Viajes y tramites

Visa de Estudiante – Visitante de Intercambio – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. Los Estados Unidos recibe a ciudadanos extranjeros que vienen a los Estados Unidos para participar en programas de intercambio. Antes de solicitar una visa, todos los solicitantes de visa de visitantes de intercambio deben ser aceptados y aprobados por un programa patrocinador autorizado. Cuando sea aceptado, el solicitante recibirá de la institución educativa o programa patrocinador la documentación de aprobación necesaria para ser presentada cuando solicite la visa. La visa J del programa de visitantes de intercambio está diseñada para promover el intercambio entre personas, conocimiento y habilidades en los campos de educación, artes y ciencias. Incluye entre los participantes estudiantes de todos los niveles académicos; practicantes recibiendo formación en el puesto de trabajo con firmas, instituciones y agencias; profesores de escuelas primaria, secundaria y especializadas; profesores que vienen a enseñar o hacer investigación en instituciones de educación superior; becarios en el área de investigación; profesionales practicantes en las áreas médicas y paramédicas; y visitantes internacionales que vienen con propósitos de viaje, observación, consulta, investigación, entrenamiento, compartir o demostrar conocimientos o habilidades especializados. Los cónyuges o hijos solteros menores de 21 años que desean acompañar o seguir al titular de la visa J-1 a los Estados Unidos por la duración de su estadía deben tener visas J-2. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (160$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la página web del DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a menos que acuerdos específicos con cada país establezca excepciones. Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe entregar una solicitud Una (1) fotografía de 5cm x 5cm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido A menos que su programa J esté patrocinado por el Gobierno de los Estados Unidos (con un código de programa que empieza con “G”), usted debe presentar un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente al arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no inmigrante, pagado en moneda local. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicho arancel. Si se emite una visa, puede haber un arancel adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad Un Formulario DS-2019 aprobado por su programa en los Estados Unidos. A menos que su programa J esté patrocinado por el Gobierno de los Estados Unidos (con un código de programa que empieza con “G”), usted debe pagar su recibo de la tarifa SEVIS formulario I-901. El sitio web de SEVIS contiene más información. Documentos que demuestren fuertes lazos financieros, sociales y familiares a su país de origen que lo obligan a regresar a su país una vez que el programa de estudio en los Estados Unidos se termine. Documentos financieros y de otra índole que usted crea que dará soporte a su solicitud y que de evidencia confiable de que usted tiene suficientes fondos disponibles para solventar todos los gastos del primer año de estudios mientras permanezca en los Estados Unidos. No se aceptarán copias de estados de cuenta bancarios a menos que también pueda presentar copias originales de estados de cuenta bancarios o los libros originales del banco. Si otra persona lo está patrocinando financieramente, traiga pruebas de su relación con el patrocinador (como su certificado de nacimiento), los formularios de impuestos originales más recientes de su patrocinador y los libros bancarios y/o certificados de depósito a plazo fijo. Documentos académicos que muestren preparación académica. Los documentos útiles incluyen transcripciones escolares (se prefieren copias originales), con notas, certificados de exámenes públicos (niveles A, etc.), resultados de pruebas estandarizadas (SAT, TOEFL, etc.), y diplomas. En caso de tener dependientes debe presentar: Prueba de la relación con su cónyuge y/o hijo (por ejemplo, certificados de matrimonio y nacimiento) Cada cónyuge o hijo debe tener su propio Formulario DS-2019. Este formulario se usa para obtener la visa necesaria para que el cónyuge/hijo pueda entrar a los Estados Unidos con usted como el titular de una visa de visitante de intercambio, o seguirlo a los Estados Unidos en una fecha posterior. 40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar

Visa de Negocios – Inversionistas – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. Las visas ​​de inversionista (E-2) son visas de no inmigrante para las nacionalidades de un país con el cual Estados Unidos mantiene un tratado de amistad, comercio y navegación, que deseen ir a los Estados Unidos para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual han invertido, o están en el proceso de invertir, una cantidad sustancial de capital. Se establecieron visas de inversionistas para facilitar y mejorar la interacción económica entre los Estados Unidos y otros países. La ley de inmigración de los Estados Unidos declara explícitamente que los titulares de visas E-2 deben entrar «exclusivamente para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa» en la que hayan invertido. Por otra parte, estas visas son visas de no inmigrante, y por lo tanto temporales. Estas visas pueden ser ampliadas si se cumple con los requisitos y reglamentos de las leyes de inmigración. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (205$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Usted tiene que demostrar lo siguiente para poder solicitar su visa: Confirmación impresa de la cita. DS-160 Página de confirmación del formulario para cara uno de los solicitantes y dependientes. Formulario DS-156E firmado por un oficial legalmente facultado para actuar en nombre de la empresa. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el periodo de tiempo previsto de estadía en los Estados Unidos (a no ser que los acuerdos de países específicos prevean excepciones). Si hay más de una persona en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe enviar una solicitud. Una fotografía de 2” x 2” estilo pasaporte para cada solicitante, en fondo blanco, liso, y tomada dentro de los últimos seis meses. Una carta de presentación que resuma los requisitos para una visa E de inversionista y la forma en que los solicitantes los cumplen. Establezca claramente y con precisión cómo la empresa y el solicitante califican. Por favor, no incluya citas largas del Manual de Asuntos Exteriores (FAM) o del Código de Regulaciones Federales (CFR). Índice Completo / Tabla de Contenidos. Por cada dependiente: Una copia de los documentos civiles que establecen la relación entre el solicitante principal y sus dependientes (cónyuge o hijo menor de 21 años), por ejemplo, certificados de nacimiento y / o matrimonio emitidos por el gobierno, documentos de adopción, etc. En la entrevista, requeriremos los documentos civiles originales. Las copias notariadas, los documentos religiosos, los registros hospitalarios y los certificados cortos de nacimiento que no muestren parentesco no cumplen con este requisito. Hay ciertos documentos que deben estar delineados pro divisores: I. Prueba de Nacionalidad del Inversor o Solicitante Fotocopia de la página biográfica del pasaporte II. Documento de propiedad (A, B o C) Propietario único: Documentos de registro comercial Asociación: Acuerdo de asociación o Joint Venture Acciones / Certificados de acciones que indiquen el total de acciones emitidas y acciones en circulación. Corporación: Acciones / Certificados de acciones que indiquen la distribución de la propiedad, es decir, las acciones de cada empresa y las acciones de los propietarios individuales Matriz corporativa Si se cotiza públicamente en la bolsa de valores principal de un país tratado, incluya una muestra de cotizaciones de acciones recientemente publicadas. III. Inversión Para una empresa existente: (mostrar el precio de compra) Valoración fiscal Valoración del mercado Para una nueva empresa: (muestre el costo estimado de puesta en marcha) Estadísticas de la Asociación Comercial Estimaciones de la Cámara de Comercio Encuestas de Mercado Origen de la Inversión: Balance personal del patrimonio neto preparado por un contador certificado Transacciones que demuestren el pago de bienes o negocios vendidos (comprobante de propiedad y pagarés) e ingresos de alquiler (contratos de arrendamiento) Certificados de inversión o cupones bancarios internos y el producto de acreditación de estados de cuenta bancarios Reportes de débito y crédito para retiros de cuentas personales y/o comerciales Estados financiero auditado Informe anual de la empresa matriz Declaraciones de valor patrimonial de un contador profesional certificado Evidencia de Inversión: Empresa existente: Documentos de fideicomiso Contrato de compra / venta firmado Documentos de cierre y liquidación Documentos de préstamo o hipoteca Pagarés Informes financieros Declaraciones de impuestos Acuerdos de seguridad Asunción de contrato de arrendamiento Estados de cuenta empresarial para operaciones de rutina Nueva empresa: Lista de inventario, facturas de envío de inventario, equipo o propiedad relacionada con el negocio Recibos para compras de inventario Cheques cancelados o recibos oficiales de pago por gastos Cheque cancelado para el primer mes de alquiler o pago anual completo de alquiler Contrato de arrendamiento Órdenes de compra Gastos de mejora Informes iniciales de

Visa de Tránsito – Tripulación/Tránsito – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. Un ciudadano de un país extranjero que viaja en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos hacia un destino en el extranjero requiere de una visa de tránsito válida. Las excepciones a este requisito incluyen a aquellos viajeros elegibles para viajar a los Estados Unidos sin una visa bajo el Visa Waiver Program o viajeros que son ciudadanos de países que tienen un acuerdo con los Estados Unidos que permite a sus ciudadanos viajar a los Estados Unidos sin visas. Si un viajero busca privilegios de hacer escala para otros propósitos que no sean tránsito a través de los Estados Unidos, como visitar amigos o hacer turismo, el solicitante deberá calificar y obtener el tipo de visa requerida para ese propósito, por ejemplo una visa B-2. Un tripulante que trabaje a bordo de una embarcación o transporte aéreo en los Estados Unidos necesita una visa de tripulante. Los tripulantes de un avión o barco que harán tránsito a través de los Estados Unidos o sus aguas, generalmente usan una combinación de visa de tránsito/tripulante (C-1/D). Sin embargo, en algunos casos, algunos solo necesitarán una visa D. Los tripulantes que trabajan a bordo de embarcaciones dentro de la Plataforma Continental Exterior pueden calificar para una visa B-1 modificada, en vez de una visa de tripulante Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (160$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Usted tiene que demostrar lo siguiente para poder solicitar su visa: Su intención de pasar en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos. El boleto de un transporte comercial u otra evidencia de arreglos de viaje hacia su destino. Fondos suficientes para solventar el propósito de su viaje en tránsito. Permiso para ingresar a otro país luego de salir de los Estados Unidos. Para solicitar las visas C, D o C-1/D, usted debe demostrar al oficial consular que: El propósito de su viaje es ingresar a los Estados Unidos solo con fines de tránsito o como tripulante. Usted no tiene intención de recibir un pago de una fuente de los Estados Unidos mientras permanezca dentro de los Estados Unidos, a no ser que se le haya concedido autorización para una visa temporal de trabajo. Planea permanecer por un período limitado de tiempo. Tiene evidencia de que cuenta con fondos suficientes para cubrir todos los gastos mientras permanezca en los Estados Unidos. Una Solicitud Electrónica para Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la Página web DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el periodo de tiempo previsto de estadía en los Estados Unidos (a no ser que los acuerdos de países específicos prevean excepciones). Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicha tarifa/cuota/arancel. Si se emite una visa, puede haber una tarifa/cuota/arancel adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad. Si es pertinente, el libretín de marino válido más allá de la fecha de expiración de su contrato de trabajo y también todos los libretines de marino que ha tenido antes. Los tripulantes deben presentar un reporte oficial de pérdida si no pueden presentar el libretín. Prueba actualizada de ingreso, pagos de impuestos, de posesión de propiedades o empresas y activos. Una carta de su empleador detallando su posición, salario, cuánto tiempo ha estado empleado, alguna autorización de vacaciones y el propósito de la compañía, si fuera el caso, para su viaje a los Estados Unidos. Cuando sea apropiado, un itinerario y/o cualquier otra información sobre el viaje previsto (Puede ser tentativo). Libretas de cuentas de ahorro o cualquier otra evidencia de activos líquidos que indiquen el balance en sus cuentas y actividad de éstas. Escrituras o contrato de arrendamiento de bienes inmuebles. Para tripulantes: Una carta de la oficina central de su empresa y/o su libretín de marino.   40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar que no tiene intenciones de permanecer en EE.UU. No presente documentos falsificados, de lo contrario sera seleccionado para inelegibilidad de visa. En caso de ser estudiante presente sus últimos reportes

Visa de Trabajo – Empleado Doméstico – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. El personal de servicio de carácter personal o doméstico que acompaña o sigue a un empleador a los Estados Unidos puede ser elegible para visa B-1. Esta categoría de empleados domésticos incluye, pero no está limitada, a cocineros, mayordomos, chóferes, ayudantes de cámara, criados, niñeras, au pairs, ayudantes de madres, jardineros y acompañantes pagados. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (160$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la página web del DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a menos que acuerdos específicos con cada país establezcan excepciones. Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe entregar una solicitud. Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido Solo para solicitantes de visa B-1(turista/negocio): Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante, pagado en moneda local. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicha tarifa/cuota/arancel. Si se emite una visa, puede haber una tarifa/cuota/arancel adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad. Una copia de la visa de su empleador o de cualquier otro método que vaya a usar para entrar a los Estados Unidos (su pasaporte de un país con Exención de Visa o su pasaporte estadounidense) Un contrato de empleo, firmado por usted y su empleador, que cumpla todos los requisitos enumerados arriba Solo para solicitantes de visas A-3 y G-5: Una Nota Verbal que confirme la situación laboral del titular, la fecha de salida, el propósito del viaje y la duración de la estadía en los Estados Unidos. La Nota Verbal debería enumerar el nombre del empleador y mencionar el título o estatus oficial del empleador. También debe especificar la fecha de salida y el propósito de viaje a los Estados Unidos. Los solicitantes de visas A-2 y G-5 no necesitan pagar tarifas/cuotas/aranceles de solicitud. Prueba de la capacidad de su empleador para pagar el salario ofrecido. Nota: Si usted está solicitando una visa A-3 o G-5, esto solo es necesario si el empleador tiene un rango diplomático de consejero o menor. Evidencia que demuestre que su estadía en los Estados Unidos será temporal. Para más información visite el sitio web del Departamento de Estado. 40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar que no tiene intenciones de permanecer en EE.UU. No presente documentos falsificados, de lo contrario sera seleccionado para inelegibilidad de visa. En caso de ser estudiante presente sus últimos reportes académicos, transcripciones y títulos/diplomas. También presentar evidencia de soporte financiero como los estados de cuenta bancarios, recibos de depósitos a plazo fijo, o cualquier otra evidencia. Es recomendable hacer la cita 3 meses antes de realizar el viaje. Los requisitos y pasos pueden variar según el país de su residencia.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada.   http://www.ustraveldocs.com/ El Formulario DS-160 en línea

Visa de Trabajo – Medios De Comunicación (Prensa) – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. La visa de medios de comunicación (I) es una visa de no-inmigrante para representantes de medios de comunicación extranjeros que viajan a los Estados Unidos para ejercer su profesión mientras tienen su oficina central en un país extranjero. Algunos procedimientos y tarifas/cuotas/aranceles bajo la ley de inmigración se relacionan a políticas del país de origen del viajero y, a la vez, los Estados Unidos siguen una práctica similar, la cual llamamos “reciprocidad”. Los procedimientos para proporcionar visas de medios de comunicación a representantes de medios de comunicación de un país en particular consideran si el gobierno del solicitante de visa concede privilegios similares o es recíproco con los representativos de los medios de comunicación/prensa de los Estados Unidos. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. Pague la tarifa de la visa (160$). Programe su cita en esta página web. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte El número de recibo que figura en su recibo del banco. (Presione aquí si necesita ayuda a encontrar este número.) Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160. Asista a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tendrá que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario DS-160. Visite la página web del DS-160 para más información sobre el mismo. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos. Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido. Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$190 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante, pagado en moneda local. El sitio web del Departamento de Estado puede ayudarlo a determinar si usted debe pagar una tarifa de reciprocidad por la emisión de la visa y cuál es el valor de la tarifa. Prueba de empleo: Personal Periodístico: Una carta de su empleador que indique el nombre y posición de usted dentro de la compañía, y el propósito y tiempo de su estadía en los Estados Unidos. Periodista independiente bajo contrato con un medio de comunicación: Una copia del contrato con el medio de comunicación donde aparezca su nombre, su posición dentro de la empresa, la duración del contrato y el propósito y tiempo de su estadía en los Estados Unidos. Equipo de Filmación de un Medio de Comunicación: Una carta de su empleador donde indique su nombre, su posición en la empresa, título y descripción breve del programa que se está filmando, y el propósito y tiempo de su estadía en los Estados Unidos. Compañía de Producción Independiente bajo contrato con un medio de comunicación: Una carta de la organización que está comisionando el trabajo donde aparezca su nombre, título y descripción breve del programa que se está filmando, la duración del contrato y el periodo de tiempo requerido para la filmación en los Estados Unidos. Carnet/credenciales de prensa Una carta de su empleador indicando el propósito de su viaje, duración prevista de su estadía, el número de años que usted ha estado con su empleador y el número de años de experiencia que tiene en periodismo. 40 días. 160$ Dolares . Embajada de Estados Unidos mas cercana a su residencia. Puede pedir la cita vía online AQUÍ. Ley Pública 99-603 Demostrar que no se tiene la intención de inmigrar al pais, presentar lista de activos, lazos familiares y otras para demostrar que no tiene intenciones de permanecer en EE.UU. No presente documentos falsificados, de lo contrario sera seleccionado para inelegibilidad de visa. En caso de ser estudiante presente sus últimos reportes académicos, transcripciones y títulos/diplomas. También presentar evidencia de soporte financiero como los estados de cuenta bancarios, recibos de depósitos a plazo fijo, o cualquier otra evidencia. Es recomendable hacer la cita 3 meses antes de realizar el viaje. Los requisitos y pasos pueden variar según el país de su residencia.   La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. http://www.ustraveldocs.com/ El Formulario DS-160 en línea

Visa de Residente – Residencia Permanente – Costa Rica

La residencia permanente es una condición migratoria que le permite, a la persona que la obtiene,  permanecer en el país de manera indefinida y con libertad laboral.Las personas que pueden solicitar este tipo de residencia son aquellas cuyos padres, madres, hijas o hijos son costarricenses.  También aquellas que han ostentado por tres años consecutivos una residencia temporal. En el caso de los hermanos o hijos mayores de costarricense con discapacidad, deberás demostrarlo mediante dictamen médico, y certificado de curatela. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, usted debe pagar la tasa de visa. Para pagar su tasa de visa, Usted debe guardar su número de recibo para reservar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Entrar en la pagina web del consulado de su país para registrarse y reservar su cita Pronto estará listo para programar su cita! Complete todos los campos y cree una contraseña. Una vez se encuentre en el sistema, verá su tablero de información. Presione en Programar una Cita en el menú A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. La persona interesada en realizar algúnes pectáculo público deberá presentar ante la Dirección General: Carta dirigida al Director General, firmada por el responsable del evento. La firma deberá ser autenticada por funcionario competente para la recepción de la solicitud o en su defecto por abogado. Dicha carta deberá contener: Razones que justifican la solicitud del espectáculo público. Nombre completo y apellidos; nacionalidad; profesión u oficio; dirección exacta en Costa Rica del responsable del evento. Indicación del tiempo de permanencia del extranjero en Costa Rica. Fax o lugar para recibir notificaciones. Fecha. Nombre completo y apellidos; nacionalidad; profesión u oficio; dirección pretendida en Costa Rica; puesto migratorio por el cual pretende ingresar el extranjero y fecha de nacimiento del artista extranjero. Original y copia o copia certificada de documento de identidad vigente de la persona responsable del evento. Copia certificada por notario público, de la hoja del pasaporte del extranjero que pretende realizar el evento, donde consta su fotografía y datos personales. Original y copia o copia certificada del contrato suscrito entre los artistas, deportistas o integrantes de espectáculos públicos y el responsable del evento. En caso de espectáculos públicos, autorizaciones expedidas por la Oficina de Espectáculos Públicos del Ministerio de Justicia y Gracia, y por la Fiscalía de Espectáculos Públicos del Teatro Nacional, ambas para todo el plazo del evento. Todo documento aportado ante la Dirección General, deberá estar en el idioma español, caso contrario, el interesado deberá presentar una traducción autenticada de dicho documento. . 30 a 60 días hábiles. Visa de posible residente, deberá cancelar $50.00 por la solicitud. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia.  Ley de MIGRACIONES Nº 8764. Mas información clic (AQUÍ)   Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Llevar mas de una copia en el momento de la cita. Toda solicitud de residencia debe realizarse cuando la persona extrajera se encuentra legal en el país; es decir, que su tiempo de visa no haya vencido. Si la persona ingresa a Costa Rica como turista y desea solicitar una residencia, deberá depositar adicionalmente la suma de US$200,00. Todos los documentos que provengan del exterior, deberán estar debidamente apostillados o legalizados por el Cónsul de Costa Rica en su país y autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica. Los documentos que no hubiesen sido emitidos en idioma español, deberán aportar la correspondiente traducción a este idioma, la cual debe ser emitida por un traductor oficial o traducción de un notario conocedor del idioma. Aquellas personas extranjeras cuyo país de origen no cuentan con representación diplomática en Costa Rica, no deberá presentar la inscripción consular. formulario de solicitud de visa. Visas por países 

Visa de Trabajo – Puerto Rico

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América. Como consecuencia de esta relación política, el control de la entrada y salida a los límites territoriales de Puerto Rico lo tiene el Gobierno Federal. Los extranjeros que visiten a Puerto Rico también están sujetos a las mismas normas y leyes de inmigración de los EE.UU. por lo que tienen que asegurarse de cumplir con los requisitos de inmigración y visado. La visa de trabajo no inmigrante H-1B puede ser emitida a solicitantes que estén buscando trabajo en una «Ocupación especializada» que requiera de las habilidades de un profesional. Las «Ocupaciones especializadas» incluyen: contabilidad, análisis de sistemas, programación, administración de bases de datos, diseño web, ingeniería, análisis financieros, medicina, enfermería, ciencia, arquitectura y abogacía. Las peticiones son presentadas por los empleadores en base a sus necesidades de empleados no residentes de los EE.UU. Las personas con visa H1-B deben poseer como mínimo una licenciatura. Sin embargo, la experiencia necesaria puede sustituir a la educación, dependiendo de cada caso particular. Los solicitantes de visas H-1B1 deben tener una oferta de trabajo de un empleador en su área de escogencia en los Estados Unidos, pero el empleador no necesita llenar la solicitud I-129, Solicitud para trabajadores No-inmigrantes, y el solicitante no necesita obtener una Notificación de Aprobación, Solicitud I-797 antes de entregar su solicitud de visa. El solicitante si necesitara introducir una solicitud para Certificación de Trabajo Extranjero en el Departamento de Trabajo previo a la solicitud de visa. Dirigase al portal web para llenar el formulario de aplicación electronico de visa (DS-160) que puede encontrar ACÁ. Usted debe presentar su Formulario DS-160 en línea antes de programar una cita para su entrevista en la Embajada. La oficina consular que usted seleccione al inicio del Formulario DS-160 debe ser la misma oficina consular donde usted programe la cita para su entrevista. Escanear una fotografía de 5cm x 5cm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses o subir una fotografía en formato .jpg con una resolución mínima de 600×600 y máxima de 1200×1200 . Si usted deja de trabajar en su solicitud por más de 20 minutos, su sesión expirará. Tendrá que empezar todo nuevamente, a no ser que haya registrado el Número de Identificación de su Solicitud o haya grabado su solicitud en un archivo en su computadora. Anote el Número de Identificación de su Solicitud que aparece en la esquina superior derecha de la página. Si necesita cerrar el navegador antes de que haya enviado su solicitud, usted necesitará este número para continuar más tarde con su solicitud. El Formulario DS-160 contestado generará una página de confirmación con un código de barras alfa-numérico. Imprima esta hoja Una vez que haya impreso la página de confirmación con el código de barras, presione la tecla de “retorno” de su navegador y envíe a su correo electrónico una copia de seguridad del DS-160. El archivo enviado electrónicamente estará en formato PDF. Todas las preguntas deben ser contestadas en inglés usando solamente caracteres del idioma inglés, excepto cuando se le pide que escriba su nombre en su alfabeto nativo. Luego pague la tarifa de la solicitud de la visa (190$). Ahora programa tu cita en la siguiente pagina. Usted necesitará la siguiente información para poder programar su cita: El número de su pasaporte. El número de recibo que figura en su recibo del banco( en caso de necesitar ayuda con este paso haga click AQUÍ. Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-16. Ahora asiste a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tiene que presentar una copia impresa de su hoja de confirmación de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada dentro de los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la tarifa de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos elementos.   Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario DS-160. Visite la página web del DS-160 para más información sobre el mismo. Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos. Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido. Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$190 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante, pagado en moneda local. El sitio web del Departamento de Estado puede ayudarlo a determinar si usted debe pagar una tarifa de reciprocidad por la emisión de la visa y cuál es el valor de la tarifa. Si usted es un solicitante de una visa L-1 con una petición abierta, usted debe pagar una tarifa/cuota/arancel de prevención y detección de fraude (más información acerca de esta tarifa/cuota/arancel la encuentra aquí). El número de recibo impreso en su petición I-129. Copias físicas en papel de la forma I-797 no son requeridas en la entrevista. Además de estos requisitos, usted debe presentar una hoja de cita para entrevista que confirme que ha programado una cita a través de este servicio. Usted puede presentar también los documentos de soporte que crea que dan apoyo a la información proporcionada al oficial consular. Evidencia que establece sus calificaciones laborales, incluyendo diplomas universitarios. Cartas originales de empleadores actuales y anteriores detallando su posición y los proyectos en los que usted trabajó y cuánto tiempo trabajó para ellos. Si trabaja actualmente y tiene un estatus H-1B, presente sus recibos salariales del año calendario actual y sus declaraciones de impuestos federales (Formulario 1040 y W-2 del IRS) de todos los años que ha estado empleado en los Estados Unidos. Usted debe presentar: Recibos salariales de su lugar de trabajo actual o el más reciente. Los nombres y numeros telefónicos actuales del personal

Visa de Trabajo – Permisos de Artistas – Costa Rica

Si la persona extranjera al solicitar la visa se desempeña como: Artista, deportista e integrante de espectáculos públicos. Profesionales o técnicos destacados. Personas invitadas para que realicen actividades de importancia en el país. Docente o investigador Dependiente de investigador o docente Esto son los pasos a seguir para su solicitud de visa Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, usted debe pagar la tasa de visa. Para pagar su tasa de visa, Usted debe guardar su número de recibo para reservar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Entrar en la pagina web del consulado de su país para registrarse y reservar su cita Pronto estará listo para programar su cita! Complete todos los campos y cree una contraseña. Una vez se encuentre en el sistema, verá su tablero de información. Presione en Programar una Cita en el menú A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. La persona interesada en realizar algún espectáculo público deberá presentar ante la Dirección General: Carta dirigida al Director General, firmada por el responsable del evento. La firma deberá ser autenticada por funcionario competente para la recepción de la solicitud o en su defecto por abogado. Dicha carta deberá contener: Razones que justifican la solicitud del espectáculo público. Nombre completo y apellidos; nacionalidad; profesión u oficio; dirección exacta en Costa Rica del responsable del evento. Indicación del tiempo de permanencia del extranjero en Costa Rica. Fax o lugar para recibir notificaciones. Fecha. Nombre completo y apellidos; nacionalidad; profesión u oficio; dirección pretendida en Costa Rica; puesto migratorio por el cual pretende ingresar el extranjero y fecha de nacimiento del artista extranjero. Original y copia o copia certificada de documento de identidad vigente de la persona responsable del evento. Copia certificada por notario público, de la hoja del pasaporte del extranjero que pretende realizar el evento, donde consta su fotografía y datos personales. Original y copia o copia certificada del contrato suscrito entre los artistas, deportistas o integrantes de espectáculos públicos y el responsable del evento. En caso de espectáculos públicos, autorizaciones expedidas por la Oficina de Espectáculos Públicos del Ministerio de Justicia y Gracia, y por la Fiscalía de Espectáculos Públicos del Teatro Nacional, ambas para todo el plazo del evento. Todo documento aportado ante la Dirección General, deberá estar en el idioma español, caso contrario, el interesado deberá presentar una traducción autenticada de dicho documento. . 30 a 60 días hábiles. A continuación se encuentran las tarifas estimadas que tienen los Consulados y Autoridades de Costa Rica: Autenticación: US$ 40 por hoja Certificados: US$ 40 Declaraciones: US$ 50 Patentes: US$ 80 Poderes Notariales: US$ 80 Registro de Marcas: US$ 80 Visa Consular de Turista: US$ 20 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia.  Ley de MIGRACIONES Nº 8764. Mas información clic (AQUÍ)   Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador. Llevar mas de una copia en el momento de la cita. formulario de solicitud de visa. Visas por países 

Visa Diplomática – Consular y de Organismos Internacionales – Ecuador

Esta visa es otorgada únicamente por el Jefe de Misión.Funcionarios diplomáticos o consulares, funcionarios internacionales calificados, pertenecientes a Organismos internacionales de los que el Ecuador sea miembro; representantes de misiones especiales acreditadas ante el Gobierno del Ecuador, así como Agregados Comerciales, Agregados Militares, Navales, Aéreos y de Policía y sus familiares más cercanos. El ciudadano deberá leer el instructivo. Escoge uno de los botones: En este caso (USUARIO NUEVO).rellenar las casillas para poder seguir con el proceso de cita cutio web (AQUÍ) Una vez que se haya registrado como nuevo usuario, deberá volver a ingresar, presionando el botón “usuario registrado” con el usuario y contraseña seleccionada. Se desplegará una pantalla en donde aparecerán todos los formularios de viaje realizadas por el solicitante. Si se desea realizar un nuevo Formulario de Viaje deberá presionar el botón “Nuevo Formulario de Viaje”, en donde deberá ingresar los datos que se le solicitan. Caso contrario deberá colocarse en el formulario de viaje guardado a fin de completar los datos y/o subir anexos requeridos. Una vez que complete el formulario, deberá presionar el botón guardar para continuar con el proceso en otro momento, si así lo desea. En caso el usuario desee concluir el proceso presionará el botón continuar. Imprimir el formulario, firmarlo y escanearlo.con la pagina de datos de su pasaporte. Deberá subir al sistema los siguientes anexos, en el orden establecido: Anexo 1: Página principal del pasaporte que contiene los datos del usuario, escaneado, Anexo 2: Formulario debidamente lleno, firmado y escaneado. Presionar el botón “Enviar Formulario”. dirigirse a la cancillería de su país a la hora y fecha pautada. Llenar el formulario de solicitud de visa Pasaporte diplomático o documento de viaje o Laissez Passer; con una validez mínima de seis meses. Nota Verbal del DFAIT, Embajada u Organismo Internacional. Dos fotografías, tamaño pasaporte, color. VALIDEZ VISA: Término de Misión ARANCEL: Gratis.  . 30 A  60 días hábiles Sin Costo Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria Art. 63 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, que es donde se establecen los supuestos de acceso a la residencia permanente.Para mas información clic (Aqui) A partir del 05 de febrero del 2018 será obligatorio presentar el certificado de Seguro de salud. Toda la documentación en idioma distinto al castellano deberá ser debidamente traducida al castellano y a su vez, deberá contar con el respectivo reconocimiento de firmas del traductor ante notario público. Todo documento oficial proveniente del extranjero deberá ser debidamente legalizado o apostillado. Los requisitos que no consten en esta sección, serán verificados internamente por el personal de Cancillería. recuerde llevar mas de una copia de los documentos requeridos. llegar en el momento de su cita antes de la hora pautada. La solicitud de la Renovación de la Visa debe realizarse en el período de 30 días, antes del vencimiento de la misma. Además de la Visa de No inmigrante para Funcionarios Diplomáticos, tambíén debe hacerse efectivo el Registro de Visa, en la Coordinación Zonal más cercana. De este trámite quedan exentos los que posean una Visa 12-X (Visa de Turismo). Embajadas y consulados de Ecuador en el mundo Formulario de  solicitud Consulado virtual de Ecuador

Visa de Residente – Permanencia Permanente – Ecuador

Es la visa de inmigrante que se otorga a aquellos ciudadanos extranjeros que deciden residenciarse en Ecuador de manera definitiva. Bajo esta modalidad existen diferentes tipos de visa de acuerdo a las distintas modalidades del solicitante y con diferentes requisitos. Esta visa les permitirá llevar a cabo actividades lícitas en el país sin problemas. El ciudadano deberá leer el instructivo. Escoge uno de los botones: En este caso (USUARIO NUEVO).rellenar las casillas para poder seguir con el proceso de cita cutio web (AQUÍ) Una vez que se haya registrado como nuevo usuario, deberá volver a ingresar, presionando el botón “usuario registrado” con el usuario y contraseña seleccionada. Se desplegará una pantalla en donde aparecerán todos los formularios de viaje realizadas por el solicitante. Si se desea realizar un nuevo Formulario de Viaje deberá presionar el botón “Nuevo Formulario de Viaje”, en donde deberá ingresar los datos que se le solicitan. Caso contrario deberá colocarse en el formulario de viaje guardado a fin de completar los datos y/o subir anexos requeridos. Una vez que complete el formulario, deberá presionar el botón guardar para continuar con el proceso en otro momento, si así lo desea. En caso el usuario desee concluir el proceso presionará el botón continuar. Imprimir el formulario, firmarlo y escanearlo.con la pagina de datos de su pasaporte. Deberá subir al sistema los siguientes anexos, en el orden establecido: Anexo 1: Página principal del pasaporte que contiene los datos del usuario, escaneado, Anexo 2: Formulario debidamente lleno, firmado y escaneado. Presionar el botón “Enviar Formulario”. dirigirse a la cancillería de su país a la hora y fecha pautada. Formulario de solicitud Certificado de movimiento migratorio (requisito aplicable solo dentro del país). Condición migratoria regular (requisito aplicable solo dentro del país). Original y copia de pasaporte válido y vigente Certificados de antecedentes penales del Ecuador, para residentes temporales en el Ecuador por dos años. Para los demás casos certificado de antecedentes penales del país de origen o de los lugares donde haya residido los últimos 5 años – apostillado o legalizado. No ser considerado una amenaza para el Estado ecuatoriano. Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. Cumplir al menos 21 meses en calidad de residente temporal y presentar la solicitud correspondiente previo al vencimiento de la condición migratoria que ostenta.  . 30 A 90 días hábiles Costo de solicitud $50 y costo de visa $500 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria Art. 63 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, que es donde se establecen los supuestos de acceso a la residencia permanente.Para mas información clic (Aqui) A partir del 05 de febrero del 2018 será obligatorio presentar el certificado de Seguro de salud. Toda la documentación en idioma distinto al castellano deberá ser debidamente traducida al castellano y a su vez, deberá contar con el respectivo reconocimiento de firmas del traductor ante notario público. Todo documento oficial proveniente del extranjero deberá ser debidamente legalizado o apostillado. Los requisitos que no consten en esta sección, serán verificados internamente por el personal de Cancillería. recuerde llevar mas de una copia de los documentos requeridos. llegar en el momento de su cita antes de la hora pautada. Embajadas y consulados de Ecuador en el mundo Formulario de  solicitud Consulado virtual de Ecuador