Viajes y tramites

Visa de Trabajo – Trabajador Religioso – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. La visa R es para personas que buscan ingresar a los Estados Unidos para trabajar como religiosos de forma temporal, como lo define el Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA) §101(a)(15)(R). Los trabajadores religiosos son personas autorizadas por una entidad reconocida para llevar a cabo un culto religioso y asumir otras tareas normalmente realizadas por miembros autorizados del clero de esa religion, y trabajadores que participan de una vocación u ocupación religiosa. Su futuro empleador debe presentar un Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante, con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS). Para información más detallada sobre presentar un Formulario I-129, así como requisitos, consulte la página web de USCIS R-1 Trabajador Religioso Temporal No Inmigrante. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (190$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Usted debe ser miembro de una denominación religiosa reconocida en los Estados Unidos como una organización de buena fe sin fines de lucro Su denominación religiosa y sus afiliados, si es pertinente, deben estar exentos de pagar impuestos o calificar para la exención de impuestos. Usted debe haber: sido miembro de su denomination por los dos años inmediatamente previos a su solicitud de estatus de trabajador religioso planeado trabajar como ministro de su denominación en una ocupación o vocación religiosa para una organización religiosa de buena fe y sin fines de lucro (o afiliado exento de impuestos de dicha organización) estado residiendo y físicamente presente fuera de los Estados Unidos por el año inmediato previo, si usted ha estado previamente en esta categoría por cinco años. Una Solicitud Electrónica para Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la Página web DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el periodo de tiempo previsto de estadía en los Estados Unidos (a no ser que los acuerdos de países específicos prevean excepciones). Una (1) fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$190 correspondiente a la cuota de procesamiento de la solicitud de visa de no inmigrante, pagado en moneda local. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicha cuota. Si se emite una visa, puede haber una tarifa adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad. El sitio web del Departamento de Estado puede ayudarlo a determinar si usted debe pagar una tarifa de reciprocidad por la emisión de la visa y cuál es el valor de la tarifa. El número de recibo impreso en su petición I-129 aprobada. Tome en cuenta que el Formulario I-797 ya no se necesita para la entrevista. Una carta de un oficial autorizado de la unidad específica de la organización que le está dando empleo que certifique si su membresía religiosa fue mantenida fuera de los Estados Unidos, en su totalidad o en parte; que las organizaciones religiosas en el extranjero y en los Estados Unidos pertenecen a la misma denominación religiosa y que, inmediatamente antes de su solicitud de una visa R, usted ha sido miembro de la denominación religiosa por el período de dos años requerido. Si usted es ministro, que usted está autorizado para conducir un culto religioso para esa denominación. Sus funciones deben ser descritas en detalle; o Si usted es un profesional religioso, que usted tiene almenos un título de licenciatura o equivalente, y que ese  título es necesario para ingresar en la profesión religiosa; o si usted va a trabajar en una vocación u ocupación no profesional, que está calificado si el tipo de trabajo a realizar se relaciona a una función religiosa tradicional. El acuerdo para la remuneración, incluida la cantidad y la fuente del salario, otros tipos de compensación, como alimentos y vivienda, y otros beneficios de valor monetario que pueden fijarse, y una indicación de si estas remuneraciones serán a cambio de servicios prestados. Nombre y ubicación de la unidad organizacional específica de la denominación o afiliación religiosa a la cual usted va a prestarle sus servicios. Si usted va a trabajar para una organización que es afiliada a una denominación religiosa, una descripción de la naturaleza de la relación entre las dos organizaciones. Evidencia de los activos de su organización religiosa y sus métodos de operación. Los papeles de constitución de su organización bajo la ley estatal que sean necesarios. 40 días. 190$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al

Visa de Estudiante – Visitante de Intercambio – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. Los Estados Unidos recibe a ciudadanos extranjeros que vienen a los Estados Unidos para participar en programas de intercambio. Antes de solicitar una visa, todos los solicitantes de visa de visitantes de intercambio deben ser aceptados y aprobados por un programa patrocinador autorizado. Cuando sea aceptado, el solicitante recibirá de la institución educativa o programa patrocinador la documentación de aprobación necesaria para ser presentada cuando solicite la visa. La visa J del programa de visitantes de intercambio está diseñada para promover el intercambio entre personas, conocimiento y habilidades en los campos de educación, artes y ciencias. Incluye entre los participantes estudiantes de todos los niveles académicos; practicantes recibiendo formación en el puesto de trabajo con firmas, instituciones y agencias; profesores de escuelas primaria, secundaria y especializadas; profesores que vienen a enseñar o hacer investigación en instituciones de educación superior; becarios en el área de investigación; profesionales practicantes en las áreas médicas y paramédicas; y visitantes internacionales que vienen con propósitos de viaje, observación, consulta, investigación, entrenamiento, compartir o demostrar conocimientos o habilidades especializados. Los cónyuges o hijos solteros menores de 21 años que desean acompañar o seguir al titular de la visa J-1 a los Estados Unidos por la duración de su estadía deben tener visas J-2. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (160$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la página web del DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a menos que acuerdos específicos con cada país establezca excepciones. Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe entregar una solicitud Una (1) fotografía de 5cm x 5cm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido A menos que su programa J esté patrocinado por el Gobierno de los Estados Unidos (con un código de programa que empieza con “G”), usted debe presentar un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente al arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no inmigrante, pagado en moneda local. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicho arancel. Si se emite una visa, puede haber un arancel adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad Un Formulario DS-2019 aprobado por su programa en los Estados Unidos. A menos que su programa J esté patrocinado por el Gobierno de los Estados Unidos (con un código de programa que empieza con “G”), usted debe pagar su recibo de la tarifa SEVIS formulario I-901. El sitio web de SEVIS contiene más información. Documentos que demuestren fuertes lazos financieros, sociales y familiares a su país de origen que lo obligan a regresar a su país una vez que el programa de estudio en los Estados Unidos se termine. Documentos financieros y de otra índole que usted crea que dará soporte a su solicitud y que de evidencia confiable de que usted tiene suficientes fondos disponibles para solventar todos los gastos del primer año de estudios mientras permanezca en los Estados Unidos. No se aceptarán copias de estados de cuenta bancarios a menos que también pueda presentar copias originales de estados de cuenta bancarios o los libros originales del banco. Si otra persona lo está patrocinando financieramente, traiga pruebas de su relación con el patrocinador (como su certificado de nacimiento), los formularios de impuestos originales más recientes de su patrocinador y los libros bancarios y/o certificados de depósito a plazo fijo. Documentos académicos que muestren preparación académica. Los documentos útiles incluyen transcripciones escolares (se prefieren copias originales), con notas, certificados de exámenes públicos (niveles A, etc.), resultados de pruebas estandarizadas (SAT, TOEFL, etc.), y diplomas. En caso de tener dependientes debe presentar: Prueba de la relación con su cónyuge y/o hijo (por ejemplo, certificados de matrimonio y nacimiento) Cada cónyuge o hijo debe tener su propio Formulario DS-2019. Este formulario se usa para obtener la visa necesaria para que el cónyuge/hijo pueda entrar a los Estados Unidos con usted como el titular de una visa de visitante de intercambio, o seguirlo a los Estados Unidos en una fecha posterior. 40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar

Visa de Negocios – Inversionistas – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. Las visas ​​de inversionista (E-2) son visas de no inmigrante para las nacionalidades de un país con el cual Estados Unidos mantiene un tratado de amistad, comercio y navegación, que deseen ir a los Estados Unidos para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual han invertido, o están en el proceso de invertir, una cantidad sustancial de capital. Se establecieron visas de inversionistas para facilitar y mejorar la interacción económica entre los Estados Unidos y otros países. La ley de inmigración de los Estados Unidos declara explícitamente que los titulares de visas E-2 deben entrar «exclusivamente para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa» en la que hayan invertido. Por otra parte, estas visas son visas de no inmigrante, y por lo tanto temporales. Estas visas pueden ser ampliadas si se cumple con los requisitos y reglamentos de las leyes de inmigración. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (205$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Usted tiene que demostrar lo siguiente para poder solicitar su visa: Confirmación impresa de la cita. DS-160 Página de confirmación del formulario para cara uno de los solicitantes y dependientes. Formulario DS-156E firmado por un oficial legalmente facultado para actuar en nombre de la empresa. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el periodo de tiempo previsto de estadía en los Estados Unidos (a no ser que los acuerdos de países específicos prevean excepciones). Si hay más de una persona en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe enviar una solicitud. Una fotografía de 2” x 2” estilo pasaporte para cada solicitante, en fondo blanco, liso, y tomada dentro de los últimos seis meses. Una carta de presentación que resuma los requisitos para una visa E de inversionista y la forma en que los solicitantes los cumplen. Establezca claramente y con precisión cómo la empresa y el solicitante califican. Por favor, no incluya citas largas del Manual de Asuntos Exteriores (FAM) o del Código de Regulaciones Federales (CFR). Índice Completo / Tabla de Contenidos. Por cada dependiente: Una copia de los documentos civiles que establecen la relación entre el solicitante principal y sus dependientes (cónyuge o hijo menor de 21 años), por ejemplo, certificados de nacimiento y / o matrimonio emitidos por el gobierno, documentos de adopción, etc. En la entrevista, requeriremos los documentos civiles originales. Las copias notariadas, los documentos religiosos, los registros hospitalarios y los certificados cortos de nacimiento que no muestren parentesco no cumplen con este requisito. Hay ciertos documentos que deben estar delineados pro divisores: I. Prueba de Nacionalidad del Inversor o Solicitante Fotocopia de la página biográfica del pasaporte II. Documento de propiedad (A, B o C) Propietario único: Documentos de registro comercial Asociación: Acuerdo de asociación o Joint Venture Acciones / Certificados de acciones que indiquen el total de acciones emitidas y acciones en circulación. Corporación: Acciones / Certificados de acciones que indiquen la distribución de la propiedad, es decir, las acciones de cada empresa y las acciones de los propietarios individuales Matriz corporativa Si se cotiza públicamente en la bolsa de valores principal de un país tratado, incluya una muestra de cotizaciones de acciones recientemente publicadas. III. Inversión Para una empresa existente: (mostrar el precio de compra) Valoración fiscal Valoración del mercado Para una nueva empresa: (muestre el costo estimado de puesta en marcha) Estadísticas de la Asociación Comercial Estimaciones de la Cámara de Comercio Encuestas de Mercado Origen de la Inversión: Balance personal del patrimonio neto preparado por un contador certificado Transacciones que demuestren el pago de bienes o negocios vendidos (comprobante de propiedad y pagarés) e ingresos de alquiler (contratos de arrendamiento) Certificados de inversión o cupones bancarios internos y el producto de acreditación de estados de cuenta bancarios Reportes de débito y crédito para retiros de cuentas personales y/o comerciales Estados financiero auditado Informe anual de la empresa matriz Declaraciones de valor patrimonial de un contador profesional certificado Evidencia de Inversión: Empresa existente: Documentos de fideicomiso Contrato de compra / venta firmado Documentos de cierre y liquidación Documentos de préstamo o hipoteca Pagarés Informes financieros Declaraciones de impuestos Acuerdos de seguridad Asunción de contrato de arrendamiento Estados de cuenta empresarial para operaciones de rutina Nueva empresa: Lista de inventario, facturas de envío de inventario, equipo o propiedad relacionada con el negocio Recibos para compras de inventario Cheques cancelados o recibos oficiales de pago por gastos Cheque cancelado para el primer mes de alquiler o pago anual completo de alquiler Contrato de arrendamiento Órdenes de compra Gastos de mejora Informes iniciales de

Visa de Tránsito – Tripulación/Tránsito – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. Un ciudadano de un país extranjero que viaja en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos hacia un destino en el extranjero requiere de una visa de tránsito válida. Las excepciones a este requisito incluyen a aquellos viajeros elegibles para viajar a los Estados Unidos sin una visa bajo el Visa Waiver Program o viajeros que son ciudadanos de países que tienen un acuerdo con los Estados Unidos que permite a sus ciudadanos viajar a los Estados Unidos sin visas. Si un viajero busca privilegios de hacer escala para otros propósitos que no sean tránsito a través de los Estados Unidos, como visitar amigos o hacer turismo, el solicitante deberá calificar y obtener el tipo de visa requerida para ese propósito, por ejemplo una visa B-2. Un tripulante que trabaje a bordo de una embarcación o transporte aéreo en los Estados Unidos necesita una visa de tripulante. Los tripulantes de un avión o barco que harán tránsito a través de los Estados Unidos o sus aguas, generalmente usan una combinación de visa de tránsito/tripulante (C-1/D). Sin embargo, en algunos casos, algunos solo necesitarán una visa D. Los tripulantes que trabajan a bordo de embarcaciones dentro de la Plataforma Continental Exterior pueden calificar para una visa B-1 modificada, en vez de una visa de tripulante Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (160$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Usted tiene que demostrar lo siguiente para poder solicitar su visa: Su intención de pasar en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos. El boleto de un transporte comercial u otra evidencia de arreglos de viaje hacia su destino. Fondos suficientes para solventar el propósito de su viaje en tránsito. Permiso para ingresar a otro país luego de salir de los Estados Unidos. Para solicitar las visas C, D o C-1/D, usted debe demostrar al oficial consular que: El propósito de su viaje es ingresar a los Estados Unidos solo con fines de tránsito o como tripulante. Usted no tiene intención de recibir un pago de una fuente de los Estados Unidos mientras permanezca dentro de los Estados Unidos, a no ser que se le haya concedido autorización para una visa temporal de trabajo. Planea permanecer por un período limitado de tiempo. Tiene evidencia de que cuenta con fondos suficientes para cubrir todos los gastos mientras permanezca en los Estados Unidos. Una Solicitud Electrónica para Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la Página web DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el periodo de tiempo previsto de estadía en los Estados Unidos (a no ser que los acuerdos de países específicos prevean excepciones). Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicha tarifa/cuota/arancel. Si se emite una visa, puede haber una tarifa/cuota/arancel adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad. Si es pertinente, el libretín de marino válido más allá de la fecha de expiración de su contrato de trabajo y también todos los libretines de marino que ha tenido antes. Los tripulantes deben presentar un reporte oficial de pérdida si no pueden presentar el libretín. Prueba actualizada de ingreso, pagos de impuestos, de posesión de propiedades o empresas y activos. Una carta de su empleador detallando su posición, salario, cuánto tiempo ha estado empleado, alguna autorización de vacaciones y el propósito de la compañía, si fuera el caso, para su viaje a los Estados Unidos. Cuando sea apropiado, un itinerario y/o cualquier otra información sobre el viaje previsto (Puede ser tentativo). Libretas de cuentas de ahorro o cualquier otra evidencia de activos líquidos que indiquen el balance en sus cuentas y actividad de éstas. Escrituras o contrato de arrendamiento de bienes inmuebles. Para tripulantes: Una carta de la oficina central de su empresa y/o su libretín de marino.   40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar que no tiene intenciones de permanecer en EE.UU. No presente documentos falsificados, de lo contrario sera seleccionado para inelegibilidad de visa. En caso de ser estudiante presente sus últimos reportes

Visa de Trabajo – Empleado Doméstico – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. El personal de servicio de carácter personal o doméstico que acompaña o sigue a un empleador a los Estados Unidos puede ser elegible para visa B-1. Esta categoría de empleados domésticos incluye, pero no está limitada, a cocineros, mayordomos, chóferes, ayudantes de cámara, criados, niñeras, au pairs, ayudantes de madres, jardineros y acompañantes pagados. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (160$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la página web del DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a menos que acuerdos específicos con cada país establezcan excepciones. Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe entregar una solicitud. Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido Solo para solicitantes de visa B-1(turista/negocio): Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante, pagado en moneda local. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicha tarifa/cuota/arancel. Si se emite una visa, puede haber una tarifa/cuota/arancel adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad. Una copia de la visa de su empleador o de cualquier otro método que vaya a usar para entrar a los Estados Unidos (su pasaporte de un país con Exención de Visa o su pasaporte estadounidense) Un contrato de empleo, firmado por usted y su empleador, que cumpla todos los requisitos enumerados arriba Solo para solicitantes de visas A-3 y G-5: Una Nota Verbal que confirme la situación laboral del titular, la fecha de salida, el propósito del viaje y la duración de la estadía en los Estados Unidos. La Nota Verbal debería enumerar el nombre del empleador y mencionar el título o estatus oficial del empleador. También debe especificar la fecha de salida y el propósito de viaje a los Estados Unidos. Los solicitantes de visas A-2 y G-5 no necesitan pagar tarifas/cuotas/aranceles de solicitud. Prueba de la capacidad de su empleador para pagar el salario ofrecido. Nota: Si usted está solicitando una visa A-3 o G-5, esto solo es necesario si el empleador tiene un rango diplomático de consejero o menor. Evidencia que demuestre que su estadía en los Estados Unidos será temporal. Para más información visite el sitio web del Departamento de Estado. 40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar que no tiene intenciones de permanecer en EE.UU. No presente documentos falsificados, de lo contrario sera seleccionado para inelegibilidad de visa. En caso de ser estudiante presente sus últimos reportes académicos, transcripciones y títulos/diplomas. También presentar evidencia de soporte financiero como los estados de cuenta bancarios, recibos de depósitos a plazo fijo, o cualquier otra evidencia. Es recomendable hacer la cita 3 meses antes de realizar el viaje. Los requisitos y pasos pueden variar según el país de su residencia.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada.   http://www.ustraveldocs.com/ El Formulario DS-160 en línea

Visa de Trabajo – Medios De Comunicación (Prensa) – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. La visa de medios de comunicación (I) es una visa de no-inmigrante para representantes de medios de comunicación extranjeros que viajan a los Estados Unidos para ejercer su profesión mientras tienen su oficina central en un país extranjero. Algunos procedimientos y tarifas/cuotas/aranceles bajo la ley de inmigración se relacionan a políticas del país de origen del viajero y, a la vez, los Estados Unidos siguen una práctica similar, la cual llamamos “reciprocidad”. Los procedimientos para proporcionar visas de medios de comunicación a representantes de medios de comunicación de un país en particular consideran si el gobierno del solicitante de visa concede privilegios similares o es recíproco con los representativos de los medios de comunicación/prensa de los Estados Unidos. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (160$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario DS-160. Visite la página web del DS-160 para más información sobre el mismo. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos. Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido. Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$190 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante, pagado en moneda local. El sitio web del Departamento de Estado puede ayudarlo a determinar si usted debe pagar una tarifa de reciprocidad por la emisión de la visa y cuál es el valor de la tarifa. Prueba de empleo: Personal Periodístico: Una carta de su empleador que indique el nombre y posición de usted dentro de la compañía, y el propósito y tiempo de su estadía en los Estados Unidos. Periodista independiente bajo contrato con un medio de comunicación: Una copia del contrato con el medio de comunicación donde aparezca su nombre, su posición dentro de la empresa, la duración del contrato y el propósito y tiempo de su estadía en los Estados Unidos. Equipo de Filmación de un Medio de Comunicación: Una carta de su empleador donde indique su nombre, su posición en la empresa, título y descripción breve del programa que se está filmando, y el propósito y tiempo de su estadía en los Estados Unidos. Compañía de Producción Independiente bajo contrato con un medio de comunicación: Una carta de la organización que está comisionando el trabajo donde aparezca su nombre, título y descripción breve del programa que se está filmando, la duración del contrato y el periodo de tiempo requerido para la filmación en los Estados Unidos. Carnet/credenciales de prensa Una carta de su empleador indicando el propósito de su viaje, duración prevista de su estadía, el número de años que usted ha estado con su empleador y el número de años de experiencia que tiene en periodismo. 40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar que no tiene intenciones de permanecer en EE.UU. No presente documentos falsificados, de lo contrario sera seleccionado para inelegibilidad de visa. En caso de ser estudiante presente sus últimos reportes académicos, transcripciones y títulos/diplomas. También presentar evidencia de soporte financiero como los estados de cuenta bancarios, recibos de depósitos a plazo fijo, o cualquier otra evidencia. Es recomendable hacer la cita 3 meses antes de realizar el viaje. Los requisitos y pasos pueden variar según el país de su residencia.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. http://www.ustraveldocs.com/ El Formulario DS-160 en línea

Visa de Trabajo – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. La visa de trabajo no inmigrante H-1B puede ser emitida a solicitantes que estén buscando trabajo en una «Ocupación especializada» que requiera de las habilidades de un profesional. Las «Ocupaciones especializadas» incluyen: contabilidad, análisis de sistemas, programación, administración de bases de datos, diseño web, ingeniería, análisis financieros, medicina, enfermería, ciencia, arquitectura y abogacía. Las peticiones son presentadas por los empleadores en base a sus necesidades de empleados no residentes de los EE.UU. Las personas con visa H1-B deben poseer como mínimo una licenciatura. Sin embargo, la experiencia necesaria puede sustituir a la educación, dependiendo de cada caso particular. Los solicitantes de visas H-1B1 deben tener una oferta de trabajo de un empleador en su área de escogencia en los Estados Unidos, pero el empleador no necesita llenar la solicitud I-129, Solicitud para trabajadores No-inmigrantes, y el solicitante no necesita obtener una Notificación de Aprobación, Solicitud I-797 antes de entregar su solicitud de visa. El solicitante si necesitara introducir una solicitud para Certificación de Trabajo Extranjero en el Departamento de Trabajo previo a la solicitud de visa. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. La oficina consular que usted seleccione al inicio del Formulario DS-160 debe ser la misma oficina consular donde usted programe la cita para su entrevista. Escanear una fotografía de 5cm x 5cm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses o subir una fotografía en formato .jpg con una resolución mínima de 600×600 y máxima de 1200×1200 . Si usted deja de trabajar en su solicitud por más de 20 minutos, su sesión expirará. Tendrá que empezar todo nuevamente, a no ser que haya registrado el Número de Identificación de su Solicitud o haya grabado su solicitud en un archivo en su computadora. Anote el Número de Identificación de su Solicitud que aparece en la esquina superior derecha de la página. Si necesita cerrar el navegador antes de que haya enviado su solicitud, usted necesitará este número para continuar más tarde con su solicitud. El Formulario DS-160 contestado generará una página de confirmación con un código de barras alfa-numérico. Imprima esta hoja Una vez que haya impreso la página de confirmación con el código de barras, presione la tecla de “retorno” de su navegador y envíe a su correo electrónico una copia de seguridad del DS-160. El archivo enviado electrónicamente estará en formato PDF. Todas las preguntas deben ser contestadas en inglés usando solamente caracteres del idioma inglés, excepto cuando se le pide que escriba su nombre en su alfabeto nativo. Luego pague la tarifa de la solicitud de la visa (190$). Ahora programa tu cita en la siguiente pagina. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte. El número de recibo que figura en su recibo del banco( en caso de necesitar ayuda con este paso haga click AQUÍ. Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-16. Ahora asiste a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tiene que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario DS-160. Visite la página web del DS-160 para más información sobre el mismo. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos. Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido. Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$190 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante, pagado en moneda local. El sitio web del Departamento de Estado puede ayudarlo a determinar si usted debe pagar una tarifa de reciprocidad por la emisión de la visa y cuál es el valor de la tarifa. Si usted es un solicitante de una visa L-1 con una petición abierta, usted debe pagar una tarifa/cuota/arancel de prevención y detección de fraude (más información acerca de esta tarifa/cuota/arancel la encuentra aquí). El número de recibo impreso en su petición I-129. Copias físicas en papel de la forma I-797 no son requeridas en la entrevista. Además de estos requisitos, usted debe presentar una hoja de cita para entrevista que confirme que ha programado una cita a través de este servicio. Usted puede presentar también los documentos de soporte que crea que dan apoyo a la información proporcionada al oficial consular. Evidencia que establece sus calificaciones laborales, incluyendo diplomas universitarios. Cartas originales de empleadores actuales y anteriores detallando su posición y los proyectos en los que usted trabajó y cuánto tiempo trabajó para ellos. Si trabaja actualmente y tiene un estatus H-1B, presente sus recibos salariales del año calendario actual y sus declaraciones de impuestos federales (Formulario 1040 y W-2 del IRS) de todos los años que ha estado empleado en los Estados Unidos. Usted debe presentar: Recibos salariales de su lugar de trabajo actual o el más reciente. Los nombres y numeros telefónicos actuales del personal

Visa de Turismo – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicacion electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. La oficina consular que usted seleccione al inicio del Formulario DS-160 debe ser la misma oficina consular donde usted programe la cita para su entrevista. Escanear una fotografía de 5cm x 5cm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses o subir una fotografía en formato .jpg con una resolución mínima de 600×600 y máxima de 1200×1200 . Si usted deja de trabajar en su solicitud por más de 20 minutos, su sesión expirará. Tendrá que empezar todo nuevamente, a no ser que haya registrado el Número de Identificación de su Solicitud o haya grabado su solicitud en un archivo en su computadora. Anote el Número de Identificación de su Solicitud que aparece en la esquina superior derecha de la página. Si necesita cerrar el navegador antes de que haya enviado su solicitud, usted necesitará este número para continuar más tarde con su solicitud. El Formulario DS-160 contestado generará una página de confirmación con un código de barras alfa-numérico. Imprima esta hoja Una vez que haya impreso la página de confirmación con el código de barras, presione la tecla de “retorno” de su navegador y envíe a su correo electrónico una copia de seguridad del DS-160. El archivo enviado electrónicamente estará en formato PDF. Todas las preguntas deben ser contestadas en inglés usando solamente caracteres del idioma inglés, excepto cuando se le pide que escriba su nombre en su alfabeto nativo. Luego pague la tarifa de la solicitud de la visa (160$). Ahora programa tu cita en la siguiente pagina. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte. El número de recibo que figura en su recibo del banco( en caso de necesitar ayuda con este paso haga click AQUÍ. Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-16. Ahora asiste a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tiene que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario DS-160 Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos. Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante, pagado en moneda local. Prueba actualizada de ingreso, pagos de impuestos, de posesión de propiedades o empresas y activos. Expedientes criminales/judiciales de cualquier arresto o condena en cualquier lugar, aun cuando usted haya completado su sentencia o fuera indultado posteriormente. 40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar que no tiene intenciones de permanecer en EE.UU. No presente documentos falsificados, de lo contrario sera seleccionado para inelegibilidad de visa. En caso de ser estudiante presente sus últimos reportes académicos, transcripciones y títulos/diplomas. También presentar evidencia de soporte financiero como los estados de cuenta bancarios, recibos de depósitos a plazo fijo, o cualquier otra evidencia. Es recomendable hacer la cita 3 meses antes de realizar el viaje. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada.   http://www.ustraveldocs.com/ El Formulario DS-160 en línea