Visa de Trabajo – Uruguay
Uruguay se está despertando una cultura e interés por el sector de las tecnologías de la información. Montevideo es la capital de Uruguay y además uno de los focos de empleo que más interés despierta en los extranjeros. La demanda de Ingenieros informáticos, industriales y ejecutivos con experiencia en Internet. Uno de los sectores que ha tenido un gran auge en Uruguay recientemente ha sido el sector de la construcción. Uruguay ha experimentado su propia burbuja inmobiliaria Una Visa, es un permiso que se otorga a un individuo para legalizar su entrada o estancia en un territorio o país del cual no se tenga la nacionalidad o el permiso de libre tránsito. Dichos permisos se rigen por los acuerdos establecidos entre países. Cualquier visitante que busque entrar Uruguay requiere establecer a satisfacción de los oficiales de Inmigración, una identificación y el propósito de su entrada al país. Existen una lista de países con los que Uruguay mantiene acuerdos bilaterales en materia de migraciones que permiten el ingreso de sus ciudadanos a los correspondientes territorios portando el pasaporte común vigente, sin necesidad de Visados (ver lista). Determine su clase de visa leyendo los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, usted debe pagar la tasa de visa. Para pagar su tasa de visa, Usted debe guardar su número de recibo para reservar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Entrar en la pagina web del consulado de su país para registrarse y reservar su cita Complete todos los campos y cree una contraseña. Presione en Programar una Cita en el menú A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita Cada persona extranjera que desee iniciar la residencia deberá presentar: Dos fotos carné Fecha exacta de ingreso al país debidamente acreditada Constancia de domicilio expedida por la seccional policial correspondiente Documento original con el cual ingresó a Uruguay Luego, deberá presentar: • Medios de vida, que varían de acuerdo a la situación en que se encuentre la persona solicitante. Si se trata de una persona que tiene una oferta de empleo, tiene que acreditar o bien la existencia de una promesa de trabajo o de un contrato de trabajo. En el caso de que su empleador sea una persona física (servicio doméstico, por ejemplo) se debe proporcionar un certificado notarial en el que se certifique esta relación de trabajo, entre otros datos. En el caso de empresarios y/o accionistas de empresas, empresas unipersonales, rentistas, jubilados y pensionistas en el exterior, todos deberán presentar certificados notariales que certifiquen algunos requisitos mínimos para cada caso. • Carné de salud vigente expedido en el país Certificados de carencia de antecedentes penales (que varía según el país de procedencia de la persona) y de los países donde estuvo radicado los últimos cinco años Documento de identidad Partida de matrimonio vigente (en el caso de que el solicitante sea casado) Partidas de nacimiento vigentes de todo el núcleo familiar Existen dos tipos de categorías para profesional trabajador: Categoría 1: Científicos, investigadores, docentes, profesionales, académicos, técnicos y personal especializado contratado por entes públicos o privados y empresas nacionales o extranjeras establecidas o que desarrollen actividades en el país para efectuar trabajos de su especialidad. Deberán presentar: 1) En papel membreteado del ente o de la empresa, establecer la actividad que desarrolla o desarrollará para la misma. Estará firmado por persona o personas autorizadas por la empresa, e incluirá monto de sueldo mensual y el plazo de duración de la actividad en nuestro país. 2) En caso de tratarse de una empresa no pública, además deberán presentar certificado notarial donde se certifique la existencia de la empresa: personería, vigencia, objeto, domicilio constituido en el país, inscripción en el BPS y la DGI, y persona o personas autorizadas a firmar por la empresa. Categoría 2: Empresarios, directores, gerentes y personal administrativo de empresas nacionales o extranjeras, trasladadas desde el exterior para cubrir cargos específicos en dichas empresas. Deberán presentar: 1) En papel membreteado de la empresa, establecer la vinculación con la empresa. Estará firmado por persona o personas autorizadas por la empresa, e incluirá monto de sueldo mensual. 2) Certificado notarial donde se certifique la existencia de la empresa: personería, plazo social, vigencia, objeto, domicilio constituido en el país, inscripción en el BPS y la DGI, y persona o personas autorizadas a firmar por la empresa. 20 días hábiles desde el momento de la solicitud de la misma. Se cobra únicamente si la visa es otorgada US$ 42. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de Migraciones Nº 18.250. Mas información (AQUÍ) Debe tenerse presente que en algunos casos la tramitación de la visa puede tener una demora mayor a los quince días Cualquier visitante, que no requiera una visa para entrar a Uruguay, puede ingresar al país por un periodo no mayor de 90 días. Una visa no puede ser tramitada con una mayor validez a la fecha de expiración del pasaporte. Todos estos documentos, deberán ser presentados de
Visa de Trabajo – Ecuador
Trámite orientado a regular la situación migratoria y la estancia de los ciudadanos extranjeros que ingresen a territorio ecuatoriano y posean la calidad de Trabajador autónomo o con relación de dependencia. Esta visa se otorga a profesionales de alto nivel técnico, a través de las siguientes modalidades: Dependencia Laboral. Para lo cual es necesario una Autorización Laboral emitida por el Ministerio de Trabajo. Prestación de Servicios Profesionales. Para lo cual es necesario el Contrato con reconocimiento de firmas, además del título académico de tercer nivel el cual debe estar apostillado. Gerente, Presidente o Apoderado. Para lo cual se requiere de Designaciones inscritas en el Registro Mercantil, y que la compañía posea un capital social mínimo de USD$ 12.500 por cada dignidad. Carta de Auspicio. Aplica para extranjeros enviados por empresas extranjeras que tienen una relación con una empresa local. Verificar los requisitos del trámite a realizar en la página web de la Cancillería. (AQUI) Tomar un turno para ingresar su solicitud de visa, en el área de información. Ingreso de solicitud de visa en la ventanilla de atención al usuario; y, generación del comprobante de pago por los mencionados funcionarios. Pago de timbres fiscales de la solicitud de visa en la ventanilla de BanEcuador. Una vez realizado el pago de los timbres fiscales, el ciudadano extranjero se regresa a entregar el recibo del pago realizado a los funcionarios de atención al usuario. En el caso que la solicitud de visa esté incompleta, se notifica mediante correo electrónico al usuario por parte del Departamento jurídico con las observaciones correspondientes. El usuario toma un turno para el funcionario de trámite antiguo en el área de información para ingresar a la solicitud de visa los documentos requeridos mediante notificación realizada, por el Departamento Jurídico. Se procede a notificar al usuario que el trámite fue aprobado mediante correo electrónico enviado por el área de Administración jurídica. En dicho correo electrónico se fija el día para que se acerque a realizar el segundo pago he ingresar el pasaporte. El usuario se acerca con el correo electrónico impreso a tomar un turno en el área de información para realizar el segundo pago, Acercarse a la ventanilla de segundo pago para que le generen el comprobante de pago; Realizar el segundo pago de especies fiscales (Visa) en la ventanilla de BanEcuador. Una vez realizado el segundo pago el ciudadano extranjero se regresa a ventanilla de segundos pagos a entregar el recibo del valor cancelado, en donde le indican la hora que debe regresar a retirar su pasaporte y visa. Retiro del pasaporte con su visa en el área de atención al usuario. Formulario de solicitud Certificado de movimiento migratorio (requisito aplicable solo dentro del país) Condición migratoria regular (requisito aplicable solo dentro del país) Original y copia de pasaporte válido y vigente Certificado de antecedentes penales del país de origen o de los lugares donde haya residido los últimos 5 años – apostillado o legalizado No ser considerado una amenaza para el Estado ecuatoriano Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. Acción de personal o contrato de trabajo emitidos por entidad pública correspondiente o privada Certificado de registro del contrato expedido por el ministerio rector del trabajo en caso de ser una institución privada Certificado de no mantener obligaciones penales pendientes con el SRI, IESS y la Superintendecia de Compañías. . 30 A 90 días habiles Formulario de Solicitud regular USD $50 / Tercera edad USD $25 + Valor regular de la Visa: USD $400 Visa para tercera edad: USD $200 Visa para personas con discapacidad: Sin Costo Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. La Constitución de la República del Ecuador, Acuerdos Y Tratados Internacionales de los cuales el Ecuador es parte. de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, Ley Orgánica de Gestión a la Identidad y Datos Civiles, Ley Orgánica de la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en Hogar, Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, Ley Orgánica de Educación Superior, Código Civil Ecuatoriano, Código de Comercio, Código Tributario, Ley Notarial, Ley de Modernización del Estado, Ley de Compañías, ERJAFE. Acuerdo Ministerial Nro. 000031, de 2 de abril del 2014, determina como beneficiarios de esta categoría de visa a los nacionales de: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Colombia y Perú. Resoluciones emitidas por el Consejo Consultivo de Política Migratoria. A partir del 05 de febrero del 2018 será obligatorio presentar el certificado de Seguro de salud Toda la documentación en idioma distinto al castellano deberá ser debidamente traducida al castellano y a su vez, deberá contar con el respectivo reconocimiento de firmas del traductor ante notario público Todo documento oficial proveniente del extranjero deberá ser debidamente legalizado o apostillado Los requisitos que no consten en esta sección, serán verificados internamente por el personal de Cancillería. Embajadas y consulados de Ecuador en el mundo Consulado Virtual
Visa de Trabajo – Perú
Los trabajadores extranjeros tienen todo el derecho de poder emplearse en el territorio Peruano, siempre y cuando cumplan con los requisitos que marca la ley peruana para poder acceder a las diversas calidades migratorias, aquellas que les permitan trabajar formalmente, además de pagar sus impuestos en nuestro país. Primero, usted debe ingresar al Portal Institucional de Migraciones Clic (AQUÍ) Cuando ingrese al Portal Institucional, seleccionará la opción “Sistema de Citas en Línea. Al iniciar el “Sistema de Citas en Línea” se mostrará en el Borde Superior Derecho los “Navegadores Recomendados”. Usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas le genere en la Ventanilla. Luego, de seleccionar su cita, podrá marcar comprobando dando clic los requisitos solicitados, según su calidad migratoria. Después de confirmar los requisitos, el solicitante deberá ingresar los datos del recibo que canceló por el Trámite. Usted podrá ingresar sus datos y de su representante si en caso lo tuviera. Al finalizar dicho proceso, selecionara la opción “Siguiente” y luego “Imprimir”. 1 y 2. Seleccione el día y la hora en la cual se acercará a la Sede Central de Migraciones, para poder presentar sus documentos. Seleccione el botón validar. El sistema le mostrará el mensaje de confirmación. Luego de generar la Cita, el solicitante seleccionará la opción imprimir, para poder llevar dicha cita (donde indica fecha y hora de la cita) impresa a Migraciones. Para la Recepción de la Cita en la Ventanilla, usted deberá presentar el formulario y la cita impresa que el Sistema de Citas en Línea le genere. Formulario F-007 (AQUI). Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con excepción de los casos comprendidos en los Arts. 3º y 6º del Decreto Legislativo Nº 689, su reglamento D.S.Nº 023-2001-TR y modificatorias. La ficha RUC de la empresa contratante debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO. Entrega de copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de MIGRACIONES, de la vigencia de poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registral, en caso sea persona distinta al Gerente General. . 30 a 90 Días hábiles La visa tiene un costo de $525.00 que deberán ser abonados a la cuenta indicada para tal fin, trayendo el recibo en original y copia. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe DIGEMIN y lo establecido en el D.Leg. 1043. Ley de migraciones. Mas información clic (AQUÍ) En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u organismos internacionales el pago de tasas, derecho de tramitación u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable En caso de contrato firmado en el país, el usuario debe encontrarse con la calidad migratoria habilitante o tener el permiso especial para firmar contratos. Si el contrato fue firmado en el extranjero deber ser legalizado por Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. La presentación del contrato debe ser con antigüedad no mayor de 30 días hábiles, de haber sido aprobado por la autoridad de trabajo. En los casos que el contrato contemple períodos de prueba, procederá el otorgamiento de visa temporal hasta el cumplimiento de dicho período; luego el usuario podrá solicitar el Cambio de Clase de Visa a Residente). Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillado. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por traductor colegiado. Pasos para el tramite mejor ilustración Portal Institucional de Migraciones
Visa de Trabajo – Chile
En el otorgamiento de una Visa Sujeta a Contrato de Trabajo para extranjeros que han sido contratados por alguna empresa con residencia en Chile, tiene una duración máxima de dos años, la que podrá ser prorrogada por períodos iguales. Existe también la Visa Residente Sujeto a Contrato Dependiente, se otorga a los familiares del titular, duración similar, no permite trabajar. El costo del trámite es sobre la base de la reciprocidad. A su vez, existe otra modalidad que es la Visa temporaria por Motivos Laborales, y es el permiso de residencia que habilita a su titular a residir en el país y a realizar cualquier actividad lícita, sin limitaciones especiales. La principal diferencia con la visa ya existente llamada “Sujeta a Contrato” es que con esta visa por Motivos Laborales (ML) el trabajador tiene la opción de tener múltiples empleadores sin quedar sujeto exclusivamente a un solo empleador. No se le genera un costo adicional al trabajador si decide cambiar de empleador.Puede realizar otro tipo de actividades como la prestación de servicios, algo que era restringido en la visa Sujeta a Contrato. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Envié su solicitud:Si vive en Santiago, envíe la solicitud por correo a Clasificador N° 8 Correo Central, Santiago. Si postula en otras ciudades de Chile, presente su solicitud personalmente en las oficinas de la gobernación correspondiente a su domicilio. El tiempo promedio entre paso 3 y paso 4 es de 30 días hábiles. NOTA: Si usted postula desde el extranjero, el procedimiento es diferente. Debe acudir a un consulado chileno y seguir las instrucciones que se indican (Aqui) Ingreso al sistema computacional: Sera informado por correo postal cuando su solicitud sea acogida a trámite. También puede averiguarlo haciendo click AQUÍ.El tiempo promedio entre paso 4 y paso 5 es de 30 días hábiles en Santiago, 60 días hábiles en otras ciudades. Notificación del estado de su tramite: Luego del análisis de su solicitud, será notificado por correo postal y por mensaje de texto en su celular (SMS) si ésta fue aprobada, rechazada y/o si requiere presentar antecedentes adicionales (en cuyo caso, deberá volver a la Etapa 2).También puede averiguar el estado de su trámite haciendo click AQUÍ pague el arancel: Para el caso de aprobación de su visa, recibirá por correo postal su orden de pago.También la puede descargar haciendo click AQUÍ. Pague los derechos de su visa en un banco cercano o en ServiEstado. Acérquese a estampar su visa:Si solicitó su visa en Santiago,reserve su hora de estampado haciendo click AQUÍ. En caso que no pueda reservar su hora, diríjase directamente a las oficinas. Si solicitó su visa en regiones, diríjase a su gobernación. Recuerde presentarse con pasaporte original vigente, orden de giro pagada, y documentos requeridos en caso de que así lo diga en su carta de notificación. Registre su visa estampada en la policía de investigaciones (PDI): Es imperativo que registre su visa en PDI. Tiene un máximo de 30 días para hacerlo luego del estampado. Revise donde se encuentra la oficina más cercana haciendo click AQUÍ Solicite su cédula de identidad de residente extranjero: Luego de registrar su visa, acérquese al Registro Civil y solicite su cédula de identidad, terminando su proceso migratorio hasta el vencimiento de su visa actual. Recuerde que puede iniciar el proceso de renovación de su visa con 90 días de anticipación. Carta del empleador dirigida al Cónsul que justifica la contratación. Contrato de Trabajo firmado por ambas partes ante Notario o carta de la empresa en la que se desempeñará (Firmada ante notario) indicando la individualización de las partes y labor a desarrollar Título Profesional (si es necesario). Certificados de Antecedentes Penales.Certificado Médico Pasaporte original y fotocopia legible (hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste, además de la página con el timbre del último ingreso a Chile). En caso de ingresar con otro documento de identificación, exhibir original y fotocopia (Cédula de Identidad, DNI, etc.) Original de la Tarjeta de Turismo vigente y fotocopia legible. (el documento será retenido mientras dure el permiso de trabajo. 4 fotos tamaño pasaporte. Una vez otorgado el permiso de trabajo, deberá pagar los derechos correspondientes a través de una orden de giro emitida por el Departamento de Extranjería y Migración, la que se cancela en cualquier Banco Comercial. El valor del permiso es equivalente al 150% del valor de la visa sujeta a contrato según nacionalidad, el que puede consultar aquí Requisitos exigidos a la empresa contratante: Constitución de Sociedad en Chile. Domicilio legal en Chile. Que la actividad del contratado sea indispensable para el desarrollo del país. Pago de IVA correspondiente a los 3 últimos meses. Pago previsión de trabajadores correspondiente a los 3 últimos meses. Sobre el Contrato de Trabajo: (Visa sujeta a Contrato de Trabajo) Debe estar redactado conforme a las normas legales chilenas y contener las siguientes cláusulas: Obligación del empleador de responder al pago del impuesto a la renta correspondiente en relación a la remuneración pagada. Obligación del empleador del pago de cotizaciones al Sistema Previsional y de Salud del trabajador en Chile o en el extranjero. Responsabilidad de pagar pasajes de retorno al término del contrato laboral, para el contratado y su grupo familiar. Sobre el Contrato de Trabajo: (Visa Temporaria por Motivos Laborales) Se presenta un original firmado ante notario, por el trabajador y el empleador (indicando el RUT de la empresa o Cédula de Identidad si es persona natural). Debe tener las siguientes cláusulas especiales: Remuneración. Debe ser acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas laborales vigentes. Cláusula de Vigencia. Esta cláusula debe ser redactada como sigue: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite” Cláusula de Régimen Previsional. (*) Debe ser redactada como sigue: “Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el