Residente temporal Científico-Ecuador
La visa de Científico son para aquellas personas que se dedican a la investigación o a desarrollar actividades públicas o académicas y que han sido contratados por entes públicos o privados para realizar actividades propias de su especialidad, Para ciudadanos extranjeros que pretenden o tienen una vinculación científica, investigativa o académica, o que el programa forme parte del sistema de educación ecuatoriana. En aplicación a la Ley Orgánica de Movilidad Humana todos los solicitantes deberán presentar requisitos generales y requisitos específicos de acuerdo al tipo de visa que se encuentra aplicando. El ciudadano deberá leer el instructivo. Escoge uno de los botones: En este caso (USUARIO NUEVO).rellenar las casillas para poder seguir con el proceso de cita cutio web (AQUÍ) Una vez que se haya registrado como nuevo usuario, deberá volver a ingresar, presionando el botón “usuario registrado” con el usuario y contraseña seleccionada. Visitar el sitio web del consulado virtual de Ecuador dando clic (AQUI) Se desplegará una pantalla en donde aparecerán todos los formularios de viaje realizadas por el solicitante. Si se desea realizar un nuevo Formulario de Viaje deberá presionar el botón “Nuevo Formulario de Viaje”, en donde deberá ingresar los datos que se le solicitan. Caso contrario deberá colocarse en el formulario de viaje guardado a fin de completar los datos y/o subir anexos requeridos. Una vez que complete el formulario, deberá presionar el botón guardar para continuar con el proceso en otro momento, si así lo desea. En caso el usuario desee concluir el proceso presionará el botón continuar. Imprimir el formulario, firmarlo y escanearlo.con la pagina de datos de su pasaporte. Deberá subir al sistema los siguientes anexos, en el orden establecido: Anexo 1: Página principal del pasaporte que contiene los datos del usuario, escaneado, Anexo 2: Formulario debidamente lleno, firmado y escaneado. Presionar el botón “Enviar Formulario” Formulario de solicitud Certificado de movimiento migratorio (requisito aplicable solo dentro del país) Condición migratoria regular (requisito aplicable solo dentro del país) Original y copia de pasaporte válido y vigente Certificado de antecedentes penales del país de origen o de los lugares donde haya residido los últimos 5 años – apostillado o legalizado No ser considerado una amenaza para el Estado ecuatoriano Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. Documentos oficiales de autoridad de la entidad pública o privada o educación, describa el proyecto a realizarse y la justificación de la contratación. Contrato de trabajo, convenio, otro, acreditando la condición del solicitante suscrito con entidad pública, privada o educación, en razón de su especialidad. Título profesional afín a la actividad que desarrollará o acreditación de experiencia en la materia objeto del proyecto Acción de personal y/o nombramiento del representante legal de la entidad contratante debidamente inscrito ante la autoridad competente. . 30 A 90 días hábiles $50 USD solicitud y $400 USD concesión de visa. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria Artículo 61 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH). Para mas informacion clic (Aqui) A partir del 05 de febrero del 2018 será obligatorio presentar el certificado de Seguro de salud. Toda la documentación en idioma distinto al castellano deberá ser debidamente traducida al castellano y a su vez, deberá contar con el respectivo reconocimiento de firmas del traductor ante notario público. Todo documento oficial proveniente del extranjero deberá ser debidamente legalizado o apostillado. Los requisitos que no consten en esta sección, serán verificados internamente por el personal de Cancillería. Los ciudadanos de la Unión Europea, los Estados Unidos, Canadá y la Comunidad Andina pueden aplicar a una Visa de (turismo, Deporte, Salud, Estudios, Ciencia, Actos de Comercio 12 IX) de turista sin necesidad de abandonar el país. Esto les concederá otros 90 días de estancia. Embajadas y consulados de Ecuador en el mundo Formulario de solicitud de VISA DERESIDENCIA TEMPORAL Consulado virtual de Ecuador
Visas Categoría transitoria (Actividades artísticas, profesionales y técnicas)-Argentina
Deben aplicar a esta visa los extranjeros que se dirijan a la República Argentina a realizar tareas remuneradas o no, de acuerdo al siguiente detalle: artísticas, profesionales y técnicas, y sus servicios sean requeridos por personas de existencia visible o ideal establecidas en la República Argentina. En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos. Cancela el Arancel correspondiente al trámite. Pasaporte válido. Formulario de solicitud Pasaje, volteo (avión o medio de trasporte) Presentar nota de invitación del requirente en la República Argentina intervenida por Escribano y Colegio de Escribanos. (en la que deberá constar el número de inscripción en el (Registro Nacional Único de Requirentes Extranjeros RENURE), nombre de la persona registrada para firmar en dicho organismo (y obviamente estar firmada por esta), así como todos los datos pertinentes, relacionados con el evento, el invitante, las fechas de arribo y partida o periodo de permanencia en nuestro país, y sus datos de nombre, nacionalidad y número de pasaporte, fecha de nacimiento, etc. 1 foto 4 X 4 fondo claro Pagar arancel Carta original de la Compañía u Organización del país de origen. Carta de invitación original en español por parte de la empresa u organización que invite en la Argentina, invitando al interesado. Dicha nota debe ser certificada por escribano publico argentino. Tres últimos estados de cuenta bancarios Esta visa se otorga por un plazo máximo de hasta 30 días y puede prorrogarse una sola vez ante la Dirección Nacional de Migraciones en Argentina (haga click aquí) por otro período similar y antes del vencimiento del plazo original. Pago del arancel consular: 200,00 U$S (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria 25.871 de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI) Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente. Es necesario solicitar cita previa. El Consulado no se hace responsable de los retrasos o pérdida de documentos efectuados por la oficina de correos una vez que la documentación ha sido enviada desde el Consulado. Durante la entrevista deberá entregar toda la documentación detallada anteriormente, así como también, completar el formulario de solicitud que le será provisto en ese momento. Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la presentación de la documentación se procederá a la entrega del pasaporte con su correspondiente visa y la documentación necesaria para ser presentada ante las autoridades migratorias de la Argentina. En ese momento también se le entregará un instructivo sobre como proceder a su arribo a la Argentina. Relaciones Exteriores Formulario de solicitud
Visa para personal trasladado-Argentina
Las visas para personal trasladado pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero. El trámite es personal, y el solicitante deberá presentar la siguiente documentación (en original y copia) ante el Consulado correspondiente: En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos. Cancela el Arancel correspondiente al trámite. Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco Formulario de solicitud de visa completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante Constancia de residencia habitual en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria) Certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años Compromiso de decir la verdad o Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul Copia simple del contrato de trabajo o constancia de trabajo emitida por la empresa en el exterior (carta con membrete de la compañía, donde conste el puesto, antigüedad, remuneración mensual, y persona a contactar) Constancia emitida por la filial o entidad receptora en la República Argentina, en la cual conste el número de RENURE de dicha entidad, el motivo del traslado a la República, el tiempo de permanencia en la República, la remuneración mensual a percibir y la persona a contactar. En caso de no encontrarse el invitante inscripto en RENURE, se agradecerá comunicarse al (54-11) 4317-0200/0303/0337 a fin de efectivizar la inscripción Pago de la tasa migratoria Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Entrevista consular El proceso de la visa normal demora 7-10 días hábiles. En algunos casos, el procedimiento requiere 30-45 días. Se informará al interesado en estos casos. Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria 25.871 de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI) Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente. Es necesario solicitar cita previa. EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINA. Los pasaportes pueden ser retirados en persona o bien, el solicitante puede traer un sobre prepago con su nombre y dirección completa para recibir el pasaporte con la visa, en su domicilio. SOLO se aceptan FEDEX o USPS. Es importante que el solicitante haga un seguimiento del servicio de entrega del correo elegido. El Consulado no se hace responsable de los retrasos o pérdida de documentos efectuados por la oficina de correos una vez que la documentación ha sido enviada desde el Consulado. Relaciones Exteriores Formulario de solicitud
Visa para Religiosos del Culto Católico-Argentina
Las visas para religiosos del culto católico que impliquen la radicación temporaria del extranjero en el país pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero. El trámite es personal, y el solicitante deberá presentar la siguiente documentación (en original y copia) ante el Consulado correspondiente: En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos. Cancela el Arancel correspondiente al trámite. Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco Formulario de solicitud de visa completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante Constancia de residencia habitual en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria) En caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años En caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul Nota de invitación que contenga los siguientes datos: a) Comunidad, congregación o diócesis donde desarrollará tareas; b) Tipo de actividad a desarrollar (pastoral, comunitaria, docencia, etcétera); c) Dirección física y contactos de la entidad religiosa; d) Nombre de superior/provincial o autoridad responsable; e) Tiempo de permanencia en la República. La nota deberá estar firmada por un representante de la entidad, y deberá ser presentada ante la Dirección General del Registro Nacional de Cultos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que certificará la firma y notificará al Consulado correspondiente para la prosecución del trámite. La Iglesia Católica está exenta del requisito de RENURE. Pago de la tasa migratoria, excepto que se trate de miembros del clero secular. Pago del arancel consular. Entrevista consular. 30 Días hábiles. Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria 25.871 de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI) Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente. Es necesario solicitar cita previa. EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINA. Relaciones Exteriores Formulario de solicitud
Visa de Residente – Permanente – Paraguay
En Paraguay Existen 4 tipos de residencias: Turista, precaria, temporaria y permanente. Se puede optar por cada una de ellas por etapas, ya que en Paraguay no es necesario tener un permiso de trabajo para obtener Actividades remuneradas haciendo así mas sencillo juntar los requisitos necesarios para las visas de residencia. Este articulo se enfocara en la obtención de la residencia permanente. Es la concedida a los ciudadanos extranjeros que desean establecerse en el país en calidad de residentes permanentes, con el propósito de ocupar una actividad útil para el desarrollo del país. Ya habiendo obtenido el permiso de residencia de la precaria, para comenzar con el tramite de la residencia temporal diríjase al Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior en Paraguay. Solicite el formulario.Es indispensable que todo el proceso sea presencial. Complete todos los recados que se le solicitan. Espere el tramite de su residencia. Formulario de Solicitud Documentos de identificación del país de origen: Cédula de Identidad o DNI vigente, acompañada del comprobante de ingreso al país o pasaporte vigente con sello de ingreso al país. Visa Consular o En Arribo; en el caso de los países que la requieran. Certificado de nacimiento del país de origen. Certificado de Antecedentes Policiales o Penales vigente (Requerido a partir de los 14 años). Si su última residencia fue en su país de origen; Certificado de Antecedentes del país de origen. Si residió en otro país durante los últimos 5 años; Certificado de Antecedentes del país de residencia o documento que respalde o acredite que el/la interesado/a residió en dicho país durante los últimos 5 años. Certificado de Antecedentes para Extranjeros vigente (Requerido a partir de los 14 años). Constancia de Estado Civil (Si corresponde). Certificado de Vida y Residencia vigente. Certificado Sanitario, en el que conste que el solicitante goza de buena salud física, mental y carece de enfermedad infecto-contagiosa. Declaración Jurada de Cumplimiento del Art. 23 de la Ley 978/96; manifestando respetar y cumplir los mandatos de la Constitución Nacional, las Leyes, Decretos y demás disposiciones legales que rijan en el territorio de la República del Paraguay. Demostración de solvencia económica. 90 días (en caso deque todos los documentos sean verificados en todas las etapas de validación). Gs. 1.360.740 (Guaraníes). En caso de vencimiento del plazo de permanencia como turista, el/la solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 235.515 Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior Art. 4- Del Derecho al tránsito y a la residencia Ley N° 978/96 de Migraciones; la cual regula la migración de extranjeros y repatriación de nacionales. Decreto 9032/2007 “Patria Grande” Ley N° 2193/03 Poder Legislativo Todos los documentos en idioma extranjero deberán contar con su correspondiente traducción al castellano, hecha por traductores públicos, matriculados por la Corte Suprema de Justicia en Paraguay, con excepción de los documentos en idioma Portugués emitidos en la República Federativa del Brasil. Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla. Legalizar todos los documentos en el consulado de Paraguay antes del viaje, para posteriormente presentarlos en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Paraguay. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada. http://www.bacn.gov.py/ http://www.migraciones.gov.py/index.php
Visa de Residente – (Temporal 1año) – Paraguay
En Paraguay Existen 4 tipos de residencias: Turista, precaria, temporaria y permanente. Se puede optar por cada una de ellas por etapas, ya que en Paraguay no es necesario tener un permiso de trabajo para obtener Actividades remuneradas haciendo así mas sencillo juntar los requisitos necesarios para las visas de residencia. Este articulo se enfocara en la obtención de la residencia temporal. Es la otorgada a los ciudadanos extranjeros que desean permanecer en el país en calidad de residentes temporarios. La duración de esta residencia por Ley 978/96 es de hasta un año, pudiendo ser renovable por periodos iguales al autorizado, hasta un máximo de seis (6) años. Por Acuerdo Mercosur, el período de residencia temporaria es de dos años, prorrogable por dos años más. Ya habiendo obtenido el permiso de residencia de la precaria, para comenzar con el tramite de la residencia temporal diríjase al Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior en Paraguay. Solicite el formulario.Es indispensable que todo el proceso sea presencial. Complete todos los recados que se le solicitan. Espere el tramite de su residencia. Formulario de Solicitud Documentos de identificación del país de origen: Cédula de Identidad o DNI vigente, acompañada del comprobante de ingreso al país o pasaporte vigente con sello de ingreso al país. Visa Consular o En Arribo; en el caso de los países que la requieran. Certificado de nacimiento del país de origen. Certificado de Antecedentes Policiales o Penales vigente (Requerido a partir de los 14 años). Si su última residencia fue en su país de origen; Certificado de Antecedentes del país de origen. Si residió en otro país durante los últimos 5 años; Certificado de Antecedentes del país de residencia o documento que respalde o acredite que el/la interesado/a residió en dicho país durante los últimos 5 años. Certificado de Antecedentes para Extranjeros vigente (Requerido a partir de los 14 años). Constancia de Estado Civil (Si corresponde). Certificado de Vida y Residencia vigente. Demostración de solvencia económica. 90 días (en caso deque todos los documentos sean verificados en todas las etapas de validación). Gs. 1.292.703 (Guaraníes). En caso de vencimiento del plazo de permanencia como turista, el/la solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 235.515 Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior Art. 4- Del Derecho al tránsito y a la residencia Ley N° 978/96 de Migraciones; la cual regula la migración de extranjeros y repatriación de nacionales. Decreto 9032/2007 “Patria Grande” Ley N° 2193/03 Poder Legislativo Todos los documentos en idioma extranjero deberán contar con su correspondiente traducción al castellano, hecha por traductores públicos, matriculados por la Corte Suprema de Justicia en Paraguay, con excepción de los documentos en idioma Portugués emitidos en la República Federativa del Brasil. Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla. Legalizar todos los documentos en el consulado de Paraguay antes del viaje, para posteriormente presentarlos en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Paraguay. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada. http://www.bacn.gov.py/ http://www.migraciones.gov.py/index.php
Visa de Residente – (Precaria Temporal) – Paraguay
En Paraguay Existen 4 tipos de residencias: Turista, precaria, temporaria y permanente. La residencia precaria es la que se otorga a los ciudadanos extranjeros que desean radicarse por un tiempo inferior al establecido para la residencia temporaria. Es otorgada por un plazo no superior a seis meses y puede ser prorrogada por igual periodo de tiempo. Se puede optar por cada una de ellas por etapas, ya que en paraguay no es necesario tener un permiso de trabajo para obtener Actividades remuneradas haciendo así mas sencillo juntar los requisitos necesarios para las visas de residencia. Este articulo se enfocara en la obtención de la residencia Precaria Para comenzar con el tramite diríjase al Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior en Paraguay. Inicie el el proceso del tramite en el ministerio. es indispensable que sea presencial el inicio del mismo (Ya el seguimiento de este puede ser seguido por un representante legal) Obtener el certificado de antecedentes emitido por la INTERPOL. El Departamento de INTERPOL, cuyas oficinas se ubican en las dependencias de la Policía Nacional de Identificaciones (Boggiani y RI Ytororó) Asunción, dicho departamento es dependiente de la Dirección de Apoyo Técnico de la Policía Nacional, cuenta con la Oficina de Expedición de Documentos. Dicha oficina es la encargada de recepcionar, procesar y expedir Certificados de Antecedentes para extranjeros y algunos casos a los connacionales; para ser presentado ante el Departamento de Identificaciones, Registro de Extranjeros, Dirección General de Migraciones, Comisaría, Bancos y otros en los que se requiera. Documento de identidad o pasaporte vigente (dos copias autenticadas). Certificado de Antecedentes emitido por la INTERPOL (original más dos copias autenticadas). Solicitud de regularización con carácter de declaración jurada. Constancia de trabajo, expedida por la empresa o institución que lo emplea, acreditando la labor a realizar (encaso de que se requiera la precaria por razones de trabajo). 30 días (en caso deque todos los documentos sean verificados en todas las etapas de validación). Gs. 612.333 (Guaraníes). En caso de vencimiento del plazo de permanencia como turista, el/la solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 235.515 Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior Art. 4- Del Derecho al tránsito y a la residencia Ley N° 978/96 de Migraciones; la cual regula la migración de extranjeros y repatriación de nacionales. Decreto 9032/2007 “Patria Grande” Ley N° 2193/03 Poder Legislativo Todos los documentos en idioma extranjero deberán contar con su correspondiente traducción al castellano, hecha por traductores públicos, matriculados por la Corte Suprema de Justicia en Paraguay, con excepción de los documentos en idioma Portugués emitidos en la República Federativa del Brasil. Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla. Legalizar todos los documentos en el consulado de Paraguay antes del viaje, para posteriormente presentarlos en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Paraguay. http://www.bacn.gov.py/ http://www.migraciones.gov.py/index.php
Visa de Residente – Residencia temporaria-Chile
Obtención de Visa de Residencia Temporaria para el extranjero que viaja con el propósito de radicarse en Chile, por tener vínculos de familia, interés en el país o cuya residencia sea útil o ventajosa para Chile. Permite trabajar, estudiar y/o realizar actividades comerciales, plazo máximo de duración un año. Existe también la Visa de Residente Temporario Dependiente, la cual se otorga a la familia del titular y no permite trabajar, plazo máximo de duración un año. Reúna la documentación requerida. Diríjase al consulado de Chile correspondiente a su país de origen o residencia. Explique los motivos de su visita: Solicitar visa de residencia temporal Entregue los documentos requeridos para la solicitud de visa de turismo Carta dirigida al Cónsul, señalando los motivos de avecindamiento. Certificado de Antecedentes Penales. Certificado Médico. Pasaporte vigente. 4 fotos tamaño pasaporte.Certificado de Parentesco cuando se trata de un familiar. Si viaja a realizar su práctica profesional, debe tener compromiso de los padres o tutor de respaldarlo económicamente. 30 días hábiles El costo del trámite varía de acuerdo al país de origen del solicitante por lo que recomendamos consultar el cuadro de visas y aranceles publicado anualmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile en su página web (ver cuadro) Consulados de Chile en el extranjero. Departamento de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores, analiza los datos del solicitante. Reglamento de Extranjería del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 1.306 del 27 de octubre de 1975 y modificado por Decreto Supremo Nº 597 del 14 de junio de 1984. Es recomendable que las personas que deseen viajar a Chile, se acerquen al Consulado Chileno de su país de residencia para informarse sobre los requisitos de ingreso al país. El cumplimiento de los antecedentes aquí señalados no compromete el otorgamiento de la Visa solicitada Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales. Ministerio de relaciones Exteriores de Chile Cuadro de Visas y Aranceles (ver países que requieren visado y costo del trámite)
Visa de Trabajo – Religioso Católico (Temporal) – Perú
Misioneros, voluntarios o religiosos pertenecientes a organizaciones u órdenes reconocidas en su país de origen y en Perú para dedicarse a labores asistenciales, el apostolado de la enseñanza, y sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal web, AQUÍ. Llenar el formulario de datos del solicitante. Elegir tipo de visa, religioso católico o no católico. Llenar el formulario de la congregación. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nación por conceptos de derecho de tramites para la verificación correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar todos los requisitos y llevar a la Gerencia de Servicios Migratorios. Documentación general Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles). Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Solicitud de la congregación o autoridad eclesiástica o asociación religiosa a la que real y efectivamente vendrá a integrarse, firmada por el representante legal debidamente acreditado, indicando en todos los casos los nombres y apellidos del beneficiario y tiempo que permanecerá en el país. En caso de religiosos católicos deberá estar visada por el Obispo de la Diócesis y para los expedientes presentados en Lima, además por la Dirección de Asuntos de la Iglesia Católica del Ministerio de Justicia. Carta de presentacion de la Congregación o Asociación extranjera que envía al beneficiario, debidamente legalizada por el Consulado Peruano y visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Gerencia de Servicios Migratorios o Jefaturas Zonales. Autoridad encargada en caso de apelación: Superintendente Nacional de Migraciones. Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor. Colegiado. Solo pueden trabajar en salud y educación previa autorización Colegiado. SOLICITUD VISA TEMPORAL PARA RELIGIOSO Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones
Visa de Trabajo – Residente – Perú
Permite a los extranjeros en condición de residentes optar por un trabajo y conseguir su carnet de extranjería. Sólo puede trabajar, en situación de dependencia bajo un contrato de trabajo debidamente aprobado por el Ministerio de Trabajo salvo las excepciones contempladas en la Ley respectiva. No pueden girar recibos por honorarios profesionales. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal, click AQUÍ. Llenar el formulario de Solicitud de visa de trabajador temporal. Llenar el formulario del representante legal en caso de ser necesario. Llenar el formulario para el carnet de extranjería. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nacion por conceptos de derecho de tramites para la verificacion correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar requisitos y llevarlos a la superintendencia nacional de migraciones. Documentación general:(Debe ser enviada por titulares y dependientes) Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles) Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de MIGRACIONES del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con excepción de los casos comprendidos en los Arts. 3º y 6º del Decreto Legislativo Nº 689, su reglamento D.S.Nº 023-2001-TR y modificatorias. La ficha RUC de la empresa contratante debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO. Entrega de copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de MIGRACIONES, de la vigencia del poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registra, en caso sea persona distinta al Gerente General. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable. En caso de contrato firmado en el país, el usuario debe encontrarse con la calidad migratoria habilitante o tener el permiso especial para firmar contratos. Si el contrato fue firmado en el extranjero deber ser legalizado por Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. La presentación del contrato debe ser con antigüedad no mayor de 30 días, de haber sido aprobado por la autoridad de trabajo. En los casos que el contrato contemple períodos de prueba, procederá el otorgamiento de visa temporal hasta el cumplimiento de dicho período; luego el usuario podrá solicitar el Cambio de Clase de Visa a Residente. Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado. Solicitud Visa Trabajo (Residente) Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones