Visa para Trabajador Religioso – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. Lo primero que necesitamos es que nuestro empleador haga la solicitud en la oficina de extranjería de la provincia done se va a trabajar. Luego de que aprueben la solicitud a nuestro empleador disponemos de un mes para llevar los documentos requeridos a la cita en el consulado o embajada mas cercana a nuestra residencia. Luego de un mes, de ser concedido el visado, habrá que retirarlo en la misma oficina consular a la que asistió. A partir del momento en que usted retiro la visa de la oficina consular dispone de un mes para ingresar a España. Una vez ya en el país dispone de 30 días para presentarse en una Comisaría de Policía u Oficina de Extranjería para obtener la preceptiva tarjeta de identidad de extranjero, que le garantizara su estadía legal en España. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descargan en nuestra Web, en Información de Visados. Dos fotografías recientes pegadas, no escaneadas, no grapadas, en la primera hoja de cada formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y dos copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado expedido por el Ministerio de Justicia de España que acredite que la Entidad Religiosa está inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, (original y 2 copias). Dos copias de los Estatutos de la orden. Certificado expedido por la congregación religiosa en España, con la conformidad del Ministerio de Justicia de España, en el que se manifieste el compromiso de alojamiento, manutención y cobertura de gastos generales, así como del seguro médico hospitalario, eventuales gastos de repatriación del solicitante, así como cumplir los requisitos exigibles de acuerdo con la normativa sobre Seguridad Social, (original y 2 copias). Certificado expedido por la congregación religiosa en España, con la conformidad del Ministerio de Justicia de España, en el que se manifieste que el interesado tiene, efectiva y actualmente, la condición de ministro de culto, miembro de la jerarquía o religioso profeso por cumplir los requisitos establecidos en sus estatutos y autorice el traslado del solicitante a la congregación en España, (original y 2 copias). Certificado expedido por la congregación religiosa en su país de residencia, en el que el superior de la misma autorice el traslado del solicitante a la congregación en España, (original y 2 copias). Resolución de autorización de residencia no lucrativa del interesado, (original y 2 copias) o en su defecto Impreso de solicitud de autorización de residencia no lucrativa del interesado en el modelo EX-01, (original y 2 copias). Se puede descargar en: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790), (original y 2 copias). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y copia). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…)no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. (original y 2 copias). 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.
Visa para Artistas o Espectáculos – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. Lo primero que necesitamos es que nuestro empleador haga la solicitud en la oficina de extranjería de la provincia done se va a trabajar. Luego de que aprueben la solicitud a nuestro empleador disponemos de un mes para llevar los documentos requeridos a la cita en el consulado o embajada mas cercana a nuestra residencia. Luego de un mes, de ser concedido el visado, habrá que retirarlo en la misma oficina consular a la que asistió. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descarga en nuestra Web, en Información de Visados. Dos fotografías recientes pegadas no escaneadas, no grapadas, en la primera hoja de cada formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y dos copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Resolución de autorización de excepción a la autorización de trabajo o en su defecto Impreso de solicitud de excepción a la autorización de trabajo en el modelo EX-09, (original y 2 copias). Se puede descargar en el siguiente enlace: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790). Oferta empleo para trabajadores extranjeros sellada por el organismo que solicita sus servicios, (original y 2 copias). Contrato de trabajo en el que se manifieste: duración, fechas concretas y clase de actividades sellado por la oficina de trabajo correspondiente, (original y 2 copias). Las actividades no podrán superar 5 días continuados o 20 días no continuados en un periodo de 6 meses. Compromiso de alojamiento, manutención y cobertura de gastos generales, seguro médico hospitalario y eventuales gastos de repatriación del solicitante, (original y 2 copias). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Certificado de antecedentes penales apostillado, expedido por el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores y Justicia en Venezuela. Solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y 2 copias). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…)no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.
Visado Residencia No Lucrativa – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. Debe programar la cita para su visa en el consulado mas cercano a su residencia. recaudar todos los requisitos y asistir el día de la cita pautada. Presentar los documentos y esperar a que sea aprobada su visa. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descarga en nuestra Web, en Información de Visados. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 2 copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Resolución de autorización de residencia no lucrativa del interesado, (original y 2 copias) o en su defecto Impreso de solicitud de autorización de residencia no lucrativa del interesado en el modelo EX-01, (original y 2 copias). Se puede descargar en: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790), (original y 2 copias). Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos periódicos garantizados no inferiores a 30.000 €/ año (original y 2 copias). Jubilados: Constancia de jubilación (original y 2 copias) y certificación que prueben una renta anual superior a 30.000 €, (original y copia). No se admiten tarjetas de crédito, no se admite efectivo, no se admiten ingresos que procedan de futuros alquileres. Los únicos documentos válidos para acreditación económica son: Referencia bancaria que indique las cifras que se manejan y los estados de cuenta del último año, justificando en todos los casos documentalmente el origen de los fondos. Si los medios de vida proceden de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras, radicadas en España, acreditará, mediante certificación de las mismas que no ejerce actividad laboral alguna en dichas empresas presentará declaración de que no ejerce tal actividad en ninguna otra. La base de los ingresos económicos se incrementará en 7.500 €/ año por cada persona en el caso de re agrupación familiar de cónyuge e hijos menores de 18 años. Aportando los registros civiles literales de matrimonio o nacimiento(original apostillado y 2 copias) y si procede, un documento de compromiso suscrito ante notario público de sostenimiento. Para cónyuge: registro civil de matrimonio, (original apostillado y 2 copias de cada registro). Para hijos: registro civil de nacimiento, (original apostillado y 2 copias de cada registro). Para hijos: Permiso de los progenitores que posean la patria potestad del menor, suscrito ante notario, con la indicación expresa de que lo autoriza a “salir del país y residir en España” con su padre y/o madre, (original y 2 copias). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Acreditación de disponibilidad de alojamiento privado o residencial, o acreditación de medios para esa disponibilidad, de un nivel igual o superior al promedio de españoles en la zona. En su caso Acta notarial de la persona con la que se va a residir en España, (original y 2 copias). Certificado de antecedentes penales apostillado, expedido por el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores y Justicia en Venezuela. Solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico, no debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. 15 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Solicitud de visado nacional.
Visa de residencia y trabajo (cuenta propia) – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. esta visa permite a un extranjero residir en España y realizar una actividad laboral o profesional por cuenta propia. Pagar Tasa consular. Programar una cita en el consulado y llevar los siguientes documentos Dos Formularios de solicitud del visado que se pueden conseguir en el consulado cumplimentadas en su totalidad claramente y firmadas por el interesado. Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 1 copia de todas las hojas del pasaporte que contengan alguna inscripción o sello. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de Visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Certificado de antecedentes penales apostillado, expedido por el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz en Venezuela. Solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos mensuales garantizados no inferiores a 2.130 € (más 532 euros mensuales adicionales por cada miembro de su familia que viaje acompañando al interesado). Seguro médico de viaje que cubra, durante todo el tiempo de estancia en los Estados Schengen, los gastos médicos y la repatriación asociados a un accidente o a una enfermedad repentina. La cobertura mínima debe ser de $50,000, sin deducibles. Presente copia de la póliza donde se verifica que el seguro cubre 100% el pago de la asistencia en el momento de la urgencia.(Copia). Pasaporte actualizado y vigente (mínimo 6 meses) Fotografías recientes del solicitante (generalmente 3), a color con el fondo en blanco, tamaño pasaporte. Certificado de antecedentes penales, o documento equivalente, expedido por las autoridades del país de origen del interesado o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años. Certificado médico, donde se compruebe que no se padece enfermedades graves o contagiosas. La titulación o acreditación de que se posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada. Acreditación de que se cuenta con la solvencia económica necesaria para residir en España. Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, si es el caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea. Presentación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional que se indique.Deben presentarse originales y 2 copias de los requisitos anteriormente listados. 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días naturales en determinadas circunstancias. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.
Profesional Altamente cualificado – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. La nueva Ley 14/2013 de 27 de septiembre regula la concesión de visados de residencia para inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores y trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, así como a sus cónyuges e hijos menores de 18 años. Lo primero que debe hacer es hacer su solicitud de grandes inversores en este portal. De ser aprobada su solicitud pida una cita en la oficina consular mas cercana a su lugar de residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de Visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 1 copia de todas las hojas del pasaporte que contengan alguna inscripción o sello. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado de antecedentes penales apostillado. Solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos mensuales garantizados no inferiores a 2.130 € (más 532 euros mensuales adicionales por cada miembro de su familia que viaje acompañando al interesado). Los únicos documentos válidos para acreditación económica son: Referencia bancaria que indique las cifras que se manejan y los estados de cuenta del último año, justificando en todos los casos documentalmente el origen de los fondos. Seguro médico contratado con una aseguradora autorizada a operar en España, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y copia). No se admitirán seguros contra-reembolso. Presentar la autorización previa de residencia para profesionales altamente cualificados tramitada por su empresa ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos de la Dirección General de Migraciones (Ministerio de Empleo y Seguridad Social). 15 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley 14/2013 de 27 de septiembre Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Triptico de información.
Visa Tripulación/Transito – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. Los visados de tránsito aeroportuario están sometidos a la obligación de contar con este visado los nacionales de los países que se encuentran recogidos en los listados de países sometidos a la obligación de visado de tránsito aeroportuario (listado I y listado II). Lo primero que debe hacer es hacer su solicitud personalmente en el consulado de España mas cercano a su residencia. Llenar la solicitud de visado que puede retirarla directamente en la oficina consular o puedes obtenerla ACÁ. Pagar la tasa del visado. Esperar que sea aprobada su solicitud. Formulario de solicitud de visa debidamente llenado y firmado por el interesado (copia y original). Dos fotografías en color recientes, tamaño pasaporte, con fondo blanco. Pasaporte vigente o título de viaje reconocido como válido en España, con una vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia. Constancia médica de la buena salud del solicitante, mediante presentación de informe o certificado médico. Constancia de antecedentes penales o certificado policial. Si se considera necesario, las autoridades españolas podrán realizar una entrevista personal. En caso de ser requerida, el solicitante debe presentarse ante el Consulado en un plazo no superior a 15 días hábiles desde fecha de la notificación. Si es pertinente, el libretín de marino válido más allá de la fecha de expiración de su contrato de trabajo y también todos los libretines de marino que ha tenido antes. Los tripulantes deben presentar un reporte oficial de pérdida si no pueden presentar el libretín. Una carta de su empleador detallando su posición, salario, cuánto tiempo ha estado empleado, alguna autorización de vacaciones y el propósito de la compañía, si fuera el caso, para su viaje a los Estados Unidos. Cuando sea apropiado, un itinerario y/o cualquier otra información sobre el viaje previsto (Puede ser tentativo). Para tripulantes: Una carta de la oficina central de su empresa y/o su libretín de marino. 15 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Reglamento (CE) Nº 810/2009 Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días naturales en determinadas circunstancias. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Listado I. Listado II.
Visa de dependencia-República Dominicana
Las visas por dependencia son expedidas en razón de dependencia familiar de los usuarios, de los beneficiarios de visas diplomáticas, oficiales, cortesías, negocios y de estudiante, sujeto al tipo de visa otorgada al familiar principal o al patrono de quien dependan. Todos los ciudadanos extranjero que residan legalmente en la República Dominicana tienen derecho a solicitar visas por dependencia en las oficinas consulares de la República Dominicana. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA,y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios. Carta de solicitud de visa dirigida a la oficina consular por la persona de quien depende el beneficiario, quien deberá identificarse, presentar pruebas de que posee visa de Estudiante o de Negocios con Fines Laborales por un año NMl (en este último caso dicha comunicación deberá ser suscrita por el organismo del cual depende el beneficiario del visado NMl). Asimismo, deberá indicar si la persona a favor de quien se solicita la visa depende de él por lazos familiares o por relación de trabajo. Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco. Pasaporte original con una vigencia mínima de seis (06) meses. Fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia. (Si aplica) Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente (autoridad federal en caso de Estados federados) de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda. Póliza de Seguro de Garantía Migratoria Internacional que cubra las eventualidades médicas o de otra índole que puedan ocurrir al extranjero mientras dure su estadía en territorio dominicano, además de gastos de repatriación, disponible para ser adquirido en la oficina consular. Certificación médica de que el peticionario no posee enfermedades infecto contagiosas. Visas dominicanas y de otros países vigentes o vencidas Acta de matrimonio o acta de nacimiento de los hijos, según la calidad de la persona que solicita la visa de dependencia. Documentos que acrediten solvencia económica (carta bancaria, carta de trabajo, títulos de propiedad, etc.), de la persona de que se depende. Si algún documento se expide en la República Dominicana, debe ser certificado por un notario público y legalizado por la Procuraduría General de la República. Copia de la Visa o Tarjeta de Residencia dominicana y copia del pasaporte de la persona de la cual dependa el interesado. Autorización de los padres o tutor, cuando se trata de un menor de edad y quien solicita no es el padre o la madre. En este caso, se requiere que el padre o la madre que no está en la República Dominicana manifieste conformidad con que el otro padre lleve a vivir a la República Dominicana al menor. Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. el costo es de 80,00$ Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su
Visas Diplomáticas, Oficiales y de Cortesía-República Dominicana
La República Dominicana es un país abierto al mundo. Todas nuestras bellezas naturales, nuestra historia, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades. Las visas diplomáticas se otorgan a miembros y familiares de misiones diplomáticas y consulares, incluyendo a miembros de organismos internacionales; las visas oficiales se otorgan a funcionarios gubernamentales y/o de organismos internacionales y sus familiares poseedores de pasaportes oficiales que viajen al país en forma particular o en gestiones propias de su cargo; y la visa de cortesía se otorgan en pasaportes ordinarios a aquellos funcionarios diplomáticos o gubernamentales y sus familiares que viajen al país con esta clase de pasaportes, en igual sentido se otorgan visas de cortesía a personalidades distinguidas y a sus familiares. Todas las delegaciones diplomáticas, consulares, organismos internacionales y personalidades pueden dirigirse a las oficinas consulares de la República Dominicana y solicitar una visa de categoría diplomática, oficial o de cortesía. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA,y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco. Pasaporte original con una vigencia mínima suficiente para la estancia en la República Dominicana. Nota Verbal o Diplomática de la Misión Diplomática, Consular u Organismo Internacional, solicitando la visa y debiendo indicar: Nombre del solicitante, 2. Nacionalidad, 3. Número de pasaporte, 4. Rango diplomático o cargo que desempeña, 5. Propósito del viaje. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. el costo es de RD$12,000.00 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su visa de residente. Ley de migraciones Migraciones República Dominicana Formulario de solicitud
Visa residencia permanente-República Dominicana
El permiso de residencia permanente en República Dominicana es aquel permiso que se le otorga a los extranjeros que han permanecido en la República Dominicana y han renovado su residencia temporal por cinco años continuos y aquellos que califican baja a una de las categorías especiales de acuerdo a la ley de migración del país, dichas categoría podemos señalar las siguientes: Inversionistas, jubilados y rentistas, siempre y cuando, cumpla con las condiciones para ello . Para adquirir dicho estatus el extranjero que haya cumplido con lo anteriormente expuestos debe de solicitar a la Dirección General de Migración de la República Dominicana para que le conceda el permiso del estatus de residente permanente en república dominicana. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA,y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Formulario de solicitud de cambio de categoría de temporal a Permanente Realización de exámenes médicos. Carnet de residencia permanente.(ANEXAR 1 COPIA DEL MISMO) Cédula de identidad personal. EMITIDA POR LA JCE (ANEXAR 1 COPIA DE LA MISMA). EL ORIGINAL SE DEVUELVE AL EXTRANJERO DESPUÉS DE VERIFICADA. Pasaporte y fotocopia de la pagina principal. Con un mínimo de (18) MESES de vigencia. Certificación de antecedentes penales legalizados y apostillados. Cuatro (4) fotografías recientes tamaño 2 x 2 de frente y dos (2) de perfil, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas. Si solicita Residencia Permanente para cónyuge o conviviente, pasaporte, acta denacimiento, acta de matrimonio o prueba de convivencia debidamente apostillada o legalizada, según corresponda; Si solicita Residencia Permanente para hijos y menores dependientes, pasaportes,actas de nacimiento correspondientes, debidamente apostilladas o legalizadas, según corresponda. Contrato de trabajo registrado por el Ministerio de Trabajo, en el caso que aplique. Prueba de solvencia económica; en el caso de ser jubilado o pensionado o de serrentista, constancia de la pensión o renta o de depósitos bancarios de que dispone para su manutención en la República Dominicana; El solicitante será citado para que comparezca a la D.G.M. a una entrevista ante un Oficial de Migración. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. el costo es de RD$12,000.00 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su visa de residente. Ley de migraciones Migraciones República Dominicana
Visa residencia temporal-República Dominicana.
Según establece el artículo 1 del Decreto 328-02, del 9 de mayo del 2002, “Los extranjeros que deseen ingresar al país con la finalidad de fijar residencia temporal o permanente en la República Dominicana deberán hacerse expedir un visado de residencia, el cual deberá ser solicitado a través de las misiones Diplomáticas y Consulares de la República Dominicana en el exterior, luego de cumplir con los requisitos establecidos a los fines y contar con la debida autorización de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. En principio, la Visa de Residencia constituye un requisito previo a la solicitud de la Residencia ante la Dirección General de Migración. Para la obtención de la Visa de Residencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores exige los siguientes documentos los cuales mencionamos, de manera general, a continuación. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Carta de Solicitud dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores o al titular de la oficina consular ante la cual se solicita en el exterior. Formulario de solicitud de residencia y las fotos correspondientes. Dos (2) juegos de copias del Pasaporte completo Pasaporte original con una vigencia mínima de seis (6) meses. Fotografías. Certificado Médico. Certificado de Buena Conducta y de no antecedentes penales. Acta de Nacimiento Acta de Matrimonio (si aplica) Carta de Garantía Notarizada: Suscrita por un dominicano o extranjero residente legal en la República Dominicana y debe especificar el tipo de relación que lo une con el beneficiario de la visa. Documentos que demuestren la solvencia económica del solicitante Certificación de la Dirección General de Migración: donde conste la última entrada al país o copia de ambos lados de la tarjeta de turista utilizada en la última entrada a la República Dominicana. Constancia del pago de los impuestos correspondientes. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. El importe asciende a 90,00$ Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su visa de residente. El permiso de residencia temporal deberá renovarse cada año. Nota:Cuarenta cinco días antes de cumplir cinco años como residente temporal, Ud. podrá solicitar el permiso de residencia permanente en la República Dominicana. Para esta solicitud se requieren nuevos exámenes médicos, así como el depósito de los documentos siguientes: carné de residencia temporal, cédula de identidad personal, pasaporte con vigencia mínima de 18 meses, fotografías, certificado de no antecedentes penales en la República Dominicana, carta firmada ante notario por su garante en la República Dominicana y prueba de su solvencia económica. La Dirección General de Migración podrá exigir documentos adicionales en caso de que así lo estime pertinente. Formulario de solicitud(en linea) Formulario de solicitud (llenado a mano). Ley de migraciones Migraciones República Dominicana