Visado para Turistas – Australia
Visa de Visitante (subclase 600) Se debe obtener un visado ANTES de viajar a Australia. La visa de Visitante (subclase 600) es para las personas que deseen viajar a Australia como turistas, por negocios o para visitar a familiares. Es una visa temporal. Esta visa le permite hacer una variedad de cosas cuando viaje a Australia, tales como: Tener unas vacaciones o visitar familia y amigos en Australia Estudiar en Australia un curso de hasta tres meses Participar en actividades comerciales, mientras que esté en Australia, siempre que: no trabaje o preste servicios a una empresa u organización en Australia o no venda bienes o servicios al público Lo primero que debe hacer es solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Fotocopia a color de todas las páginas del pasaporte, certificadas ante Notario Público. Fotocopia a color de su cédula de identidad certificada ante Notario Público. Formulario 1419 (Visitor Visa – Tourist Stream) original (no copias), la cual debe ser diligenciado y firmado por cada solicitante. Usted puede obtener el Formulario en nuestro sitio web o si lo desea podrá ser enviado por correo electrónico. Formulario 956 (Appointment of a migration agent or exempt agent or other authorised recipient)original (no copias), la cual debe ser diligenciado y firmado por cada solicitante. Usted puede obtener el Formulario en nuestro sitio web o si lo desea podrá ser enviado por correo electrónico Dos (2) fotografías con las siguientes especificaciones: El tamaño de la foto debe ser de 3.5 cm. x 4.5 cm. (Pasaporte) Preferiblemente a color. Foto reciente (tomada con máximo seis meses de anterioridad). Fondo blanco. Copia del Certificado Internacional de Vacuna de Fiebre Amarilla. Seguro médico internacional válido para la estadía en Australia, expedido por una compañía de seguros que cubra todos los gastos de repatriación, asistencia médica urgente y hospitalización urgente para el periodo indicado en la visa. Si va a visitar a familiares o amigos, carta formal de invitación de su familiar o amigo en Australia. Si su familiar o amigo paga su estadía, debe proporcionar evidencia de que cuenta con los fondos necesarios para estos efectos. Por favor adjunte evidencia del estatus migratorio de la persona que le invita (copia de certificado australiano, certificado de ciudadanía o visa de residente permanente). Evidencia de cómo va a sostenerse financieramente durante su viaje. La evidencia no debe ser de más de un mes de antigüedad. Carta de su empleador indicando tipo de contrato, antigüedad en la empresa, ingreso mensual y período de vacaciones autorizado (especificar si es con o sin goce de sueldo). No debe ser de más de un mes de antigüedad. Ultimas 3 liquidaciones de salario ó pensión. Extractos bancarios de los 3 últimos meses, cuenta bancaria personal. Declaraciones anuales de impuesto. Cualquier información que indique que tiene incentivos para regresar a su país. Bienes (propiedades, vehículos, etc.) (Para demostrar que usted tiene un incentivo y autorización para regresar a su país de residencia) Si usted está estudiando, certificado de alumno regular de su escuela, universidad o instituto. Certificado de nacimiento de hijos y de matrimonio si corresponde Reserva aérea y de hotel en caso de viajar con fines solamente turísticos (cuando no tiene contactos en Australia) – No es necesario comprar el pasaje, sólo se requiere una reserva emitida por la compañía aérea o por la agencia de viaje con fecha y número de vuelo de entrada y salida.En caso de que un menor de 18 años viaje a Australia como turista: Si un niño menor de 18 años viaja a Australia sin uno o ninguno de los padres o tutor legal, deberá proporcionar autorización notarial de quien no viaje con el menor. Formato autorización salida del país para menores de edad. Certificado de nacimiento donde aparezca el nombre de los padres. Adjuntar Formulario 1229 Consent form to grant an Australian visa to a child under the age of 18 years (en inglés) Si el menor de 18 años se quedara en Australia con una persona que no es ninguno de sus padres o tutor legal, deberá proporcionar una declaración firmada por la persona responsable del menor en Australia. Formulario 1257 “Undertaking declaration” 45 Días. 135 AUD (Dolares Australianos). Embajada o consulado de Australia mas cercana a su lugar de domicilio. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Formulario de aplicación de visa
Visado de Reagrupación Familiar(general) – España
El visado de reagrupación familiar en régimen general habilita a su titular (familiar de un ciudadano extranjero residente legal en España) a residir en España por un periodo superior a 90 días. Pueden solicitar un visado de residencia para reagrupación familiar en régimen general los siguientes familiares de un ciudadano extranjero que ha residido legalmente en España durante un año y con autorización para residir por al menos otro año: El cónyuge del residente, siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho, y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley. Los hijos del residente y del cónyuge, incluidos los adoptados, siempre que sean menores de 18 años o personas con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud. Cuando se trate de hijos de uno solo de los cónyuges se requerirá, además, que éste ejerza la patria potestad o que se le haya otorgado la custodia y estén efectivamente a su cargo. En el supuesto de hijos adoptivos deberá acreditarse que la resolución por la que se acordó la adopción reúna los elementos necesarios para producir efecto en España. Los hijos mayores de 18 años que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades, debido a su estado de salud, cuando el residente extranjero sea su representante legal y el acto jurídico del que surgen las facultades representativas no sea contrario a los principios del ordenamiento español. Los ascendientes en primero grado del reagrupante y de su cónyuge cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razonas que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España. Lo primero que debe hacer es solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Luego de su llegada a España tiene un lapso de un mes para ir a una Oficina de Extranjería o a la Comisaria de Policía de la provincia donde se encuentre. Un formulario de información del solicitante, (original), se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Un formulario de solicitud de visado Nacional. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Se descarga en nuestra Web, en Información de Visados. Una fotografía reciente pegada, no escaneada, no grapada, en la primera hoja del formulario de solicitud de visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y una copia de todas las hojas del pasaporte. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Autorización de residencia por reagrupación, expedida por la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia española que corresponda, (original y copia). El intervalo de tiempo entre la recepción de la resolución y el inicio del trámite nunca puede ser mayor a 2 meses. Documentos originales apostillados que demuestren la relación de parentesco entre el reagrupante y el reagrupado, (original y copia). Tarjeta de Identidad de Extranjero compulsada del reagrupante con quien se reagrupa el familiar extranjero, (copia compulsada y copia). Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Certificado médico (original y copia). No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Este debe incluir obligatoriamente el siguiente texto y se puede presentar en un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. Cuando el reagrupado sea menor de 18 años, autorización notarial y fotocopia del documento de identidad del otro progenitor permitiendo que el hijo/a viaje y resida permanentemente en España, (original y copia). 15 Días. 220,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.
Residencia por Traslado Empresarial – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. Personas que se desplazan a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional, con una empresa o grupo empresarial establecido en España o en otro país. La nueva Ley 14/2013 de 27 de septiembre regula la concesión de visados de residencia para inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores y trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, así como a sus cónyuges e hijos menores de 18 años. En caso de ser aprobados, los visados se expedirán con validez de un año, salvo el visado por traslado intraempresarial que tendrá la validez que requiera el traslado. Los visados de residencia al amparo de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre constituirán título suficiente para residir en España durante un año sin necesidad de tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, salvo en el caso del traslado intraempresarial. Lo primero que debe hacer es solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Luego de su llegada a España tiene un lapso de un mes para ir a una Oficina de Extranjería o a la Comisaria de Policía de la provincia donde se encuentre. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de Visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 1 copia de todas las hojas del pasaporte que contengan alguna inscripción o sello. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos mensuales garantizados no inferiores a 2.130 € (más 532 euros mensuales adicionales por cada miembro de su familia que viaje acompañando al interesado). No se admiten tarjetas de crédito, no se admite efectivo, no se admiten ingresos que procedan de futuros alquileres. Los únicos documentos válidos para acreditación económica son: Referencia bancaria que indique las cifras que se manejan y los estados de cuenta del último año, justificando en todos los casos documentalmente el origen de los fondos. Seguro médico contratado con una aseguradora autorizada a operar en España, que cubra los gastos de repatriación a su país de origen en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y copia). No se admitirán seguros contra-reembolso.Y también se necesita al menos uno de estos requisitos específicos: El profesional debe presentar la autorización de residencia por traslado intraempresarial tramitada ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos de la Dirección General de Migraciones (Ministerio de Empleo y Seguridad Social). 15 Días. 220,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley 14/2013 de 27 de septiembre Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. Revisar el portal con la dirección de su Oficina Económica y Comercial de España mas cercana ACÁ. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Triptico de información. Oficina Económica y Comercial de España.
Residencia Inversores: Proyecto de interés general – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. La nueva Ley 14/2013 de 27 de septiembre regula la concesión de visados de residencia para inversores, emprendedores, rofesionales altamente cualificados, investigadores y trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, así como a sus cónyuges e hijos menores de 18 años. En caso de ser aprobados, los visados se expedirán con validez de un año, salvo el visado por traslado intraempresarial que tendrá la validez que requiera el traslado. Los visados de residencia al amparo de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre constituirán título suficiente para residir en España durante un año sin necesidad de tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, salvo en el caso del traslado intraempresarial. Lo primero que debe hacer es solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. Llevar todos los requisitos con sus respectivas copias el día de su cita. Esperar que sea aprobada su solicitud. Luego de su llegada a España tiene un lapso de un mes para ir a una Oficina de Extranjería o a la Comisaria de Policía de la provincia donde se encuentre. Un formulario de información del solicitante, (original), solo se obtiene en el Consulado en la ventanilla de Información, antes de introducir el trámite de visado. Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos formularios de solicitud de visado Nacional, (original y 1 copia). Imprescindible que estén rellenos todos los campos que procedan. Dos fotografías recientes e idénticas pegadas, no escaneadas, no grapadas, en cada una de las hojas de cada uno de los formularios de solicitud de Visado Nacional, (fondo blanco y de frente). Pasaporte original con vigencia de al menos 1 año y 1 copia de todas las hojas del pasaporte que contengan alguna inscripción o sello. En ningún caso se admitirán pasaportes con vigencia prorrogada. Certificado de antecedentes penales apostillado, solo para mayores de 18 años (original y copia). No se acepta carta de buena conducta. No debe tener una antigüedad de más de 90 días. Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, entendiéndose como suficiencia de recursos unos ingresos mensuales garantizados no inferiores a 2.130 € (más 532 euros mensuales adicionales por cada miembro de su familia que viaje acompañando al interesado). No se admiten tarjetas de crédito, no se admite efectivo, no se admiten ingresos que procedan de futuros alquileres. Los únicos documentos válidos para acreditación económica son: Referencia bancaria que indique las cifras que se manejan y los estados de cuenta del último año, justificando en todos los casos documentalmente el origen de los fondos. Seguro médico contratado con una aseguradora autorizada a operar en España, que cubra los gastos de repatriación a su país de origen en caso de fallecimiento, asistencia médica y atención hospitalaria durante al menos un año, válido en todo el territorio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y copia). No se admitirán seguros contra-reembolso.Y también al menos uno de los siguientes requisitos específicos: Inversores, personas físicas o jurídicas, que presenten un proyecto empresarial para su desarrollo en España y que se considere de interés general. El interesado debe presentar un informe favorable sobre el proyecto que deberá solicitar previamente en la Oficina Económica y Comercial de España en su país mediante un correo electronico. Esta Oficina valorará que en el proyecto empresarial concurren razones de interés general. 15 Días. 220,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley 14/2013 de 27 de septiembre Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. Revisar el portal con la dirección de su Oficina Económica y Comercial de España mas cercana ACÁ. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx. Triptico de información. Oficina Económica y Comercial de España.
Residencia para Voluntariado – Islandia
Los ciudadanos extranjeros de un país fuera del EEE y / o EFTA, que planean permanecer en Islandia por más de tres (3) meses, deben tener un permiso de residencia válido. Los permisos de residencia para voluntarios son para personas mayores de 18 años que tengan la intención de trabajar para organizaciones no gubernamentales (ONG) en asuntos de caridad y humanitarios. Dichas organizaciones deben ser organizaciones sin fines de lucro y exentas de impuestos. La suposición general es que las organizaciones en cuestión operan en un contexto global. Es posible que tenga derecho a un permiso de residencia para voluntarios si se cumplen todos los requisitos siguientes: Tiene entre 18 y 25 años cuando se envía su solicitud. usted tiene una confirmación formal por escrito de una invitación a Islandia para que trabaje para una ONG reconocida que trabaja en asuntos humanitarios y de caridad, y no son explotados con fines de lucro ni responsables de impuestos. el trabajo que llevarás a cabo estará de acuerdo con las actividades de la ONG con la que trabajarás. puede presentar un boleto de viaje desde Islandia indicando su hora de salida al final de su estadía. puede probar que puede proveerse durante su estadía de otra manera que recibir salarios en Islandia. usted tiene un seguro válido con una compañía de seguros islandesa o una compañía de seguros extranjera autorizada para operar en Islandia. no ha cumplido una condena penal en el extranjero durante los últimos cinco (5) años o ha sido condenado por un tribunal por un delito que se castigaría con más de tres (3) meses de prisión, de acuerdo con la legislación islandesa Tener un pasaporte válido por lo menos 90 días antes del tiempo estimado de su permiso de residencia. No deberías: comenzar a trabajar para una ONG hasta que se otorgue un permiso de residencia. ser contratado para ganar un salario en el mercado laboral islandés durante su estancia. permanecer en otro país por más de tres (3) meses en cada período de 12 meses del período del permiso de residencia; de lo contrario, el permiso de residencia puede ser cancelado o revocado. recaudar todos los requisitos necesarios. El solicitante y la familia anfitriona deben completar un contrato escrito utilizando el formulario emitido por la Dirección de Inmigración. El contrato debe ser enviado a la Dirección de Inmigración. Solicitar una cita en la oficina consular mas cercana a su residencia. La solicitud deberá efectuarse presencialmente por el solicitante. Los documentos que deben presentarse deberán ser originales, acompañados de una copia. En la oficina consular podrá obtener el Formulario de solicitud. Pague la tarifa en la oficina consular. Asista a su cita, y espere la emisión de su visa. La admisibilidad de los documentos exigidos NO implica la concesión del visado. Una denegación no da lugar a una devolución de los emolumentos pagados. Recibo de pago (si la solicitud ha sido pagada en un banco). El nombre de la persona para quien se realiza el pago debe estar claramente establecido. Indique el nombre del solicitante, su fecha de nacimiento como referencia. Solicitud de un permiso de residencia. (Descárguelo y guárdelo en la computadora antes de completarlo). En formato original, cuidadosamente completado y firmado por el solicitante. (Es importante que el solicitante indique su lugar de residencia en Islandia. Si no se indica la dirección cuando se presenta la solicitud, el solicitante debe notificar su lugar de residencia dentro de las dos (2) semanas posteriores a la fecha de llegada a Islandia (por ejemplo al ser fotografiada). Foto del pasaporte (35 mm x 45 mm). Fotocopia del pasaporte El período de validez debe ser al menos 90 días después del período de validez del permiso de residencia. Esto debe incluir fotocopias de la página de información personal del pasaporte y la página que contiene la firma del solicitante. Certificado original de antecedentes penales extranjeros. Copia confirmada o traducción original por un traductor autorizado del certificado de antecedentes penales. Solo se aplica si los certificados extranjeros están en otros idiomas además del inglés o los idiomas nórdicos. Seguro de salud. El solicitante deberá presentar un certificado de seguro de una compañía de seguros islandesa (ver compañías de seguros) o una compañía de seguros extranjera autorizada para operar en Islandia (ver compañías de seguros extranjeras). El seguro será válido por seis (6) meses a partir de la fecha del solicitante registrado en Registros Islandia y la cobertura será de al menos IKR 2000,000. Un contrato con una ONG reconocida que trabaja en asuntos humanitarios o de caridad. El formato original es requerido, fechado y firmado tanto por el solicitante como por el vocero de la organización. El contrato debe indicar el tipo de trabajo que llevará a cabo el solicitante y la duración de su estadía. También se debe establecer una confirmación con respecto a la organización que garantiza la vivienda y el mantenimiento para el solicitante en Islandia, si corresponde. Documentos sobre soporte, si corresponde. Si la ONG no garantiza el mantenimiento del solicitante, el solicitante debe mostrar suficiente apoyo financiero durante el tiempo de estadía. Copia de un boleto de viaje de Islandia, que indica el momento de salida de los solicitantes al final de su estadía. 90 días. 15.000 ISK. Embajada o consulado de Islandia mas cercano a su lugar de domicilio. Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todas las instituciones. Traducir todos los documentos necesarios al Islandés. Tener en cuenta que algunos requisitos y tiempos de emisión de las visas pueden variar dependiendo del lugar donde se resida. Es posible que pueda obtener su visa más rápido u otros servicios según el país en el que se encuentre. Consulte con su centro de solicitud de visa. Es posible que deba proporcionar más documentos según sus circunstancias. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Departamento de Relaciones Exteriores. Servicio de Inmigraciones Islandia.
Visa de dependencia-República Dominicana
Las visas por dependencia son expedidas en razón de dependencia familiar de los usuarios, de los beneficiarios de visas diplomáticas, oficiales, cortesías, negocios y de estudiante, sujeto al tipo de visa otorgada al familiar principal o al patrono de quien dependan. Todos los ciudadanos extranjero que residan legalmente en la República Dominicana tienen derecho a solicitar visas por dependencia en las oficinas consulares de la República Dominicana. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA,y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios. Carta de solicitud de visa dirigida a la oficina consular por la persona de quien depende el beneficiario, quien deberá identificarse, presentar pruebas de que posee visa de Estudiante o de Negocios con Fines Laborales por un año NMl (en este último caso dicha comunicación deberá ser suscrita por el organismo del cual depende el beneficiario del visado NMl). Asimismo, deberá indicar si la persona a favor de quien se solicita la visa depende de él por lazos familiares o por relación de trabajo. Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco. Pasaporte original con una vigencia mínima de seis (06) meses. Fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia. (Si aplica) Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente (autoridad federal en caso de Estados federados) de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda. Póliza de Seguro de Garantía Migratoria Internacional que cubra las eventualidades médicas o de otra índole que puedan ocurrir al extranjero mientras dure su estadía en territorio dominicano, además de gastos de repatriación, disponible para ser adquirido en la oficina consular. Certificación médica de que el peticionario no posee enfermedades infecto contagiosas. Visas dominicanas y de otros países vigentes o vencidas Acta de matrimonio o acta de nacimiento de los hijos, según la calidad de la persona que solicita la visa de dependencia. Documentos que acrediten solvencia económica (carta bancaria, carta de trabajo, títulos de propiedad, etc.), de la persona de que se depende. Si algún documento se expide en la República Dominicana, debe ser certificado por un notario público y legalizado por la Procuraduría General de la República. Copia de la Visa o Tarjeta de Residencia dominicana y copia del pasaporte de la persona de la cual dependa el interesado. Autorización de los padres o tutor, cuando se trata de un menor de edad y quien solicita no es el padre o la madre. En este caso, se requiere que el padre o la madre que no está en la República Dominicana manifieste conformidad con que el otro padre lleve a vivir a la República Dominicana al menor. Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. el costo es de 80,00$ Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su
Visas Diplomáticas, Oficiales y de Cortesía-República Dominicana
La República Dominicana es un país abierto al mundo. Todas nuestras bellezas naturales, nuestra historia, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades. Las visas diplomáticas se otorgan a miembros y familiares de misiones diplomáticas y consulares, incluyendo a miembros de organismos internacionales; las visas oficiales se otorgan a funcionarios gubernamentales y/o de organismos internacionales y sus familiares poseedores de pasaportes oficiales que viajen al país en forma particular o en gestiones propias de su cargo; y la visa de cortesía se otorgan en pasaportes ordinarios a aquellos funcionarios diplomáticos o gubernamentales y sus familiares que viajen al país con esta clase de pasaportes, en igual sentido se otorgan visas de cortesía a personalidades distinguidas y a sus familiares. Todas las delegaciones diplomáticas, consulares, organismos internacionales y personalidades pueden dirigirse a las oficinas consulares de la República Dominicana y solicitar una visa de categoría diplomática, oficial o de cortesía. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA,y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco. Pasaporte original con una vigencia mínima suficiente para la estancia en la República Dominicana. Nota Verbal o Diplomática de la Misión Diplomática, Consular u Organismo Internacional, solicitando la visa y debiendo indicar: Nombre del solicitante, 2. Nacionalidad, 3. Número de pasaporte, 4. Rango diplomático o cargo que desempeña, 5. Propósito del viaje. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. el costo es de RD$12,000.00 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su visa de residente. Ley de migraciones Migraciones República Dominicana Formulario de solicitud
Visa residencia permanente-República Dominicana
El permiso de residencia permanente en República Dominicana es aquel permiso que se le otorga a los extranjeros que han permanecido en la República Dominicana y han renovado su residencia temporal por cinco años continuos y aquellos que califican baja a una de las categorías especiales de acuerdo a la ley de migración del país, dichas categoría podemos señalar las siguientes: Inversionistas, jubilados y rentistas, siempre y cuando, cumpla con las condiciones para ello . Para adquirir dicho estatus el extranjero que haya cumplido con lo anteriormente expuestos debe de solicitar a la Dirección General de Migración de la República Dominicana para que le conceda el permiso del estatus de residente permanente en república dominicana. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA,y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Formulario de solicitud de cambio de categoría de temporal a Permanente Realización de exámenes médicos. Carnet de residencia permanente.(ANEXAR 1 COPIA DEL MISMO) Cédula de identidad personal. EMITIDA POR LA JCE (ANEXAR 1 COPIA DE LA MISMA). EL ORIGINAL SE DEVUELVE AL EXTRANJERO DESPUÉS DE VERIFICADA. Pasaporte y fotocopia de la pagina principal. Con un mínimo de (18) MESES de vigencia. Certificación de antecedentes penales legalizados y apostillados. Cuatro (4) fotografías recientes tamaño 2 x 2 de frente y dos (2) de perfil, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas. Si solicita Residencia Permanente para cónyuge o conviviente, pasaporte, acta denacimiento, acta de matrimonio o prueba de convivencia debidamente apostillada o legalizada, según corresponda; Si solicita Residencia Permanente para hijos y menores dependientes, pasaportes,actas de nacimiento correspondientes, debidamente apostilladas o legalizadas, según corresponda. Contrato de trabajo registrado por el Ministerio de Trabajo, en el caso que aplique. Prueba de solvencia económica; en el caso de ser jubilado o pensionado o de serrentista, constancia de la pensión o renta o de depósitos bancarios de que dispone para su manutención en la República Dominicana; El solicitante será citado para que comparezca a la D.G.M. a una entrevista ante un Oficial de Migración. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. el costo es de RD$12,000.00 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su visa de residente. Ley de migraciones Migraciones República Dominicana
Visa residencia temporal-República Dominicana.
Según establece el artículo 1 del Decreto 328-02, del 9 de mayo del 2002, “Los extranjeros que deseen ingresar al país con la finalidad de fijar residencia temporal o permanente en la República Dominicana deberán hacerse expedir un visado de residencia, el cual deberá ser solicitado a través de las misiones Diplomáticas y Consulares de la República Dominicana en el exterior, luego de cumplir con los requisitos establecidos a los fines y contar con la debida autorización de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. En principio, la Visa de Residencia constituye un requisito previo a la solicitud de la Residencia ante la Dirección General de Migración. Para la obtención de la Visa de Residencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores exige los siguientes documentos los cuales mencionamos, de manera general, a continuación. Deberá de hacer la solicitud a través de la pagina web INGRESAR AL PORTAL DE SERVICIOS DGM. (HTTPS://PERSONAL.MIGRACION.GOB.DO/) Registrase en el sistema (SI ESTÁ REGISTRADO, INGRESE SU USUARIO Y CONTRASEÑA) Elija la opción “LISTA DE APLICACIONES”, de la lista de servicios disponibles, ELIJA EL QUE SOLICITARA y complete la información requerida en los formularios. El sistema le notificara sobre el estatus de su solicitud. Los documentos escaneados deberán de estar en formato JPG, para la solicitud vía web. El solicitante tiene treinta(30) días para depositar todos los documentos originales luego de haber ingresado a territorio DOMINICANO, En caso contrario, deberá pagar una penalidad. Presentarse a la DGM con la documentación original, mas copias de todos los documentos requeridos. Al termino del deposito de la documentación requerida, la autorización la realización de el examen medico y la aprobación del pago de los servicios, se entregara al solicitante el formulario de recibo de documentos para el retiro de la residencia temporal solicitada en caso de ser aprobada. El examen medico deberá realizarse dentro de los tres(3) días posteriores al pago (INCLUYENDO EL DÍA DEL PAGO), de lo contrario deberá efectuar el pago nuevamente. se deberá esperar 10 días para conocer los resultados de los mismos. Carta de Solicitud dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores o al titular de la oficina consular ante la cual se solicita en el exterior. Formulario de solicitud de residencia y las fotos correspondientes. Dos (2) juegos de copias del Pasaporte completo Pasaporte original con una vigencia mínima de seis (6) meses. Fotografías. Certificado Médico. Certificado de Buena Conducta y de no antecedentes penales. Acta de Nacimiento Acta de Matrimonio (si aplica) Carta de Garantía Notarizada: Suscrita por un dominicano o extranjero residente legal en la República Dominicana y debe especificar el tipo de relación que lo une con el beneficiario de la visa. Documentos que demuestren la solvencia económica del solicitante Certificación de la Dirección General de Migración: donde conste la última entrada al país o copia de ambos lados de la tarjeta de turista utilizada en la última entrada a la República Dominicana. Constancia del pago de los impuestos correspondientes. . Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal. El importe asciende a 90,00$ Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. A partir del 1 de junio de 2012, los asuntos migratorios en la República Dominicana se rigen por la Ley 285-04 sobre Migración y su Reglamento 631-11, de fechas 15 de agosto de 2004 y 19 de octubre de 2011, respectivamente. Mas información (Aquí) Es importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía. El consulado dominicano encargado de su solicitud podrá requerir documentos adicionales a los antes enumerados. Ud. podrá incluir en su solicitud de visado la solicitud de visado de su cónyuge y de sus hijos menores, anexando su acta de matrimonio y las actas de nacimiento de sus hijos, así como sus pasaportes, fotografías, etc. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado. Cuando su solicitud de visado sea aprobada, el consulado dominicano en su país de residencia estampará en su pasaporte la visa de residencia dominicana, válida por sesenta días, y le entregará los documentos de su solicitud. Según las normas migratorias, Ud. deberá entonces proceder a entrar a territorio dominicano a solicitar su permiso de residencia estando vigente su visa de residente. El permiso de residencia temporal deberá renovarse cada año. Nota:Cuarenta cinco días antes de cumplir cinco años como residente temporal, Ud. podrá solicitar el permiso de residencia permanente en la República Dominicana. Para esta solicitud se requieren nuevos exámenes médicos, así como el depósito de los documentos siguientes: carné de residencia temporal, cédula de identidad personal, pasaporte con vigencia mínima de 18 meses, fotografías, certificado de no antecedentes penales en la República Dominicana, carta firmada ante notario por su garante en la República Dominicana y prueba de su solvencia económica. La Dirección General de Migración podrá exigir documentos adicionales en caso de que así lo estime pertinente. Formulario de solicitud(en linea) Formulario de solicitud (llenado a mano). Ley de migraciones Migraciones República Dominicana
Visa para Estudiante (Larga Duración) – España
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. España acoge algunas de las escuelas de negocios más prestigiosas del mundo, además de poseer una amplia red de universidades y ser el máximo receptor de estudiantes de intercambio dentro del programa Erasmus. Lo primero que debe hacer es hacer su solicitud personalmente en el consulado de España mas cercano a su residencia. Entregar los requisitos que se le solicitan. Debe de esperar ya que El Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en Madrid, examina los expedientes de solicitud, por lo que las gestiones pueden tardar más de un mes desde el momento en que el interesado presenta toda la documentación. Una vez en España, el titular de una visa de estudios, deberán solicitar, en el plazo de un mes desde su entrada en el país, la tarjeta de estudiante extranjero ante la Oficina de Extranjeros o ante la Comisaría de Policía correspondiente. Esto en el caso de que los estudios tengan una duración superior a seis meses. El solicitante deberá presentar su pasaporte o título de viaje, el formulario de solicitud de la tarjeta de identidad de estudiante extranjero y la constancia del abono de la tasa por expedición de la tarjeta. Formulario de solicitud de visa debidamente llenado y firmado por el interesado. Dos fotografías en color recientes, tamaño pasaporte, con fondo blanco. Pasaporte vigente o título de viaje reconocido como válido en España, con una vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia. Certificado de estudios, notas o documentación que acredite el estado de estudiante o de investigador (para casos de tesis doctorales o postdoctorales). Carta de admisión en un centro docente o científico español, público o privado, oficialmente reconocidos. Plan de estudios, formación o investigación. Seguro médico que cubra todo el tiempo de la estancia del solicitante en España. La cobertura mínima del seguro debe ser de 30 mil euros. Se recomienda hacer el seguro médico para un periodo superior al previsto, para mayor seguridad. Constancia médica de la buena salud del solicitante, mediante presentación de informe o certificado médico. Constancia de antecedentes penales o certificado policial. Constancia de fondos económicos para sufragar los gastos de manutención en España y los gastos relacionados con el regreso al país de origen (y de sus familiares que acompañen al interesado). Constancia de alojamiento en España. Los estudiantes menores de edad deberán presentar la autorización notarial de sus padres o tutores para realizar los estudios en España. Si se considera necesario, las autoridades españolas podrán realizar una entrevista personal. En caso de ser requerida, el solicitante debe presentarse ante el Consulado en un plazo no superior a 15 días hábiles desde fecha de la notificación. Los familiares del estudiante o investigador extranjero pueden acompañarlo en su viaje. Se entiende por familiares al cónyuge o pareja de derecho común, los hijos menores de 18 años, los hijos dependientes o que tengan una discapacidad física. Los familiares deberán cumplir ciertos requisitos que se listan a continuación: Constancia del vínculo familiar con el estudiante. Pruebas de solvencia financiera. Autorización notarial del progenitor que no viaje a España para el desplazamiento de los hijos menores con el padre o madre solicitante de la visa de estudiante. 30 a 40 Días. 60,00 Euros. (Visa). Embajada o consulado de España mas cercana a su lugar de domicilio. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Realizar el tramite con suficiente tiempo de antelación al viaje. El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días naturales en determinadas circunstancias. Los pasos a seguir y requisitos no son los mismos para todos los países. La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la visa solicitada. Listado de países que pueden entrar con visa y los que necesitan de una. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx.