Viajes y tramites

Visa Tripulación/Transito – España

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. Los visados de tránsito aeroportuario están sometidos a la obligación de contar con este visado los nacionales de los países que se encuentran recogidos en los listados de países sometidos a la obligación de visado de tránsito aeroportuario (listado I y listado II).   Lo primero que debe hacer es hacer su solicitud personalmente en el consulado de España mas cercano a su residencia. Llenar la solicitud de visado que puede retirarla directamente en la oficina consular o puedes obtenerla ACÁ. Pagar la tasa del visado. Esperar que sea aprobada su solicitud.   Formulario de solicitud de visa debidamente llenado y firmado por el interesado (copia y original). Dos fotografías en color recientes, tamaño pasaporte, con fondo blanco. Pasaporte vigente o título de viaje reconocido como válido en España, con una vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia. Constancia médica de la buena salud del solicitante, mediante presentación de informe o certificado médico. Constancia de antecedentes penales o certificado policial. Si se considera necesario, las autoridades españolas podrán realizar una entrevista personal. En caso de ser requerida, el solicitante debe presentarse ante el Consulado en un plazo no superior a 15 días hábiles desde fecha de la notificación. Si es pertinente, el libretín de marino válido más allá de la fecha de expiración de su contrato de trabajo y también todos los libretines de marino que ha tenido antes. Los tripulantes deben presentar un reporte oficial de pérdida si no pueden presentar el libretín. Una carta de su empleador detallando su posición, salario, cuánto tiempo ha estado empleado, alguna autorización de vacaciones y el propósito de la compañía, si fuera el caso, para su viaje a los Estados Unidos. Cuando sea apropiado, un itinerario y/o cualquier otra información sobre el viaje previsto (Puede ser tentativo). Para tripulantes: Una carta de la oficina central de su empresa y/o su libretín de marino.   15 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio.  Reglamento (CE) Nº 810/2009 Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días naturales en determinadas circunstancias. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Listado I. Listado II.

Visa para Estudiante (Larga Duración) – España

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. España acoge algunas de las escuelas de negocios más prestigiosas del mundo, además de poseer una amplia red de universidades y ser el máximo receptor de estudiantes de intercambio dentro del programa Erasmus.   Lo primero que debe hacer es hacer su solicitud personalmente en el consulado de España mas cercano a su residencia. Entregar los requisitos que se le solicitan. Debe de esperar ya que El Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en Madrid, examina los expedientes de solicitud, por lo que las gestiones pueden tardar más de un mes desde el momento en que el interesado presenta toda la documentación. Una vez en España, el titular de una visa de estudios, deberán solicitar, en el plazo de un mes desde su entrada en el país, la tarjeta de estudiante extranjero ante la Oficina de Extranjeros o ante la Comisaría de Policía correspondiente. Esto en el caso de que los estudios tengan una duración superior a seis meses. El solicitante deberá presentar su pasaporte o título de viaje, el formulario de solicitud de la tarjeta de identidad de estudiante extranjero y la constancia del abono de la tasa por expedición de la tarjeta.   Formulario de solicitud de visa debidamente llenado y firmado por el interesado. Dos fotografías en color recientes, tamaño pasaporte, con fondo blanco. Pasaporte vigente o título de viaje reconocido como válido en España, con una vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia. Certificado de estudios, notas o documentación que acredite el estado de estudiante o de investigador (para casos de tesis doctorales o postdoctorales). Carta de admisión en un centro docente o científico español, público o privado, oficialmente reconocidos. Plan de estudios, formación o investigación. Seguro médico que cubra todo el tiempo de la estancia del solicitante en España. La cobertura mínima del seguro debe ser de 30 mil euros. Se recomienda hacer el seguro médico para un periodo superior al previsto, para mayor seguridad. Constancia médica de la buena salud del solicitante, mediante presentación de informe o certificado médico. Constancia de antecedentes penales o certificado policial. Constancia de fondos económicos para sufragar los gastos de manutención en España y los gastos relacionados con el regreso al país de origen (y de sus familiares que acompañen al interesado). Constancia de alojamiento en España. Los estudiantes menores de edad deberán presentar la autorización notarial de sus padres o tutores para realizar los estudios en España. Si se considera necesario, las autoridades españolas podrán realizar una entrevista personal. En caso de ser requerida, el solicitante debe presentarse ante el Consulado en un plazo no superior a 15 días hábiles desde fecha de la notificación. Los familiares del estudiante o investigador extranjero pueden acompañarlo en su viaje. Se entiende por familiares al cónyuge o pareja de derecho común, los hijos menores de 18 años, los hijos dependientes o que tengan una discapacidad física. Los familiares deberán cumplir ciertos requisitos que se listan a continuación: Constancia del vínculo familiar con el estudiante. Pruebas de solvencia financiera. Autorización notarial del progenitor que no viaje a España para el desplazamiento de los hijos menores con el padre o madre solicitante de la visa de estudiante.   30 a 40 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días naturales en determinadas circunstancias. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.  

Visa Residencia y Trabajo (Cuenta ajena) – España

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. esta visa permite a un extranjero residir en España y realizar una actividad laboral o profesional por cuenta propia. Lo primero que necesitamos es que nuestro empleador haga la solicitud en la oficina de extranjería de la provincia done se va a trabajar. Luego de que aprueben la solicitud a nuestro empleador disponemos de un mes para llevar los documentos requeridos a la cita en el consulado o embajada mas cercana a nuestra residencia. Luego de un mes, de ser concedido el visado, habrá que retirarlo en la misma oficina consular a la que asistió, y tendrá un lapso de 3 meses para poder ingresar a España. Luego de entrar al país con el visado que habilita para la entrada y permanencia en España en situación de estancia, hasta que se produzca su afiliación y alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, dentro del plazo de tres meses desde la entrada. Luego de un mes de que le hayan dado de alta en Seguridad Social debe de solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero, que debe ser realizada en la misma oficina donde su empleador realizo su solicitud.   Pasaporte ordinario o título de viaje reconocido como válido en España con una vigencia mínima de cuatro meses. Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años. Certificado médico. Copia del contrato presentado y sellado por la Oficina de Extranjería. Justificante de haber abonado la tasa del visado.   Deben presentarse originales y 2 copias de los requisitos anteriormente listados. Requisitos para la tarjeta: Solicitud de tarjeta, en modelo oficial (EX-17) disponible en http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/ Justificante del abono de la tasa de la tarjeta. Acreditación de la afiliación y/o alta de la Seguridad Social. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné. 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días naturales en determinadas circunstancias. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.  

Visa para personal trasladado-Argentina

Las visas para personal trasladado pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero. El trámite es personal, y el solicitante deberá presentar la siguiente documentación (en original y copia) ante el Consulado correspondiente:   En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos. Cancela el Arancel correspondiente al trámite. Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco Formulario de solicitud de visa completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante Constancia de residencia habitual en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria) Certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años Compromiso de decir la verdad o Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul Copia simple del contrato de trabajo o constancia de trabajo emitida por la empresa en el exterior (carta con membrete de la compañía, donde conste el puesto, antigüedad, remuneración mensual, y persona a contactar) Constancia emitida por la filial o entidad receptora en la República Argentina, en la cual conste el número de RENURE de dicha entidad, el motivo del traslado a la República, el tiempo de permanencia en la República, la remuneración mensual a percibir y la persona a contactar. En caso de no encontrarse el invitante inscripto en RENURE, se agradecerá comunicarse al (54-11) 4317-0200/0303/0337 a fin de efectivizar la inscripción Pago de la tasa migratoria Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Entrevista consular El proceso de la visa normal demora 7-10 días hábiles. En algunos casos, el procedimiento requiere 30-45 días. Se  informará al interesado en estos casos. Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria 25.871  de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI)   Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente. Es necesario solicitar cita previa. EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINA. Los pasaportes pueden ser retirados en persona o bien, el solicitante puede traer un sobre prepago con su nombre y dirección completa para recibir el pasaporte con la visa, en su domicilio. SOLO se aceptan  FEDEX o USPS. Es importante que el solicitante  haga un seguimiento del servicio de entrega del correo elegido. El Consulado no se hace responsable de los retrasos o pérdida de documentos efectuados por la oficina de correos una vez que la documentación ha sido enviada desde el Consulado. Relaciones Exteriores Formulario de solicitud

Visa para Religiosos del Culto Católico-Argentina

Las visas para religiosos del culto católico que impliquen la radicación temporaria del extranjero en el país pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero. El trámite es personal, y el solicitante deberá presentar la siguiente documentación (en original y copia) ante el Consulado correspondiente:   En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos. Cancela el Arancel correspondiente al trámite. Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco Formulario de solicitud de visa completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante Constancia de residencia habitual en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria) En caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años En caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul Nota de invitación que contenga los siguientes datos: a) Comunidad, congregación o diócesis donde desarrollará tareas; b) Tipo de actividad a desarrollar (pastoral, comunitaria, docencia, etcétera); c) Dirección física y contactos de la entidad religiosa; d) Nombre de superior/provincial o autoridad responsable; e) Tiempo de permanencia en la República. La nota deberá estar firmada por un representante de la entidad, y deberá ser presentada ante la Dirección General del Registro Nacional de Cultos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que certificará la firma y notificará al Consulado correspondiente para la prosecución del trámite. La Iglesia Católica está exenta del requisito de RENURE. Pago de la tasa migratoria, excepto que se trate de miembros del clero secular. Pago del arancel consular. Entrevista consular. 30 Días hábiles.   Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria 25.871  de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI)   Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente. Es necesario solicitar cita previa. EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINA. Relaciones Exteriores Formulario de solicitud  

Visado Schengen Turista – Austria

El visado de Schengen es una autorización expedida por un Estado miembro con fines de escala aeroportuaria, tránsito o intención de estancia de corta duración en el territorio de uno o más Estados miembros, permitiendo que su portador se presente en la frontera exterior, no garantizando, su entrada, que será decidida por las autoridades fronterizas a su llegada.Este visado es valido por una estadía menor a 90 días.     recaudar todos los requisitos necesarios. Solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. La solicitud deberá efectuarse presencialmente por el solicitante. Los documentos que deben presentarse deberán ser originales, acompañados de una copia. En la oficina consular podrá obtener el Formulario de solicitud. Asista a su cita, y espere la emisión de su visa. La admisibilidad de los documentos exigidos NO implica la concesión del visado. Una denegación no da lugar a una devolución de los emolumentos pagados. Formulario de solicitud completado y firmado. Seguro de viaje que cubre todo el espacio Schengen válido para la duración esperada de su estancia. La cobertura mínima debe ser de 30,000 €. Pasaporte (debe proporcionar al menos dos páginas vacías, la primera fecha de emisión de su pasaporte no debe ser más de 10 años atrás y el pasaporte debe ser válido durante al menos tres meses después de la expiración de la visa aplicada). Imagen del pasaporte reunida con la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) -criterios (color, 35×45 mm) En algunas representaciones, los solicitantes deben presentar datos biométricos (diez huellas digitales tomadas en plano y escaneadas digitalmente). Copia de la hoja de datos del pasaporte (que contiene la foto del pasaporte). Copias de la visa Schengen anterior, si corresponde. Itinerario / reserva de viaje (¡No es necesario presentar un ticket prepago!). Viajes en coche: licencia de conducir, tarjeta de seguro verde, certificado de aprobación. Para estudiantes: confirmación de inscripción (Studienbestätigung). Para jubilados: prueba del derecho a los beneficios de jubilación (Pensiones Bezug Berechtigung). Carta de autoridad notariada de padres de niños menores de edad, que viajan solos con sus padres. Reservación de hotel o paquete de vacaciones. Prueba de suficientes medios financieros. Llenar el Formulario de aplicación. Llenar el formulario Schengen. Las solicitudes de visa pueden procesarse a más tardar tres meses antes del comienzo del viaje y deben enviarse a más tardar tres semanas antes del inicio del viaje. 60 Euros. Embajada o consulado de Austria mas cercano a su lugar de domicilio. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todas las instituciones. Traducir todos los documentos necesarios al Alemán, Ingles, Húngaro o Esloveno. Tener en cuenta que algunos requisitos y tiempos de emisión de las visas pueden variar dependiendo del lugar donde se resida. Es posible que pueda obtener su visa más rápido u otros servicios según el país en el que se encuentre. Consulte con su centro de solicitud de visa. Es posible que deba proporcionar más documentos según sus circunstancias. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Departamento de Relaciones Exteriores.

Visa de Turismo – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicacion electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. La oficina consular que usted seleccione al inicio del Formulario DS-160 debe ser la misma oficina consular donde usted programe la cita para su entrevista. Escanear una fotografía de 5cm x 5cm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses o subir una fotografía en formato .jpg con una resolución mínima de 600×600 y máxima de 1200×1200 . Si usted deja de trabajar en su solicitud por más de 20 minutos, su sesión expirará. Tendrá que empezar todo nuevamente, a no ser que haya registrado el Número de Identificación de su Solicitud o haya grabado su solicitud en un archivo en su computadora. Anote el Número de Identificación de su Solicitud que aparece en la esquina superior derecha de la página. Si necesita cerrar el navegador antes de que haya enviado su solicitud, usted necesitará este número para continuar más tarde con su solicitud. El Formulario DS-160 contestado generará una página de confirmación con un código de barras alfa-numérico. Imprima esta hoja Una vez que haya impreso la página de confirmación con el código de barras, presione la tecla de “retorno” de su navegador y envíe a su correo electrónico una copia de seguridad del DS-160. El archivo enviado electrónicamente estará en formato PDF. Todas las preguntas deben ser contestadas en inglés usando solamente caracteres del idioma inglés, excepto cuando se le pide que escriba su nombre en su alfabeto nativo. Luego pague la tarifa de la solicitud de la visa (160$). Ahora programa tu cita en la siguiente pagina. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte. El número de recibo que figura en su recibo del banco( en caso de necesitar ayuda con este paso haga click AQUÍ. Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-16. Ahora asiste a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tiene que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario DS-160 Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos. Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante, pagado en moneda local. Prueba actualizada de ingreso, pagos de impuestos, de posesión de propiedades o empresas y activos. Expedientes criminales/judiciales de cualquier arresto o condena en cualquier lugar, aun cuando usted haya completado su sentencia o fuera indultado posteriormente. 40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar que no tiene intenciones de permanecer en EE.UU. No presente documentos falsificados, de lo contrario sera seleccionado para inelegibilidad de visa. En caso de ser estudiante presente sus últimos reportes académicos, transcripciones y títulos/diplomas. También presentar evidencia de soporte financiero como los estados de cuenta bancarios, recibos de depósitos a plazo fijo, o cualquier otra evidencia. Es recomendable hacer la cita 3 meses antes de realizar el viaje. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada.   http://www.ustraveldocs.com/ El Formulario DS-160 en línea

Visa de Residente – Permanente – Paraguay

En Paraguay Existen 4 tipos de residencias: Turista, precaria, temporaria y permanente. Se puede optar por cada una de ellas por etapas, ya que en Paraguay no es necesario tener un permiso de trabajo para obtener Actividades remuneradas haciendo así mas sencillo juntar los requisitos necesarios para las visas de residencia. Este articulo se enfocara en la obtención de la residencia permanente. Es la concedida a los ciudadanos extranjeros que desean establecerse en el país en calidad de residentes permanentes, con el propósito de ocupar una actividad útil para el desarrollo del país. Ya habiendo obtenido el permiso de residencia de la precaria, para comenzar con el tramite de la residencia temporal diríjase al Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior en Paraguay. Solicite el formulario.Es indispensable que todo el proceso sea presencial. Complete todos los recados que se  le solicitan. Espere el tramite de su residencia. Formulario de Solicitud Documentos de identificación del país de origen: Cédula de Identidad o DNI vigente, acompañada del comprobante de ingreso al país o pasaporte vigente con sello de ingreso al país. Visa Consular o En Arribo; en el caso de los países que la requieran. Certificado de nacimiento del país de origen. Certificado de Antecedentes Policiales o Penales vigente (Requerido a partir de los 14 años). Si su última residencia fue en su país de origen; Certificado de Antecedentes del país de origen. Si residió en otro país durante los últimos 5 años; Certificado de Antecedentes del país de residencia o documento que respalde o acredite que el/la interesado/a residió en dicho país durante los últimos 5 años. Certificado de Antecedentes para Extranjeros vigente (Requerido a partir de los 14 años). Constancia de Estado Civil (Si corresponde). Certificado de Vida y Residencia vigente. Certificado Sanitario, en el que conste que el solicitante goza de buena salud física, mental y carece de enfermedad infecto-contagiosa. Declaración Jurada de Cumplimiento del Art. 23 de la Ley 978/96; manifestando respetar y cumplir los mandatos de la Constitución Nacional, las Leyes, Decretos y demás disposiciones legales que rijan en el territorio de la República del Paraguay. Demostración de solvencia económica. 90 días (en caso deque todos los documentos sean verificados en todas las etapas de validación). Gs. 1.360.740 (Guaraníes). En caso de vencimiento del plazo de permanencia como turista, el/la solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 235.515 Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior  Art. 4- Del Derecho  al tránsito y a la residencia Ley N° 978/96 de Migraciones; la cual regula la migración de extranjeros y repatriación de nacionales. Decreto 9032/2007 “Patria Grande” Ley N° 2193/03 Poder Legislativo Todos los documentos en idioma extranjero deberán contar con su correspondiente traducción al castellano, hecha por traductores públicos, matriculados por la Corte Suprema de Justicia en Paraguay, con excepción de los documentos en idioma Portugués emitidos en la República Federativa del Brasil. Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla. Legalizar todos los documentos en el consulado de Paraguay antes del viaje, para posteriormente presentarlos en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Paraguay. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada. http://www.bacn.gov.py/ http://www.migraciones.gov.py/index.php

Visa de Turismo – Canadá

Cada año, Canadá recibe más de 35 millones de visitantes, fascinados por sus paisajes, visitando a sus familiares o amigos o beneficiándose de las oportunidades que este país ofrece.   Lea toda la información relativa a los requisitos para visas y permisos en el sitio web de la IRCC y descargue los formularios de solicitud y la lista de comprobación adecuados al propósito de su visita. Rellene el formulario de solicitud y otros documentos necesarios. Se recomienda enfáticamente que los solicitantes lean la política de privacidad adjunta, y rellenen y firmen el Formulario de Consentimiento de VFS antes de presentar la solicitud en el Centro de Recepción de Solicitudes de Visas canadiense (CRSV).En caso de que el formulario de consentimiento de VFS, rellenado y completado, no esté incluido junto con su aplicación, no será posible brindar nuestros servicios y nos veremos obligados a devolverle su solicitud de visa. Pague los costos relativos a las solicitudes de visa y a la biometría, si es del caso, según las instrucciones que aparecen en la tabla de gastos de tramitación del IRCC. Al presentar su solicitud al Centro de Recepción de Solicitudes de Visas, pague la tarifa del servicio, entregue sus formularios rellenados y obtenga un recibo. Dicho recibo contiene un número personal de seguimiento que es importante para comprobar el estado de su solicitud en línea.Nota importante: si usted debe presentar sus datos biométricos, el costo de 85$CAN relativo a la biometría cubre los costos de servicio del CRDV para el tratamiento de las solicitudes. Pasaporte con validez mínima de seis meses (y pasaporte anterior en caso de renovación) Menores de edad /estudiantes dependientes de padres deberán presentar la Constancia de estudio Original o certificado de graduación (los puntos 2 y 3 deberán ser de sus padres). Carta de la agencia de viajes indicando el itinerario y fechas del viaje. Una (1) fotografía tamaño carnet fondo blanco por persona. Llenar y firmar los formularios de la solicitud de Visa canadiense y formularios complementarios por cada solicitante. 60 días hábiles Tabla de gastos de tramitación. Consulados de Canadá. Ley C-6, Toronto 19 junio 2017. Si usted no puede proporcionar todos los documentos de soporte a su solicitud de acuerdo la lista oficial de chequeo dada por La Inmigración , Refugio y Ciudadanía de Canadá (IRCC), usted está requerido a diligenciar y firmar el formulario de declaración (determinado como “Waiver form” en inglés) y adjuntarlo con su solicitud. Para realizar un curso de idiomas (ingles o francés) deberá presentar la carta de aceptación de la institución canadiense. formulario de solicitud y otros documentos necesarios. Aplicar para visa en Canadá.

Visa de Residente – (Precaria Temporal) – Paraguay

En Paraguay Existen 4 tipos de residencias: Turista, precaria, temporaria y permanente. La residencia precaria es la que se otorga a los ciudadanos extranjeros que desean radicarse por un tiempo inferior al establecido para la residencia temporaria. Es otorgada por un plazo no superior a seis meses y puede ser prorrogada por igual periodo de tiempo. Se puede optar por cada una de ellas por etapas, ya que en paraguay no es necesario tener un permiso de trabajo para obtener Actividades remuneradas haciendo así mas sencillo juntar los requisitos necesarios para las visas de residencia. Este articulo se enfocara en la obtención de la residencia Precaria   Para comenzar con el tramite diríjase al Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior en Paraguay. Inicie el el proceso del tramite en el ministerio. es indispensable que sea presencial el inicio del mismo (Ya el seguimiento de este puede ser seguido por un representante legal) Obtener el certificado de antecedentes emitido por la INTERPOL. El Departamento de INTERPOL, cuyas oficinas se ubican en las dependencias de la Policía Nacional de Identificaciones (Boggiani y RI Ytororó) Asunción, dicho departamento es dependiente de la Dirección de Apoyo Técnico de la Policía Nacional, cuenta con la Oficina de Expedición de Documentos. Dicha oficina es la encargada de recepcionar, procesar y expedir Certificados de Antecedentes para extranjeros y  algunos casos a los connacionales; para ser presentado ante el Departamento de Identificaciones, Registro de Extranjeros, Dirección General de Migraciones, Comisaría, Bancos y otros en los que se requiera.  Documento de identidad o pasaporte vigente (dos copias autenticadas).  Certificado de Antecedentes emitido por la INTERPOL (original más dos copias autenticadas). Solicitud de regularización con carácter de declaración jurada. Constancia de trabajo, expedida por la empresa o institución que lo emplea, acreditando la labor a realizar (encaso de que se requiera la precaria por razones de trabajo). 30 días (en caso deque todos los documentos sean verificados en todas las etapas de validación). Gs. 612.333 (Guaraníes). En caso de vencimiento del plazo de permanencia como turista, el/la solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 235.515 Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior  Art. 4- Del Derecho  al tránsito y a la residencia Ley N° 978/96 de Migraciones; la cual regula la migración de extranjeros y repatriación de nacionales. Decreto 9032/2007 “Patria Grande” Ley N° 2193/03 Poder Legislativo Todos los documentos en idioma extranjero deberán contar con su correspondiente traducción al castellano, hecha por traductores públicos, matriculados por la Corte Suprema de Justicia en Paraguay, con excepción de los documentos en idioma Portugués emitidos en la República Federativa del Brasil. Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla. Legalizar todos los documentos en el consulado de Paraguay antes del viaje, para posteriormente presentarlos en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Paraguay. http://www.bacn.gov.py/ http://www.migraciones.gov.py/index.php