Viajes y tramites

Visado de Reagrupación Familiar(general) – España

El visado de reagrupación familiar en régimen general habilita a su titular (familiar de un ciudadano extranjero residente legal en España) a residir en España por un periodo superior a 90 días. Pueden solicitar un visado de residencia para reagrupación familiar en régimen general los siguientes familiares de un ciudadano extranjero que ha residido legalmente en España durante un año y con autorización para residir por al menos otro año: El cónyuge del residente, siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho, y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley. Los hijos del residente y del cónyuge, incluidos los adoptados, siempre que sean menores de 18 años o personas con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud. Cuando se trate de hijos de uno solo de los cónyuges se requerirá, además, que éste ejerza la patria potestad o que se le haya otorgado la custodia y estén efectivamente a su cargo. En el supuesto de hijos adoptivos deberá acreditarse que la resolución por la que se acordó la adopción reúna los elementos necesarios para producir efecto en España. Los hijos mayores de 18 años que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades, debido a su estado de salud, cuando el residente extranjero sea su representante legal y el acto jurídico del que surgen las facultades representativas no sea contrario a los principios del ordenamiento español. Los ascendientes en primero grado del reagrupante y de su cónyuge cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razonas que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España. Lo primero que debe hacer es solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Luego de su llegada a España tiene un lapso de un mes para ir a una Oficina de Extranjería o a la Comisaria de Policía de la provincia donde se encuentre. Un formulario de información del solicitante, (original), se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Un formulario de solicitud de visado Nacional. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descarga en nuestra Web, en Información de Visados. Una fotografía reciente pegada, no escaneada, no grapada, en la primera hoja del formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y una copia de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Autorización de residencia por reagrupación, expedida por la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia española que corresponda, (original y copia). El intervalo de tiempo entre la recepción de la resolución y el inicio del trámite nunca puede ser mayor a 2 meses. Documentos originales apostillados que demuestren la relación de parentesco entre el reagrupante y el reagrupado, (original y copia). Tarjeta de Identidad de Extranjero compulsada del reagrupante con quien se reagrupa el familiar extranjero, (copia  compulsada y copia). Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y copia). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. Cuando el reagrupado sea menor de 18 años, autorización notarial y fotocopia del documento de identidad del otro progenitor permitiendo que el hijo/a viaje y resida permanentemente en España, (original y copia). 15 Días. 220,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.

Visa por Adquisición de un inmueble – España

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. La nueva Ley 14/2013 de 27 de septiembre regula la concesión de visados de residencia para inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores y trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, así como a sus cónyuges e hijos menores de 18 años. En caso de ser aprobados, los visados se expedirán con validez de un año, salvo el visado por traslado intraempresarial que tendrá la validez que requiera el traslado. Los visados de residencia al amparo de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre constituirán título suficiente para residir en España durante un año sin necesidad de tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, salvo en el caso del traslado intraempresarial. Lo primero que debe hacer es solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Luego de su llegada a España tiene un lapso de un mes para ir a una Oficina de Extranjería o a la Comisaria de Policía de la provincia donde se encuentre. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de Visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 1 copia de todas las hojas del pasaporte que contengan alguna inscripción o sello. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos mensuales garantizados no inferiores a 2.130 € (más 532 euros mensuales adicionales por cada miembro de su familia que viaje acompañando al interesado). No se admiten tarjetas de crédito, no se admite efectivo, no se admiten ingresos que procedan de futuros alquileres. Los únicos documentos válidos para acreditación económica son: Referencia bancaria que indique las cifras que se manejan y los estados de cuenta del último año, justificando en todos los casos documentalmente el origen de los fondos. Seguro médico contratado con una aseguradora autorizada a operar en España, que cubra los gastos de repatriación a su país de origen en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y copia). No se admitirán seguros contra-reembolso.Y también al menos uno de los siguientes requisitos específicos: Adquisición de un bien inmueble en territorio español de valor igual o superior a 500.000 euros, libre de toda carga o gravamen. Se acreditará la adquisición de la propiedad mediante certificación con información continuada de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda. Dicha certificación tendrá que haber sido emitida dentro de los 90 días anteriores a la presentación de la solicitud de visado. Si en el momento de presentación de la solicitud de visado, la adquisición del inmueble se encontrara pendiente de inscripción en el Registro de la Propiedad, será suficiente la presentación de la citada certificación, en la que conste vigente el asiento de presentación del documento de adquisición, acompañada de la documentación acreditativa del pago de los tributos correspondiente. 15 Días. 220,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley 14/2013 de 27 de septiembre Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Triptico de información.

Visa para Periodistas/Comunicadores – España

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país.   Lo primero que necesitamos es que nuestro empleador haga la solicitud en la oficina de extranjería de la provincia done se va a trabajar. Luego de que aprueben la solicitud a nuestro empleador disponemos de un mes para llevar los documentos requeridos a la cita en el consulado o embajada mas cercana a nuestra residencia. Luego de un mes, de ser concedido el visado, habrá que retirarlo en la misma oficina consular a la que asistió. A partir del momento en que usted retiro la visa de la oficina consular dispone de un mes para ingresar a España.  Una vez ya en el país dispone de 30 días para presentarse en una Comisaría de Policía u Oficina de Extranjería para obtener la preceptiva tarjeta de identidad de extranjero, que le garantizara su estadía legal en España.   Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos fotografías recientes pegadas no escaneadas, no grapadas, en la primera hoja de cada formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y dos copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y 2 copias). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. Resolución de autorización de excepción a la autorización de trabajo o en su defecto Impreso de solicitud de excepción a la autorización de trabajo en el modelo EX-09, (original y 2 copias). Se puede descargar en el siguiente enlace: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación a su país de origen en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Título académico apostillado, que le habiliten para el ejercicio de su actividad en su país de origen (original y 2 copias). Historial profesional del solicitante, (original y 2 copias). Contrato de trabajo, (original y 2 copias). Certificación expedida por el Medio de Comunicación emitido por el director o editor para el que se va a trabajar que acredite que el interesado es periodista profesional y ha sido designado para desempeñar tareas informativas al servicio de ese medio, duración estimada de esta designación ,que existe una relación laboral fija entre el interesado y el medio, y los ingresos que percibirá, (original y 2 copias). Certificación expedida por el Medio de Comunicación emitido por el director o editor para el que se va a trabajar que acredite, en el caso de que existan otros corresponsales acreditados del mismo medio, especificación de quien de ellos es el jefe de la corresponsalía y las características del medio (difusión, importancia, etc) , (original y 2 copias). Declaración de que el interesado se dedicara en exclusiva a la misión informativa para la que ha sido designado, (original y 2 copias). 30 Días. 153,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.  

Visa para Artistas o Espectáculos – España

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país.   Lo primero que necesitamos es que nuestro empleador haga la solicitud en la oficina de extranjería de la provincia done se va a trabajar. Luego de que aprueben la solicitud a nuestro empleador disponemos de un mes para llevar los documentos requeridos a la cita en el consulado o embajada mas cercana a nuestra residencia. Luego de un mes, de ser concedido el visado, habrá que retirarlo en la misma oficina consular a la que asistió.   Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descarga en nuestra Web, en Información de Visados. Dos fotografías recientes pegadas no escaneadas, no grapadas, en la primera hoja de cada formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y dos copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Resolución de autorización de excepción a la autorización de trabajo o en su defecto Impreso de solicitud de excepción a la autorización de trabajo en el modelo EX-09, (original y 2 copias). Se puede descargar en el siguiente enlace: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790). Oferta empleo para trabajadores extranjeros sellada por el organismo que solicita sus servicios, (original y 2 copias). Contrato de trabajo en el que se manifieste: duración, fechas concretas y clase de actividades sellado por la oficina de trabajo correspondiente, (original y 2 copias). Las actividades no podrán superar 5 días continuados o 20 días no continuados en un periodo de 6 meses. Compromiso de alojamiento, manutención y cobertura de gastos generales, seguro médico hospitalario y eventuales gastos de repatriación del solicitante, (original y 2 copias). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Certificado de antecedentes penales apostillado, expedido por el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores y Justicia en Venezuela. Solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y 2 copias). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…)no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.  

Visa de residencia y trabajo (cuenta propia) – España

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. esta visa permite a un extranjero residir en España y realizar una actividad laboral o profesional por cuenta propia. Pagar Tasa consular. Programar una cita en el consulado y llevar los siguientes documentos Dos Formularios de solicitud del visado que se pueden conseguir en el consulado cumplimentadas en su totalidad claramente y firmadas por el interesado. Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 1 copia de todas las hojas del pasaporte que contengan alguna inscripción o sello. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada.  Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de Visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Certificado de antecedentes penales apostillado, expedido por el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz en Venezuela. Solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos mensuales garantizados no inferiores a 2.130 € (más 532 euros mensuales adicionales por cada miembro de su familia que viaje acompañando al interesado). Seguro médico de viaje que cubra, durante todo el tiempo de estancia en los Estados Schengen, los gastos médicos y la repatriación asociados a un accidente o a una enfermedad repentina. La cobertura mínima debe ser de $50,000, sin deducibles. Presente copia de la póliza donde se verifica que el seguro cubre 100% el pago de la asistencia en el momento de  la urgencia.(Copia).  Pasaporte actualizado y vigente (mínimo 6 meses) Fotografías recientes del solicitante (generalmente 3), a color con el fondo en blanco, tamaño pasaporte.  Certificado de antecedentes penales, o documento equivalente, expedido por las autoridades del país de origen del interesado o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.  Certificado médico, donde se compruebe que no se padece enfermedades graves o contagiosas. La titulación o acreditación de que se posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada. Acreditación de que se cuenta con la solvencia económica necesaria para residir en España. Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, si es el caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea. Presentación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional que se indique.Deben presentarse originales y 2 copias de los requisitos anteriormente listados. 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días naturales en determinadas circunstancias. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.  

Permiso Residencia (Estudio) – Aruba

Desea iniciar o continuar sus estudios en Aruba? Para ello, necesita un permiso de residencia temporal. Con este permiso de residencia, usted puede estudiar ( y durante el periodo de estudio en Aruba puede obtener experiencia laboral como aprendiz). No tienes permiso para trabajar (además del estudio). Hay que tener en cuenta: Que si Usted quiere permanecer en Aruba después de finalizar sus estudios, que el permiso de estadía de duración larga será considerado como su primer permiso. Para ser elegible para un permiso de residencia como estudiante, debe cumplir con las requisitos que se expondram mas abajo, pero primero los pasos a seguir: . Lo primero hacer es realizar nuestra cita por la pagina web ACÁ. Haga clic en el día que desee. Complete el formulario de registro, Haga clic en Enviar y espere la confirmación (en la pantalla y su dirección de correo electrónico), Tienes que imprimir y llevarlo. Requisitos para el permiso de Estudio: Usted es mayor de edad (18 años y más) Usted es financieramente solvable (fianza de estudio) o un tercero (escuela o persona natural) puede hacerse garante para usted Usted desea realizar un estudio completo durante el dia en una institución educativa acreditada: La Universidad de Aruba El Instituto Pedagogico Arubano EPI El International School of Aruba El Hospital Dr. Horacio Oduber Xavier School of medicine Notas certificadas. Contrato de alquiler o comprobante de vivienda adecuada. Certificado de antecedentes penales. Certificado de inscripción en el registro (DBSB). (registro civil) Declaración del Instituto de Educación. Comprobante de solvencia. Comprobante de Seguro medico privado por el periodo de estudio. Requisitos para el visado: Formulario de solicitud del visado para el Caribe Holandés. Debe firmar el formulario durante su cita, en presencia de un empleado consular. Debe presentar un pasaporte u otro documento de viaje, que tenga al menos 2 páginas en blanco. El documento debe tener todavía una vigencia mínima de 3 meses después de su marcha de las partes caribeñas del Reino.Cuando presente la solicitud, debe entregar su pasaporte. Si quiere un comprobante de que su pasaporte se encuentra en la embajada o consulado, lleve consigo una fotocopia extra de su pasaporte y le entregarán dicha copia con un sello de la embajada o consulado. Este trámite es gratuito. Demuestre que permanece legalmente en el país donde hace la solicitud. Presente por ejemplo un pasaporte, un permiso de residencia o un visado. Fotografía tipo carnet de 35mmx45mm a color. Si el servicio de inmigración local ha aprobado su permiso de residencia, entregue una copia de la carta que ha recibido su referente.  En este caso Aruba. 15 días para la visa. 35,00 Euros. (Visa). Embajada de los paises bajos mas cercana a su lugar de domicilio. DIMAS Aruba  Paardenbaaistraat 11Oranjestad Aruba.   Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. No se proporciona información sobre su cita, no por teléfono (línea de información), no por correo electrónico! Debe recibir una confirmación. (En su pantalla y en su dirección de correo electrónico) No está permitido hacer citas múltiples para la misma persona. Cuando se anote, se eliminarán todas las citas. El formulario de cita debe ser completo y correcto. Los datos del solicitante, así como el número de pasaporte, deben ser introducidos correctamente. Los documentos deben ser traducidos por un traductor jurado para poder ser usados en los países miembros del reino de los países bajos (NO hay necesidad de traducir en caso de estar en los idiomas: inglés, francés, alemán o neerlandés). La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Sistema de citas. ED-card. https://www.paisesbajosytu.nl/ https://www.dimasaruba.aw/es/.  

Visa de Turismo – Aruba

Tiene la calidad de turista toda persona extranjera que ingrese a Aruba, con fines de recreo (vacación y relajación), deportivos, de salud, familiares, de estudios, religiosos o de visita de negocios. Se le prohíbe a turistas desarrollar actividades remuneradas durante su estadía en Aruba. Posee un listado de paises que necesitaba una visa para poder ingresar. La mayoría de los paises de sur america estan exentos de visa (a excepcion de Perú). en caso de necesitar la visa estos son los pasos a seguir. Listado de países que requieren visado en Aruba: Afganistán Albania Angola Autoridad Nacional Palestina Argelia Armenia Azerbaiján Bahrein Bangladesh Belarús Benin Bhután Bolivia Bosnia-Herzegovina Botswana Burkina Faso Burundi Camboya Camerún China Las Islas Comoros Congo (Brazzaville) Congo (Kinshasa) Corea del Norte Costa de Marfil Cuba Djibouti Egipto Emiratos Árabes Unidos Eritrea Etiopía Federación Rusa Fiji Filipinas Gabón Gambia Georgia Ghana Guinea Ecuatorial Guinee-Bissau Haití India Indonesia Irán Irak Islas De Cabo Verde Islas De Salomón Islas Marshall Islas Norteñas Mariana Jamaica Jordania Kazajstán Kiribati Kuwait Kyrgyzstan La Arabia Saudita Laos Líbano Lesotho Liberia Libia Kenia Macedonia Madagascar Malawi Maldivas Malí Marruecos Mauritania Micronesia Moldova Mongolia Montenegro Mozambique Myanmar Namibia Nauru Nepal Níger Nigeria Omán Palau Papua-Nueva Guinea Pakistán Perú Qatar República de África Central República del Chad República Dominicana República De Guinea Rwanda Samoa Santo Tomé y Príncipe Serbia Senegal Siria Sierra Leona Somalia Sudáfrica Sri Lanka Sudán Swazilandia Tailandia Tayikistán Tanzania Timor Oriental Togo Tonga Túnez Turako Turkmenistán Turquía Tuvalu Ucrania Uganda Uzbekistán Vanuatu Vietnam Yemen Zambia Zimbabwe Diríjase a la embajada de los países bajos mas cercana a su lugar de residencia. Llene el formulario en presencia de un empleado de la embajada. Llenar la ED-card que va a ser la tarjeta de embarque y desembarque y sera entregada al momento de abordar el avión, pero también se puede llenar vía online aquí. Presentar boletos de avión de ida y vuelta. A petición del funcionario de inmigración, el turista debe poder probar a satisfacción del funcionario que tiene una reservación válida de alojamiento en Aruba (por ejemplo en un hotel o un apartamento) o que posee bienes inmuebles en Aruba (una vivienda, un condominio, un apartamento, un apartamento en tiempo compartido o una embarcación (yate) atracada en uno de los puertos Aruba, con una longitud de por lo menos 14 metros, medida en la línea de flotación). Tiene que presentar los documentos necesarios para regresar al pais de origen. A petición del funcionario de inmigración, el turista debe poder probar a satisfacción del funcionario de migración que dispone de suficientes recursos para pagar los gastos de alojamiento y mantenimiento durante su estadía en Aruba, ya sea en efectivo, tarjeta de crédito o una combinación de ambos, o que dispone de una declaración de garantía de un residente legal de Aruba quien será el garante para su estadía. tiene que tomar en cuenta que el ingreso y la estadía en Aruba es una decisión del funcionario de migración. Las autoridades migratorias tienen la autorización para conceder o rechazar el ingreso en la frontera. El ingreso puede ser rechazado si en el momento de ingreso no se satisfacen todos los requisitos para el ingreso o si el turista aparece en la lista de personas que nos se admiten a Aruba. Formulario de solicitud que debe ser llenado en al embajada en presencia de un empleado consular. Debe presentar un pasaporte u otro documento de viaje, que tenga al menos 2 páginas en blanco. El documento debe tener todavía una vigencia mínima de 3 meses después de su marcha de las partes caribeñas del Reino. Si pide usted un visado para un menor de 18 años, necesitará una partida de nacimiento del menor y un documento de identidad de ambos padres.Si los padres no viajan con el menor, o solo viaja uno de los progenitores, necesitará una declaración de consentimiento, firmada por ambos padres o tutores. Si la patria potestad sobre el menor solo la ostenta uno de los progenitores, necesitará una declaración del tribunal. Demostrar que permanece legalmente en el país donde hace la solicitud. Presente por ejemplo un pasaporte, un permiso de residencia o un visado. Una foto de 35mm x 45mm a color. Muestre el itinerario de su viaje, por ejemplo con una reserva de avión. Se aconseja no comprar un billete hasta haber recibido el visado. Demuestre que, después de marcharse de las partes caribeñas del Reino, puede continuar su viaje a otro país. Por ejemplo con un visado, un permiso de residencia o un pasaporte. Demuestre que dispone de suficiente dinero para su estancia en un hotel. El importe medio es de 150 a 200 USD por día. 15 días habiles. 35,00 Euros. Embajada de los paises bajos mas cercana a su lugar de domicilio. Legislación Migratoria Holandesa Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Formulario para llenar en la embajada. ED-card.  

Visa de Residente – (Temporal 1año) – Paraguay

En Paraguay Existen 4 tipos de residencias: Turista, precaria, temporaria y permanente. Se puede optar por cada una de ellas por etapas, ya que en Paraguay no es necesario tener un permiso de trabajo para obtener Actividades remuneradas haciendo así mas sencillo juntar los requisitos necesarios para las visas de residencia. Este articulo se enfocara en la obtención de la residencia temporal. Es la otorgada a los ciudadanos extranjeros que desean permanecer en el país en calidad de residentes temporarios. La duración de esta residencia por Ley 978/96 es de hasta un año, pudiendo ser renovable por periodos iguales al autorizado, hasta un máximo de seis (6) años. Por Acuerdo Mercosur, el período de residencia temporaria es de dos años, prorrogable por dos años más.   Ya habiendo obtenido el permiso de residencia de la precaria, para comenzar con el tramite de la residencia temporal diríjase al Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior en Paraguay. Solicite el formulario.Es indispensable que todo el proceso sea presencial. Complete todos los recados que se  le solicitan. Espere el tramite de su residencia. Formulario de Solicitud Documentos de identificación del país de origen: Cédula de Identidad o DNI vigente, acompañada del comprobante de ingreso al país o pasaporte vigente con sello de ingreso al país. Visa Consular o En Arribo; en el caso de los países que la requieran. Certificado de nacimiento del país de origen. Certificado de Antecedentes Policiales o Penales vigente (Requerido a partir de los 14 años). Si su última residencia fue en su país de origen; Certificado de Antecedentes del país de origen. Si residió en otro país durante los últimos 5 años; Certificado de Antecedentes del país de residencia o documento que respalde o acredite que el/la interesado/a residió en dicho país durante los últimos 5 años. Certificado de Antecedentes para Extranjeros vigente (Requerido a partir de los 14 años). Constancia de Estado Civil (Si corresponde). Certificado de Vida y Residencia vigente. Demostración de solvencia económica. 90 días (en caso deque todos los documentos sean verificados en todas las etapas de validación). Gs. 1.292.703 (Guaraníes). En caso de vencimiento del plazo de permanencia como turista, el/la solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 235.515 Dpto. de Migraciones del Ministerio del Interior  Art. 4- Del Derecho  al tránsito y a la residencia Ley N° 978/96 de Migraciones; la cual regula la migración de extranjeros y repatriación de nacionales. Decreto 9032/2007 “Patria Grande” Ley N° 2193/03 Poder Legislativo Todos los documentos en idioma extranjero deberán contar con su correspondiente traducción al castellano, hecha por traductores públicos, matriculados por la Corte Suprema de Justicia en Paraguay, con excepción de los documentos en idioma Portugués emitidos en la República Federativa del Brasil. Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla. Legalizar todos los documentos en el consulado de Paraguay antes del viaje, para posteriormente presentarlos en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Paraguay. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada. http://www.bacn.gov.py/ http://www.migraciones.gov.py/index.php

Visa de Trabajo – Temporal – Perú

En la mayor parte de los casos las visas de empleo temporal se emiten sobre la base de una oferta formal de trabajo validada por el Departamento de Empleos y las autoridades del Servicio de Inmigración. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal, click AQUÍ. Llenar el formulario de Solicitud de visa de trabajador temporal. Llenar el formulario del representante legal en caso de ser necesario. Llenar el formulario para el carnet de extranjería. Ingresar los datos de recibo de pago del Banco de la Nación por conceptos de derecho de tramites para la verificación correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar requisitos y llevarlos a la superintendencia nacional de migraciones. Documentación general: (Debe ser enviada por titulares y dependientes) Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles) Copia legible del pasaporte  o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de MIGRACIONES del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con excepción de los casos comprendidos en los Arts. 3º y 6º del Decreto Legislativo Nº 689, su reglamento D.S.Nº 023-2001-TR y modificatorias. La ficha RUC de la empresa contratante debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO. Entrega de copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de MIGRACIONES, de la vigencia del poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registra, en caso sea persona distinta al Gerente General. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú  Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado. En caso de contrato firmado en el país, el usuario debe encontrarse con la calidad migratoria habilitante o tener el permiso especial para firmar contratos. Si el contrato fue firmado en el extranjero deber ser legalizado por Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. La presentación del contrato debe ser con antigüedad no mayor de 30 días, de haber sido aprobado por la autoridad de trabajo. En los casos que el contrato contemple períodos de prueba, procederá el otorgamiento de visa temporal hasta el cumplimiento de dicho período; luego el usuario podrá solicitar el Cambio de Clase de Visa a Residente. Solicitud Visa Trabajo (temporal) Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones

Visa de Turismo – Paraguay

Para acceder a Paraguay como turista no se requerirá de una visa siempre y cuando se sea un ciudadano de uno de los países pertenecientes al MERCOSUR, solo bastara con el pasaporte o cédula de identidad para marcar el ingreso o la salida del país, ACÁ esta la lista de países que no necesitan visa y los que requerirán de ella. A través del Decreto Nº 10.033 de fecha 9 de noviembre del corriente año, Artículo 20, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay está facultado a otorgar visas categoría No Residente en el Aeropuerto Internacional «Silvio Pettirossi», denominadas «Visas de Arribo» para los nacionales de los siguientes estados: AUSTRALIA, CANADA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, NUEVA ZELANDA, REPÚBLICA DE CHINA (TAIWAN). Pero en caso de no pertenecer ala lista de países que no la requieran estos son los pasos a seguir.   Para comenzar con el tramite contacte con el consulado de su país correspondiente, para poder concretar una cita y poder presentar los documentos necesarios. Acude a la entrevista con todos los documentos necesarios. Retira tu visa para poder ingresar a Paraguay. En caso de no pertenecer a alguno de los países listados estos son los requisitos que necesitas para obtener tu visa: Pasaporte valido por 6 meses. Completar el formulario. Copia a color del pasaporte (Pagina principal). Una copia de la visa o certificado de residencia (este paso dependerá del consulado de su país de residencia). Foto Tipo pasaporte a color. Certificado de solvencia económica del ultimo mes. Antecedentes Penales. Reserva de el pasaje. En caso de las visas de Arribo podrán ser tramitadas en la oficina establecida para el efecto en el citado aeropuerto (Aeropuerto Internacional «Silvio Pettirossi» en Paraguay) y serán exigidos los siguientes requisitos: Pasaporte con validez de por lo menos seis (6) meses. Pago del Arancel correspondiente. Tiempo de tramite de 20 a 30 días hábiles. El costo de las visas de múltiple ingreso pueden variar según cada país, pero es un costo aproximado de entre 135$ a 160$ Costo de las visas de arribo para: Australia $ 135,00 USD. Canadá $ 150,00 USD. Estados Unidos de América $ 160,00 USD. Nueva Zelanda $ 140,00 USD. República de China (Taiwán) $ 100,00 USD. Oficina consular mas cercana a su lugar de residencia. Aeropuerto Internacional «Silvio Pettirossi» (Visa de Arribo). Ley N° 2828/05 – Del Turismo Ley N° 1.388/98 – Que Crea la Secretaría Nacional de Turismo Decreto Nº 10.033 9/11/2016 Las visas sólo podrán otorgarse a personas que residan o se encuentren legalmente dentro del país sede de la oficina consular, salvo los casos autorizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Si ya estás en el país y deseas prolongar tu estadía, puedes obtener una prórroga de tres meses más en las oficinas de inmigración. Dirección general de Migraciones. Dirección de embajadas.