Visa de Trabajo – Trabajadores Domésticos – Panamá.
Existe un grupo de Extranjeros dispuestos a ofrecer sus servicios como trabajadores domésticos (Empleadas, Nanas, Jardineros, Ayudantes, etc.) y por otro lado la demanda de éste personal de trabajo doméstico es elevada. Un Trabajador Doméstico con un estatus Migratorio Legal tiene su trabajo garantizado y mejores oportunidades salariales. Un Empleador, Jefe o Patrón que reconozca a un Extranjero como un buen trabajador doméstico podría garantizar la lealtad de éstos ofreciéndoles regularizar su estatus migratorio con éste permiso. La Visa de Trabajadores Domésticos es una nueva ley de inmigración que permite que un ciudadano panameño o un residente permanente o temporal contrate a un extranjero para trabajar como empleada doméstica puede solicitar esta Visa de Trabajadoras Domésticas Extranjeras de Panamá, por un término de un año (renovable cuatro veces). Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal web, AQUÍ. 4. Entrar a la sección de Migración en Línea. 5. luego podrá dar clic en la opciones (Solicitudes). como lo indica la imagen y para proceder para su solicitud de visa dar clic en el link que dice Cita para Visa Estampada en Consulado para después acceder a la opción de la bandera de su país de procedencia ( Cuba, Venezuela, China). 6. Siga las instrucciones que detalla el comprobante de cita (formulario). 7. Llenar el formulario de datos del solicitante. 8. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nación por conceptos de derecho de tramites para la verificación correspondiente. 9. Recaudar todos los requisitos y llevar a la Gerencia de Servicios Migratorios. Documentación general Poder (Notariado) y solicitud. Tres (3) fotografías. Copia del documento de identidad del país de origen o permiso de residencia (NOTARIADO). Depósito de garantía a cuenta del empleador, a favor del Servicio Nacional de Migración, por la suma de quinientos balboas (B/.500.00). Servicios Migratorios al Tesoro Nacional por el monto de B/.100.00. Comprobante de recibo de servicios públicos, en el que conste la ubicación del domicilio en el cual se prestará el servicio doméstico. Paz y Salvo Nacional de Rentas del empleador y del extranjero. Comprobante de afiliación de la Caja de Seguro Social del extranjero y copia del carné. Carta de responsabilidad del empleador (NOTARIADO). Contrato de Trabajo. Copia de cédula (autenticada por el Registro Civil) o carné de residencia del responsable (notariado). Solvencia económica del responsable (Escoger alguna de las tres (3)): ● Carta de trabajo con su ficha o comprobante de pago. ● Declaración de renta con su respectivos Paz y Salvo. ● Carta de un banco local. Certificado de salud. Record policivo (DEBIDAMENTE APOSTILLADO). Copia del pasaporte completo (NOTARIADO). Formulario de trabajador doméstico. Declaración jurada sobre antecedentes penales. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. El costo del tramite es de US$ 50 dolares. Gerencia de Servicios Migratorios. Autoridad encargada en caso de apelación: Superintendente Nacional de Migraciones. Artículo 15 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008. Mas información (Aquí) Los cheques van uno a nombre del Servicio Nacional de Migración (GARANTÍA) y el otro a nombre del TESORO NACIONAL, como lo indica el Decreto Ley. El solicitante podrá solicitar ésta Visa cuando su estadía no sea menor a quince (15) días En el caso de solicitar éste tipo de Visa para un grupo de más de diez (10) personas extranjeras, el depósito de garantía deberá ser hecho por un monto de Dos mil quinientos ($2,500) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración. SOLICITUD VISA Migración Panamá Formularios
Visa Trabajo – Cuba
Profesionales de alto nivel técnico, trabajadores especializados; Presidentes Gerentes Generales, Apoderados, Factores, que sean llamados por empresas; instituciones o personas establecidas en el país, para ejecutar labores temporales de su especialidad o con fines de entrenamiento industrial, y sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad deberán solicitar una visa de trabajo en el consulado de su país de residencia. Presente la solicitud del Permiso de Trabajo con la fundamentación de la necesidad de su aprobación y, una vez autorizada por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Procederá a tramitar el visado correspondiente ante la Dirección de Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior. Una vez obtenido el Permiso de Trabajo, la autoridad facultada solicita a la Dirección de Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior que se otorgue a favor del extranjero la categoría migratoria. Luego deberá ingresar al portar web de Cancillería de su país de origen para solicitar su visa para cuba Determine su clase de visa leyendo los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. luego haga clic en solicitar visa. Una vez hayas completado los pasos anteriores, debes programar tu cita el siguiente día hábil después de haber hecho el pago. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita CARTA DE GARANTÍA: dirigida a la Cónsul General. DOCUMENTOS QUE DEMUESTREN SOLVENCIA ECONOMICA: carta (s) bancarias de su cuenta de ahorros libreta, cuenta corriente o certificados bancarios, o matrícula de vehículos si los posee. PROPUESTA DE TRABAJO Suscrito por una empresa. CERTIFICACIÓN DEL MINISTERIO DEL TRABAJO. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN, donde conste la última entrada al país del beneficiario, en caso de viajes anteriores a la República Dominicana. CARTA DE SOLICITUD DE VISA a la firma del beneficiario, dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores. FORMULARIO DE SOLICITUD DE VISA Lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde CERTIFICADO DE NO ANTECEDENTES PENALES: Este certificado lo expide la autoridad correspondiente de la jurisdicción del interesado. Deberá estar legalizado en Consultaría Jurídica. CERTIFICADO MEDICO: Expedido por la autoridad de salud de su jurisdicción, presentando un diagnóstico del estado general de salud e indicando si padece de algún tipo de enfermedad infecto contagiosa. Deberá estar legalizado en Consultaría Jurídica y por el Consulado. ACTA DE NACIMIENTO: Este certificado lo expide la autoridad correspondiente de la jurisdicción del interesado. Deberá estar legalizado en Consultoría Jurídica y por el Consulado. UNA FOTOGRAFÍA tamaño 4×5 cm, de frente y con fondo blanco. PASAPORTE ORIGINAL Y FOTOCOPIA: con una vigencia mínima de seis (6) meses. FOTOCOPIAS DEL CARNE DE IDENTIDAD y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia si reside en un segundo país. 30 a 60 días hábiles El costo de la tramitación es del equivalente de EUR 60.00 en CUC. Este monto será pagado en el momento de entregar la solicitud. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de Migraciones (Edición Actualizada) Modificada por el Decreto Ley No. 302 de 11 de Octubre de 2012. Mas información (AQUÍ) Recuerda llegar con anticipación a la cita. Una visa no puede ser tramitada con una mayor validez a la fecha de expiación del pasaporte. No se aceptarán solicitudes incompletas. Los documentos a entregar deben tener menos de 6 meses de haber sido emitidos. Información falsa o fraude, en cualquier etapa del proceso, descalificaría automáticamente al solicitante para la obtención de una visa ahora o en el futuro. El haber cumplido los requisitos antes mencionados, no garantiza el otorgamiento de una visa. Ministerio de relaciones Exteriores Ley de migraciones
Visa de Trabajo – Residente – Perú
Permite a los extranjeros en condición de residentes optar por un trabajo y conseguir su carnet de extranjería. Sólo puede trabajar, en situación de dependencia bajo un contrato de trabajo debidamente aprobado por el Ministerio de Trabajo salvo las excepciones contempladas en la Ley respectiva. No pueden girar recibos por honorarios profesionales. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal, click AQUÍ. Llenar el formulario de Solicitud de visa de trabajador temporal. Llenar el formulario del representante legal en caso de ser necesario. Llenar el formulario para el carnet de extranjería. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nacion por conceptos de derecho de tramites para la verificacion correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar requisitos y llevarlos a la superintendencia nacional de migraciones. Documentación general:(Debe ser enviada por titulares y dependientes) Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles) Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de MIGRACIONES del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con excepción de los casos comprendidos en los Arts. 3º y 6º del Decreto Legislativo Nº 689, su reglamento D.S.Nº 023-2001-TR y modificatorias. La ficha RUC de la empresa contratante debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO. Entrega de copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de MIGRACIONES, de la vigencia del poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registra, en caso sea persona distinta al Gerente General. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable. En caso de contrato firmado en el país, el usuario debe encontrarse con la calidad migratoria habilitante o tener el permiso especial para firmar contratos. Si el contrato fue firmado en el extranjero deber ser legalizado por Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. La presentación del contrato debe ser con antigüedad no mayor de 30 días, de haber sido aprobado por la autoridad de trabajo. En los casos que el contrato contemple períodos de prueba, procederá el otorgamiento de visa temporal hasta el cumplimiento de dicho período; luego el usuario podrá solicitar el Cambio de Clase de Visa a Residente. Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado. Solicitud Visa Trabajo (Residente) Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones
Visa de Trabajo – Designado no Domiciliado (Temporal) – Perú
Las personas son no domiciliados, cuando siendo peruanos adquieren residencia fuera del país y de otro lado cuando son extranjeros sin domicilio permanente en el Perú o que teniendo el domicilio se ausentan por más de 183 días durante un período cualquiera que comprende 12 meses. Al ser no domiciliado te encuentras obligado a cumplir con tus obligaciones tributarias únicamente respecto de tus rentas de fuente peruana. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal, click AQUÍ. Llenar el formulario de Solicitud de visa de trabajador temporal. Llenar el formulario del representante legal en caso de ser necesario. Llenar el formulario para el carnet de extranjería. Ingresar los datos de recibo de pago del banco de la nacion por conceptos de derecho de tramites para la verificacion correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar requisitos y llevarlos a la superintendencia nacional de migraciones. Documentación general:(Debe ser enviada por titulares y dependientes) Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles) Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la MIGRACIONES, del contrato de prestación de servicios, cooperación técnica u otro similiar firmado entre la empresa extranjera y la persona natural o jurídica peruana que recibe el servicio, debidamente legalizado por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado, si fue firmado en el extranjero. Documento de designación emitido por la empresa en el extranjero, en forma individual por cada trabajador legalizado por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada indicando nombres y apellidos número de pasaporte y especialidad del beneficiario, así como el tiempo de duración del servicio en el país. 5.1 El documento debe dejar expresa constancia que tanto las remuneraciones como viáticos o cualquier tipo de pago, seránsoventados por la empresa extranjera y que el beneficiario no tendrá ninguna relación de dependencia con la empresa nacional. Carta de la empresa peruana que recibe el servicio, con la indicación del tipo de actividad y lugar donde recibirá el servicio, que la labor que realizará el beneficiario es de alta especialización y no se encuentra personal disponible en el país. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado. Solicitud Visa Trabajo (temporal) Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones
Visa de Trabajo – Temporal – Perú
En la mayor parte de los casos las visas de empleo temporal se emiten sobre la base de una oferta formal de trabajo validada por el Departamento de Empleos y las autoridades del Servicio de Inmigración. Infórmese sobre los requisitos de su visa. Recopile antecedentes necesarios. Generar cita por el portal, click AQUÍ. Llenar el formulario de Solicitud de visa de trabajador temporal. Llenar el formulario del representante legal en caso de ser necesario. Llenar el formulario para el carnet de extranjería. Ingresar los datos de recibo de pago del Banco de la Nación por conceptos de derecho de tramites para la verificación correspondiente. Considere los datos a ingresar en la casilla en color azul que indica la imagen. Recaudar requisitos y llevarlos a la superintendencia nacional de migraciones. Documentación general: (Debe ser enviada por titulares y dependientes) Formulario F-007 (gratuito). Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/ 107,50 soles) Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular. Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de MIGRACIONES del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con excepción de los casos comprendidos en los Arts. 3º y 6º del Decreto Legislativo Nº 689, su reglamento D.S.Nº 023-2001-TR y modificatorias. La ficha RUC de la empresa contratante debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO. Entrega de copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de MIGRACIONES, de la vigencia del poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registra, en caso sea persona distinta al Gerente General. Tiempo de tramite de 30 días hábiles. Todos los tramites son gratuitos; salvo el pago del recibo al Banco de la Nación Por el derecho al tramite por el monto de (S/ 107,50 soles) Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú Decreto Legislativo Nº 1043 – Lima, 28/08/2008 En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos. La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe MIGRACIONES y lo establecido en el D.Leg. 1043. La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable. Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado. En caso de contrato firmado en el país, el usuario debe encontrarse con la calidad migratoria habilitante o tener el permiso especial para firmar contratos. Si el contrato fue firmado en el extranjero deber ser legalizado por Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. La presentación del contrato debe ser con antigüedad no mayor de 30 días, de haber sido aprobado por la autoridad de trabajo. En los casos que el contrato contemple períodos de prueba, procederá el otorgamiento de visa temporal hasta el cumplimiento de dicho período; luego el usuario podrá solicitar el Cambio de Clase de Visa a Residente. Solicitud Visa Trabajo (temporal) Formulario F-007 Superintendencia Nacional de Migraciones
Visa de Trabajo – TP-4 – Colombia
Visa de trabajo para Colombia TP-4. La visa es un requisito legal para que pueda trabajar en Colombia es decir es una Autorización para realizar actividades remuneradas en el Territorio Nacional. Si usted tiene el propósito de trabajar y vivir en el país, debe tener en cuenta, que uno de los requisitos principales para su visa colombiana de trabajo TP4, es contar con una oferta laboral, de una empresa jurídica con domicilio en Colombia y de acuerdo a su profesión y el cargo que va a desempeñar en la compañía contratante; se puede solicitar su visa de trabajo cumpliendo a cabalidad con los requisitos migratorios y todas las normas concordantes para su permiso de trabajo. ingresar al portar web de cancillería para solicitar su visa Determine su clase de visa leyendo los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. luego haga clic en solicitar visa. Una vez hayas completado los pasos anteriores, debes programar tu cita el siguiente día hábil después de haber hecho el pago. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita Pasaporte con vigencia mínima de ciento ochenta (180) días, en buen estado, con mínimo dos (2) páginas en blanco. Copia de la página principal del pasaporte vigente donde aparecen registrados los datos personales del titular. Copia de la página del pasaporte donde haya sido estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso. En el caso de un solicitante actuando a título personal, deberá presentar: extractos bancarios de los últimos seis meses que presenten promedio un mínimo de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes y copia de cédula de ciudadanía. Además, las autoridades pueden exigirle el contrato de trabajo original o copia de este suscrito por las partes. Descargar, diligenciar y firmar por las partes el Formulario. En caso de ser persona jurídica deberá incluir declaración de renta, certificado de existencia y representación legal. Además de la información. Dos (02) fotografías actualizadas de frente, a color, tamaño carnet (4x4cm.), fondo blanco; Fotocopia de la reserva aérea o boleto electrónico; Copia certificada del Permiso Laboral para Trabajadores Extranjeros otorgado por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social; Certificado de Antecedentes Penales expedido por la autoridad legal competente, debidamente legalizado con el sello de la «Apostilla de La Haya»; Fotocopia del contrato de trabajo; Fotocopia del título universitario; Currículum Vitae Certificado de salud expedido por una institución pública o privada, que indique que el interesado no está afectado por enfermedades infectocontagiosas; Certificado Internacional contra la Fiebre Amarilla, original y fotocopia. Pasado Judicial, debidamente apostillado por la Cancillería Colombiana . 20 a 30 días hábiles desde el momento de la solicitud de la misma. Visa de transeúnte laboral es de sesenta dólares estadounidenses (US$ 60,00) Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de Migraciones N°0834 de 2013 Mas información clic (AQUÍ) Recuerde que para su tramite de visa, su pasaporte deberá contar con una vigencia mayor a 180 días y dos páginas en blanco. La permanencia del extranjero titular de esta visa será del total de su vigencia, con múltiples entradas y salidas. Copia de la página del pasaporte donde haya sido estampado su última visa colombiana o sello de ingreso a Colombia, según el caso. Todos los documentos necesarios para el otorgamiento de esta clase de visa, en Colombia o en el exterior, deberán ser legalizados o apostillados según el caso y traducidos por traductor oficial al castellano, si están en idioma diferente. Dentro de los siguientes quince (15) días calendario, contados a partir de que el extranjero realice el ingreso al país o de la fecha de expedición de la visa, si esta se expidió en territorio nacional; o dentro de los quince (15) días siguientes al ingreso a Colombia, si la visa fue expedida en un Consulado, deberán inscribirse en el registro de extranjeros de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. Es responsabilidad de la Empresa contratante y del Extranjero verificar y asegurarse que cumple con las leyes y los requisitos legales para trabajar en este país. Cualquier inexactitud en los datos contenidos en la solicitud de visa sera causal de inadmisión, negación o cancelación de la misma. Esta visa está conectada a la empresa contratante o a su trabajo. Usted es el responsable de avisar a las autoridades si su trabajo cambia o si ya no trabaja con la misma empresa. En el caso de un solicitante actuando a título personal, deberá presentar: extractos bancarios de los últimos seis meses que presenten promedio un mínimo de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes y copia de cédula de ciudadanía. Además, las autoridades pueden exigirle el contrato de trabajo original o copia de este suscrito por las partes. Formulario Ley de migraciones Ministerio de relaciones exteriores Cancillería colombiana Solicitud de visa en linea
Visa de Trabajo – El Salvador
Si usted quiere trabajar temporalmente la república de El Salvador , como un no inmigrante, bajo la ley de inmigración de los usted necesita una visa específica en base al tipo de trabajo que usted va a realizar. La mayor parte de categorías de trabajadores temporales requieren que su futuro empleador o agente presente una petición, la cual debe ser aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración pata poder solicitar la visa de trabajo. Lea toda la información relativa a los requisitos para visas y permisos al propósito de su visita. Rellene el Formulario de solicitud y otros documentos necesarios. Se recomienda enfáticamente que los solicitantes lean la política de privacidad adjunta, y rellenen y firmen el Formulario de Consentimiento CRSV Pague los costos relativos a las solicitudes de visa y a la biometría, si es del caso. Preséntese en el Centro de Recepción de Solicitudes de Visas más cercano. No se olvide de traer su pasaporte, dos fotos, sus formularios rellenados y todos los documentos de respaldo solicitados, Se cobrarán los costos de servicio aplicables. Al presentar su solicitud al Centro de Recepción de Solicitudes de Visas, pague la tarifa del servicio, entregue sus formularios rellenados y obtenga un recibo. Dicho recibo contiene un número personal de seguimiento que es importante para comprobar el estado de su solicitud en línea. Fotocopia de la representación legal y del registro respectivo del empleador. Fotocopia completa de Documento Personal de Identificación —DPI— o pasaporte del extranjero a contratar. Fotocopia autenticada de situación migratoria. Esta puede ser el pasaporte, visa de residencia temporal o permanente, o constancia de inicio de trámite ante Dirección General de Migración. fotocopia de la constancia de pago. Solicitud de residencia temporal o definitiva con visa múltiple para trabajar en el país, suscrito por el empleador, representante legal o apoderado. Contrato original para confrontar y copia certificada del mismo con firmas de patrono y trabajador previamente legalizadas. Dos fotografías. . 20 a 30 días hábiles desde el momento de la solicitud de la misma. Costo es $30.00, mientras que para una Visa consular múltiple es de $60.00. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de Migraciones decreto Legislativo Nº 2772, del 19 de diciembre de 1958, publicado el 23 de diciembre de 1958 Mas información (AQUÍ) El trabajador para hacer esta gestión deberá presentar su contrato laboral, en el caso de que venga a realizar un trámite de servicio profesional la persona puede dirigirse de una vez a Migración y Extranjería, por lo que no necesitará irse a registrar al Ministerio de Trabajo Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador. Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la DGME. Revise la lista de requisitos. Tenga presente las fechas de vencimiento de cada uno de los documentos. Este detalle es importante para que no tenga ningún inconveniente a la hora de presentarlo. Cuando el expediente esté completo, Migración cuenta con 15 días para resolverlo. La respuesta la puede obtener por fax si así lo indicó o personalmente en la oficinas de migraciones. Recuerde llevar mas de una copia de los documentos. Ministerio de relaciones exteriores Embajadas y consulados
Visa de Trabajo – Nicaragua
Si usted quiere trabajar temporalmente en Nicaragua como un no inmigrante, bajo la ley de inmigración de ese país, usted necesita una visa específica en base al tipo de trabajo que usted va a realizar. La mayor parte de categorías de trabajadores temporales requieren que su futuro empleador o agente presente una petición, la cual debe ser aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración antes que usted pueda solicitar la visa de trabajo. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, Debe iniciar sección registrandose para reservar su cita en linea (AQUÍ) Complete todos los campos y cree una contraseña. y para concluir el proceso dar clic en la casilla «registrarse». El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Pronto estará listo para programar su cita! Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Formulario de solicitud Fotocopia pasaporte con vigencia mínima de 6 meses Certificado de antecedentes penales o policiales del país origen o residencia, en su defecto, Certificado de Interpol Nicaragua 2 fotografías 3×4 Existen dos tipos de trámites para poder realizar la solicitud de permiso laboral en el extranjero: Trabajadores Independientes Carta solicitando la residencia en la sub categoría de trabajador independiente, dirigida a la Dirección General de Migración y Extranjería, especificando el negocio a establecer y el servicio a brindar. Declaración de comerciante inscrita en el Registro Mercantil, especificando la actividad o servicio que se realizará (copia autenticada). Fotocopia de Matrícula Comercial de la Alcaldía. Fotocopia de inscripción en la Dirección General de Ingreso, RUC. Declaración notariada de fuentes de ingresos. Certificado de Proveedor del Estado, (esto es aplicable a los Consultores independientes). Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria. (Artículo 63 numeral 7 del Reglamento a la ley 761, Ley General de Migración y extranjería). Trabajador en Relación de dependencia. Carta solicitando la residencia con la condición uno (A TRABAJAR), en el caso de los ciudadanos contratados en el exterior, deberán presentar dicha carta al momento de su ingreso por cualquier puesto fronterizo. Contrato Individual de Trabajo, certificado por el Ministerio del Trabajo cuando se establezca una relación de dependencia, cuya ejecución estará sujeta a la obtención de la Residencia. Escritura pública de constitución y Estatutos de la empresa. Fotocopia de la escritura de representación legal de la Empresa. Identificación del representante legal de la Empresa. Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. Artistas Contrato de individual del Trabajo certificado por el Ministerio del Trabajo. Aval del Instituto de Cultura. Responsabilidad Notariada del empleador en garantizar el retorno a su país de origen y notificar a la Dirección General de Migración y Extranjería, una vez culminado el compromiso laboral, quien a su vez informará al Ministerio del Trabajo. Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en caja de la Dirección General de Migración y Extranjería. . El plazo resolver el tramite de solicitud de visa es de 30 días hábiles. Residencia temporal por primera vez con derecho a laborar se debe cancelar en la caja de Migración C$ 3,400, o residencia permanente C$ 50. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de migracione No. 761, Aprobada el 31 de Marzo del 2011. Mas información (AQUÍ) El trabajador para hacer esta gestión deberá presentar su contrato laboral, en el caso de que venga a realizar un trámite de servicio profesional la persona puede dirigirse de una vez a Migración y Extranjería, por lo que no necesitará irse a registrar al Ministerio de Trabajo (MITRAB). Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador. Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la DGME. La empresa donde trabajará o institución que le contrate debe proporcionar un documento que describa: Las funciones a desarrollar por el trabajador; Duración del contrato; sueldo o salario que se recibirá y Por qué se necesita emplear ese individuo en particular? (justificación del empleo) y no a un costarricense. Revise la lista de requisitos. Tenga presente las fechas de vencimiento de cada uno de los documentos. Este detalle es importante para que no tenga ningún inconveniente a la hora de presentarlo. Cuando el expediente esté completo, Migración cuenta con 15 días para resolverlo. La respuesta la puede obtener por fax si así lo indicó o personalmente en la oficinas de migraciones. Migraciones y extranjería Solicitud en linea Ley de migraciones
Visa de Trabajo – Brasil
La visa de trabajo en Brasil es fundamental para poder trabajar de forma legal en el país carioca. Aunque no es el único documento necesario pues junto a la visa de trabajo en Brasil es necesario conseguir un permiso de residencia temporal o permanente. La premisa fundamental sobre este documento es que no es posible obtenerlo sin un contrato de trabajo, pues es la empresa contratante quien realiza los trámites. Existen diferentes categorías de visas definidas por la legislación brasilera, que se otorgan a los visitantes o inmigrantes extranjeros, según los motivos del viaje. Si tienes intenciones de viajar a Brasil para trabajar, ya sea temporal o de forma permanente, debes tener en cuenta que no cualquier tipo de visa permite el trabajo de extranjeros en el país. En el consulado brasilero de tu país de origen podrás obtener alguna de las siguientes categorías de visas: tránsito, turista, temporario, permanente, cortesía, oficial y diplomático. Las personas que viajen a Brasil por negocios a corto plazo o por turismo, no pueden bajo ninguna circunstancia prestar cualquier tipo de servicio o asistencia técnica, así como tampoco pueden recibir ningún tipo de remuneración en el país. Las personas que viajen a Brasil en carácter temporario para fines de trabajo tienen varias categorías de visas, entre las cuales las más frecuentes son la de profesional con contrato de trabajo con una empresa brasilera, la de técnico enviado en acuerdo firmado por una empresa brasilera y otra extranjera, artista o deportista, y la de periodista extranjero. Si en cambio quieres un visado permanente puedes conseguirlo fácilmente si tienes relaciones familiares directas con algún ciudadano brasilero, o si viajas para ocupar un cargo importante en una empresa brasilera. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía. (pagina web) Seleccionar opción «Antecedentes judiciales». Rellene todos los campos de la pantalla del ordenador, Marcar Si en «Confirmar fines documento». Adjunte su foto en el campo correspondiente o suba su fotografía. Respete los estándares ICAO. Complete informaciones sobre pasaporte. Seleccionar país (Brasil) Realizar pago correspondiente Haga clic en el botón «Enviar» para recibir el número de protocolo. Imprima el formulario. Firmar el formulario. visite el consulado con el protocolo firmado, los documentos originales y el comprobante del pago de honorarios, en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Tipos de visa de trabajo Al igual que las visas de residencia, la visa de trabajo que necesitas dependerá de la actividad que vayas a realizar en Brasil. Cada trabajo y cualificación requiere una visa de trabajo distinta. También pueden ser temporales y permanentes. Visa de trabajo temporal (Visto Temporario V) Normalmente, los empleados extranjeros que reciben la visa de trabajo temporal la reciben inicialmente por un periodo de dos años. Se puede prolongar por otros dos años si lo solicitas con un mínimo de 30 días de antelación antes de que expire la visa. Después de este período de cuatro años, la empresa puede solicitar una visa de trabajo permanente. Un inmigrante con una visa temporal no puede cambiar de trabajo en Brasil sin permiso. Las visas de trabajo, así como los permisos de trabajo, se suelen otorgar a extranjeros que vayan a trabajar para una empresa brasileña que esté registrada como tal. Sin embargo, hay muchas excepciones, bastante confusas y los tratamientos especiales para ello, por ejemplo, para asistencia técnica o casos profesionales. Para estar seguro de que tienes la visa adecuada para tu situación individual, pide ayuda en la embajada o consulado brasileño o mira la Guía de Tramitación para permisos de trabajo que emite el Ministerio de Trabajo brasileño (se puede encontrar en portugués, inglés o español). Formulario de solicitud Pasaporte 2 fotografías 3×4 Certificado internacional de vacunación, cuando proceda Certificado médico, expedido por facultativo designado por Consulado brasileño, cuando proceda Prueba de medios de subsistencia Certificado de antecedentes penales Contrato de Trabajo, visado por la Secretaria de Inmigración del Ministerio de Trabajo Visa de trabajo permanente (Visto Permanente) Una visa de trabajo permanente se suele otorgar a extranjeros que tienen derecho a una residencia permanente en Brasil. Normalmente, es el caso de investigadores profesionales o científicos (para las actividades que llevan más de dos años de duración), inversores (si la inversión es de más de 50.000$ para personas físicas o 200.000$ para personas jurídicas) y directores o gerentes. Para más información sobre tu caso particular, pide ayuda en la embajada o en el consulado para permisos de trabajo que emite el Ministerio de Trabajo brasileño. Formulario de solicitud 2 fotografías 3×4 Pasaporte Certificado internacional de vacunación, cuando proceda Certificado médico, expedido por facultativo designado por Consulado brasileño cuando proceda Prueba de medios de subsistencia Certificado de antecedentes penales Contrato de Trabajo visado por la Secretaría de Inmigración del Ministerio de Trabajo. Prueba de residencia en el ámbito de la Demarcación Consular donde se solicita el visado. Partida de nacimiento o certificado de matrimonio . 30 a 90 días hábiles El valor del visado varía según el país. Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de migraciones Decreto Legislativo Nº 2772, del 19 de diciembre de 1958, publicado el 23 de diciembre de 1958. Mas información (AQUÍ) Si no tienes tu carta de trabajo no podrás acceder a los empleos. Si trabajas como autónomo, debes tener en cuenta que las empresas brasileras prefieren contratar los servicios de empresas, porque la carga tributaria es menor. Formar una empresa en Brasil o asociarte a alguna existente no necesitas la Carta de Trabajo, aunque en ambas situaciones precisas sí la residencia es legal. Las dificultades que puedes tener para trabajar en Brasil son en primer lugar la visa para entrar al país, y luego la obtención de la residencia legal. Una vez realizados estos dos trámites, trabajar en el país no conlleva mayores impedimentos. Si se desea obtener una extensión de
Visa de Trabajo – Costa Rica
El problema principal a la hora de encontrar trabajo o de conseguir un permiso de trabajo es que necesitas uno para conseguir el otro. Los empleadores te exigen tener un permiso de trabajo pero solo conseguirás uno si el empleador respalda tu solicitud. Para solicitar un permiso de trabajo, debes ser residente en Costa Rica, así que te recomendamos realizar los trámites para solicitar un permiso de residencia temporal cuanto antes. Determine su clase de visa leyendo Visa comunes, no inmigrantes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de aplicación. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación. Asegúrese de revisar si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita aplicar a una visa si viaja por negocios o placer y solo va por 90 días o menos. Una vez haya determinado el tipo de visa correcto, usted debe pagar la tasa de visa. Para pagar su tasa de visa, Usted debe guardar su número de recibo para reservar su cita. El siguiente paso es completar el Formulario Asegúrese de leer cuidadosamente la guía.Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no puede hacer ningún cambio. Si necesita asistencia, por favor consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su formulario. Usted necesitará su número de confirmación para reservar su cita. Entrar en la pagina web del consulado de su país para registrarse y reservar su cita Pronto estará listo para programar su cita! Complete todos los campos y cree una contraseña. Una vez se encuentre en el sistema, verá su tablero de información. Presione en Programar una Cita en el menú A medida transcurra el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa, ingresar su información personal, agregar dependientes, seleccionar la ubicación para la entrega de documentos, confirmar su pago de visa, y finalmente, programar su cita. Visite el consulado de su país de residencia en la fecha y hora de su entrevista de visa. Si su visa es aprobada, la visa será enviada al lugar designado, que fue seleccionado cuando programo su cita. Formulario de filiación (solicitud) Carta explicando por qué solicitas el permiso de trabajo, con tu nombre completo, nacionalidad, edad, ocupación, dirección del lugar donde vives y lugar o forma de notificación. Recibo del pago de 125¢ y 2,50¢ por cada hoja que presentes con la solicitud de residencia. Debe ser pagado por el solicitante e incluir su nombre. Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. Comprobante de registro de huellas, emitido por el Ministerio de Seguridad Pública. Comprobante de inscripción consular. Certificado de nacimiento legalizado. Certificado de antecedentes penales de tu país de origen o donde hayas residido legalmente los últimos tres años. Copia certificada del documento migratorio para demostrar la legalidad de tu residencia en ese país. Fotocopia compulsada de todas las páginas del pasaporte vigente Oferta de trabajo autenticada en la que se indique al menos, las funciones, el horario y el salario acordado. Certificado de personería jurídica de la empresa o institución expedido no antes de un mes a la presentación de la solicitud de residencia temporal para la persona extranjera. Comprobante de que la empresa o sociedad se encuentra al día con el pago de los impuestos municipales y tributarios. Certificado de ingresos, balance y estado de resultados, emitido por Contador Público Autorizado. Certificado de la asegurador que indique que el seguro para el trabajador está pagado al día. . 30 a 90 Días hábiles A continuación se encuentran las tarifas estimadas que tienen los Consulados y Autoridades de Costa Rica: Autenticación: US$ 40 por hoja Certificados: US$ 40 Declaraciones: US$ 50 Patentes: US$ 80 Poderes Notariales: US$ 80 Registro de Marcas: US$ 80 Visa Consular de Turista: US$ 20 Diríjase al Consulado o Embajada más cercana a su ciudad de residencia. Ley de MIGRACIONES Nº 8764 Art 97,98. Mas información clic (AQUÍ) Se recuerda que obligatoriamente los documentos de solvencia económica deben ser de la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador. Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la DGME. La empresa donde trabajará o institución que le contrate debe proporcionar un documento que describa: Las funciones a desarrollar por el trabajador; Duración del contrato; sueldo o salario que se recibirá y Por qué se necesita emplear ese individuo en particular? (justificación del empleo) y no a un costarricense. Revise la lista de requisitos. Tenga presente las fechas de vencimiento de cada uno de los documentos. Este detalle es importante para que no tenga ningún inconveniente a la hora de presentarlo. Cuando el expediente esté completo, Migración cuenta con 15 días para resolverlo. La respuesta la puede obtener por fax si así lo indicó o personalmente en la oficinas de migraciones. formulario de solicitud de visa. Ley de Migraciones