Los extranjeros que ingresen a Panamá con la finalidad de establecer negocios subsidiarios en la República de Panamá, podrán solicitar la Visa de Corta Estancia por Negocios, presentando a través de las autoridades migratorias de Panamá en el extranjero los siguientes documentos, previos a su visita a Panamá
- Infórmese sobre los requisitos de su visa.
- Recopile antecedentes necesarios.
- Generar cita por el portal web, AQUÍ.
4. Entrar a la sección de Migración en Línea.
5. luego podrá dar clic en la opciones (Solicitudes). como lo indica la imagen y para proceder para su solicitud de visa dar clic en el link que dice Cita para Visa Estampada en Consulado para después acceder a la opción de la bandera de su país de procedencia ( Cuba, Venezuela, China).
6. Siga las instrucciones que detalla el comprobante de cita (formulario).
7. Llenar el formulario de datos del solicitante.
8. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nación por conceptos de derecho de tramites para la verificación correspondiente.
9. Recaudar todos los requisitos y llevar a la Gerencia de Servicios Migratorios.
Documentación general
- Formulario de solicitud de visa.
- Carta de la institución educativa o gubernamental o de la organización no gubernamental con sede en Panamá, en la que certifique la actividad que desarrollará el extranjero durante el tiempo por el cual se extiende el permiso.
- Certificación de la entidad que otorga la beca, si procede.
- Certificación del Ministerio de Gobierno y Justicia, en la que conste el registro de la asociación no gubernamental, si procede.
- Pago de gastos por servicios migratorios, por la suma de B/.100.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Copia simple del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de 3 meses de vigencia.
- Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje.
- Tres (3) fotografías.
- Reservación de hotel confirmada, si procede.
- Tiempo de tramite de 30 días hábiles.
- El costo del tramite es de US$50
- Gerencia de Servicios Migratorios.
- Autoridad encargada en caso de apelación: Superintendente Nacional de Migraciones.
- Decreto Ejecutivo No 320 del 8 de agosto de 2008, que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones, publicada en Gaceta Oficial No 26104
- Esta Visa será solo disponible para personas que demuestren una solvencia económica de al menos cinco (5) cifras. En otras palabras, que cuenten con un mínimo de diez mil ($10,000) Dólares Americanos.
- Documentación que demuestre el propósito del viaje de negocio y las características de su estadía.
- Certificado de Registro de la empresa en el extranjero y su posibilidad de establecer subsidiarias.