua ha suscrito instrumentos internacionales de libre movilidad y circulación migratoria, quedan exentos de cumplir con el requisito 2, de igual forma los que ingresen por razones humanitarias o por convenios de cooperación bilateral. Migraciones y extranjería Solicitud en linea Ley de migraciones
Visa de Trabajo – Costa Rica
El problema principal a la hora de encontrar trabajo o de conseguir un permiso de trabajo es que necesitas uno para conseguir el otro. Los empleadores te exigen tener un permiso de trabajo pero solo conseguirás uno si el empleador respalda tu solicitud. Para solicitar un permiso de trabajo, debes ser residente en Costa Rica, así que te recomendamos realizar los trámites para solicitar un permiso de residencia temporal cuanto antes. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, usted debe pagar la tasa de visa. Para pagar su tasa de visa, Usted debe guardar su número de recibo para reservar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Entrar en la pagina web del consulado de su país para registrarse y reservar su cita Pronto estará listo para programar su cita! Complete todos los campos y cree una contraseña. Una vez se encuentre en el sistema, verá su tablero de información. Presione en Programar una Cita en el menú A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Formulario de filiación (solicitud) Carta explicando por qué solicitas el permiso de trabajo, con tu nombre completo, nacionalidad, edad, ocupación, dirección del lugar donde vives y lugar o forma de notificación. Recibo del pago de 125¢ y 2,50¢ por cada hoja que presentes con la solicitud de residencia. Debe ser pagado por el solicitante e incluir su nombre. Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. Comprobante de registro de huellas, emitido por el Ministerio de Seguridad Pública. Comprobante de inscripción consular. Certificado de nacimiento legalizado. Certificado de antecedentes penales de tu país de origen o donde hayas residido legalmente los últimos tres años. Copia certificada del documento migratorio para demostrar la legalidad de tu residencia en ese país. Fotocopia compulsada de todas las páginas del pasaporte vigente Oferta de trabajo autenticada en la que se indique al menos, las funciones, el horario y el salario acordado. Certificado de personería jurídica de la empresa o institución expedido no antes de un mes a la presentación de la solicitud de residencia temporal para la persona extranjera. Comprobante de que la empresa o sociedad se encuentra al día con el pago de los impuestos municipales y tributarios. Certificado de ingresos, balance y estado de resultados, emitido por Contador Público Autorizado. Certificado de la asegurador que indique que el seguro para el trabajador está pagado al día. . 30 a 90 Días hábiles A continuación se encuentran las tarifas estimadas que tienen los Consulados y Autoridades de Costa Rica: Autenticación: US$ 40 por hoja Certificados: US$ 40 Declaraciones: US$ 50 Patentes: US$ 80 Poderes Notariales: US$ 80 Registro de Marcas: US$ 80 Visa Consular de Turista: US$ 20 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de MIGRACIONES Nº 8764 Art 97,98. Mas información clic (AQUÍ) Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador. Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la DGME. La empresa donde trabajará o institución que le contrate debe proporcionar un documento que describa: Las funciones a desarrollar por el trabajador; Duración del contrato; sueldo o salario que se recibirá y Por qué se necesita emplear ese individuo en particular? (justificación del empleo) y no a un costarricense. Revise la lista de requisitos. Tenga presente las fechas de vencimiento de cada uno de los documentos. Este detalle es importante para que no tenga ningún inconveniente a la hora de presentarlo. Cuando el expediente esté completo, Migración cuenta con 15 días para resolverlo. La respuesta la puede obtener por fax si así lo indicó o personalmente en la oficinas de migraciones. formulario de solicitud de visa. Ley de Migraciones
Visa de Turismo – Costa Rica
Costa Rica es uno de los destinos turísticos más apreciados en este planeta. Este pequeño país incluye todos los componentes necesarios para satisfacer el gusto de miles de viajeros que visitan cada año. La visa constituye una autorización de ingreso a un país. En el caso de Costa Rica, existe una normativa llamada Directrices de Visas de Ingreso, mediante la cual se establece, según el país, es decir, la nacionalidad, que tipo de visa debe solicitar la persona. Por lo que antes de elegir una visa es importante que revise la directriz. Si eres ciudadano de la Unión Europea o de casi la totalidad de los países de América Latina, podrás ingresar a Costa Rica sin visa, siempre que tu estancia en el país no supere los 90 días (tres meses). Lo único que necesitas presentar es tu pasaporte en regla. Para obtener mas información sobre si tu país de residencia solicita visa para visitar Costa rica haga clic (AQUÍ) Para solicitantes de Visa de No Inmigrante: Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, usted debe pagar la tasa de visa. Para pagar su tasa de visa, Usted debe guardar su número de recibo para reservar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Entrar en la pagina web del consulado de su país para registrarse y reservar su cita Pronto estará listo para programar su cita! Complete todos los campos y cree una contraseña. Una vez se encuentre en el sistema, verá su tablero de información. Presione en Programar una Cita en el menú A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Formulario de solicitud de visa debidamente cumplimentado. Se debe imprimir el formulario en hojas tamaño carta, una sola página por hoja y en papel blanco. Favor no engrapar las dos hojas. Una fotografía a color del rostro, de 5 cms x 5 cms, con fondo blanco, La fotografía debe venir pegada en el espacio correspondiente en la primera página del formulario de solicitud de visa. Pasaporte original con al menos seis meses de validez, contada a partir de la fecha planeada de ingreso a Costa Rica. Copia de la página de datos biográficos del pasaporte (página en la que se encuentra la fotografía del solicitante de visa). Certificado de antecedentes judiciales con fines migratorios apostillado. Se requiere obligatoriamente la presentación del certificado de antecedentes judiciales (el cual consta de DOS documentos: la certificación de antecedentes y la apostilla) que emite el Ministerio de Relaciones Exteriores. Itinerario o reservación de vuelo que contenga el nombre del solicitante de la visa (no es necesaria la presentación de los boletos aéreos comprados). La reservación de vuelo no debe exceder un plazo de estadía en Costa Rica de más de 30 días. Reserva de hotel o carta de invitación con copia de la cédula de la persona que invita. La carta debe ser firmada y la firma debe ser igual a la firma que aparece en la cédula de quien está firmando. La reserva de hotel es obligatoria si el solicitante se va a hospedar en un hotel, por el contrario, si se va a hospedar en una casa de habitación deberá aportar la carta de invitación firmada por el propietario o arrendatario del inmueble, así como la copia de su cédula de identidad. Estados de cuenta bancarios (extractos) de los tres últimos meses del solicitante; Se debe además adjuntar una constancia del saldo disponible en la cuenta bancaria del solicitante al menos 7 días días antes de la cita en el Consulado, junto con el listado de movimientos financieros más recientes. El Consulado podrá solicitar de ser necesario documentos adicionales. . 30 a 90 Días hábiles A continuación se encuentran las tarifas estimadas que tienen los Consulados y Autoridades de Costa Rica: Autenticación: US$ 40 por hoja Certificados: US$ 40 Declaraciones: US$ 50 Patentes: US$ 80 Poderes Notariales: US$ 80 Registro de Marcas: US$ 80 Visa Consular de Turista: US$ 20 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de MIGRACIONES Nº 8764. Mas información clic (AQUÍ) Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador. formulario de solicitud de visa. Visas por países
Visa de Estudiante – Costa Rica
Para ingresar en calidad de estudiante a Costa Rica o en el caso de ir a realizar actividades vinculadas con la docencia, la investigación o voluntariado, tendrás que realizar la solicitud de una visa especial, incluso si provienes de alguno de los países que pueden ingresar sin necesidad de visado. Si eres ciudadano de la Unión Europea o de casi la totalidad de los países de América Latina, podrás ingresar a Costa Rica sin visa, siempre que tu estancia en el país no supere los 90 días (tres meses). Lo único que necesitas presentar es tu pasaporte en regla. Para obtener mas información sobre si tu país de residencia solicita visa para visitar Costa rica haga clic (AQUÍ) Para solicitantes de Visa de No Inmigrante: Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, usted debe pagar la tasa de visa. Para pagar su tasa de visa, Usted debe guardar su número de recibo para reservar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Entrar en la pagina web del consulado de su país para registrarse y reservar su cita Pronto estará listo para programar su cita! Complete todos los campos y cree una contraseña. Una vez se encuentre en el sistema, verá su tablero de información. Presione en Programar una Cita en el menú A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Las personas que solicitan una visa provisional tienen dos opciones para aplicar su solicitud de visa: Por medio de un sistema digital, si se encuentra habilitado para el país de origen de la persona extranjera. En este caso el consultado le informará. Por medio de la presentación de los documentos físicos directamente en el Consulado que corresponde. Solicitud de visa provisional de categoría especial como estudiante, académico, investigador o voluntario, en la que se incluya: Nombre completo y apellidos, nacionalidad, número de pasaporte, lugar de residencia, profesión u oficio, dirección exacta del lugar donde va a permanecer en Costa Rica, fecha y lugar de nacimiento del interesado, fax para recibir notificaciones, fecha y firma. Certificado de nacimiento de la persona que solicita la visa Certificado de antecedentes penales de la persona extranjera que solicita la visa. Pasaporte o documento de viaje, vigente con fecha de vencimiento no menor a los seis meses. Además, copia de la totalidad del mismo. Carta de aceptación del centro de enseñanza público o privado reconocido en Costa Rica, que acredite a la persona extranjera como estudiantes, académicos, investigadores o voluntarios. Indicando la vinculación de la persona extranjera al mismo y el periodo por el cual estará vinculada a dicho centro. Comprobante de medios económicos para su subsistencia durante su permanencia en el país. El Cónsulado podrá solicitar de ser necesario, documentos adicionales que sean emitidos en el país de origen del solicitante, siempre que su presentación sea fundamental para el análisis en el otorgamiento de la visa. . 30 a 90 Días hábiles A continuación se encuentran las tarifas estimadas que tienen los Consulados y Autoridades de Costa Rica: Autenticación: US$ 40 por hoja Certificados: US$ 40 Declaraciones: US$ 50 Patentes: US$ 80 Poderes Notariales: US$ 80 Registro de Marcas: US$ 80 Visa Consular de Turista: US$ 20 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de MIGRACIONES Nº 8764. Mas información clic (AQUÍ) Ten en cuenta que estos son los documentos generales y que dependiendo de tu origen y del consulado, pueden existir algunas variaciones. No olvides que el trámite puede tomar un tiempo, por lo que te recomendamos que lo inicies con anticipación para no tener ninguna clase de problema. Una vez entregados todos los requisitos el o la Cónsul cuenta con 30 días naturales para resolver la solicitud de visa. La visa deberá utilizarse en un plazo de sesenta días, a partir de la respectiva notificación al solicitante o a su representante y es válida para ingresar al país por una única vez. Cada consulado de manera individual establece sus horarios y procedimientos; a corde al personal con que cuenta; por lo que deberá informarse con las autoridades consulares costarricenses sobre esos temas. Recuerde que todos los servicios que ofrece la Dirección General de Migración y Extranjería son gratuitos solo deben cancelarse los impuestos establecidos por ley. formulario de solicitud de visa.
Visa de Turismo – Panamá
Es la autorización que se otorga a un extranjero para ingresar al territorio nacional, como no residente, por un término determinado. Las autoridades migratorias del Servicio Nacional de Migración expedirán visas de turismo válidas por un término no mayor de noventa (90) días, si los extranjeros cumplen con los requisitos exigidos por este reglamento y sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad. Todos los nacionales de países que no hayan suscrito acuerdo de supresión de visa con la República de Panamá, deberán tramitar ante el Servicio Nacional de Migración o las oficinas del Servicio Exterior, visas de turismo, según lo señale el listado que apruebe la autoridad competente. Aquellos nacionales de países que se les exima de este requisito se les expedirá una tarjeta de turismo, la cual será válida para permanecer en el país por un término no mayor de noventa (90) días, sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad. La tarjeta de turismo causará derechos según señala el Código Fiscal. El Servicio Nacional de Migración podrá cancelar la tarjeta de turismo o visa de turismo, cuando no se cumplan con los principios de seguridad nacional, salubridad u orden público, y procederá a tomar las medidas que estime pertinentes para retornar, deportar o expulsar a los extranjeros en esta situación, cumpliendo con el debido proceso. De acuerdo con el decreto ejecutivo 248 del 21 de julio del 2009, quienes cuentan con una visa aprobada de Estados Unidos, Australia, Canadá, Reino Unido y la Comunidad Europea, y hayan utilizado el visado al menos una vez para ingresar al territorio del Estado otorgante, podrían ingresar al territorio panameño. ingresar a la página web del Servicio Nacional de Migración (SNM) www.migracion.gob.pa; a la sección de Migración en Línea (Solicitudes). Una vez acceda a «Solicitudes», buscar el link que dice Cita para Visa Estampada en Consulado, para después acceder a la opción de la bandera de su país de procedencia ( Cuba, Venezuela, China). Siga las instrucciones que detalla el comprobante de cita (formulario). Las formas de pago tal como se establece en el comprobante de cita, se podrán realizar de dos (2) formas: Depositar en cuenta corriente del Banco Nacional de Panamá, la suma de 60 dólares americanos; desglosados en 50 dólares por servicios migratorios y 10 dólares por los servicios consulares. En caso de que el interesado tenga un familiar en Panamá podrá efectuar el pago en el departamento de Tesorería, ubicado en la sede del SNM, en Panamá. Para el pago de los servicios consulares, el dinero debe depositarse en la cuenta del Banco Nacional (detallada en comprobante de cita). En caso de que el solicitante no se encuentre en su país de origen Para solicitar su visa estampada de entrada a Panamá, deben acercarse a una sede diplomática panameña y ser residentes permanentes o temporales del país donde se encuentran, además de presentar sus documentos para el trámite de visa de turista. En estos casos los pagos de servicios migratorios y servicios consulares deben hacerse en la sede diplomática. El Departamento de Inmigración emite a favor del solicitante la Visa de Residencia Temporal por un período de dos (02) años. (Los pasos 3 y 4 se repetirán cada vez que sea necesario realizar la renovación del Permiso Temporal) Completar el formulario de solicitud de visa. Presentar original y copia completa del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de tres (3) meses de vigencia. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje o tiquete electrónico. Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio. Tres fotografías tipo carnet (fondo blanco) Pagar por los servicios migratorios la suma de cincuenta balboas (B/.50.00), al momento de la presentación ante el Servicio Nacional de Migración (US$50,00) Prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas (B/.500.00) equivalente a (US$500,00) y se demostrará con alguna de las siguientes opciones: Cheque certificado o giro bancario a nombre del solicitante. Cheques viajeros a nombre del solicitante. Certificación bancaria, con estado de cuenta de los últimos tres meses que refleje saldos disponibles. Tarjeta de crédito con el estado de cuenta de los últimos tres meses que refleje saldos disponibles. Declaración de rentas o su similar, del último año fiscal. Cualquier otro que pruebe sus ingresos y que sea aceptable para el Servicio Nacional de Migración. Por la actividad que realiza puede presentar: De ser empleado de entidad pública o privada: certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajador independiente. De ser pensionado o jubilado: documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago. De ser independiente: declaración de renta del último año fiscal. De ser estudiante: una certificación del centro educativo que indique los estudios que esta cursando y el período de vacaciones, de no estar en tiempo de vacaciones debe estipular el tiempo que le fue concedido para viajar. De ser persona dependiente económicamente: declaración jurada de un familiar que se hace responsable de su desplazamiento y sustento durante su viaje; certificación de vínculo de parentesco y la prueba de solvencia económica. Copia del último permiso que le fue aprobado por la autoridad migratoria panameña (si procede) Reservación de hotel confirmada, (si procede) Declaración Jurada de quien invita (si procede) en cuyo caso podrá ser realizada por: Residentes temporales o permanentes o panameños desde Panamá, adjuntando lo siguiente según el caso: Copia autenticada de cédula de identidad personal del nacional Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación personal del extranjero Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la residencia del responsable Representante legal de entidades públicas o privadas. En caso de ser una entidad pública, deberá presentar una carta de invitación. De ser una entidad privada, deberá
Visa de Estudiante – Panamá
El programa de Visa de Estudiante en permite a los estudiantes extranjeros obtener la residencia legal bajo la condición de que vivirá en Panamá con propósitos educativos, tales como asistir a una Universidad Panameña. Esta es una excelente oportunidad para reubicarse en Panamá con la finalidad de obtener la residencia legal. Este Permiso será por periodos anuales hasta un total de seis (6) años. Existen varias universidades internacionales acreditadas internacionalmente que poseen sucursales en Panamá, lo cual permitiría a estudiantes extranjeros reubicarse; algunas de ellas las citamos a continuación: Universidad del Estado de Florida Universidad NOVA Universidad de Louisville Universidad Interamericana Universidad Latina de Panamá Universidad Santa María La Antigua (USMA) ULACIT. Registro del Pasaporte en Inmigración. Entregar en el Servicio Nacional de Migración la solicitud con todos los documentos solicitados incluyendo los comprobantes de pago de los honorarios gubernamentales y el depósito de repatriación (Si aplica) El Servicio Nacional de Migración emite a favor del solicitante el permiso de residencia provisional por un lapso de tres (3) meses y la Visa de Múltiples Entradas y Salidas. El Departamento de Inmigración emite a favor del solicitante la Visa de Residencia Temporal por un período de dos (02) años. (Los pasos 3 y 4 se repetirán cada vez que sea necesario realizar la renovación del Permiso Temporal) Copia del pasaporte debidamente cotejada por notario público panameño, o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país o de la autoridad correspondiente en el lugar de emisión. Cuando lo estime necesario por razones de seguridad, el Servicio Nacional de Migración, podrá exigirle al solicitante que certifique la autenticidad del pasaporte. Tres fotografías tipo carnet (fondo blanco) Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia. En aquellos países donde no se expida este documento, el interesado deberá aportar una certificación de un agente diplomático o consular de su país de origen acreditado en la República de Panamá, en la que conste la inexistencia de dicho certificado y una declaración jurada ante notario público, en la que conste que no posee antecedentes penales. Certificado de salud expedido por un profesional idóneo, dentro de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud. Pago de doscientos cincuenta balboas (US$250,00) a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria, y de ochocientos balboas (US$800,00) a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. Declaración jurada de antecedentes personales Carta de Admisión emitida por el Centro Educativo donde cursará estudios el solicitante. Comprobante del pago de la inscripción. Certificación emitida por el Centro Educativo, informando lo siguiente: Información básica del solicitante, duración de los estudios, asignaturas o cursos que se han inscrito y el grado máximo a obtener. Si los estudios se realizarán exclusivamente en horarios nocturnos, el Centro Educativo deberá certificar que tales cursos se impartirán solo en ese horario. Constancia de Solvencia Económica, la cual se verificará mediante la consignación de: Documento probatorio de que el estudiante es titular o beneficiario de una Beca de Estudios. Certificación autenticada por los padres del estudiante, mediante la cual se hacen responsables por los gastos de estudio de su representado. Deberán entregar documento probatorio de su parentesco. Carta bancaria emitida a favor del solicitante o de la persona financieramente responsable de los gastos de estudio, indicando que la persona posee la solvencia correspondiente para hacer frente a los gastos de educación y manutención del solicitante. En el caso de que el estudiante posea una persona residente que lo patrocine, el patrocinador debe entregar una carta que certifique: el compromiso de asumir los gastos de estudio y sus necesidades básicas, copia de la cédula de identidad nacional o tarjeta de residencia del patrocinador. Si el solicitante es menor de edad, deberá entregar Copia del Certificado de Nacimiento Carta de autorización escrita por los padres a favor del patrocinador residente (en caso de que ninguno de los padres resida en Panamá). En caso de renovación de su permiso debe aportar lo siguiente: Además de los requisitos mencionados anteriormente en los numerales del 6 al 12, el solicitante deberá entregar: Créditos aprobados del año anterior cursado NOTA: Toda documentación procedente del extranjero deberá cumplir con los requisitos de legalización Sin definir B/. 250 por concepto de derecho a solicitud de una categoría migratoria (US$250 dólares) B/. 800 por concepto de repatriación (US$800 dólares) Servicio Nacional de Migración de Panamá Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 Tenga en cuenta que el Servicio Nacional de Migración requiere que el solicitante de cualquier tipo de visa, se encuentre presente físicamente al momento de introducir la solicitud a Inmigración. La oficina del Servicio Nacional de Migración en Panamá no permitirá la visita de personas vistiendo pantalones cortos, camisetas o sandalias. Ten presente que puede tramitar la visa de estudiante usted mismo o solicitar los servicios de un abogado panameño para que le realice el trámite ante el Servicio de Inmigración Panamá. En el caso de preferir los servicios de un abogado debe legalizar el documento poder ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá para que pueda representarlo legalmente y tramitar la visa. Según información suministrada por el funcionario consular necesitas un saldo promedio de 5 mil dólares mensuales para poder mantenerte. El cheque a nombre del Tesoro Nacional por concepto del derecho de solicitud de cualquier categoría Migratoria, se solicita en el Banco Nacional de Panamá Servicio Nacional de Migración de Panamá Decreto Ley Nro. 3 del 22 de febrero de 2008 Formulario de Declaración Jurada