Visa para Trabajador Religioso – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. Lo primero que necesitamos es que nuestro empleador haga la solicitud en la oficina de extranjería de la provincia done se va a trabajar. Luego de que aprueben la solicitud a nuestro empleador disponemos de un mes para llevar los documentos requeridos a la cita en el consulado o embajada mas cercana a nuestra residencia. Luego de un mes, de ser concedido el visado, habrá que retirarlo en la misma oficina consular a la que asistió. A partir del momento en que usted retiro la visa de la oficina consular dispone de un mes para ingresar a España. Una vez ya en el país dispone de 30 días para presentarse en una Comisaría de Policía u Oficina de Extranjería para obtener la preceptiva tarjeta de identidad de extranjero, que le garantizara su estadía legal en España. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descargan en nuestra Web, en Información de Visados. Dos fotografías recientes pegadas, no escaneadas, no grapadas, en la primera hoja de cada formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y dos copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado expedido por el Ministerio de Justicia de España que acredite que la Entidad Religiosa está inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, (original y 2 copias). Dos copias de los Estatutos de la orden. Certificado expedido por la congregación religiosa en España, con la conformidad del Ministerio de Justicia de España, en el que se manifieste el compromiso de alojamiento, manutención y cobertura de gastos generales, así como del seguro médico hospitalario, eventuales gastos de repatriación del solicitante, así como cumplir los requisitos exigibles de acuerdo con la normativa sobre Seguridad Social, (original y 2 copias). Certificado expedido por la congregación religiosa en España, con la conformidad del Ministerio de Justicia de España, en el que se manifieste que el interesado tiene, efectiva y actualmente, la condición de ministro de culto, miembro de la jerarquía o religioso profeso por cumplir los requisitos establecidos en sus estatutos y autorice el traslado del solicitante a la congregación en España, (original y 2 copias). Certificado expedido por la congregación religiosa en su país de residencia, en el que el superior de la misma autorice el traslado del solicitante a la congregación en España, (original y 2 copias). Resolución de autorización de residencia no lucrativa del interesado, (original y 2 copias) o en su defecto Impreso de solicitud de autorización de residencia no lucrativa del interesado en el modelo EX-01, (original y 2 copias). Se puede descargar en: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790), (original y 2 copias). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y copia). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…)no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. (original y 2 copias). 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.
Visa para Artistas o Espectáculos – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. Lo primero que necesitamos es que nuestro empleador haga la solicitud en la oficina de extranjería de la provincia done se va a trabajar. Luego de que aprueben la solicitud a nuestro empleador disponemos de un mes para llevar los documentos requeridos a la cita en el consulado o embajada mas cercana a nuestra residencia. Luego de un mes, de ser concedido el visado, habrá que retirarlo en la misma oficina consular a la que asistió. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descarga en nuestra Web, en Información de Visados. Dos fotografías recientes pegadas no escaneadas, no grapadas, en la primera hoja de cada formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y dos copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Resolución de autorización de excepción a la autorización de trabajo o en su defecto Impreso de solicitud de excepción a la autorización de trabajo en el modelo EX-09, (original y 2 copias). Se puede descargar en el siguiente enlace: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790). Oferta empleo para trabajadores extranjeros sellada por el organismo que solicita sus servicios, (original y 2 copias). Contrato de trabajo en el que se manifieste: duración, fechas concretas y clase de actividades sellado por la oficina de trabajo correspondiente, (original y 2 copias). Las actividades no podrán superar 5 días continuados o 20 días no continuados en un periodo de 6 meses. Compromiso de alojamiento, manutención y cobertura de gastos generales, seguro médico hospitalario y eventuales gastos de repatriación del solicitante, (original y 2 copias). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Certificado de antecedentes penales apostillado, expedido por el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores y Justicia en Venezuela. Solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y 2 copias). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…)no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.
Visado Residencia No Lucrativa – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. Debe programar la cita para su visa en el consulado mas cercano a su residencia. recaudar todos los requisitos y asistir el día de la cita pautada. Presentar los documentos y esperar a que sea aprobada su visa. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descarga en nuestra Web, en Información de Visados. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 2 copias de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Resolución de autorización de residencia no lucrativa del interesado, (original y 2 copias) o en su defecto Impreso de solicitud de autorización de residencia no lucrativa del interesado en el modelo EX-01, (original y 2 copias). Se puede descargar en: http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/ y justificante de haber pagado las tasas correspondientes (modelo 790), (original y 2 copias). Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos periódicos garantizados no inferiores a 30.000 €/ año (original y 2 copias). Jubilados: Constancia de jubilación (original y 2 copias) y certificación que prueben una renta anual superior a 30.000 €, (original y copia). No se admiten tarjetas de crédito, no se admite efectivo, no se admiten ingresos que procedan de futuros alquileres. Los únicos documentos válidos para acreditación económica son: Referencia bancaria que indique las cifras que se manejan y los estados de cuenta del último año, justificando en todos los casos documentalmente el origen de los fondos. Si los medios de vida proceden de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras, radicadas en España, acreditará, mediante certificación de las mismas que no ejerce actividad laboral alguna en dichas empresas presentará declaración de que no ejerce tal actividad en ninguna otra. La base de los ingresos económicos se incrementará en 7.500 €/ año por cada persona en el caso de re agrupación familiar de cónyuge e hijos menores de 18 años. Aportando los registros civiles literales de matrimonio o nacimiento(original apostillado y 2 copias) y si procede, un documento de compromiso suscrito ante notario público de sostenimiento. Para cónyuge: registro civil de matrimonio, (original apostillado y 2 copias de cada registro). Para hijos: registro civil de nacimiento, (original apostillado y 2 copias de cada registro). Para hijos: Permiso de los progenitores que posean la patria potestad del menor, suscrito ante notario, con la indicación expresa de que lo autoriza a “salir del país y residir en España” con su padre y/o madre, (original y 2 copias). Seguro médico contratado, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y 2 copias). No se admitirán seguros contra-reembolso. Acreditación de disponibilidad de alojamiento privado o residencial, o acreditación de medios para esa disponibilidad, de un nivel igual o superior al promedio de españoles en la zona. En su caso Acta notarial de la persona con la que se va a residir en España, (original y 2 copias). Certificado de antecedentes penales apostillado, expedido por el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores y Justicia en Venezuela. Solo para mayores de 18 años (original y 2 copias). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico, no debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. 15 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Solicitud de visado nacional.
Visa de residencia y trabajo (cuenta propia) – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país. esta visa permite a un extranjero residir en España y realizar una actividad laboral o profesional por cuenta propia. Pagar Tasa consular. Programar una cita en el consulado y llevar los siguientes documentos Dos Formularios de solicitud del visado que se pueden conseguir en el consulado cumplimentadas en su totalidad claramente y firmadas por el interesado. Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 1 copia de todas las hojas del pasaporte que contengan alguna inscripción o sello. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de Visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Certificado de antecedentes penales apostillado, expedido por el Ministerio del Poder popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz en Venezuela. Solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos mensuales garantizados no inferiores a 2.130 € (más 532 euros mensuales adicionales por cada miembro de su familia que viaje acompañando al interesado). Seguro médico de viaje que cubra, durante todo el tiempo de estancia en los Estados Schengen, los gastos médicos y la repatriación asociados a un accidente o a una enfermedad repentina. La cobertura mínima debe ser de $50,000, sin deducibles. Presente copia de la póliza donde se verifica que el seguro cubre 100% el pago de la asistencia en el momento de la urgencia.(Copia). Pasaporte actualizado y vigente (mínimo 6 meses) Fotografías recientes del solicitante (generalmente 3), a color con el fondo en blanco, tamaño pasaporte. Certificado de antecedentes penales, o documento equivalente, expedido por las autoridades del país de origen del interesado o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años. Certificado médico, donde se compruebe que no se padece enfermedades graves o contagiosas. La titulación o acreditación de que se posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada. Acreditación de que se cuenta con la solvencia económica necesaria para residir en España. Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, si es el caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea. Presentación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional que se indique.Deben presentarse originales y 2 copias de los requisitos anteriormente listados. 30 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días naturales en determinadas circunstancias. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.
Profesional Altamente cualificado – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. La nueva Ley 14/2013 de 27 de septiembre regula la concesión de visados de residencia para inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores y trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, así como a sus cónyuges e hijos menores de 18 años. Lo primero que debe hacer es hacer su solicitud de grandes inversores en este portal. De ser aprobada su solicitud pida una cita en la oficina consular mas cercana a su lugar de residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de Visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 1 copia de todas las hojas del pasaporte que contengan alguna inscripción o sello. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado de antecedentes penales apostillado. Solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos mensuales garantizados no inferiores a 2.130 € (más 532 euros mensuales adicionales por cada miembro de su familia que viaje acompañando al interesado). Los únicos documentos válidos para acreditación económica son: Referencia bancaria que indique las cifras que se manejan y los estados de cuenta del último año, justificando en todos los casos documentalmente el origen de los fondos. Seguro médico contratado con una aseguradora autorizada a operar en España, que cubra los gastos de repatriación en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y copia). No se admitirán seguros contra-reembolso. Presentar la autorización previa de residencia para profesionales altamente cualificados tramitada por su empresa ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos de la Dirección General de Migraciones (Ministerio de Empleo y Seguridad Social). 15 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley 14/2013 de 27 de septiembre Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Triptico de información.
Visa de dependencia-República Dominicana
Las visas por dependencia son expedidas en razón de dependencia familiar de los usuarios, de los beneficiarios de visas diplomáticas, oficiales, cortesías, negocios y de estudiante, sujeto al tipo de visa otorgada al familiar principal o al patrono de quien dependan. Todos los ciudadanos extranjero que residan legalmente en la República Dominicana tienen derecho a solicitar visas por dependencia en las oficinas consulares de la República Dominicana. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA,y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios. Carta de solicitud de visa dirigida a la oficina consular por la persona de quien depende el beneficiario, quien deberá identificarse, presentar pruebas de que posee visa de Estudiante o de Negocios con Fines Laborales por un año NMl (en este último caso dicha comunicación deberá ser suscrita por el organismo del cual depende el beneficiario del visado NMl). Asimismo, deberá indicar si la persona a favor de quien se solicita la visa depende de él por lazos familiares o por relación de trabajo. Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco. Pasaporte original con una vigencia mínima de seis (06) meses. Fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia. (Si aplica) Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente (autoridad federal en caso de Estados federados) de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda. Póliza de Seguro de Garantía Migratoria Internacional que cubra las eventualidades médicas o de otra índole que puedan ocurrir al extranjero mientras dure su estadía en territorio dominicano, además de gastos de repatriación, disponible para ser adquirido en la oficina consular. Certificación médica de que el peticionario no posee enfermedades infecto contagiosas. Visas dominicanas y de otros países vigentes o vencidas Acta de matrimonio o acta de nacimiento de los hijos, según la calidad de la persona que solicita la visa de dependencia. Documentos que acrediten solvencia económica (carta bancaria, carta de trabajo, títulos de propiedad, etc.), de la persona de que se depende. Si algún documento se expide en la República Dominicana, debe ser certificado por un notario público y legalizado por la Procuraduría General de la República. Copia de la Visa o Tarjeta de Residencia dominicana y copia del pasaporte de la persona de la cual dependa el interesado. Autorización de los padres o tutor, cuando se trata de un menor de edad y quien solicita no es el padre o la madre. En este caso, se requiere que el padre o la madre que no está en la República Dominicana manifieste conformidad con que el otro padre lleve a vivir a la República Dominicana al menor. Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. el costo es de 80,00$ Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su
Visa para personal trasladado-Argentina
Las visas para personal trasladado pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero. El trámite es personal, y el solicitante deberá presentar la siguiente documentación (en original y copia) ante el Consulado correspondiente: En primer lugar, debes conocer que tipo de visa va a solicitar. Descarga el formulario de solicitud de visa y completa toda la información solicitada. Recauda los requisitos necesarios para solicitar la visa. Solicite ante las oficinas consulares de tu país de residencia cita para entrevista y entrega de requisitos. Cancela el Arancel correspondiente al trámite. Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco Formulario de solicitud de visa completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante Constancia de residencia habitual en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria) Certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años Compromiso de decir la verdad o Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul Copia simple del contrato de trabajo o constancia de trabajo emitida por la empresa en el exterior (carta con membrete de la compañía, donde conste el puesto, antigüedad, remuneración mensual, y persona a contactar) Constancia emitida por la filial o entidad receptora en la República Argentina, en la cual conste el número de RENURE de dicha entidad, el motivo del traslado a la República, el tiempo de permanencia en la República, la remuneración mensual a percibir y la persona a contactar. En caso de no encontrarse el invitante inscripto en RENURE, se agradecerá comunicarse al (54-11) 4317-0200/0303/0337 a fin de efectivizar la inscripción Pago de la tasa migratoria Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Entrevista consular El proceso de la visa normal demora 7-10 días hábiles. En algunos casos, el procedimiento requiere 30-45 días. Se informará al interesado en estos casos. Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación) Diríjase al Consulado o Embajada Argentina más cercana a su ciudad de residencia. Ley Migratoria 25.871 de fecha 20 de enero de 2004 (mas info AQUI) Recuerde Presentar Original y Copia de 1º pagina del pasaporte. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles. La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente. Es necesario solicitar cita previa. EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINA. Los pasaportes pueden ser retirados en persona o bien, el solicitante puede traer un sobre prepago con su nombre y dirección completa para recibir el pasaporte con la visa, en su domicilio. SOLO se aceptan FEDEX o USPS. Es importante que el solicitante haga un seguimiento del servicio de entrega del correo elegido. El Consulado no se hace responsable de los retrasos o pérdida de documentos efectuados por la oficina de correos una vez que la documentación ha sido enviada desde el Consulado. Relaciones Exteriores Formulario de solicitud
Visa Trabajo – Cuba
Profesionales de alto nivel técnico, trabajadores especializados; Presidentes Gerentes Generales, Apoderados, Factores, que sean llamados por empresas; instituciones o personas establecidas en el país, para ejecutar labores temporales de su especialidad o con fines de entrenamiento industrial, y sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad deberán solicitar una visa de trabajo en el consulado de su país de residencia. Presente la solicitud del Permiso de Trabajo con la fundamentación de la necesidad de su aprobación y, una vez autorizada por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Procederá a tramitar el visado correspondiente ante la Dirección de Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior. Una vez obtenido el Permiso de Trabajo, la autoridad facultada solicita a la Dirección de Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior que se otorgue a favor del extranjero la categoría migratoria. Luego deberá ingresar al portar web de Cancillería de su país de origen para solicitar su visa para cuba Determine su clase de visa leyendo los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. luego haga clic en solicitar visa. Una vez hayas completado los pasos anteriores, debes programar tu cita el siguiente día hábil después de haber hecho el pago. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita CARTA DE GARANTÍA: dirigida a la Cónsul General. DOCUMENTOS QUE DEMUESTREN SOLVENCIA ECONOMICA: carta (s) bancarias de su cuenta de ahorros libreta, cuenta corriente o certificados bancarios, o matrícula de vehículos si los posee. PROPUESTA DE TRABAJO Suscrito por una empresa. CERTIFICACIÓN DEL MINISTERIO DEL TRABAJO. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN, donde conste la última entrada al país del beneficiario, en caso de viajes anteriores a la República Dominicana. CARTA DE SOLICITUD DE VISA a la firma del beneficiario, dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores. FORMULARIO DE SOLICITUD DE VISA Lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde CERTIFICADO DE NO ANTECEDENTES PENALES: Este certificado lo expide la autoridad correspondiente de la jurisdicción del interesado. Deberá estar legalizado en Consultaría Jurídica. CERTIFICADO MEDICO: Expedido por la autoridad de salud de su jurisdicción, presentando un diagnóstico del estado general de salud e indicando si padece de algún tipo de enfermedad infecto contagiosa. Deberá estar legalizado en Consultaría Jurídica y por el Consulado. ACTA DE NACIMIENTO: Este certificado lo expide la autoridad correspondiente de la jurisdicción del interesado. Deberá estar legalizado en Consultoría Jurídica y por el Consulado. UNA FOTOGRAFÍA tamaño 4×5 cm, de frente y con fondo blanco. PASAPORTE ORIGINAL Y FOTOCOPIA: con una vigencia mínima de seis (6) meses. FOTOCOPIAS DEL CARNE DE IDENTIDAD y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia si reside en un segundo país. 30 a 60 días hábiles El costo de la tramitación es del equivalente de EUR 60.00 en CUC. Este monto será pagado en el momento de entregar la solicitud. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de Migraciones (Edición Actualizada) Modificada por el Decreto Ley No. 302 de 11 de Octubre de 2012. Mas información (AQUÍ) Recuerda llegar con anticipación a la cita. Una visa no puede ser tramitada con una mayor validez a la fecha de expiación del pasaporte. No se aceptarán solicitudes incompletas. Los documentos a entregar deben tener menos de 6 meses de haber sido emitidos. Información falsa o fraude, en cualquier etapa del proceso, descalificaría automáticamente al solicitante para la obtención de una visa ahora o en el futuro. El haber cumplido los requisitos antes mencionados, no garantiza el otorgamiento de una visa. Ministerio de relaciones Exteriores Ley de migraciones
Visa de Trabajo – Artista (Temporal) – Perú
Un postulante debe coordinar con el organizador del evento en el Perú para realizar los trámites ante la Superintendencia Nacional de Migraciones. Concluido el trámite en el Perú, las autoridades peruanas solicitarán a este Consulado emitir la visa dentro de un plazo de 6 meses. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal web, AQUÍ. Llenar el formulario de datos del solicitante. Llenar el formulario de la empresa contratante. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nacion por conceptos de derecho de tramites para la verificacion correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar todos los requisitos y llevar a la Superintendencia Nacional de Migraciones. Documentación general Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles). Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Pasaporte, vigente al menos 6 meses. Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de MIGRACIONES del contrato artístico celebrado antes del ingreso al país y recepcionado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y SUNAT. Copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de MIGRACIONES, del Pase Intersindical, extendido por el sindicato peruano que agrupe a los artistas de la especialidad o género que cultiva el artista extranjero. Relación de artistas otorgada por el representante legal de la empresa contratante. Poderes vigentes del representante del artista y del contratante inscritos en la SUNARP. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Gerencia de Servicios Migratorios o Jefaturas Zonales. Autoridad encargada en caso de apelación: Superintendente Nacional de Migraciones. Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado. SOLICITUD VISA TEMPORAL DE ARTISTA Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones VISAS Temporales PDF
Visa de Estudiante – Temporal – Perú
Aquellos que ingresan al país con fines de estudios en instituciones o centros educativos reconocidos por el Estado, que no pueden percibir renta de fuente peruana con excepción de los provenientes de prácticas profesionales o trabajos en períodos vacacionales, previa autorización de la autoridad competente, de conformidad con las normas del Reglamento de Extranjería. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal, click AQUÍ. Llenar el formulario de Solicitud de visa de estudiante temporal. Llenar el formulario del representante legal en caso de ser necesario. Llenar el formulario para el carnet de extranjería. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nacion por conceptos de derecho de tramites para la verificacion correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar requisitos y llevarlos a la superintendencia nacional de migraciones. Documentación general:(Debe ser enviada por titulares y dependientes) Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles) Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Constancia de matrícula expedida por el centro de estudios con reconocimiento oficial del Ministerio de Educación o la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), según el caso mencionando el tipo de estudio y tiempo de duración. 4.1 En caso de prácticas profesionales deberá presentar carta de acreditación emtidida por la Universidad o centro educativo extranjero de estudios superiores con indicación del tiempo y lugar donde realizarán sus prácticas, debidamente legalizada por Consulado Peruano y visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada. Demostrar tener solvencia económica proveniente del extranjero para solventar estudios y gastos de estadía. 5.1 En el caso de extranjeros hijos de peruanos y extranjeros residentes en el país la garantía puede provenir de fuente nacional. 5.2 En caso de menores de edad no acompañados por lo menos de uno de sus padres, deberán presentar documento notarial o consular que acredite tutoría o nombramiento de apoderado, adjuntando copia fedateada del documento de filiación debidamente legalizado o apostillado.Nota: En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 Es importante, que todos los documentos sean traducidos al español (por ser la lengua oficial del país), si los documentos presentados estuvieran en un idioma extranjero, por un traductor oficial aceptado por el Ministerio del Exterior. Recuerda, antes de aplicar, siempre debes revisar las últimas directrices en la Superintendencia Nacional de Migraciones. También necesitarás leer las notas adicionales, que pueden contener información pertinente según requiera la situación. Finalmente, una vez presentada, su solicitud de visa, ya sea temporal o residente, debe llevarse a cabo dentro de los 30 días. Es muy común que los estudiantes entren a Perú con un visado básico de turista o la Tarjeta Andina, antes de ir a la oficina de inmigración en Lima; es necesario para cambiar su estatus migratorio de los estudiantes. Todo el proceso de solicitud puede llevarse a cabo mientras estás en el Perú (como turista). Ahora si vienes apoyado por un centro laboral, debes solicitar la visa por medio del centro adjunto o dispuesto a contratarte o apoyarte. SOLICITUD VISA TEMPORAL ESTUDIANTE Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones Tips para estudiantes en Perú