Las personas son no domiciliados, cuando siendo peruanos adquieren residencia fuera del país y de otro lado cuando son extranjeros sin domicilio permanente en el Perú o que teniendo el domicilio se ausentan por más de 183 días durante un período cualquiera que comprende 12 meses. Al ser no domiciliado te encuentras obligado a cumplir con tus obligaciones tributarias únicamente respecto de tus rentas de fuente peruana.
- Infórmese sobre los requisitos de su visa.
- Recopile antecedentes necesarios.
- Generar cita por el portal, click AQUÍ.
- Llenar el formulario de Solicitud de visa de trabajador temporal.
- Llenar el formulario del representante legal en caso de ser necesario.
- Llenar el formulario para el carnet de extranjería.
- Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nacion por conceptos de derecho de tramites para la verificacion correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen.
- Recaudar requisitos y llevarlos a la superintendencia nacional de migraciones.
Documentación general:(Debe ser enviada por titulares y dependientes)
- Formulario F-007 (gratuito).
- Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles)
- Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular.
- Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la MIGRACIONES, del contrato de prestación de servicios, cooperación técnica u otro similiar firmado entre la empresa extranjera y la persona natural o jurídica peruana que recibe el servicio, debidamente legalizado por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado, si fue firmado en el extranjero.
- Documento de designación emitido por la empresa en el extranjero, en forma individual por cada trabajador legalizado por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada indicando nombres y apellidos número de pasaporte y especialidad del beneficiario, así como el tiempo de duración del servicio en el país.
5.1 El documento debe dejar expresa constancia que tanto las remuneraciones como viáticos o cualquier tipo de pago, seránsoventados por la empresa extranjera y que el beneficiario no tendrá ninguna relación de dependencia con la empresa nacional. - Carta de la empresa peruana que recibe el servicio, con la indicación del tipo de actividad y lugar donde recibirá el servicio, que la labor que realizará el beneficiario es de alta especialización y no se encuentra personal disponible en el país.
- Tiempo de tramite de 30 días hábiles.
Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles)
- Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú
- Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008
- En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos.
- La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043.
- La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable.
- Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado.