Viajes y tramites

Visa de Estudiante – Nicaragua

Nicaragua recibe a ciudadanos extranjeros que vienen a estudiar al país. Antes de solicitar la visa, todo solicitante de visa de estudiante debe ser aceptado y aprobado por su institución académica o programa. Una vez aceptado, las instituciones educativas proporcionarán a cada solicitante la documentación de aprobación necesaria para que sea entregada cuando solicite su visa de estudiante. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, Debe iniciar sección registrandose para reservar su cita en linea (AQUÍ) Complete todos los campos y cree una contraseña. y para concluir el proceso dar clic en la casilla «registrarse». El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Pronto estará listo para programar su cita! Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Formulario de solicitud. Pasaporte vigente. 2 fotografía de frente a color, en fondo blanco. Constancia de pre matrícula del centro de estudios, en la cual se indiquen los datos generales del titular, nivel de estudio, carrera a cursar y período de estudios. Declaración notariada de fuentes de ingresos, de donde provienen sus ingresos para financiar sus estudios en el país. En caso de los dependientes económicos, deberán de presentar Declaración Notariada de Manutención, otorgada por un familiar previamente identificado, quien asumirá los gastos económicos del estudiante en Nicaragua, declarando el origen de sus ingresos.  Título Profesional o de Bachiller, o certificados de notas, apostillados o autenticados. Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria. (Artículo 63 numeral 7 del Reglamento a la ley 761, Ley General de Migración y extranjería). . El plazo resolver el tramite de solicitud de visa es de 30 días hábiles. La tarifa para la visa de estudiante se calcula en 535 dólares. El monto incluye el permiso de trabajo. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de migracione No. 761, Aprobada el 31 de Marzo del 2011. Mas información (AQUÍ)    Todo menor de edad (menor de 18 años) deben formularios especiales para obtener su visa. Sin excepciones. Los menores de Edad tienen un proceso muy delicado en el consulado. Los padres o tutores legales deben llenar y presentar los siguientes formularios, por favor lea la EXPLICACIÓN primero ( EXPLICACIóN DEL PROCESO LEGALIZACIÓN PARA MENORES DE EDAD). Tener en cuenta que en algunos de los casos la visa puede tener demoras mayores a los 15 días. Recuerda llevar todos los documentos legalizados y apostillados  por tu país de origen, llevar mas de una copia de los documentos requeridos. Una visa no puede ser tramitida con una mayor validez a la fecha de expedición del pasaporte. Todos estos documentos, deberán ser presentados de acuerdo a los requisitos que especifica la Dirección Nacional de Migración (DNM), esto es, traducidos al español. Migraciones y extranjería  Solicitud en linea Ley de migraciones

Visa de Trabajo – Nicaragua

Si usted quiere trabajar temporalmente en Nicaragua como un no inmigrante, bajo la ley de inmigración de ese país, usted necesita una visa específica en base al tipo de trabajo que usted va a realizar. La mayor parte de categorías de trabajadores temporales requieren que su futuro empleador o agente presente una petición, la cual debe ser aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración antes que usted pueda solicitar la visa de trabajo. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, Debe iniciar sección registrandose para reservar su cita en linea (AQUÍ) Complete todos los campos y cree una contraseña. y para concluir el proceso dar clic en la casilla «registrarse». El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Pronto estará listo para programar su cita! Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Formulario de solicitud Fotocopia pasaporte con vigencia mínima de 6 meses Certificado de antecedentes penales o policiales del país origen o residencia, en su defecto, Certificado de Interpol Nicaragua 2 fotografías 3×4 Existen dos tipos de trámites para poder realizar la solicitud de permiso laboral en el extranjero: Trabajadores Independientes Carta solicitando la residencia en la sub categoría de trabajador independiente, dirigida a la  Dirección General de Migración y Extranjería, especificando el negocio a establecer y el servicio a brindar. Declaración de comerciante inscrita en el Registro Mercantil, especificando la actividad o servicio que se realizará (copia autenticada). Fotocopia de Matrícula Comercial de la Alcaldía. Fotocopia de inscripción en la Dirección General de Ingreso, RUC. Declaración notariada de fuentes de ingresos. Certificado de Proveedor del Estado, (esto es aplicable a los Consultores independientes). Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria. (Artículo 63 numeral 7 del Reglamento a la ley 761, Ley General de Migración y extranjería). Trabajador en Relación de dependencia. Carta solicitando la residencia con la condición uno (A TRABAJAR), en el caso de los ciudadanos contratados en el exterior, deberán presentar dicha carta al momento de su ingreso por cualquier puesto fronterizo. Contrato Individual de Trabajo, certificado por el Ministerio del Trabajo cuando se establezca una relación de dependencia, cuya ejecución estará sujeta a la obtención de la Residencia. Escritura pública de constitución y Estatutos de la empresa. Fotocopia de la escritura de representación legal de la Empresa. Identificación del representante legal de la Empresa. Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. Artistas Contrato de individual del Trabajo certificado por el Ministerio del Trabajo. Aval del Instituto de Cultura. Responsabilidad Notariada del empleador en garantizar el retorno a su país de origen y notificar a la Dirección General de Migración y Extranjería, una vez culminado el compromiso laboral, quien a su vez informará al Ministerio del Trabajo.  Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. . El plazo resolver el tramite de solicitud de visa es de 30 días hábiles. Residencia temporal por primera vez con derecho a laborar se debe cancelar en la caja de Migración C$ 3,400, o residencia permanente C$ 50. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de migracione No. 761, Aprobada el 31 de Marzo del 2011. Mas información (AQUÍ)    El trabajador para hacer esta gestión deberá presentar su contrato laboral, en el caso de que venga a realizar un trámite de servicio profesional la persona puede dirigirse de una vez a Migración y Extranjería, por lo que no necesitará irse a registrar al Ministerio de Trabajo (MITRAB). Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador. Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la DGME. La empresa donde trabajará o institución que le contrate debe proporcionar un documento que describa: Las funciones a desarrollar por el trabajador;  Duración del contrato;  sueldo o salario que se recibirá y Por qué se necesita emplear ese individuo en particular? (justificación del empleo) y no a un costarricense. Revise la lista de requisitos. Tenga presente las fechas de vencimiento de cada uno de los documentos. Este detalle es importante para que no tenga ningún inconveniente a la hora de presentarlo. Cuando el expediente esté completo, Migración cuenta con 15 días para resolverlo. La respuesta la puede obtener por fax si así lo indicó o personalmente en la oficinas de migraciones. Migraciones y extranjería  Solicitud en linea Ley de migraciones

Visa de Turismo – Nicaragua

Las visas de visitante (no inmigrante) son visas para efectuar viajes cortos como turismo, negocios, entrenamiento, estudios, tripulación de barcos y aviones, intercambios culturales, tránsito u otros viajes especiales que requieren peticiones.   Visas de visitantes no son para aquellos que quieren vivir permanentemente. Si quieres entrar a Nicaragua como turista, debes tener en cuenta que, dependiendo de tu nacionalidad, se exigen unos requisitos migratorios u otros. Asimismo, es importante conocer las vacunas que son obligatorias y recomendadas para ingresar al país. No obstante, hay otros Estados a los que se les exige una visa consultada, es decir, que tiene que ser aprobada por la Dirección General de Migración y Extranjería. Entre estos países se hallan Cuba y Haití. Nicaragua tiene un acuerdo de libre movilidad con El Salvador, Guatemala y Honduras, por lo que los ciudadanos de estos territorios tan sólo necesitarán su Documento Nacional de Identidad (DNI) para viajar a este país. Por otro lado, ésta es la lista de países que no necesitan visa, pero sí pasaporte, para estancias de hasta 90 días. Este documento debe tener una vigencia mínima de seis meses en el momento de la realización del viaje: A: Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia y Austria B: Bahamas, Bahrein, Barbados, Bélgice, Bélice, Brasil, Brunei-Darussal y Bulgaria C: Canadá, Chile, Chipre, Ciudad del Vaticano, Corea del Sur, Costa Rica y Croacia D: Dinarmarca E: Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos y Estonia F: Finlandia y Francia G: Grecia H: Holanda, Hong Kong y Hungría I: Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Islas Marshall e Islas Salomón J: Japón K: Kuwait L: Letonia, Liechtenstein, Lituania y Luxemburgo M: Macedonia, Madagascar, Malasia, Malta, México y Mónaco N: Noruega y Nueva Zelanda P: Panamá, Paraguay, Polonia y Portugal Q: Qatar R: Reino Unido, República Checa y Rumania S: San Kitts y Nevis, San Marino, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Singapur, Sudáfrica, Suecia y Suiza T: Taiwán, Trinidad y Tobago, Turquía y Tuvalu U: Uruguay V: Vanuatu Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, Debe iniciar sección registrandose para reservar su cita en linea (AQUÍ) Complete todos los campos y cree una contraseña. y para concluir el proceso dar clic en la casilla «registrarse». El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Pronto estará listo para programar su cita! Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. pasaporte con una vigencia mínima de seis meses en el día de partida. rellenar un formulario de solicitud. Carta de solicitud de residencia, dirigida a la Dirección General de Migración y Extranjería. Original en buen estado y fotocopia del pasaporte (vigencia no menor a los seis meses). Los nacionales de los países del CA- 4, en casos excepcionales podrán presentar original y fotocopia de Cédula de Identidad vigente. Dos Fotografías tamaño pasaporte (4½ de alto por 3 ½ de ancho), fondo blanco, sin lentes, sin sombrero, gorra, orejas y frente descubierta. Certificado de Nacimiento o de Naturalización, emitido por autoridad competente de su país de origen, debidamente apostillado o autenticado según sea el caso. Certificado de Antecedentes Penales, emitido por la autoridad competente del país de origen o de residencia de los últimos tres años, apostillada o debidamente autenticada por el Consulado de Nicaragua, el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen, y por la cancillería en Nicaragua. Los menores de 18 años de edad, están exentos de éste requisito. Certificado de salud, emitido por autoridad competente de su país de origen o residencia anterior, apostillado o autenticado, o de las autoridades de salud nicaragüenses. . El plazo resolver el tramite de solicitud de visa es de 30 días hábiles. El costo es aproximadamente 30 euros. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de migracione No. 761, Aprobada el 31 de Marzo del 2011. Mas información (AQUÍ)    Los menores de edad que deseen entrar a Nicaragua necesitarán su propio pasaporte. Además, si viajan solos o con sólo uno de los progenitores, generalmente necesitarán una autorización oficial firmada por los dos padres. Si provienes de un país de Sudamérica, es obligatorio que te vacunes contra la fiebre amarilla. Los menores de cinco años de todo el mundo deben vacunarse contra los siguientes trastornos:Polio, DPT, MMR, Rubeola, Sarampión, Parotiditis. Las personas de países con los que Nicaragua ha suscrito instrumentos internacionales de libre movilidad y circulación migratoria, quedan exentos de cumplir con el requisito 2, de igual forma los que ingresen por razones humanitarias o por convenios de cooperación bilateral. Migraciones y extranjería  Solicitud en linea Ley de migraciones